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Lima, 08 de diciembre de 2016
ORDENANDO LA CASA
ASPECTOS PRÁCTICOS A
CONSIDERAR PARA EL
CIERRE CONTABLE Y
TRIBUTARIO 2016
 Recomendaciones de fin de año para evitar apuros
Estando muy próximo el cierre del año fiscal se hace imprescindible tomar las
previsiones necesarias para una adecuada y oportuna preparación de los Estados
Financieros, con la finalidad de que sirvan como una herramienta útil, confiable y
sobre todo oportuna para la gerencia.
En ese sentido, en estas líneas se pretende realizar, como su título lo indica, un
breve recordatorio práctico (check list) de aquellos aspectos más destacables a
considerar de lo que a esta, anualmente recurrente, obligada y formal, fase de la
vida empresarial se refiere.
TEMAS CONTABLES DE CARÁCTER GENERAL
Tema Acción
Cronograma de Cierre Preparar un cronograma ordenado del cierre contable,
estableciendo:
 Temas y acciones a seguir
 Responsables
 Fechas límites.
Verificar políticas de
registro contable
Partiendo sobre la base de que el tratamiento contable no es el
mismo que el tributario, debemos de verificar las políticas
contables que se aplican según las NIFF’s y determinar su
tratamiento tributario. Sobretodo debemos estar alertas a los
cambios efectuados en el ejercicio.
Auditoría financiera Convocar a los auditores externos con la anticipación suficiente,
con la finalidad de que los EEFF al cierre incluyan sus principales
observaciones materiales con incidencia financiera y tributaria.
Inventario Físico de
existencias y de
activos fijos, si fuera
necesario.
Elaborar o actualizar las instrucciones para la toma del inventario
físico.
Algunos aspectos importantes son:
 Establecer los procedimientos para explicar las diferencias de
Preparado por CPCC JUAN DANIEL DÁVILA
Consultor Tributario
juandanieldavila@gmail.com
Dic-2016
Ordenando la Casa
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inventarios y el control de los ajustes, sean faltantes o
sobrantes.
 Los faltantes de inventario tienen un efecto tributario
importante:
i) No son deducibles para fines del IR y
ii) Se debe reintegrar el IGV tomado como crédito, lo cual
debe liquidarse como una rebaja en el crédito fiscal del
mismo mes en que se efectuó el inventario físico.
Destrucción efectiva
de las existencias
calificadas como
desmedro
Coordinar con las áreas usuarias (producción y almacén) la
programación de la destrucción de los desmedros antes del cierre
del ejercicio, con la finalidad de aprovechar el escudo fiscal
generado por este hecho.
IMPORTANTE:
 Oportuna comunicación a la SUNAT
 Contratación de un Notario Público para su convalidación.
Arqueos de caja y
valores
 Tomar las medidas necesarias para la apropiada ejecución de
los arqueos de caja y otros valores.
 Debemos establecer los procedimientos para explicar las
diferencias de arqueo y el control de los ajustes, sean faltantes
o sobrantes.
 En el caso de faltantes, para efectos tributarios se considera
una pérdidas extraordinarias y como tal debe tratarse; es
decir, debe haber denuncia policial, acta del seguro y recién se
puede tomar el gasto cuando haya un dictamen judicial o el
cierre del caso por parte de la fiscalía.
 Más allá del tema contable, los arqueos son importante como
medida de control interno.
 Debe ser INOPINADO.
 Un tema sumamente importante es determinar la consecuencia
de un faltante, ya que este podría calificarse como una
negligencia grave que justifique el despido del trabajador
responsable.
Ventas SI facturadas,
pero NO realizadas al
cierre
Verificar que las facturas emitidas por venta de bienes al cierre del
año hayan sido efectivamente despachadas, de lo contrario debe
ser anuladas en aplicación de la NIC 18 y del principio del
devengado.
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Como excepción, sugiero establecer una fecha del siguiente
ejercicio como LIMITE para la entrega de los bienes por este tipo
de ventas, la misma que debe ser razonable. Esto sobre la
premisa de que son ventas aceptadas por el cliente.
De manera paralela, debemos dar efecto al costo vinculado a esta
venta.
Ventas NO
facturadas, SI
realizadas al cierre
Es importante determinar la existencia de ventas no facturadas al
cierre.
Casos:
 Bienes entregados con Guía de Remisión Remitente al cierre,
facturados en el siguiente ejercicio.
 Servicios culminados y debidamente recibidos por el cliente,
facturados en el siguiente ejercicio.
Tomar en cuenta que si bien no hay facturas, si hay obligación de
pagar los impuestos, impuesto a la renta y el IGV en el mes y
ejercicio correcto. Se controla como una partida conciliatoria.
De manera paralela, debemos dar efecto al costo vinculado a esta
venta.
Notas de Crédito
emitidas en el
ejercicio siguiente por
facturas del presente
ejercicio
Como parte del seguimiento de las ventas del ejercicio realmente
devengadas, es necesario verificar el efecto de las notas de
crédito que se emiten en el ejercicio siguiente.
Se pueden emitir por:
 Anulación total de facturas emitidas el ejercicio anterior.
En este caso lo que corresponde es:
 Descontar las ventas del mes anterior (Diciembre) para
efectos del IR, de los pagos a cuenta y del IGV
 Descontar las notas de crédito del mes de su emisión
(Enero) para efectos del IR, de los pagos a cuenta y del
IGV.
 En el caso de que la emisión sea impresa, tener el debido
cuidado de tener los juegos completos de las facturas y
notas de crédito.
 Re facturación, lo que implica la emisión de una nota de
crédito que anule la factura del mes anterior y la emisión de
una nueva factura con fecha del ejercicio siguiente.
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 La re facturación está motivada por el bendito corte de
cierre de balance que muchas empresas imponen.
Comunicado a los
proveedores en
general
En el mes de diciembre de todos los años encontramos este tipo
de avisos, sobre todo en El Comercio:
“Se les comunica a nuestros proveedores que el último día
de recepción de facturas correspondientes al ejercicio XXXX
es el día 20/12/XXXX; por tanto las facturas que ingresan
después deben tener fecha del XXXX+1”.
Este tipo de comunicado no tiene asidero legal alguno, pero las
empresas lo justifican en su discrecionalidad administrativa.
Una opción es insistir en que el cliente acepte las facturas y otra
es aceptar la medida, en cuyo caso estaremos en el caso de
“Ventas NO facturadas, SI realizadas al cierre” Ver el punto
anterior.
IMPORTANTE:
 Si nuestra empresa es una de las que emite este tipo de
comunicados para nuestros proveedores, tenemos que ser
consecuentes cuando nuestros clientes hagan lo mismo.!!!
Seguimiento de
Comprobantes de
pago antes y después
del cierre
Se pueden presentar los siguientes casos:
 Recibidas hasta el cierre: Acelerar su contabilización. La
consigna debe ser “No debe quedar ninguna factura sin
contabilizarse”.
 Recibidas después del cierre con fecha de emisión XXXX:
Efectuar el seguimiento de los comprobantes de pago que
ingresen después del cierre y que hayan sido emitidas con
fecha XXXX.
 Recibidas después del cierre con fecha de emisión XXXX+1:
Las emitidas al principio del ejercicio siguiente pudieran
corresponder a servicios del 2008, motivo por el cual hay que
ser diligentes en su revisión.
