Descripción general acerca de la construcción del plan de formación local y el plan de formación en servicio de acuerdo a los lineamientos ministeriales.
2. Introducción
• La ley nº20.903 del Sistema de Desarrollo
Profesional Docente, incorpora el apoyo formativo
en los establecimientos educacionales, por medio
de un plan de formación.
• Dicho plan debe promover el desarrollo de los
docentes, generando oportunidades de
aprendizaje profesional y actualización del saber
pedagógico y disciplinario de los mismos.
3. Construcción
• Se debe construir con toda la comunidad educativa.
• Debe contar con acciones para la adquisición de conocimiento, habilidades y actitudes para el buen actuar
profesional.
• Deben potenciar el trabajo colaborativo y la retroalimentación pedagógica.
• Se debe expresar en torno a necesidades de mejora.
• Debe considerar acciones como:
1. Visitas de observación a otros establecimientos para intercambio de buenas prácticas.
2. Talleres de fortalecimiento de capacidades.
3. Participación de congresos de actualización de educación.
4. Programas de especialización.
5. Visitas de observación a empresas, organismos públicos u organizaciones no gubernamentales.
6. Desarrollo de actividades de investigación y reflexión individual o conjunta sobre interés profesional,
pertinencia para la comunidad.
7. Tutoría y/o observación entre pares docentes o directivos como parte de un programa formal del
establecimiento.
4. Construcción
• El mismo plan debe buscar:
1. Capacitación: Reforzamiento de conocimientos y competencias pedagógicas, disciplinares y didácticas.
2. Didáctica y Evaluación: Fortalecimiento de las estrategias para acompañar el logro de los estudiantes, así como
la evaluación de los aprendizajes y el trabajo pedagógico.
3. Implementación del PEI: liderazgo pedagógico para generación de acciones de identidad y mejora asociada al
PEI.
4. Planificación curricular: preparación de la enseñanza y el desarrollo de instancias de trabajo entre los
docentes.
5. Innovación pedagógica: desarrollo de metodologías e integración de recursos de aprendizaje, por medio de la
investigación y la generación de proyectos pedagógicos.
6. Análisis de datos: acciones para el análisis y reflexión de los procesos y sus resultados.
7. Redes de profesionales: desarrollo de acciones para el intercambio con otros establecimientos y comunidades.
8. Involucramiento de las familias: formación transversal para el trabajo con familias y comunidad.
9. Actualización y estrategias de trabajo colaborativo.
5. Dimensiones del Plan
El plan cuenta con dos dimensiones de realización:
1. Plan de formación local.
2. Plan de formación en servicio.
6. 1. Plan de Formación Local
• Está regulado en el Título II del Estatuto Docente (ley 19.070),
artículos: 18-A, 18-B,18-C,18-E,18-F,18-Z bis, 18-Z ter.
• Tiene el propósito de fomentar el trabajo colaborativo y
retroalimentación pedagógica de los docentes de aula.
• Es un proceso de formación entre pares para la:
• Preparación del trabajo de aula.
• Reflexión sistemática sobre la propia práctica de aula.
• Retroalimentación de las prácticas de aula.
• Requiere del trabajo de docentes mentores, que están
establecidos en el estatuto docente en el artículo nº18.
7. 1. Plan de Formación Local
• Estos son designados por el sostenedor y deben cumplir con:
• Pertenecer a lo menos al tramo Avanzado.
• Poseer una formación idónea para desempeñarse como mentor, determinada
por el sostenedor.
• Directores y directivos son responsables de la ejecución del plan, siendo
parte del PME y rendir cuenta del mismo a la Superintendencia de la
Educación.
• El financiamiento es de cargo al sostenedor, por medio de USE, SEP y
otros aportes (En el caso SEP está limitado).
• El plan puede ser seguido por la Agencia de la Calidad.
• Este plan puede ser vinculado a los Planes de Superación Profesional.
8. 2. Formación en Servicio para el Desarrollo
• Se encuentra regulado por el Título I, artículos: 11,12, 12 bis, 19-
W, del Estatuto Docente.
• Tiene como objetivo el mejoramiento continuo del desempeño de
los docentes, mediante la actualización y profundización de sus
conocimientos disciplinarios y pedagógicos y la reflexión sobre la
práctica profesional, acciones para promover la innovación
pedagógica y el trabajo colaborativo, orientando a la adquisición
de nuevas competencias y saberes disciplinares y pedagógicos.
• Este plan debe ser propuesto por el sostenedor, por el directo, en
conjunto con el equipos directivos.
9. 2. Formación en Servicio para el Desarrollo
• Estos planes se pueden dar por:
• Cursos o programas.
• Apoyo de docentes del nivel Experto I o Experto II del sostenedor o de otros
sostenedores, a través de redes de establecimiento educacionales y equipos
docentes.
• Son responsables de su ejecución los directores.
• Deben estar considerados en el PME.
• Su financiamiento depende del sostenedor, a través de USE y otros
aportes. No se permite el uso de recursos SEP para su realización.
• Este plan es seguido por la Agencia de la Calidad y evaluado cada 6 años.