2. Derecho Laboral
El derecho laboral es un conjunto de reglas que se encarga de regular las obligaciones
entre trabajadores y patrón, es decir, las partes que intervienen en una relación de
trabajo.
El derecho laboral está caracterizado por ser un derecho bilateral que reglamenta la
relación de patrono y trabajador así como es un derecho dedicado a la clase obrera que
otorga beneficios a los trabajadores y limita las potestades de los patrones así como
persigue un mismo fin el de proteger al trabajador y lograr una justicia social por lo que
es un derecho unitario, asimismo, es un derecho progresivo ya que evoluciona en
conjunto con las necesidades sociales.
Además, en el derecho laboral se puede observar las entidades colectivas de trabajadores
o patronos como sindicatos, federaciones o confederaciones lo cual buscan proteger los
intereses colectivos de cada uno de sus gremios.
El contrato de trabajo es un documento en donde consta las obligaciones y deberes de los
empleados y empleador por el tiempo de duración de la prestación de servicio por parte
del trabajador, en dicho contrato se rige la jornada laboral, las vacaciones, remuneración,
pago, las condiciones laborales, entre otros.
4. Libertad de trabajo
• Derecho de emplear la actividad personal en la
forma que más agrade o convenga, dentro de la
ajena voluntad coincidente cuando se requiere su
colaboración o dirección. Más estrictamente, por
libertad de trabajo se comprende la facultad de
no tener que pertenecer a una asociación o
sindicato para poder trabajar; la de no tener que
colocarse mediante bolsas de trabajo u otros
medios distintos de la directa contratación entre
empresarios y trabajador
5. Obligatoriedad de trabajo
• Hace referencia a la obligación social que
tiene toda persona en edad y condiciones de
trabajar aportando su fuerza laboral, con el fin
de contribuir al desarrollo socio-económico de
la comunidad a la cual pertenece.
6. Protección del trabajo
• Esto quiere decir el cumplimiento con las
normas de seguridad social para sus
empleados y la protección de los mismos
dentro del entorno laboral, que no
necesariamente genera más costos sino que
se retribuye en beneficios para las
organizaciones.
7. Igualdad de derechos
• Es el principio que reconoce que todas las
personas deben ser tratadas de la misma manera
por la ley, y que estén sujetas a las mismas leyes
de justicia (debido proceso), reconoce la
equiparación igualitaria de todos los ciudadanos
en derechos civiles y políticos, por lo tanto, la ley
debe garantizar que ningún individuo o grupo de
individuos sea privilegiado o discriminado por el
estado sin distinción de raza, sexo, orientación
sexual, género, origen nacional, color, origen
étnico, religión u otras características ya sean
personales o colectivas sin parcialidad.
8. Estabilidad Laboral
• La estabilidad laboral es el derecho que tiene
el trabajador de conservar su trabajo mientras
no incurra en alguna de las causales de
despido establecidas por la ley; y es la
obligación del empleador de mantener al
trabajador en su trabajo mientras no incurra
en alguna de dichas causales de despido.
9. Favorabilidad
Consiste en la obligación de todo servidor público de optar
por la situación más favorable al empleado, en caso de duda
en la aplicación e interpretación jurídicas. Cuando una norma
admite varias interpretaciones, ha expuesto esta Corte que
para la aplicación de la favorabilidad deben presentarse,
además, dos elementos, a saber: la duda seria y objetiva ante
la necesidad de elegir entre dos o más interpretaciones, ello,
en función de la razonabilidad argumentativa y solidez
jurídica de una u otra interpretación; y, la efectiva
concurrencia de las interpretaciones en juego para el caso
concreto, es decir, que sean aplicables a los supuestos
fácticos concretos de las disposiciones normativas en
conflicto.
10. El principio de irrenunciabilidad
• El principio de irrenunciabilidad
se desprende de la naturaleza de orden
público de los beneficios y garantías, con
carácter de mínimos, otorgados a los
trabajadores.
Este principio supone una limitación a la
autonomía de la voluntad.
12. Derecho de peticion
• El Derecho de Petición es un derecho de rango
constitucional que tienen los ciudadanos de
presentar peticiones de interés general o
particular, es un mecanismo relativamente
ágil, pues las autoridades tienen que respetar
unos términos establecidos, para lograr que se
resuelvan dudas, que se aclare y corrija
información, se obtenga una respuesta de
fondo completa y acorde a lo solicitado o se
permita el acceso a documentos.
13. Acción de tutela
• Es un mecanismo que tiene por objeto la
protección de los derechos constitucionales
fundamentales, aún aquellos que no se
encuentren consagrados en la constitución,
cuando estos resulten vulnerados o
amenazados por la acción o la omisión de
cualquier autoridad pública. El fallo que se
produce de esta acción es de inmediato
cumplimiento.
14. Conciliacion
• La conciliación es un mecanismo de solución de
conflictos a través del cual, dos o más personas
gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias,
con la ayuda de un tercero neutral y calificado,
denominado conciliador.
• La conciliación es un procedimiento con una serie de
etapas, a través de las cuales las personas que se
encuentran involucradas en un conflicto desistible,
transigible o determinado como conciliable por la ley,
encuentran la manera de resolverlo a través de un
acuerdo satisfactorio para ambas partes.
15. Transaccion laboral
• Transacción Laboral es, en derecho,
un contrato bilateral, por el cual las partes,
haciéndose concesiones recíprocas, extinguen
obligaciones litigiosas o dudosas. Es por lo
tanto, una de las formas de obligaciones, y se
diferencia de la novación en que es un acto
jurídico bilateral mientras que la novación es
unilateral a cargo del acreedor.