Sustento del gasto
por servicios
recibidos
ENTREGABLES
Recordar a las áreas usuarias de toda la empresa (legal,
marketing, logística, finanzas, entre otros) que los gastos por
servicios deben estar debidamente sustentadas, haciendo hincapié
en que la factura NO es suficiente:
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 La factura debe consignar una glosa que explique claramente el
servicio prestado, no se deben aceptar glosas genéricas como
por ejemplo “servicio legal según contrato”; en este caso lo
correcto podría ser “Servicio legal referido a la defensa de la
empresa ante Indecopi por denuncia de Monopolio”.
 Debe haber un contrato, una propuesta aprobada, una orden
de compra debidamente o algo similar que especifique la
prestación.
 Se debe demostrar la prestación del servicio mediante los
“entregables” por parte del proveedor: una liquidación, un
informe, un detalle de las reuniones efectuadas y el motivo de
los mismos.
 Por parte de los usuarios deben generar también documentos
tales como actas de aprobación del servicio, actas de
verificación, así como demostrar estadísticamente que el
servicio tuvo efectos positivos en la empresa (redujo gastos,
aumento ventas, mantuvo un tipo de cliente, entre otros).
ANÁLISIS DE CUENTAS CONTABLES
Tema Acción
Ajustes y
regularizaciones
contables de cierre de
año
Coordinar con las áreas involucradas: Ventas, planillas,
producción, logística, entre otros, las regularizaciones y ajustes
de las cuentas bajo su supervisión.
Extornos contables Revisar los asientos donde se presenten cargos o abonos a las
cuentas contrarias a su naturaleza; es decir, cargos a la cuentas
de ingresos o abonos a las cuentas de gastos:
 Un cargo a una cuenta de ingresos pudiera tratarse del
extorno de un ingreso de años anteriores.
 Un abono a una cuenta de gastos pudiera tratarse del extorno
de un gasto de años anteriores.
Ambos casos son reparables por no cumplir con el principio del
devengado. Si hemos tenido el debido cuidado de haberlos
reparado en el ejercicio anterior, estos reparos serán
temporales, de lo contrario, serán permanentes.
Conciliación bancaria  Solicitar los documentos bancarios pendientes de recepción y
contabilización.
 Tener especial cuidado en el “documento autorizado con
carácter tributario” emitido por las entidad financiera como
sustento de los gastos bancarios y el ITF.
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 Tener cuidado de que se presenten saldos negativos ya que
esto podría ser causal de la aplicación de la presunción
prevista en el artículo 72-A del Código Tributario.
Cuentas por cobrar
comerciales
 Conciliar los registros auxiliares de los clientes con las
cuentas contables
 Preparar los listados de cuentas cobrar clasificados según la
antigüedad de los saldos.
Cobranza dudosa El área de créditos y cobranzas debe revisar el detalle de la
provisión de cobranza dudosa y determinar si los mismos
contienen los sustentos necesarios por las gestiones de cobro
efectuadas durante el ejercicio.
Es importante tener cuidado con las deudas con garantía,
refinanciadas o con empresas vinculadas, las cuales no son
deducibles para fines de la determinación del impuesto a las
renta.
Asimismo, determinar si se han efectuado castigos durante el
ejercicio. De haberlos, determinar si hay castigos de provisiones
efectuadas en el mismo ejercicio, las cuales no son deducibles
para fines de la determinación del impuesto a las renta.
Cuentas por rendir Canjear los vales provisionales por los documentos definitivos,
sobre todo aquellos que cuentan con cierta antigüedad:
 Establecer una fecha límite para que los trabajadores con
este tipo de pendientes los liquiden oportunamente, antes del
cierre. Establecer una penalidad, tal como descuento en
planilla de lo no rendido.
 Esta liquidación puede ser parcial, en los casos en que no se
haya concluido el trabajo por el cual se originó la cuenta a
rendir.
 En último caso establecer una provisión genérica, para no
perder el gasto.
Gastos de viaje Ídem el caso de “cuentas por rendir”
Los sustentos en las liquidaciones de viajes deben incluir:
 Una liquidación debidamente aprobada donde se consigne el
motivo del mismo, su necesidad y efecto para la empresa.
 Los documentos que acrediten los gastos incurridos.
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Periodificación de las
primas de seguros,
publicidad, alquileres,
etc.
Normalmente estas cuentas forman parte de los “gastos
anticipados”, aun cuando hayan sido cancelados, porque se
tiene un control especial de su devengo:
 Seguros: Según la póliza, la cual, generalmente, abarca más
de un ejercicio.
 Publicidad: Según el consumo reportado por el proveedor,
sobre todo si se trata de radio y televisión.
 Alquileres: Según el contrato.
Tener cuidado, ya que si bien estas partidas se pueden
contabilizar en moneda extranjera, por ser su moneda original,
no deben de actualizarse por diferencia de cambio, ya que son
monetarias.
Anticipos a
proveedores,
acreedores y de
clientes.
Verificar si estas corresponden a la realidad, ya que podría ser
que la operación vinculada a ellas ya devengó, tales como una
venta o una compra, y que se hayan contabilizado en forma
independiente sin considerar su compensación con su anticipo.
Algo importante es definir la naturaleza del anticipo. Ya que
puede estar vinculado a la compra de una existencia o de un
activo fijo y como tal se debe exponer en los Estados
Financieros.
Finalmente, un aspecto a verificar es si el anticipo cambio de
naturaleza, a una “Cuenta por Cobrar”. En este caso, es
importante determinar la “fecha de vencimiento”, la cual debe
estar claramente establecido en el contrato u orden de compra.
Provisiones Iniciar el proceso destinado a determinar o estimar los pasivos
acumulados al cierre del ejercicio:
 Vacaciones.
 Compensación por tiempo de servicios.
 Las gratificaciones se suponen pagadas al 15 de diciembre,
de lo contrario verificar su fecha de pago.
 Depreciación y amortización.
 Desmedros de existencias.
 Fluctuación de valores.
 Ingresos a almacén sin factura (pendiente de entrega de la
factura).
Provisión de servicios
(genérica)
Iniciar el proceso destinado a determinar o estimar los pasivos
por servicios efectivamente recibidos y pendientes de
contabilizar por no haber recibido la factura.
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Es importante la coordinación con las áreas usuarias de los
servicios para que:
 Respecto a los servicios CON “pedido” en el sistema, sean
aprobados hasta el cierre contable, lo cual efectiviza la
contabilización del mismo.
 Respecto a los servicios SIN “pedido” en el sistema, sean
reportados para su contabilización como genéricos. Es
importante un estricto seguimiento y control hasta la fecha
límite de la presentación de la DJ anual del IR. A esa fecha,
solo deben quedar como genéricos las provisiones por las
cuales el usuario tenga el 100% de seguridad de su
prestación al 31/12/XXXX.
Asimismo, debemos tener cuidado con los siguientes puntos:
 Estas provisiones deben de contabilizarse en la misma
moneda de contratación, es decir si se ha contratado en
dólares americanos, la provisión debe hacerse en igual
sentido, de lo contario podemos generar un problema con la
diferencia de cambio.
 De tratarse de servicios de no domiciliados, debemos tener
cuidado de provisionar también la “retención” del IR.
Conciliación entre los
Ingresos
contabilizados en la
clase 07 y el Registro
de Ventas
La SUNAT presume que todos los ingresos deben pasar por el
Registro de Ventas, pero sabemos que hay operaciones, tales
como la diferencia de cambio, cesión de derechos y otros
ajustes por los cuales no se emiten comprobante de pago,
motivo por el cual no se incluyen en el Registro de Ventas.
