1. LAS RELACIONES LABORALES
SE DEFINE COMO
Aquellas 372 que se establecen entre el
trabajo y el capital en el proceso
productivo. En esa relación, la persona
que aporta el trabajo se denomina
trabajador, en tanto que la que aporta
el capital se denomina empleador,
patronal o empresario. El trabajador
siempre es una persona física, en tanto
que el empleador puede ser tanto una
persona física como una persona
jurídica
3.3 EL DERECHO DEL TRABAJO
Conjunto de normas jurídicas que
rigen la prestación del trabajo en
relación de dependencia por una
remuneración.
3.1 EL DERECHO
se puede decir de él que es
un conjunto de normas
jurídicas, entendiendo por
norma una disposición
obligatoria destinada a regir
la conducta humana,
respaldada por una sanción
material para asegurar su
cumplimiento.
FACULTADES Y OBLIGACIONES
DEL EMPLEADOR Y DEL
TARBAJADOR
1.
Las facultades del empleador
en la prestación del trabajo
Las obligaciones del
trabajador en la prestación
del trabajo
3.2 EL TRABAJO
Constituye en lo esencial, una
actividad de los seres humanos
destinada a extraer de la
naturaleza, y a transformar los
bienes con los cuales satisfacen
sus necesidades individuales y
sociales
PARTES
Derecho del Trabajo
Individual
Derecho del Trabajo
Colectivo
Derecho del Trabajo
Procesal.-
2. La palabra conflicto se utiliza
para señalar "posiciones
antagónicas". El conflicto es un
fenómeno social que expresa
una oposición de intereses.
Otras medidas
Existen una diversidad de conceptos, pero
para efectos de nuestro curso se ha tomado
el vertido por el laboralista Ernesto
KROTOSCHIN quien indica que los Conflictos
de Trabajo, "se tratan de controversias de
cualquier clase, que nace de una relación de
derecho laboral entre un trabajador y un
empleador
Conflicto Individual
Conflicto Colectivo
Conflictos de Derecho y
Conflictos de Interés
Conflicto de Derecho
Conflicto de Interés o Económico
1. Conflictos Individuales y Conflictos
Colectivos:
1.
Conflictos de Derecho y Conflictos
de Interés
Conflicto de Derecho
Conflicto de Interés o Económico
De acuerdo a estos preceptos constitucionales,
la solución de todos los conflictos de trabajo
deberían corresponder al poder judicial, por lo
tanto, encauzarse dentro del derecho procesal
de trabajo, salvo que las partes pueden recurrir
al arbitraje, en aquellos casos que la ley les
permita.
LOS
CONFLICTOS
LABORALES
Y
SUS
FORMAS
DE
SOLUCION
Concepto de Conflicto
Solución de los Conflictos de
Trabajo
Clasificación de los
Conflictos de Trabajo
La Constitución Política Peruana,
ordena que la potestad de administrar
justicia se ejerce por el poder judicial
(Art. 138º). Son principios de la función
jurisdiccional: "La unidad y exclusividad
de la función jurisdiccional.
3. SEGUN MARC LLAMADOS
PRIMARIOS
LA NEGOCIACIÓN Y
CONVENCIÓN
COLECTIVA
FIN DE LA
NEGOCIACION
LOS MECANISMOS
ALTERNATIVOS DE
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
(MARC)
La negociación colectiva, es el
acto que llevan a cabo el
empleador con los
representantes de los
trabajadores destinada al análisis
del pliego de peticiones
presentado con el fin de regular
las remuneraciones, condiciones
de trabajo
Proteccionista orientado a
proteger a los trabajadores, en la
medida que su contenido
armonice con los Principios
MARCO
LEGAL
a Negociación
Colectiva es un
derecho reconocido
por el Estado
conforme al Artículo
28º de la Constitución
Política de 1993
LA NEGOCIACION
EL ARBITRAJE
MEDIACION
CONCILIACION
Garantía: para el reconocimiento
y vigencia de los derechos de los
trabajadores, como la estabilidad
en el empleo
Solución de Conflictos o de Paz:Por
medio de la negociación y el convenio
colectivo pueden resolverse o dar fin a
los conflictos colectivos de trabajo
4. FINES DE LA
NEGOCIACION
SUJETOS DE LA
NEGOCIACIÓN
presenta ventajas tanto para los
trabajadores como para los
empleadores. En el caso de los
trabajadores, la negociación colectiva
asegura salarios y condiciones de
trabajo adecuadas pues otorga al
"conjunto" de los trabajadores "en una
sola voz", lo que les beneficia más que
cuando la relación de trabajo se refiere
a un solo individuo.
