El documento describe los derechos a vacaciones remuneradas y bono vacacional de los trabajadores en Puerto Rico. Indica que los trabajadores tienen derecho a 15 días de vacaciones después de un año de servicio, aumentando en 1 día adicional por cada año hasta un máximo de 30 días. También especifica cómo calcular los días de vacaciones y bono vacacional de un trabajador en particular que ha laborado durante 6 años.
2. 1
Cuando el trabajador cumpla un año de trabajo ininterrumpido
para un patrono, disfrutara de un periodo de vacaciones
remuneradas de quince días hábiles. Los años sucesivos tendrá
derecho además a un día adicional remunerado por cada año de
servicio, hasta un máximo de quince días hábiles.
Durante el periodo de vacaciones el trabajador
tendrá derecho a percibir el beneficio de
alimentación.
Cuando termine la relación de trabajo antes de cumplirse el año de
servicio, o en los siguientes, el trabajador tendrá derecho a que se pague
el equivalente a la remuneración que hubiera causado, en proporción a
los meses completos de servicio.
3. 2
Los patronos pagaran al trabajador en la
oportunidad de sus vacaciones, además del
salario correspondiente, una bonificación
especial para su disfrute equivalente a un
mínimo de quince días de SALARIO NORMAL
mas un día por cada año de servicio hasta un
total de treinta días de salario normal.
El bono vacacional tiene carácter salarial.
4. 3
AÑOS DE
ANTIGUEDAD
DIAS DE
DISFRUTE
DIAS B.
VACACIONAL
01 15 15
02 16 (15+1) 16
03 17 (15+2) 17
04 18 (15+3) 18
05 19 (15+4) 19
06 20 (15+5) 20
07 21 (15+6) 21
08 22 (15+7) 22
09 23 (15+8) 23
AÑOS DE
ANTIGUEDAD
DIAS DE DISFRUTE
DIAS B.
VACACIONAL
10 24 (15+9) 24
11 25 (15+10) 25
12 26 (15+11) 26
13 27 (15+12) 27
14 28 (15+13) 28
15 29 (15+14) 29
16 30 (15+15) 30
17 30 (15+15) 30
18 30 (15+15) 30
5. El salario base para el calculo de lo que corresponda al trabajador por
concepto de vacaciones, será el salario normal devengado en el mes
efectivo de labores inmediatamente anterior a la oportunidad de
disfrute.
En caso de salario por unidad de obra, pieza, a destajo o a comisión,
será el promedio del salario devengado durante los tres meses
inmediatamente anteriores a la oportunidad del disfrute.
6. 5
Yulimar González labora para la Empresa Bodegón Ruiz FP., desde el
16/10/2015, desempeñándose como Asistente Administrativo del área
de operaciones.
Su jornada de trabajo según contrato, es:
De lunes a viernes. De 01:00 pm a 08:00 pm.
Descanso: Sábados y Domingos.
Remuneración acordada: 2.000.000,00 Bs.
Se acordó que la trabajadora inicie el disfrute de sus vacaciones el dia
02/11/2020.
Se requiere que indique cuantos años de antigüedad posee la trabajadora,
calcule el tiempo a disfrutar y monto a pagar al trabajador por concepto de:
Vacaciones remuneradas.
Bono vacacional.
7. 6
Para el calculo, como lo establece la ley.
FECHAS
DIAS DE
VACACIONES
DIAS
ADICIONALES
TOTAL DIAS A
DISFRUTAR
16/10/2015 FECHA DE INGRESO A LA EMPRESA
16/10/2016 15 0 15
16/10/2017 15 1 16
16/10/2018 15 2 17
16/10/2019 15 3 18
16/10/2020 15 4 19
16/10/2021 15 5 20
06 AÑOS DE ANTIGUEDAD
DIAS DE DISFRUTE BONO VACACIONAL
20 DIAS
HABILES
20 DIAS
Fecha de inicio de las vacaciones 02/11/21
Fecha de culminación 29/11/21
Ambos días son de disfrute
Días de descanso / feriados 08 días
(ver calendario)
20 hábiles + 8 días de descanso