Sin embargo esta es una prueba muy importante por lo que la
debemos aplicar todos los meses con la finalidad de verificar
que:
 Para el IGV: verificar las partidas conciliatorias que estén en
la clase 07 y no están en el Registro de Ventas, las cuales
deben corresponder a operaciones por las cuales no
corresponda la emisión de un comprobante de pago.
 Para el pago a cuenta del IR: Verificar las partidas
conciliatorias que estén en el Registro de Ventas y no estén
en la clase 07, las cuales deben corresponder a operaciones
por las cuales no se haya generado un ingreso. Esta revisión
también tiene impacto en el IR anual.
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Conciliación del Kardex
Valorizado con cuentas
contables, sobretodo el
Costo de Ventas
La SUNAT presume que todas las salidas del kardex de
mercaderías o productos terminados son ventas, por lo que
deben reflejarse como costo de ventas, pero sabemos que hay
operaciones, tales como donaciones, muestras, entregas
promocionales o liberalidades y otros que no resultan en una
venta.
Sin embargo esta es una prueba muy importante por lo que la
debemos aplicar al cierre para verificar el origen de las partidas
conciliatorias.
TEMAS TRIBUTARIOS DE CARÁCTER GENERAL
Tema Acción
Planeamiento
tributario
Sentar bases sólidas para el apropiado planeamiento tributario del
siguiente ejercicio, con la finalidad obtener el máximo posible de
ahorros tributarios permitidos por la legislación tributaria, con lo
cual podemos:
 Reducir la carga fiscal.
 Diferir el impuesto, con lo cual reducimos los costos financieros
(costo de dinero en el tiempo).
Auditoría tributaria De ser contratada, convocarlos con la anticipación suficiente, con
la finalidad de que el IR contenido en los EEFF al cierre se incluyan
todas sus observaciones con incidencia tributaria, con las cuales
estemos de acuerdo. Las demás serán motivo de análisis hasta
una fecha próxima a la presentación de la DJ del IR según el
cronograma establecido por la SUNAT.
Tributos acotados,
infracciones y
sanciones
Determinar el origen de los pagos adicionales de tributos y de las
sanciones impuestas (formales o sustanciales), con la finalidad de
mejorar los controles y evitarlos, en todo caso verificar si los
reparos acotados deben de replicarse en la determinación del
Impuesto a la Renta de este ejercicio.
Deuda tributaria Tener un último listado de los conceptos integrantes de la deuda
tributaria actualizada (con intereses) a la fecha, indicando su
statu: reclamación, apelación, poder judicial, fraccionamientos
tributarios, cobranza coactiva.
Como una gran ayuda podemos recurrir a la página web de la
SUNAT (sistema SOL) y obtener un “Estado de Adeudos”.
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Contingencias
tributarias
Las contingencias tributarias se pueden originar por:
 Contenciosos tributarios en reclamación o apelación.
 Replica en el presente ejercicio de operaciones observadas por
la SUNAT en fiscalización anteriores y que fueron aceptadas.
 Transacciones auto-detectadas que impliquen un riesgo
tributario.
Respecto a los expedientes de reclamación y apelación indicar una
posición respecto a los reparos efectuados y de su resultado
esperado: i) Probable, ii) Posible o iii) Remoto.
Los calificados como probables deben ser motivo de una provisión
de gastos con la finalidad de reconocer su impacto en los Estados
Financieros de la empresa, pero con la salvedad de que no tienen
efecto tributario. Los calificados como posibles y remotos, no
impactan en los resultados de la empresa.
Asimismo, es importante sugerir a la Gerencia la necesidad de la
opinión de un estudio jurídico especializado en temas tributarios,
para la evaluación de los “probables y posibles”.
Contingencias
laborales y civiles
Igualmente deben calificarse por el resultado esperado: i)
Probable, ii) Posible o iii) Remoto.
Debemos tener especial cuidado con las contingencias laborales,
ya que por su naturaleza podrían representar gastos ya
devengados para el presente ejercicio.
Statu de los periodos
abiertos a la
fiscalización
Precisar los periodos abiertos a la fiscalización y las fiscalizaciones
en curso o notificadas. Considerar la prescripción según lo
establece el Código Tributario, así como la suspensión e
interrupción de su cómputo.
Estudio Técnico de
Precios de
Transferencia
EPT
Si pertenecemos a un grupo empresarial, entonces debemos
determinar:
 Si estamos obligados a presentar la Declaración Jurada de
Preciso de Transferencia - PFT 3560
 Si estamos obligados a preparar el EPT 2016.
IMPORTANTE:
 Si bien la norma no obliga a contratar a un consultor externo,
siendo un tema tan especializado es necesario.
 Se sugiere que el EPT se concluya antes de la presentación de
la DJ del Impuesto a la Renta, ya que si se determina algún
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ajuste este debe de incluirse en la determinación del IR.
Recuerden que hay casillas específicas en la DJ IR Anual para
este tema.
Coeficiente del pago a
cuenta del siguiente
ejercicio
Es importante proyectar la determinación del nuevo coeficiente
aplicable al siguiente ejercicio, con la finalidad de que sirva en el
planeamiento del flujo de caja.
Asimismo, debemos tener en cuenta que a partir de enero
XXXX+1:
 Debemos aplicar la “regla de la cuota mínima”:
 Durante enero y febrero debemos determinar el pago a
cuenta sobre la base del IR del ejercicio precedente al
anterior (20XX-1):
 Si tuvimos IR: resulta un coeficiente.
 Si tuvimos perdida o cero: aplicamos un % de 1.5
 PERO…: El pago a cuenta NO puede ser menor del 1.5% de
los ingresos netos (“Cuota mínima”).
 NO resulta aplicable la modificación del pago a cuenta
efectuada durante el ejercicio anterior.
 Saldo del ITAN del presente ejercicio:
 NO se debe arrastrar a enero.
 SI se debe aplicar a la DJ IR Regularización; de persistir el
saldo, recién ahí se puede solicitar su devolución.
 Remanente del saldo a favor del IR del ejercicio anterior no
aplicado hasta el mes de diciembre:
 Es obligatorio su compensación en enero y febrero del
siguiente ejercicio, hasta agotarse, salvo presenten la DJ
Anual IR antes de su vencimiento.
Libros y registros con
carácter tributario
Tener una plantilla para el control de los libros y registros
contables con efecto tributario, ya sea manuales, mecanizados o
electrónicos.
Tomar nota de los plazos de atraso máximo.
Proveedores NO
habidos
Solicitar al área de Sistemas un matching de la base de datos de
proveedores, con quienes hemos tenido operaciones durante el
ejercicio, con la relación de “contribuyentes no habidos” publicada
por la SUNAT.
De detectar casos de proveedores no habidos, sobre todo por
operaciones significativas, debemos coordinar con ellos para su
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regularización antes de fin de año.
Es importante precisar que esta verificación se debe realizar cada
vez que ingresamos un proveedor nuevo a nuestra base de datos.
Claro está que a partir de allí no estamos libres de que un
proveedor se vuelva “no habido” en cualquier momento y no hay
forma de enterarnos.
TEMAS DEL IMPUESTO A LA RENTA (IR)
Tema Acción
Cuadro comparativo
de la determinación
del IR
Comparar la determinación del IR de los últimos cinco (05)
ejercicios gravables con la finalidad de hacer comparables las
partidas de la conciliación tributaria y analizar su evolución con la
finalidad de determinar su pertinencia en el presente ejercicio.
Determinación del IR
del ejercicio
Preparar los papeles de trabajo de la determinación del IR,
teniendo cuidado con las partidas temporales, nuevas y de
ejercicios anteriores.
Asimismo, debemos determinar la adecuada calificación de los
gastos en tanto sean limitados, exijan una determinada
acreditación o sean prohibidos.
