2. Irrenunciabilidad
de los Derechos
Condiciones
del Inmueble
Entrega del
Inmueble
Mantenimiento
de los
servicios
Del Pago de
Servicios
Todos los derechos y
deberes conferidos en
la presente Ley son
irrenunciables. Los
involucrados no
pueden hacer
menoscabo de estos.
Se establece la
obligación de entregar,
y mantener el
inmueble que
establece la relación
en condiciones
optimas para su uso.
Los arrendadores deben
entregar en total
disposición de uso de
servicios el inmueble al
arrendatario, cuando
esta entrega sea
acordada.
Se debe coordinar con
la junta comunal el
mantenimiento de los
servicios básicos del
inmueble.
De existir el compartir de
un inmueble durante el
arrendamiento, el
mantenimiento de los
servicios es
responsabilidad del
arrendador.
Art. 32
Art. 33 Art. 35
Art. 34 Art. 36
Interpretación de la Ley para la
Regularización y Control de
Arrendamiento de Viviendas
3. Reparaciones
del Inmueble
Subrogación
de los
Contratos
Cobro
indebido de
Canones
Daños
Maliciosos
Uso y Goce
de Vivienda
Estas en primer lugar
deben ser realizadas
por el arrendador, de
ser realizadas por el
arrendatario, se debe
notificar al SUNAVI.
De existir un traspaso
del inmueble a otra
persona, jurídica o
natural, la relación
arrendaticia debe seguir
procurando los mismos
términos previamente
acordados.
Según lo pautado en
acuerdo entre el
arrendador y el
arrendatario, evaluado
por SUNAVI, no se debe
hacer cobro de canones
que no se ajusten a lo
establecido por Ley.
Los daños al inmuebles
que, luego de evaluación
por las autoridades
competentes, sean
considerados maliciosos,
no son responsabilidad del
arrendador.
El tiempo de uso del
inmueble será el
acordado en el
contrato, según lo
estipula la Ley.
Art. 37
Art. 38 Art. 40
Art. 39 Art. 41
Interpretación de la Ley para la
Regularización y Control de
Arrendamiento de Viviendas
4. Cobro del Canon
Entrega del
Inmueble al
Arrendador
Prohibición del
Subarrendamiento
Formalizar
Relación
Arrendaticia
Suscripción
de Contrato
Entre los derechos del
arrendador se
contempla que este
debe recibir el canon
acordado por el
inmueble según lo
estipulado en contrato.
Otro derecho del
arrendador es el
recibir el inmueble en
condiciones optimas.
La prohibición del
subarrendamiento
queda estipulada
cuando no existe
notificación o previo
acuerdo con el
arrendador.
Todo aquel cambio de
condiciones de contrato,
debe estar sujeto a lo
expuesto en esta Ley, así
como notificado a SUNAVI,
en orden a garantizar el
cumplimiento de deberes y
derechos.
Para garantizar la
legitimidad de la
relación arrendaticia,
se debe elaborar un
contrato, ajustado a la
Ley, con carácter
publico.
Art. 42
Art. 43 Art. 45
Art. 44 Art. 46
Interpretación de la Ley para la
Regularización y Control de
Arrendamiento de Viviendas
5. Interpretación de la Ley para la
Regularización y Control de
Arrendamiento de Viviendas
• Art. 47
• Entre los derechos del
arrendatario, se estipula que
este pagara un cano según lo
acordado, sin alterar las
condiciones del mismo mientras
el contrato no haya sido
cambiado.
Canon de
Arrendamiento
• Art. 48
• Estos deben estar inscritos ante
la entidad del SUNAVI.
Registro de
Arrendatarios • Art. 49
• Cuando exista sentencia de
desalojo hacia el arrendatario,
una vez comprobado que estos
no poseen lugar de vivienda, el
SUNAVI se encuentra en la
obligación de ser garante de su
derecho a la protección.
Desalojo de
Arrendatarios
6. Ley para la Regularización y Control de Arrendamiento de Viviendas. Gaceta Oficial. Caracas,
Venezuela.