2. BIENES MUEBLES
Incorporales-
Derecho reales
Por Naturaleza Derechos de
Crédito
Son los que por si propios son movibles de un lado a otro
Artículo 532 CCV: Los
bienes que pueden
cambiar de lugar por si
mismo o movidos por
una fuerza exterior.
Articulo 533 CCV: Son
muebles por el objeto a
que se refieren o por
determinarlo así la ley, los
derechos las obligaciones
y las acciones que tienen
por objeto.
Son los que solamente
pueden reclamarse de
ciertas personas, que por
un hecho suyo o la sola
disposición de la ley.
El origen de los bienes muebles fue conocido en el ultimo
periodo del derecho romano, con Justiniano, es decir, se
hace nítida en el periodo posclásico, donde la practicaron y
la reconocieron en la época de las XII tablas.
3. BIENES INMUEBLES
Los Bienes Inmuebles son aquellos elementos de la naturaleza, que no pueden
trasladarse de forma inmediata de un lugar
Por su
Naturaleza
Por su
Destinación
Por el Objeto que
se Refieren
Articulo 527 CCV: Los terrenos,
las minas, los edificios y, en
general toda construcción
adherida de modo permanente.
Articulo 528 CCV: Las
cosas que el propietario
del suelo a puesto en él
para su uso y beneficio.
Articulo 530 CCV: Los
derechos del propietario
y los del enfiteuta sobre
los predios sujetos a
enfiteusis.
El origen de los bienes inmuebles fue conocido en el
ultimo periodo del derecho romano, con Justiniano, es
decir, se hace nítida en el periodo posclásico, donde la
practicaron y la reconocieron en la época de las XII
tablas.
4. Bibliografías
Bienes Inmuebles: [ Pagina web en línea]. Disponible en:
http://www.monografias.com/trabajos65/bienes/bienes.shtml#ixzz3Cq
vSl5GG Consulta 9 de Septiembre de 2014, a las 09:22 am].
Bienes Muebles: [ Pagina web en línea]. Disponible en:
http://www.monografias.com/trabajos65/bienes/bienes.shtml#ixzz3Cq
vSl5GG Consulta 9 de Septiembre de 2014, a las 09:40 am].
Código Civil Venezolano (2009) Gaceta Oficial Nº 39.264