Gastos de movilidad Estos gastos deben estar sustentados en una “Planilla” con la
firma de los trabajadores que hayan incurrido en este tipo de
gastos.
En este tema lo importante es definir los procedimientos de
control a aplicarse. La revisión posterior necesariamente tiene
que ser aleatoria.
Gastos de vehículos Verificar que los gastos generados por los vehículos que no
forman parte de los designados como generadores de gasto
deducibles, formen parte de las cuentas contables de control para
la debida adición para fines del IR.
Asimismo, por los vehículos que si generan gasto deducible, se
debe determinar el importe que supera el límite según lo
establecido en la norma, con la finalidad de adicionarlo para fines
del IR. Es importante precisar que para este límite no debemos
incluir la depreciación.
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Gastos de locales
alquilados
Estos pueden ser:
 Servicios públicos de Electricidad, agua potable y arbitrios:
En estos casos es normal que los recibos estén emitidos a
nombre del propietario, los cuales se pueden decir como
gastos, siempre y cuando los contratos de arrendamiento estén
legalizados. El gasto es deducible a partir de la fecha de
legalización de las firmas de los contratantes.
De no tener los contratos firmados y legalizados, para no
perder el escudo fiscal podemos coordinar con el arrendatario,
siempre y cuando sea una empresa, para que ellos paguen los
recibos y luego nos emitan una factura para su reembolso.
Crédito Fiscal no
utilizado
El crédito fiscal no utilizado como tal por haber perdido el derecho
a utilizarlo como tal se puede originar en:
 Comprobantes de pago gravados con el IGV que no fueron
anotados dentro del plazo establecido (12 meses).
 Perdida del crédito fiscal por aplicación de la prorrata del IGV
por tener adquisiciones comunes destinadas a operaciones
gravadas y no gravadas. Como parte de la liquidación del IGV
del mes de diciembre se determina la pérdida del crédito fiscal
por aplicación de la prorrata, la misma que se contabiliza en
enero del siguiente ejercicio.
Este gasto siendo un devengado del presente ejercicio,
debemos deducirlo para fines del IR. De la misma manera,
debemos adicionar la correspondiente al ejercicio anterior, por
haber sido tomada, a su vez, en su ejercicio.
Impuestos asumidos
por terceros
Siendo impuestos de terceros no son deducibles del IR, siendo la
excepción los generados por el pago de intereses pagados al
exterior.
ITF Cuando se extinguen las deudas por cobrar o por pagar mediante
la compensación, es necesario efectuar un análisis después del
cierre anual para la determinación del ITF, según el
procedimiento establecido por la norma tributaria.
Donaciones Verificar las donaciones efectuadas durante el ejercicio, para ello
debemos:
 Analizar las cuentas contables donde se registran las
donaciones.
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 Efectuar un matching con los certificados emitidos por los
perceptores de las donaciones.
 Verificar que los certificados por las donaciones hayan sido
comunicadas a la SUNAT por el medio establecido, de lo
contrario regularizarlo.
 Por los certificados faltantes exigir su emisión. Luego de
recibidos comunicar a la SUNAT.
De detectar donaciones por las cuales no se obtendrá el
certificado correspondiente, estas serán consideradas
“liberalidades”, consecuentemente no serán deducibles para fines
del IR.
Por otro lado, en el caso de las donaciones en bienes, se debe
verificar la emisión del comprobante de pago respectivo y de su
afectación al IGV, de corresponder.
Baja de Activos Fijos Respecto de las bajas de activos fijos efectuadas en el ejercicio
debemos tener el sustento adecuado, como por ejemplo los
informes técnicos que acrediten tal situación.
Activo fijo extraviado
o robado
En el momento de la detección del extravío o robo del bien
debemos efectuar la denuncia policial respectiva e iniciar el
proceso judicial, de corresponder. De ser aplicable, debemos
coordinar con el seguro para los fines de la indemnización
correspondiente.
Debemos proceder a la baja del activo fijo y del cargo a gastos
del valor residual resultante, el mismo que debe ser adicionado
para fines del IR hasta tener una resolución judicial firme, o el
archivamiento del caso por parte de la fiscalía, o hasta la
liquidación y cobro de la indemnización por parte del seguro.
Asimismo, la depreciación de estos activos, desde la fecha del
extravío o robo, debe ser adicionada para fines del IR.
Activos con valor
menor a ¼ UIT
En este caso se pueden presentar dos situaciones:
 Que los activos se hayan cargado directamente al gasto, para
lo cual procede una verificación de que se trate efectivamente
de un bien con un costo menor a ¼ de la UIT.
En este caso algo importante a verificar es que estos activos
no resulten ser una parte de otro activo de mayor valor, de
serlo, entonces será activo fijo debiendo ser adicionado para
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fines del IR.
 Que los activos se hayan cargado al activo. En estos casos
debemos obtener un listado detallado resultando:
 Una deducción del costo total de los activos.
 La adición de su depreciación.
 De corresponder, la adición de la depreciación de los activos
deducidos en ejercicios anteriores.
Amortización de
Intangibles
En este tema hay dos posiciones:
 Solo se amortiza lo efectivamente pagado.
 Se amortiza independientemente si se ha pagado o no.
Algunos temas:
 Se debe verificar la tasa histórica de la amortización, la misma
que no se puede cambiar, salvo autorización de la SUNAT.
 Para el inicio de la amortización se debe tener evidencia de
que se termino la generación del intangible (por ejemplo: Acta
de alta del proyecto).
 Luego de verificar que corresponde la amortización se debe
definir la tasa a aplicar, pudiendo ser en solo ejercicio para
gozar del mayor escudo tributario posible, de ser necesario.
Gastos inherentes a
renta exoneradas e
inafecta
Es posible que las empresas tengan ingresos no gravables, tales
como dividendos, drawback, entre otros, por tal motivo debemos
identificar los gastos asociados y en los casos de gastos comunes
aplicar el procedimiento establecido por la norma.
Subcapitalización Cuando formamos parte de un grupo empresarial es común los
prestamos intercompany, motivo por el cual es importante
verificar que no se superen límites establecidos por la norma
tributaria.
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OTROS
Tema Acción
Notificación a
Tesorería
Comunicar oportunamente al departamento de tesorería las
mejores estimaciones de los pagos tributarios a realizarse: i) IR y
ii) participación de los trabajadores en las utilidades de la
empresa.
Esto tiene una finalidad importante, preveer el flujo de fondos
necesarios para atenderlos.
Actas Recordar que dentro de los acuerdos de las actas de accionistas y
directorio podemos encontrar el sustento de operaciones
importantes con efecto contable y tributario, motivo por el cual la
revisión de estos libros por parte del profesional contable es muy
importante.
Asimismo, sirve para verificar si están al día, para, en caso
contrario, regularizarlo.
Contratos Revisar si fueron suscritos todos los contratos aplicables a las
operaciones del ejercicio; así como si se suscribirán o renovarán
contratos con vigencia en el siguiente ejercicio.
*******
Quedamos a su disposición para cualquier duda u observación a la presente,
para cuyo efecto no dude en comunicarse directamente con el suscrito al
teléfono 942804578 o al email juandanieldavila@gmail.com.
Atentamente,
Dávila Gil Callirgos & Asociados
____________________
Juan Daniel Dávila
Socio
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Si este material ha contribuido con el entendimiento del tema
planteado y con su aplicación práctica, agradeceré compartirlo con
vuestros contactos.
