El documento habla sobre diferentes tipos de inspección judicial en el proceso penal, incluyendo inspección de vehículos, examen corporal y mental, registro e inspección de personas. También discute conceptos como peritación, testimonio e incautación de documentos como medios de prueba.
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones Ex...Rosangela Sira
Las Inspecciones La inspección es el medio probatorio por el cual el funcionario (policía, fiscal o juez) percibe una materialidad del hecho directamente con sus sentidos, es decir, sin intermediarios, lo cual puede ser útil para la reconstrucción conceptual de ese hecho que se investiga, para lo que debe dejar constancia descriptiva y objetiva de esa inspección.
Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones. El artículo 48 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas, afirmando que éstas no podrán ser interferidas sino por orden de un Tribunal competente, con el cumplimiento de las disposiciones y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso.
eXPERTICIAS:
como aquella actividad o elementos de prueba que desarrollan las partes con el tribunal para adquirir el convencimiento de la verdad o certeza de un hecho o afirmación fáctica o para fijarlos como ciertos a los efectos de un proceso.
cuadro comparativo regimen probatorio e Inspeccionesvictgus
El Regimen probatorio Es una noción fundamentalmente procesal, puesto que es una actividad que se realiza bajo las reglas que determina el proceso judicial o con relación a él.
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones Ex...Rosangela Sira
Las Inspecciones La inspección es el medio probatorio por el cual el funcionario (policía, fiscal o juez) percibe una materialidad del hecho directamente con sus sentidos, es decir, sin intermediarios, lo cual puede ser útil para la reconstrucción conceptual de ese hecho que se investiga, para lo que debe dejar constancia descriptiva y objetiva de esa inspección.
Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones. El artículo 48 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas, afirmando que éstas no podrán ser interferidas sino por orden de un Tribunal competente, con el cumplimiento de las disposiciones y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso.
eXPERTICIAS:
como aquella actividad o elementos de prueba que desarrollan las partes con el tribunal para adquirir el convencimiento de la verdad o certeza de un hecho o afirmación fáctica o para fijarlos como ciertos a los efectos de un proceso.
cuadro comparativo regimen probatorio e Inspeccionesvictgus
El Regimen probatorio Es una noción fundamentalmente procesal, puesto que es una actividad que se realiza bajo las reglas que determina el proceso judicial o con relación a él.
La prueba testimonial es la fuente de evidencia más importante para un gran número de decisiones judiciales. analizaremos conceptos, actualidad jurídica, diversos procesos del mismo.
LA PRUEBA DOCUMENTAL, LA PRUEBA DE EXPERTICIA , LA PRUEBA DE INSPECCIÓN JUDICIALAnglis Hernández
La prueba Documental, la prueba de Experticia y la prueba de inspección Judicial, como medios de prueba, en el proceso, para el esclarecimiento de los hechos en comprobación de un juicio, para que sus resultas sean de la convicción al Juez.
La prueba testimonial es la fuente de evidencia más importante para un gran número de decisiones judiciales. analizaremos conceptos, actualidad jurídica, diversos procesos del mismo.
LA PRUEBA DOCUMENTAL, LA PRUEBA DE EXPERTICIA , LA PRUEBA DE INSPECCIÓN JUDICIALAnglis Hernández
La prueba Documental, la prueba de Experticia y la prueba de inspección Judicial, como medios de prueba, en el proceso, para el esclarecimiento de los hechos en comprobación de un juicio, para que sus resultas sean de la convicción al Juez.
1) Definicion de las experticias criminalisticas
2) Tecnicas de estudio y analisis de la investigacion
3) Instrumentos empleados para la investigacion criminal
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones y...Rosangela Sira
Las Inspecciones La inspección es el medio probatorio por el cual el funcionario (policía, fiscal o juez) percibe una materialidad del hecho directamente con sus sentidos, es decir, sin intermediarios, lo cual puede ser útil para la reconstrucción conceptual de ese hecho que se investiga, para lo que debe dejar constancia descriptiva y objetiva de esa inspección. La interpretación de los hechos así percibidos no corresponde a ese medio probatorio, así como la determinación de causas y efectos, salvo que ello pueda ser logrado mediante el auxilio de simples reglas de experiencia común.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
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Procesal Penal I
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
ESCUELA DE DERECHO
Estudiante: Sebastián Luna.
Materia: Procesal Penal I.
Profesor: Francisco Peña.
Sección: SAIA B
Santiago de Chile, Enero de 2017.
2. La Inspección Judicial es el
reconocimiento que la autoridad
judicial hace de las personas, de los
lugares, de las cosas o documentos
a que se refiere la controversia para
imponerse de circunstancias que no
podrían acreditarse mejor o
fácilmente de otra manera. Está
ligada a los hechos controvertidos,
pero puede suceder que tales
hechos puedan desaparecer o
modificarse por el transcurso del
tiempo o la acción natural y sin
estar de por medio un litigio se
desee hacer constar tales hechos o
circunstancias, en cuyo caso
estaríamos en presencia de una
inspección judicial anticipada.
