1. Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
PRUEBA DE DESARROLLO COMUNICACIÓN EFECTIVA
Producción de textos expositivos
PROPÓSITO: Redacta textos expositivos de temática general referido a su carrera profesional considerando los
procesos de planificación, textualización y revisión.
1. PLANIFICACIÓN DE REDACCIÓN DEL TEXTO EXPOSITIVO
1.1 Delimitación del tema
Título del texto
base
El derecho penal del enemigo
Autor(es) Jorge Franco ARMAZA DEZA
Tema delimitado El derecho penal del enemigo ¿Una medida eficaz contra la lucha de
la delincuencia?
Perfil del lector
- Estudiantes de derecho.
- Abogados.
- Doctrinarios.
- Políticos.
- Lectores de leyes.
Propósito
comunicativo
Determinar si el derecho penal del enemigo es una medida eficaz
para la lucha contra la delincuencia
NRC : 9931
Asignatura : Comunicación Efectiva
Docente : Dra. Károl Diana Bellota Linares
Apellidos y nombre integrante 1: ARMAZA DEZA, Jorge Franco
Instrucciones: Teniendo en cuenta los procesos de producción de textos expositivos (planificación, textualización y
revisión) redacta tu texto considerando la coherencia y cohesión.
2. Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
1.2 Revisión de fuentes de información
A.
Artículo de revista: El derecho penal del enemigo y la disolución penal, escrita por
Ferrajoli (2007)
Lluvia de ideas
Al hablar de derecho penal del enemigo se puede llegar hablar al extremo de
un terrorismo penal, basado en limitantes de derechos que llegan a tal punto
de vulnerar un debido proceso.
Existe una confusión entre el derecho penal y la guerra, por una parte, la
primera tiene un carácter punitivo mientras que la otra asume un roll de
vulneración del estado de derecho.
Por un lado, podemos hablar de una sociedad civil y el otro extremo se
encuentra un estado salvaje, la primera hace referencia al derecho penal,
mientras que la otra, hace referencia a un estado de venganza llamado y
adornado como derecho penal del enemigo.
El derecho penal del enemigo resulta realmente lesivo a la sociedad, su
sanción punitiva no se basa en la “culpabilidad” sino en el mero hecho de
catalogar a una persona como “peligrosa” “sospechosa”.
Resulta lesivo un sistema de justicia donde se pueda castigar salvajemente
vulnerando toda garantía jurídica, adornado con el noble título de Derecho
penal del enemigo.
B.
Artículo de revista: Derecho penal liberal al derecho penal del enemigo escrita por
Demetrio (2004).
Resumen
El derecho penal del enemigo pretende que los ciudadanos no sean tratados como
tal, sino, como unos sujetos catalogados como “peligrosos” a los cuales es de suma
importancia poderlos neutralizar, esto bajo cualquier costo. Cuando hablamos de
derecho penal del enemigo no sabemos si nos referimos a una evolución o involución
lamentable, puesto que para el derecho penal común se utiliza la retrospectiva para
sancionar, sin embargo, para el derecho penal del enemigo se utiliza la prospectiva,
esto hace que los delitos que aún no llegan al grado de consumación puedan llegar
3. Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
a ser sancionados. Existe una crisis del estado social muy grande donde la
pulverización de sujetos resulta realmente absurda para combatir a una ola criminal.
C.
Artículo de revista: ¿”Derecho penal” del enemigo? Escrito por Cancio Meliá (2003).
Lluvia de ideas
El derecho penal del enemigo tiene tres elementos, el primero es un amplio
adelantamiento de la punibilidad, el segundo es que los penales son
desproporcionalmente altas y por ultimo las garantías procesales son
relativas e incluso pueden llegar a ser suprimidas.
La esencia del derecho penal del enemigo se basa en luchar contra individuos
especialmente peligrosos adoptando medidas limitativas de garantías de
derechos.
El derecho penal del enemigo es inconstitucional.
Puede sancionar a “candidatos a sospechosos” y a “enemigos peligrosos”
1.3 Esquema numérico (Mínimo tres subtemas)
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Marco
1.2. Presentación del tema
1.3. Anticipo del desarrollo de los subtemas
2. DESARROLLO
2.1. Definición de Derecho Penal del enemigo
2.1.1.¿Qué es el derecho penal del enemigo?
2.1.2.El derecho penal del enemigo según Jakobs
2.1.3.El derecho penal del enemigo según Manuel Cancio
2.2. Resulta eficaz el derecho penal del enemigo frente a la delincuencia
2.2.1.El terrorismo penal
2.2.2.La punibilidad penal sin derechos
2.2.3. ¿Resulta eficaz o no?
3. CONCLUSIÓN
3.1. Síntesis
3.2. Reflexión
2. REDACCIÓN DEL TEXTO EXPOSITIVO a partir del esquema. En esta fase, se cohesiona el texto utilizando
conectores y referentes textuales.
4. Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
Escribe con un color diferente cada una de las partes de la introducción.