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Ordenando la casa cierre contable tributario 2016 - juan daniel davila

  • 1. Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 Lima, 08 de diciembre de 2016 ORDENANDO LA CASA ASPECTOS PRÁCTICOS A CONSIDERAR PARA EL CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO 2016  Recomendaciones de fin de año para evitar apuros Estando muy próximo el cierre del año fiscal se hace imprescindible tomar las previsiones necesarias para una adecuada y oportuna preparación de los Estados Financieros, con la finalidad de que sirvan como una herramienta útil, confiable y sobre todo oportuna para la gerencia. En ese sentido, en estas líneas se pretende realizar, como su título lo indica, un breve recordatorio práctico (check list) de aquellos aspectos más destacables a considerar de lo que a esta, anualmente recurrente, obligada y formal, fase de la vida empresarial se refiere. TEMAS CONTABLES DE CARÁCTER GENERAL Tema Acción Cronograma de Cierre Preparar un cronograma ordenado del cierre contable, estableciendo:  Temas y acciones a seguir  Responsables  Fechas límites. Verificar políticas de registro contable Partiendo sobre la base de que el tratamiento contable no es el mismo que el tributario, debemos de verificar las políticas contables que se aplican según las NIFF’s y determinar su tratamiento tributario. Sobretodo debemos estar alertas a los cambios efectuados en el ejercicio. Auditoría financiera Convocar a los auditores externos con la anticipación suficiente, con la finalidad de que los EEFF al cierre incluyan sus principales observaciones materiales con incidencia financiera y tributaria. Inventario Físico de existencias y de activos fijos, si fuera necesario. Elaborar o actualizar las instrucciones para la toma del inventario físico. Algunos aspectos importantes son:  Establecer los procedimientos para explicar las diferencias de Preparado por CPCC JUAN DANIEL DÁVILA Consultor Tributario juandanieldavila@gmail.com Dic-2016
  • 2. Ordenando la Casa Página 2 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 inventarios y el control de los ajustes, sean faltantes o sobrantes.  Los faltantes de inventario tienen un efecto tributario importante: i) No son deducibles para fines del IR y ii) Se debe reintegrar el IGV tomado como crédito, lo cual debe liquidarse como una rebaja en el crédito fiscal del mismo mes en que se efectuó el inventario físico. Destrucción efectiva de las existencias calificadas como desmedro Coordinar con las áreas usuarias (producción y almacén) la programación de la destrucción de los desmedros antes del cierre del ejercicio, con la finalidad de aprovechar el escudo fiscal generado por este hecho. IMPORTANTE:  Oportuna comunicación a la SUNAT  Contratación de un Notario Público para su convalidación. Arqueos de caja y valores  Tomar las medidas necesarias para la apropiada ejecución de los arqueos de caja y otros valores.  Debemos establecer los procedimientos para explicar las diferencias de arqueo y el control de los ajustes, sean faltantes o sobrantes.  En el caso de faltantes, para efectos tributarios se considera una pérdidas extraordinarias y como tal debe tratarse; es decir, debe haber denuncia policial, acta del seguro y recién se puede tomar el gasto cuando haya un dictamen judicial o el cierre del caso por parte de la fiscalía.  Más allá del tema contable, los arqueos son importante como medida de control interno.  Debe ser INOPINADO.  Un tema sumamente importante es determinar la consecuencia de un faltante, ya que este podría calificarse como una negligencia grave que justifique el despido del trabajador responsable. Ventas SI facturadas, pero NO realizadas al cierre Verificar que las facturas emitidas por venta de bienes al cierre del año hayan sido efectivamente despachadas, de lo contrario debe ser anuladas en aplicación de la NIC 18 y del principio del devengado.
  • 3. Ordenando la Casa Página 3 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 Como excepción, sugiero establecer una fecha del siguiente ejercicio como LIMITE para la entrega de los bienes por este tipo de ventas, la misma que debe ser razonable. Esto sobre la premisa de que son ventas aceptadas por el cliente. De manera paralela, debemos dar efecto al costo vinculado a esta venta. Ventas NO facturadas, SI realizadas al cierre Es importante determinar la existencia de ventas no facturadas al cierre. Casos:  Bienes entregados con Guía de Remisión Remitente al cierre, facturados en el siguiente ejercicio.  Servicios culminados y debidamente recibidos por el cliente, facturados en el siguiente ejercicio. Tomar en cuenta que si bien no hay facturas, si hay obligación de pagar los impuestos, impuesto a la renta y el IGV en el mes y ejercicio correcto. Se controla como una partida conciliatoria. De manera paralela, debemos dar efecto al costo vinculado a esta venta. Notas de Crédito emitidas en el ejercicio siguiente por facturas del presente ejercicio Como parte del seguimiento de las ventas del ejercicio realmente devengadas, es necesario verificar el efecto de las notas de crédito que se emiten en el ejercicio siguiente. Se pueden emitir por:  Anulación total de facturas emitidas el ejercicio anterior. En este caso lo que corresponde es:  Descontar las ventas del mes anterior (Diciembre) para efectos del IR, de los pagos a cuenta y del IGV  Descontar las notas de crédito del mes de su emisión (Enero) para efectos del IR, de los pagos a cuenta y del IGV.  En el caso de que la emisión sea impresa, tener el debido cuidado de tener los juegos completos de las facturas y notas de crédito.  Re facturación, lo que implica la emisión de una nota de crédito que anule la factura del mes anterior y la emisión de una nueva factura con fecha del ejercicio siguiente.
  • 4. Ordenando la Casa Página 4 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578  La re facturación está motivada por el bendito corte de cierre de balance que muchas empresas imponen. Comunicado a los proveedores en general En el mes de diciembre de todos los años encontramos este tipo de avisos, sobre todo en El Comercio: “Se les comunica a nuestros proveedores que el último día de recepción de facturas correspondientes al ejercicio XXXX es el día 20/12/XXXX; por tanto las facturas que ingresan después deben tener fecha del XXXX+1”. Este tipo de comunicado no tiene asidero legal alguno, pero las empresas lo justifican en su discrecionalidad administrativa. Una opción es insistir en que el cliente acepte las facturas y otra es aceptar la medida, en cuyo caso estaremos en el caso de “Ventas NO facturadas, SI realizadas al cierre” Ver el punto anterior. IMPORTANTE:  Si nuestra empresa es una de las que emite este tipo de comunicados para nuestros proveedores, tenemos que ser consecuentes cuando nuestros clientes hagan lo mismo.!!! Seguimiento de Comprobantes de pago antes y después del cierre Se pueden presentar los siguientes casos:  Recibidas hasta el cierre: Acelerar su contabilización. La consigna debe ser “No debe quedar ninguna factura sin contabilizarse”.  Recibidas después del cierre con fecha de emisión XXXX: Efectuar el seguimiento de los comprobantes de pago que ingresen después del cierre y que hayan sido emitidas con fecha XXXX.  Recibidas después del cierre con fecha de emisión XXXX+1: Las emitidas al principio del ejercicio siguiente pudieran corresponder a servicios del 2008, motivo por el cual hay que ser diligentes en su revisión. Sustento del gasto por servicios recibidos ENTREGABLES Recordar a las áreas usuarias de toda la empresa (legal, marketing, logística, finanzas, entre otros) que los gastos por servicios deben estar debidamente sustentadas, haciendo hincapié en que la factura NO es suficiente:
  • 5. Ordenando la Casa Página 5 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578  La factura debe consignar una glosa que explique claramente el servicio prestado, no se deben aceptar glosas genéricas como por ejemplo “servicio legal según contrato”; en este caso lo correcto podría ser “Servicio legal referido a la defensa de la empresa ante Indecopi por denuncia de Monopolio”.  Debe haber un contrato, una propuesta aprobada, una orden de compra debidamente o algo similar que especifique la prestación.  Se debe demostrar la prestación del servicio mediante los “entregables” por parte del proveedor: una liquidación, un informe, un detalle de las reuniones efectuadas y el motivo de los mismos.  Por parte de los usuarios deben generar también documentos tales como actas de aprobación del servicio, actas de verificación, así como demostrar estadísticamente que el servicio tuvo efectos positivos en la empresa (redujo gastos, aumento ventas, mantuvo un tipo de cliente, entre otros). ANÁLISIS DE CUENTAS CONTABLES Tema Acción Ajustes y regularizaciones contables de cierre de año Coordinar con las áreas involucradas: Ventas, planillas, producción, logística, entre otros, las regularizaciones y ajustes de las cuentas bajo su supervisión. Extornos contables Revisar los asientos donde se presenten cargos o abonos a las cuentas contrarias a su naturaleza; es decir, cargos a la cuentas de ingresos o abonos a las cuentas de gastos:  Un cargo a una cuenta de ingresos pudiera tratarse del extorno de un ingreso de años anteriores.  Un abono a una cuenta de gastos pudiera tratarse del extorno de un gasto de años anteriores. Ambos casos son reparables por no cumplir con el principio del devengado. Si hemos tenido el debido cuidado de haberlos reparado en el ejercicio anterior, estos reparos serán temporales, de lo contrario, serán permanentes. Conciliación bancaria  Solicitar los documentos bancarios pendientes de recepción y contabilización.  Tener especial cuidado en el “documento autorizado con carácter tributario” emitido por las entidad financiera como sustento de los gastos bancarios y el ITF.