El objeto de la inspección es descubrir o
revelar, producir, transportar, conservar
y estudiar las huellas, señales o rastros
que aparezcan en el lugar de los
hechos , con el fin de comprobar las
circunstancias y modalidades de un
hecho punible o accidente; descubrir el
autor o autores, demostrar su presencia
allí, por ende, su responsabilidad frente
al hecho que se investiga, aportando
especiales elementos de juicio para
probar los elementos del delito, tales
como la tipicidad, la antijuridicidad y
culpabilidad.
3. Inspección de vehículo:
Según el artículo 207 del Código
Orgánico Procesal Penal, la policía
(también el Ministerio Público) podrá
realizar la inspección de un vehículo,
siempre que haya motivos suficientes
para presumir que en él se oculten
objetos relacionados con un hecho
punible.
Examen Corporal y Mental
En el artículo 209 del C.O.P.P,
espresa que este consiste en la
verificación sobre las huellas que el
hecho pudo dejar en una persona,
pudiendo ser su estado psíquico. Por
ejemplo, para dejar constancia de un
estado depresivo, de pérdida de
contacto con la realidad,
desorientación.
Registro
el COPP se torna repetitivo respecto
con las inspecciones. Art208: en la
primera parte de este se utiliza la
locución "en un lugar público" pero no
distingue cuáles son estos lugares, ya
que, existen lugares de dominio
público y lugares de uso público;
tampoco establece de una manera
específica cuando es necesario u
obligatorio una orden de allanamiento
para el registro de estos lugares.
Inspección de Personas:
se encuentra establecida en el art: 205
del C.O.P.P, que expresa: que la
policía podrá inspeccionar una
persona, siempre que haya motivo
suficiente para presumir que oculta
entre sus ropas o pertenencias o tiene
adheridos a su cuerpo, objetos
relacionados con un hecho punible
TIPOS DE
INSPECCIÓN
4. Objeto:
Este medio tiene por finalidad la obtención
legal de información privada, que se establece
en el articulo 48 de la Constitución de la
Republica Bolivariana de Venezuela en la cual
establece este medio como excepción de la
norma.
Concepto:
Es el mecanismo que otorga el juez en el curso de la
investigación de un hecho delictivo, el
Autoriza al Ministerio Público, para que pueda incautar
la correspondencia y otros documentos que se
presuman emanados del autor o autora del
hecho punible o dirigidos por él o ella, y que puedan
guardar relación con los hechos
Investigados.
5. Incautación:
El juez podrá dictar la incautación de documentos, títulos, valores
y cantidades de dinero, disponibles en cuentas bancarias o en
cajas de seguridad de los bancos o en
poder de terceros, cuando existan fundamentos razonables para
deducir que ellos guardan relación con el hecho delictivo
investigado
El testimonio:
El testimonio es la experiencia que relata el testigo
ante autoridad competente sobre el
conocimiento concreto que tenga, por percepción
sensorial directa, de un objeto o hecho pasado que
tiene interés probatoria
6. Concepto
Como medio de prueba
consistente en el dictamen,
informe, y juicio de personas
con conocimientos especiales
en una materia determinada,
sobre personas, cosas o
situaciones, relacionadas con
los hechos del proceso, y que
se someten a su
consideración, bien por
iniciativa de las partes o por
disposición oficiosa de los
órgano jurisdiccionales, con el
fin de cooperar en la
apreciación técnica de las
mismas, sobre las cuales
debe decidir el juez según su
propia convicción De este
La materia u objeto que se somete a la pericia o peritación, constituye
la fuente que preexiste al proceso; el trabajo, la actividad de los
peritos, estudiándola y dictaminando, es el medio.
La experticia es una prueba indirecta, porque la percepción no la tiene
el juez por sí mismo, directamente, sino mediante el dictamen de los
peritos.
es una prueba personal, puesto que sólo las personas son capaces de
conocer, tener percepciones y transmitirlas a los demás. Su esencia es
el dicho o la opinión de una persona determinada, a quien se escoge
por sus características y conocimientos
Las personas designadas como peritos, deben tener conocimientos
especiales, ya que, por su esencia misma, la experticia trata de suplir
la deficiencia del juez en cuanto a dichos conocimientos.
7. Según su exigibilidad legal: la peritación puede ser
forzosa, cuando la ley exige que sea practicada
Según el momento procesal las peritaciones pueden ser:
judiciales o prejudiciales, esto depende de que ocurran
dentro de un proceso o en diligencia procesal previa,
como prueba preconstituida.
Según la materia: finalmente tenemos los distintos tipos de
peritaciones que versan sobre determinadas materias, que llevan sus
particulares procedimientos de examen y análisis, a saber: en
materia de drogas y legitimación de capitales, sobre personas, En
armas y explosivos y contables o financieros.