INTRODUCCIÓN
El derecho penal tiene como finalidad sancionar a las personas que cometan un delito
que se encuentre tipificado en la norma penal, pero esta tipificación en su mayoría se
encuentra para la delincuencia común, esto quiere decir para cualquier ciudadano común
y corriente, sin embargo, existe un tipo de delincuencia que muchos jurista ya no
consideran común, sino, lo consideran como una delincuencia compleja, donde el
delincuente representa un peligro para la sociedad; es así que se crea el derecho penal
del enemigo, un derecho que para que los delincuentes puedan ser sancionados utilizan
la frase nominal de “El fin justifica a los medios”. A continuación desarrollaremos la
definición de derecho penal del enemigo desde la perspectiva de varios autores y si la
aplicación de este resulta eficaz para combatir la delincuencia.
Escribe de un color la oración temática y de otro las oraciones de apoyo; resalta los conectores.
DESARROLLO
PÁRRAFO
1
El derecho penal del enemigo es la aplicación del derecho desde un ámbito
completamente desproporcionado, su utilización se realiza para combatir a
delincuentes que NO son comunes, usualmente es relacionado con criminalidad
organizada. El derecho penal del enemigo para el profesor Jakobs, (2003) lo
define como el peligro constante que representa un sujeto y al representar este
peligro constante necesita un sanción diferente a la de un delincuente común,
esta sanción es aplicar aplicar una medida de prospectiva del delito yla
aplicación desmedida de la sanción penal, p. 22. Por otro lado, para Cancio Meliá
(2003) el derecho penal del enemigo tiene una esencia muy importante, el luchar
contra criminales ajenos a los comunes, y, para poder lograr este objetivo tiene
que aplicarse tres elementos muy importantes; el primero, debe aplicarse un
pena desproporcional al bien juridico lesionado; segundo, debe existir un
adelantamiento de la consumacion es decir que se sanciona prospectivamente; y
tercero, se debe vulnerar relativamente o casi inexistentemente los derechos de
las personas.
5. Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
PÁRRAFO
2
Al respecto, Ferrajoli (2007) hace un critica demasiado grande a la sociedad y
considera que estamos viviendo un terrorismo penal; la critica habla que nuestra
sociendad viene involucionando y en ves de que una persona al pasar de los
años tenga mucha mas libertad sucede todo lo contrario, es un derecho penal
que vulnera toda garantia y que no respeta el derecho de defensa, afectando de
esta manera a cualquier ciudadano. La punibilidad usualmente es utilizado
cuando una persona comete un delito y ¿Qué pasa si aun no cometio? En una
concepcion para un delincuente comun no representaria nada, sin embargo, para
la sancion de un delincuente “sospecho” “peligroso” representaria la sancion de
muchos años de carcel con solo llegar a actos preparatorios del iter criminis,
durante el proceso de investigacion solo se tendria un acto de mera formalidad
para su sancion, esto debido a que se restringira casi todos sus derechos.
Entonces la pregunta radica en ¿Es eficaz esta medida? la respuesta es que si
tiene un alto grado de eficacia, pero, ¿Qué pasa con personas que son inocentes?
Al aplicarse estas medidas del irrespeto por sus derechos vendrian siendo
juzgadas injustamente lo que conlleva al caos y una crisis social claramente vista
por este nuevo termino-
Escribe con un color diferente cada una de las partes de la conclusión.
CONCLUSIÓN
El derecho penal del enemigo es un término que sanciona con el solo hecho de que una
persona represente un grado de “peligrosidad” e incluso puede llegar a sancionar
cuando este tenga el grado de “sospechoso”, esto debido a que existe un nueva manera
de criminalidad y usualmente se puede relacionar con la criminalidad organizada, el
grado de punibilidad se encuentra altamente sobrestimado y su ámbito de defensa del
imputado es prácticamente nulo, vulnerando de esta manera los derechos y garantías
del investigado.
El derecho penal del enemigo puede tener un ámbito de funcionalidad dentro de la
legislación peruana, sin embargo, esta aplicación puede verse afectada por la
corrupción y la mala aplicación del mismo, se recomienda que se ejecute de una manera
mucho más apegada a nuestra norma constitucional esto debido a que nadie se
encuentra libre del peso de ley.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:
6. Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
Elaborado por Jorge Franco Armaza Deza
Bibliografía
Cancio Meliá, M. (2003). ¿"Derecho penal" del enemigo? Civitas, 57-102.
Demetrio, E. (2004). Derecho penal liberal al derecho penal del enemigo. Revista de derecho penal y
criminologia, 2(14), 87-115.
Ferrajoli, L. (2007). El derecho penal del enemigo y la disolucion penal. Revista del Instituto de
Ciencias Juridicas de Puebla A.C., 5-22.
Jakobs, G. (2003). Criminalizacion en el estadio previo a la lesion de un bien juridico. Civitas S.A. UAM
ediciones, 1.
*NOTA IMPORTANTE.- Recuerda que al concluir este
trabajo, se debe subir todo este proceso como Producto
Académico 3. Asimismo, el texto expositivo (que
contiene: el título, los 5 párrafo y las referencias
bibliográficas) debe cargarse en el software del Turnitin.
Producto Académico N° 02 - Universidad continental - Jorge Franco Armaza Deza - COMUNICACIÓN EFECTIVA
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