  • 6. Ordenando la Casa Página 6 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578  Tener cuidado de que se presenten saldos negativos ya que esto podría ser causal de la aplicación de la presunción prevista en el artículo 72-A del Código Tributario. Cuentas por cobrar comerciales  Conciliar los registros auxiliares de los clientes con las cuentas contables  Preparar los listados de cuentas cobrar clasificados según la antigüedad de los saldos. Cobranza dudosa El área de créditos y cobranzas debe revisar el detalle de la provisión de cobranza dudosa y determinar si los mismos contienen los sustentos necesarios por las gestiones de cobro efectuadas durante el ejercicio. Es importante tener cuidado con las deudas con garantía, refinanciadas o con empresas vinculadas, las cuales no son deducibles para fines de la determinación del impuesto a las renta. Asimismo, determinar si se han efectuado castigos durante el ejercicio. De haberlos, determinar si hay castigos de provisiones efectuadas en el mismo ejercicio, las cuales no son deducibles para fines de la determinación del impuesto a las renta. Cuentas por rendir Canjear los vales provisionales por los documentos definitivos, sobre todo aquellos que cuentan con cierta antigüedad:  Establecer una fecha límite para que los trabajadores con este tipo de pendientes los liquiden oportunamente, antes del cierre. Establecer una penalidad, tal como descuento en planilla de lo no rendido.  Esta liquidación puede ser parcial, en los casos en que no se haya concluido el trabajo por el cual se originó la cuenta a rendir.  En último caso establecer una provisión genérica, para no perder el gasto. Gastos de viaje Ídem el caso de “cuentas por rendir” Los sustentos en las liquidaciones de viajes deben incluir:  Una liquidación debidamente aprobada donde se consigne el motivo del mismo, su necesidad y efecto para la empresa.  Los documentos que acrediten los gastos incurridos.
  • 7. Ordenando la Casa Página 7 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 Periodificación de las primas de seguros, publicidad, alquileres, etc. Normalmente estas cuentas forman parte de los “gastos anticipados”, aun cuando hayan sido cancelados, porque se tiene un control especial de su devengo:  Seguros: Según la póliza, la cual, generalmente, abarca más de un ejercicio.  Publicidad: Según el consumo reportado por el proveedor, sobre todo si se trata de radio y televisión.  Alquileres: Según el contrato. Tener cuidado, ya que si bien estas partidas se pueden contabilizar en moneda extranjera, por ser su moneda original, no deben de actualizarse por diferencia de cambio, ya que son monetarias. Anticipos a proveedores, acreedores y de clientes. Verificar si estas corresponden a la realidad, ya que podría ser que la operación vinculada a ellas ya devengó, tales como una venta o una compra, y que se hayan contabilizado en forma independiente sin considerar su compensación con su anticipo. Algo importante es definir la naturaleza del anticipo. Ya que puede estar vinculado a la compra de una existencia o de un activo fijo y como tal se debe exponer en los Estados Financieros. Finalmente, un aspecto a verificar es si el anticipo cambio de naturaleza, a una “Cuenta por Cobrar”. En este caso, es importante determinar la “fecha de vencimiento”, la cual debe estar claramente establecido en el contrato u orden de compra. Provisiones Iniciar el proceso destinado a determinar o estimar los pasivos acumulados al cierre del ejercicio:  Vacaciones.  Compensación por tiempo de servicios.  Las gratificaciones se suponen pagadas al 15 de diciembre, de lo contrario verificar su fecha de pago.  Depreciación y amortización.  Desmedros de existencias.  Fluctuación de valores.  Ingresos a almacén sin factura (pendiente de entrega de la factura). Provisión de servicios (genérica) Iniciar el proceso destinado a determinar o estimar los pasivos por servicios efectivamente recibidos y pendientes de contabilizar por no haber recibido la factura.
  • 8. Ordenando la Casa Página 8 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 Es importante la coordinación con las áreas usuarias de los servicios para que:  Respecto a los servicios CON “pedido” en el sistema, sean aprobados hasta el cierre contable, lo cual efectiviza la contabilización del mismo.  Respecto a los servicios SIN “pedido” en el sistema, sean reportados para su contabilización como genéricos. Es importante un estricto seguimiento y control hasta la fecha límite de la presentación de la DJ anual del IR. A esa fecha, solo deben quedar como genéricos las provisiones por las cuales el usuario tenga el 100% de seguridad de su prestación al 31/12/XXXX. Asimismo, debemos tener cuidado con los siguientes puntos:  Estas provisiones deben de contabilizarse en la misma moneda de contratación, es decir si se ha contratado en dólares americanos, la provisión debe hacerse en igual sentido, de lo contario podemos generar un problema con la diferencia de cambio.  De tratarse de servicios de no domiciliados, debemos tener cuidado de provisionar también la “retención” del IR. Conciliación entre los Ingresos contabilizados en la clase 07 y el Registro de Ventas La SUNAT presume que todos los ingresos deben pasar por el Registro de Ventas, pero sabemos que hay operaciones, tales como la diferencia de cambio, cesión de derechos y otros ajustes por los cuales no se emiten comprobante de pago, motivo por el cual no se incluyen en el Registro de Ventas. Sin embargo esta es una prueba muy importante por lo que la debemos aplicar todos los meses con la finalidad de verificar que:  Para el IGV: verificar las partidas conciliatorias que estén en la clase 07 y no están en el Registro de Ventas, las cuales deben corresponder a operaciones por las cuales no corresponda la emisión de un comprobante de pago.  Para el pago a cuenta del IR: Verificar las partidas conciliatorias que estén en el Registro de Ventas y no estén en la clase 07, las cuales deben corresponder a operaciones por las cuales no se haya generado un ingreso. Esta revisión también tiene impacto en el IR anual.
