Este documento describe los organismos y procedimientos relacionados con la resolución de disputas laborales en Venezuela. Explica que las disputas se pueden presentar primero ante la Inspectoría del Trabajo o los Tribunales Laborales, y luego apelar ante el Tribunal Superior y finalmente la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. También describe la función de la Defensoría Pública de Trabajadores de asesorar y representar a los trabajadores, así como el rol del INPSASEL en certificar indemnizaciones. Por último, explica los procesos de
ENJ 300: Infracciones en el Derecho Penal Laboral (Parte I)ENJ
Módulo II: Derecho Penal Laboral del curso Procedimientos Penales del Juez de Paz II del Programa de Formación de Aspirantes a Juez de Paz, grupo 1-2018
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Módulo II: Derecho Penal Laboral del curso Procedimientos Penales del Juez de Paz II del Programa de Formación de Aspirantes a Juez de Paz, grupo 1-2018
Inteligencia Artificial y Ciberseguridad.pdfEmilio Casbas
Recopilación de los puntos más interesantes de diversas presentaciones, desde los visionarios conceptos de Alan Turing, pasando por la paradoja de Hans Moravec y la descripcion de Singularidad de Max Tegmark, hasta los innovadores avances de ChatGPT, y de cómo la IA está transformando la seguridad digital y protegiendo nuestras vidas.
En este documento analizamos ciertos conceptos relacionados con la ficha 1 y 2. Y concluimos, dando el porque es importante desarrollar nuestras habilidades de pensamiento.
Sara Sofia Bedoya Montezuma.
9-1.
3Redu: Responsabilidad, Resiliencia y Respetocdraco
¡Hola! Somos 3Redu, conformados por Juan Camilo y Cristian. Entendemos las dificultades que enfrentan muchos estudiantes al tratar de comprender conceptos matemáticos. Nuestro objetivo es brindar una solución inclusiva y accesible para todos.
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
Núcleo Portuguesa
Araure
Abg.: Sara
Menoni
Cátedra:
Derecho
Procesal
Laboral Y
Practica
participante:
Albánese Marco
Calanche Roxana
Montes Patricia
Ramos Isneydys
Vargas luz
2. En primera Instancia
En segunda Instancia
Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia
conseguimos al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, unipersonal
y como procedimiento extraordinario, se acudirá al Tribunal Superior, el mismo conoce de las apelaciones de las sentencias
emanadas de los órganos competentes en primera instancia.
Agotadas todas las instancias, las partes afectadas por la decisión de algunos de los órganos anteriores, podrá recurrir ante
la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
3. Competencias y los
Organismos Auxiliares
Como La Defensoría Publica
De Trabajadores
En estas leyes está
contemplado el régimen de
prestaciones, vacaciones, bono
vacacional, utilidades, entre
otros
Acumulados durante un período
de tiempo y que el patrono está
en la obligación de pagarle al
trabajador según lo establecido
en la Ley Orgánica del Trabajo
La competencia en materia
laboral está comprendida por
aquellas normativas jurídicas
que incluyen los derechos y
deberes tanto de patronos
como de trabajadores
COMPETENCIAS Y
LOS ORGANISMOS
AUXILIARES COMO
LA DEFENSORÍA
PUBLICA DE
TRABAJADORES
4. La Defensa Pública con la competencia
en materia laboral
A aquellas trabajadoras y trabajadores
cuyos derechos han sido vulnerados por
el patrono
Bien sea por despido injustificado o por
desmejora;
En esos casos
Los trabajadores podrán solicitar a la
Defensa Pública la asistencia en la
instancia administrativa, (la Inspectoría
del Trabajo), o en la instancia
jurisdiccional (los Tribunales Laborales).
Asesora, Asiste y Representa
5. (El Instituto Nacional de
Prevención, Salud y
Seguridad Laborales:
(INPSASEL)
Quien, mediante un informe
pericial y una certificación,
calcula los montos de
indemnización que deben
ser resarcidos al trabajador
por el accidente sufrido en
el cumplimiento de sus
funciones.
Se brinda asesoría a los
gremios sindicales acerca
de la interpretación de las
normas jurídicas y sus
cláusulas.
La competencia en materia
Laboral se crea mediante
resolución publicada en la
Gaceta Oficial del día 12 de
abril del 2011 donde se les
atribuyen a las Defensoras
y Defensores Públicos
plenas competencias para
actuar en las fases:
administrativa y
jurisdiccional.
6. Junta de Arbitraje Judicial
del Trabajo
Junta de Arbitraje en Materia
Administrativa del Trabajo
Regulación Ley Orgánica Procesal del
Trabajo(LOPTRA)
Comisión Nacional de Mediación
(CONAMED) y según el articulo 188 del
Reglamento de la Ley Orgánica del
Trabajo(RELOT)
Sujetos Sector Privado Sector Publico
Art 138 de la LOPTRA: El Juez, a
petición de las partes, ordenará la
realización de un arbitraje que resuelva
la controversia, a fin de estimular los
medios alternos de resolución de
conflictos, en la forma prevista en esta
ley.
Art 188 de la RELOT: Podrá conocer de
oficio o a solicitud de partes los conflictos
colectivos de trabajo que pudieran afectar
al sector público y a los servicios públicos
esenciales
Solicitud
Formación de
las Juntas
Por tres (3) miembros, los cuales serán
escogidos al azar por el Juez, de una lista
de árbitros establecida oficialmente por el
Tribunal Supremo de Justicia en Sala de
Casación Social e integrada por
distinguidos y calificados especialistas en
Derecho del Trabajo o Seguridad Social,
estos árbitros serán juramentados por el
Tribunal Supremo de Justicia
Titular del despacho o
funcionario
Organizaciones sindicales
(trabajadores y patronos)
Procuraduría General de la
República
7. Junta de Arbitraje Judicial del
Trabajo
Junta de Arbitraje en Materia
Administrativa del Trabajo
Requisitos para
ser arbitro
Tener la nacionalidad
venezolana;
Ser ciudadano de
reconocida honorabilidad;
y.
Ser abogado de
reconocida competencia
en Derecho del Trabajo, o
profesional de otra área
especialista en Seguridad
Social.
” Quien pretendiere integrar el listado de árbitros y
mediadores deberá ser abogado o abogada, con
más de diez (10) años de graduado o graduada; ser
especialista en Derecho del Trabajo o en Relaciones
Industriales o, en su defecto, haber ejercido la
docencia en Universidad reconocida y en el área de
Derecho del Trabajo o de las Relaciones Industriales
por más de cinco (5) años o, durante el mismo lapso,
haber ejercido funciones como Juez o Jueza o
Inspector o Inspectora del Trabajo. En este caso, la
postulación respectiva deberá ser acompañada con
la constancia de cumplimiento de los requisitos antes
indicados y la declaración firmada por la persona
propuesta, expresando su voluntad de servir como
árbitro, si le fuere requerido.