El Real Decreto 625/2014 regula la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal durante los primeros 365 días, permitiendo un seguimiento más estricto de los trabajadores de baja, incluyendo la posibilidad de citarlos para revisión médica con solo 4 días de antelación y suspender su subsidio si no acuden, así como derivarlos al servicio público de salud si su baja no parece corresponder a un accidente laboral.