  • 9. Ordenando la Casa Página 9 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 Conciliación del Kardex Valorizado con cuentas contables, sobretodo el Costo de Ventas La SUNAT presume que todas las salidas del kardex de mercaderías o productos terminados son ventas, por lo que deben reflejarse como costo de ventas, pero sabemos que hay operaciones, tales como donaciones, muestras, entregas promocionales o liberalidades y otros que no resultan en una venta. Sin embargo esta es una prueba muy importante por lo que la debemos aplicar al cierre para verificar el origen de las partidas conciliatorias. TEMAS TRIBUTARIOS DE CARÁCTER GENERAL Tema Acción Planeamiento tributario Sentar bases sólidas para el apropiado planeamiento tributario del siguiente ejercicio, con la finalidad obtener el máximo posible de ahorros tributarios permitidos por la legislación tributaria, con lo cual podemos:  Reducir la carga fiscal.  Diferir el impuesto, con lo cual reducimos los costos financieros (costo de dinero en el tiempo). Auditoría tributaria De ser contratada, convocarlos con la anticipación suficiente, con la finalidad de que el IR contenido en los EEFF al cierre se incluyan todas sus observaciones con incidencia tributaria, con las cuales estemos de acuerdo. Las demás serán motivo de análisis hasta una fecha próxima a la presentación de la DJ del IR según el cronograma establecido por la SUNAT. Tributos acotados, infracciones y sanciones Determinar el origen de los pagos adicionales de tributos y de las sanciones impuestas (formales o sustanciales), con la finalidad de mejorar los controles y evitarlos, en todo caso verificar si los reparos acotados deben de replicarse en la determinación del Impuesto a la Renta de este ejercicio. Deuda tributaria Tener un último listado de los conceptos integrantes de la deuda tributaria actualizada (con intereses) a la fecha, indicando su statu: reclamación, apelación, poder judicial, fraccionamientos tributarios, cobranza coactiva. Como una gran ayuda podemos recurrir a la página web de la SUNAT (sistema SOL) y obtener un “Estado de Adeudos”.
  • 10. Ordenando la Casa Página 10 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 Contingencias tributarias Las contingencias tributarias se pueden originar por:  Contenciosos tributarios en reclamación o apelación.  Replica en el presente ejercicio de operaciones observadas por la SUNAT en fiscalización anteriores y que fueron aceptadas.  Transacciones auto-detectadas que impliquen un riesgo tributario. Respecto a los expedientes de reclamación y apelación indicar una posición respecto a los reparos efectuados y de su resultado esperado: i) Probable, ii) Posible o iii) Remoto. Los calificados como probables deben ser motivo de una provisión de gastos con la finalidad de reconocer su impacto en los Estados Financieros de la empresa, pero con la salvedad de que no tienen efecto tributario. Los calificados como posibles y remotos, no impactan en los resultados de la empresa. Asimismo, es importante sugerir a la Gerencia la necesidad de la opinión de un estudio jurídico especializado en temas tributarios, para la evaluación de los “probables y posibles”. Contingencias laborales y civiles Igualmente deben calificarse por el resultado esperado: i) Probable, ii) Posible o iii) Remoto. Debemos tener especial cuidado con las contingencias laborales, ya que por su naturaleza podrían representar gastos ya devengados para el presente ejercicio. Statu de los periodos abiertos a la fiscalización Precisar los periodos abiertos a la fiscalización y las fiscalizaciones en curso o notificadas. Considerar la prescripción según lo establece el Código Tributario, así como la suspensión e interrupción de su cómputo. Estudio Técnico de Precios de Transferencia EPT Si pertenecemos a un grupo empresarial, entonces debemos determinar:  Si estamos obligados a presentar la Declaración Jurada de Preciso de Transferencia - PFT 3560  Si estamos obligados a preparar el EPT 2016. IMPORTANTE:  Si bien la norma no obliga a contratar a un consultor externo, siendo un tema tan especializado es necesario.  Se sugiere que el EPT se concluya antes de la presentación de la DJ del Impuesto a la Renta, ya que si se determina algún
  • 11. Ordenando la Casa Página 11 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 ajuste este debe de incluirse en la determinación del IR. Recuerden que hay casillas específicas en la DJ IR Anual para este tema. Coeficiente del pago a cuenta del siguiente ejercicio Es importante proyectar la determinación del nuevo coeficiente aplicable al siguiente ejercicio, con la finalidad de que sirva en el planeamiento del flujo de caja. Asimismo, debemos tener en cuenta que a partir de enero XXXX+1:  Debemos aplicar la “regla de la cuota mínima”:  Durante enero y febrero debemos determinar el pago a cuenta sobre la base del IR del ejercicio precedente al anterior (20XX-1):  Si tuvimos IR: resulta un coeficiente.  Si tuvimos perdida o cero: aplicamos un % de 1.5  PERO…: El pago a cuenta NO puede ser menor del 1.5% de los ingresos netos (“Cuota mínima”).  NO resulta aplicable la modificación del pago a cuenta efectuada durante el ejercicio anterior.  Saldo del ITAN del presente ejercicio:  NO se debe arrastrar a enero.  SI se debe aplicar a la DJ IR Regularización; de persistir el saldo, recién ahí se puede solicitar su devolución.  Remanente del saldo a favor del IR del ejercicio anterior no aplicado hasta el mes de diciembre:  Es obligatorio su compensación en enero y febrero del siguiente ejercicio, hasta agotarse, salvo presenten la DJ Anual IR antes de su vencimiento. Libros y registros con carácter tributario Tener una plantilla para el control de los libros y registros contables con efecto tributario, ya sea manuales, mecanizados o electrónicos. Tomar nota de los plazos de atraso máximo. Proveedores NO habidos Solicitar al área de Sistemas un matching de la base de datos de proveedores, con quienes hemos tenido operaciones durante el ejercicio, con la relación de “contribuyentes no habidos” publicada por la SUNAT. De detectar casos de proveedores no habidos, sobre todo por operaciones significativas, debemos coordinar con ellos para su
  • 12. Ordenando la Casa Página 12 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 regularización antes de fin de año. Es importante precisar que esta verificación se debe realizar cada vez que ingresamos un proveedor nuevo a nuestra base de datos. Claro está que a partir de allí no estamos libres de que un proveedor se vuelva “no habido” en cualquier momento y no hay forma de enterarnos. TEMAS DEL IMPUESTO A LA RENTA (IR) Tema Acción Cuadro comparativo de la determinación del IR Comparar la determinación del IR de los últimos cinco (05) ejercicios gravables con la finalidad de hacer comparables las partidas de la conciliación tributaria y analizar su evolución con la finalidad de determinar su pertinencia en el presente ejercicio. Determinación del IR del ejercicio Preparar los papeles de trabajo de la determinación del IR, teniendo cuidado con las partidas temporales, nuevas y de ejercicios anteriores. Asimismo, debemos determinar la adecuada calificación de los gastos en tanto sean limitados, exijan una determinada acreditación o sean prohibidos. Gastos de movilidad Estos gastos deben estar sustentados en una “Planilla” con la firma de los trabajadores que hayan incurrido en este tipo de gastos. En este tema lo importante es definir los procedimientos de control a aplicarse. La revisión posterior necesariamente tiene que ser aleatoria. Gastos de vehículos Verificar que los gastos generados por los vehículos que no forman parte de los designados como generadores de gasto deducibles, formen parte de las cuentas contables de control para la debida adición para fines del IR. Asimismo, por los vehículos que si generan gasto deducible, se debe determinar el importe que supera el límite según lo establecido en la norma, con la finalidad de adicionarlo para fines del IR. Es importante precisar que para este límite no debemos incluir la depreciación.