Son sujetos negociadores, por una
parte, una o varias organizaciones
representativas de trabajadores o
de no haberlas, los representantes
debidamente elegidos y
autorizados por éstos; y de otra un
empleador
Que parte de la elección
interna de los representantes
de cada una de las partes
hasta su acreditación formal
como representantes en la
negociación colectiva.
Consiste en la elección de los
puntos o materias que serán
objeto de la negociación colectiva.
Las partes, de este modo, toman
conocimiento de las propuestas
formuladas por ambasy en el inicio
de la negociación
Las partes tienen la obligación de
negociar de buena fe. Que implica,
de un lado, presentar propuestas
realistas y coherentes que
respondan a sus intereses
profesionales en el marco del
derecho, de otro, negociar estas
proposiciones
LÍMITES A LA
REPRESENTACIÓN DE LOS
TRABAJADORES:
TRAMITE
FORMALIDAD Y PLAZOS:
VENTAJAS
Delimitación del objeto de la
negociación
Determinación de las unidades
negociadoras
Obligación de negociar de
buena fe
Tres representantes
cuando el pliego de
reclamos haya sido
planteado por la mayoría
absoluta de trabajadores
Tres dirigentes sindicales
cuando la organización
sindical representa
menos de 50
trabajadores.
La solicitud con los
requisitos
correspondientes se
presenta en la Oficina de
Trámite Documentario,
dirigida a la Sub-Dirección
de Negociaciones
Colectivas del MTPE.
La negociación colectiva se
realizará en los plazos y
oportunidad en que las
partes acuerden, dentro o
fuera de la jornada laboral
y debe iniciarse dentro de
los diez días calendario de
presentado el pliego.
5. IMPORTANCIA
SECCIONBENEFICIOS
Tendientesaayudaraltrabajadorensusproblemasfamiliares:
Tendientesamejorarlasaluddeltrabajadorysufamilia:
TIPOS
PO
SU
FIN
INMEDIATO
BIENESTARDEPERSONAL
Los servicios adicionales varían según las empresas y son otorgadas a los trabajadores y familiares de éstos
como parte del bienestar de personal, coadyuvando a mejorar su calidad de vida, su cultura, su salud,
esparcimiento, etc. Es importante su otorgamiento ya que con ello se busca mejorar “el trabajo” que realiza el
trabajador, que este se sienta contento, feliz, seguro, pues es sabido que todo cuanto le preocupe, influirá en la
eficiencia y eficacia de sus labores
Es otra de las grandes áreas funcionales del Relacionador Industrial, que se le define
como “el estado deseado por el grupo de personas que laboran en una organización, este
se logra por medio de planes, programas y proyectos, que a partir de la gestión involucra
elementos dinámicos que buscan mejorar la cotidianidad laboral a su vez la condición
personal, familiar y social”.
Encargada de la atención del
público. Procesa y asigna los
distintos beneficios, ya sean:
médicos, sociales o económicos e
informa sobre los convenios
existentes. La Sección Beneficios
tiene como objetivo otorgar y
valorizar beneficios médicos y
sociales en forma oportuna y
eficiente
Fondo de salud (otorgamiento de medicamentos gratuitos).
Atención médica gratuita
Coordinación con el Seguro Social
Supervisión de la cobertura del seguro médico familiar
Apoyo en la gestión del Seguro de vida para los trabajadores
Planes de vivienda
Escuelas para los hijos de los trabajadores
Beneficios en caso de fallecimiento del titular y familiares
directos del trabajador.
Apoyo Funerario, Velatorios, Viviendas, Comedores
• Medios para transporte al centro de
trabajo
• Salones de descanso • Juegos de salón,
etc.
•Centros de esparcimiento, eventos
deportivos, de recreación, etc. Tendientes
a complementar sus sueldos:
• Participación de utilidades • Préstamos a
través de convenios
• Cooperativas de ahorro y crédito,
consumo, etc