  • 13. Ordenando la Casa Página 13 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 Gastos de locales alquilados Estos pueden ser:  Servicios públicos de Electricidad, agua potable y arbitrios: En estos casos es normal que los recibos estén emitidos a nombre del propietario, los cuales se pueden decir como gastos, siempre y cuando los contratos de arrendamiento estén legalizados. El gasto es deducible a partir de la fecha de legalización de las firmas de los contratantes. De no tener los contratos firmados y legalizados, para no perder el escudo fiscal podemos coordinar con el arrendatario, siempre y cuando sea una empresa, para que ellos paguen los recibos y luego nos emitan una factura para su reembolso. Crédito Fiscal no utilizado El crédito fiscal no utilizado como tal por haber perdido el derecho a utilizarlo como tal se puede originar en:  Comprobantes de pago gravados con el IGV que no fueron anotados dentro del plazo establecido (12 meses).  Perdida del crédito fiscal por aplicación de la prorrata del IGV por tener adquisiciones comunes destinadas a operaciones gravadas y no gravadas. Como parte de la liquidación del IGV del mes de diciembre se determina la pérdida del crédito fiscal por aplicación de la prorrata, la misma que se contabiliza en enero del siguiente ejercicio. Este gasto siendo un devengado del presente ejercicio, debemos deducirlo para fines del IR. De la misma manera, debemos adicionar la correspondiente al ejercicio anterior, por haber sido tomada, a su vez, en su ejercicio. Impuestos asumidos por terceros Siendo impuestos de terceros no son deducibles del IR, siendo la excepción los generados por el pago de intereses pagados al exterior. ITF Cuando se extinguen las deudas por cobrar o por pagar mediante la compensación, es necesario efectuar un análisis después del cierre anual para la determinación del ITF, según el procedimiento establecido por la norma tributaria. Donaciones Verificar las donaciones efectuadas durante el ejercicio, para ello debemos:  Analizar las cuentas contables donde se registran las donaciones.
  • 14. Ordenando la Casa Página 14 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578  Efectuar un matching con los certificados emitidos por los perceptores de las donaciones.  Verificar que los certificados por las donaciones hayan sido comunicadas a la SUNAT por el medio establecido, de lo contrario regularizarlo.  Por los certificados faltantes exigir su emisión. Luego de recibidos comunicar a la SUNAT. De detectar donaciones por las cuales no se obtendrá el certificado correspondiente, estas serán consideradas “liberalidades”, consecuentemente no serán deducibles para fines del IR. Por otro lado, en el caso de las donaciones en bienes, se debe verificar la emisión del comprobante de pago respectivo y de su afectación al IGV, de corresponder. Baja de Activos Fijos Respecto de las bajas de activos fijos efectuadas en el ejercicio debemos tener el sustento adecuado, como por ejemplo los informes técnicos que acrediten tal situación. Activo fijo extraviado o robado En el momento de la detección del extravío o robo del bien debemos efectuar la denuncia policial respectiva e iniciar el proceso judicial, de corresponder. De ser aplicable, debemos coordinar con el seguro para los fines de la indemnización correspondiente. Debemos proceder a la baja del activo fijo y del cargo a gastos del valor residual resultante, el mismo que debe ser adicionado para fines del IR hasta tener una resolución judicial firme, o el archivamiento del caso por parte de la fiscalía, o hasta la liquidación y cobro de la indemnización por parte del seguro. Asimismo, la depreciación de estos activos, desde la fecha del extravío o robo, debe ser adicionada para fines del IR. Activos con valor menor a ¼ UIT En este caso se pueden presentar dos situaciones:  Que los activos se hayan cargado directamente al gasto, para lo cual procede una verificación de que se trate efectivamente de un bien con un costo menor a ¼ de la UIT. En este caso algo importante a verificar es que estos activos no resulten ser una parte de otro activo de mayor valor, de serlo, entonces será activo fijo debiendo ser adicionado para
  • 15. Ordenando la Casa Página 15 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 fines del IR.  Que los activos se hayan cargado al activo. En estos casos debemos obtener un listado detallado resultando:  Una deducción del costo total de los activos.  La adición de su depreciación.  De corresponder, la adición de la depreciación de los activos deducidos en ejercicios anteriores. Amortización de Intangibles En este tema hay dos posiciones:  Solo se amortiza lo efectivamente pagado.  Se amortiza independientemente si se ha pagado o no. Algunos temas:  Se debe verificar la tasa histórica de la amortización, la misma que no se puede cambiar, salvo autorización de la SUNAT.  Para el inicio de la amortización se debe tener evidencia de que se termino la generación del intangible (por ejemplo: Acta de alta del proyecto).  Luego de verificar que corresponde la amortización se debe definir la tasa a aplicar, pudiendo ser en solo ejercicio para gozar del mayor escudo tributario posible, de ser necesario. Gastos inherentes a renta exoneradas e inafecta Es posible que las empresas tengan ingresos no gravables, tales como dividendos, drawback, entre otros, por tal motivo debemos identificar los gastos asociados y en los casos de gastos comunes aplicar el procedimiento establecido por la norma. Subcapitalización Cuando formamos parte de un grupo empresarial es común los prestamos intercompany, motivo por el cual es importante verificar que no se superen límites establecidos por la norma tributaria.
  • 16. Ordenando la Casa Página 16 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 OTROS Tema Acción Notificación a Tesorería Comunicar oportunamente al departamento de tesorería las mejores estimaciones de los pagos tributarios a realizarse: i) IR y ii) participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa. Esto tiene una finalidad importante, preveer el flujo de fondos necesarios para atenderlos. Actas Recordar que dentro de los acuerdos de las actas de accionistas y directorio podemos encontrar el sustento de operaciones importantes con efecto contable y tributario, motivo por el cual la revisión de estos libros por parte del profesional contable es muy importante. Asimismo, sirve para verificar si están al día, para, en caso contrario, regularizarlo. Contratos Revisar si fueron suscritos todos los contratos aplicables a las operaciones del ejercicio; así como si se suscribirán o renovarán contratos con vigencia en el siguiente ejercicio. ******* Quedamos a su disposición para cualquier duda u observación a la presente, para cuyo efecto no dude en comunicarse directamente con el suscrito al teléfono 942804578 o al email juandanieldavila@gmail.com. Atentamente, Dávila Gil Callirgos & Asociados ____________________ Juan Daniel Dávila Socio DIVULGACIÓN: Si este material ha contribuido con el entendimiento del tema planteado y con su aplicación práctica, agradeceré compartirlo con vuestros contactos.
  • 17. Ordenando la Casa Página 17 de 17 Servicios profesionales a su alcance Davila Gil Callirgos & Asociados S. Civil de R.L. Jr. Aries 859, Lima 39 Telf: 523-5506 Cel: 942804578| RPM:#942804578 EXCENCION DE RESPONSABILIDAD NO imprimas este mensaje a menos que sea INDISPENSABLE. Esta comunicación es de carácter general y tiene el único propósito de compartir información de temas que pueden ser de interés para sus destinatarios. Por lo tanto, ninguna información proporcionada por este medio, ni las opiniones o análisis, ni los materiales distribuidos podrán ser utilizados para resolver casos específicos, sin la adecuada asesoría profesional, ni podrán ser interpretados como un anticipo de opinión profesional. UTILIZACIÓN DEL MATERIAL POR TERCEROS Si desea utilizar este material en una presentación o reproducirlo por cualquier medio, total o parcialmente, agradeceré hacer referencia a los datos del autor, cuando corresponda.