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03032015 conv 1_reg_de_infracciones_sanciones

  • 1. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG (15-05-2014) CONVERSATORIO Ministerio de Salud Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas PERÚ
  • 2. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES FINALIDAD  Regular el procesamiento, criterio y requisitos para la aplicación de la potestad para sancionar por infracciones al ejercicio del Control Gubernamental (Potestad Sancionadora). Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
  • 3. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES AMBITO DE APLICACIÓN  Titulares, Funcionarios y Servidores Públicos.  Jefe y Personal del OCI que dependen de las entidades que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control.  Las Sociedades de Auditoria (SOA), incluyendo a socios y a su personal.  Personas Jurídicas y Naturales que manejen recursos del Estado.  Las personas naturales o jurídicas que presenten una denuncia maliciosa ante la Contraloría General de la República. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
  • 4. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES INFRACCIÓN Se considera Infracción:  Omitir, rehusar o retardar la entrega de documentación relacionada con la materia sujeta al control gubernamental; así como entregarla en forma incompleta o incumpliendo con las condiciones y plazos establecidos, la comisión de esta falta se considera Muy Grave.  Proporcionar información falsa, o con indicios de fraude o alteraciones, la comisión de esta falta se considera Muy Grave.  Impedir a los funcionarios, servidores, ex funcionarios y ex servidores de la entidad examinada, el acceso a la documentación necesaria para la presentación de sus aclaraciones a los hallazgos de auditoría. La comisión de esta infracción se considera Muy Grave. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
  • 5. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ORGANO INSTRUCTOR “Es el encargado de llevar acabo las actuaciones conducentes a la determinación de la infracción, observando el derecho de defensa y el debido proceso” Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
  • 6. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ORGANO SANCIONADOR “Impone las sanciones o declara que no ha lugar la imposición de sanción” Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
  • 7. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR Dependiendo del tipo de infracción materia de procesamiento, el procedimiento administrativo sancionador puede ser:  Procedimiento Sumario, tramita las infracciones de omisión en la presentación de la información solicitada, deficiente o inoportuna  Procedimiento Ordinario, aquellas que no se sustancie en el procedimiento sumario. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
  • 8. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES 1) Fase Instructiva, está a cargo del Órgano Instructor, comprende las actuaciones previas, el inicio del procedimiento sancionador y su desarrollo, culminando sobre la existencia de infracción y proponiendo la imposición de sanción o la inexistencia de infracción. 2) Fase Sancionadora, está a cargo del Órgano Sancionador, y comprende desde la recepción del pronunciamiento del Órgano Instructor hasta la emisión de la resolución que decide sobre la imposición de sanción o que la declara no ha lugar. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
  • 9. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES Principales Infracciones:  Obstaculización o Dilación para el Inicio de las Acciones de Control.  Omisión o Incumplimiento a la Implantación e Implementación de los Órganos de Control Institucional y de la Afectación de su Autonomía.  Interferencia o Impedimento para el Cumplimiento de las Funciones Inspectivas inherente al control gubernamental.  Omisión en la Implantación de las Medidas Correctivas Recomendadas en los Informes Elaborados por los Órganos del Sistema.  Omisión de la Presentación de la Información Solicitada o su Ejecución en Forma Deficiente o Inoportuna Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG DETERMINACIÓN DE LAS INFRACCIONES
  • 10. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES Principales Infracciones:  Incumplimiento en la remisión de documentos e información en los Plazos que señalen las leyes y los reglamentos  Personas naturales o jurídicas privadas o relacionadas con entidades sujetas al sistema que no acuden a un requerimiento o no proporcionen información y documentación a la Contraloría.  Obligación de mantener al día los Libros, Registros y Documentos, por un período no menor de 10 años.  Denuncia Maliciosa, se comete infracción al denunciar ante la Contraloría un hecho arbitrario o ilegal a sabiendas que no se cometido, lo que se considera como infracción Muy Grave. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG DETERMINACIÓN DE LAS INFRACCIONES
  • 11. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES OBJETIVOS DE LA SANCIÓN  Orientar la conducta de los funcionarios y servidores públicos, personal del sistema, de la SOA y otros.  Disuadir comportamientos que atenten contra el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la gestión pública y control gubernamental.  Prever que la comisión de la conducta sancionable no resulte más ventajosa para el administrado que cumplir las disposiciones infringidas.  Cumplir con su carácter punitivo. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG SANCIONES
  • 12. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES Los administrados podrán ser sancionados administrativamente con:  Amonestaciones Escritas  Multa  Suspensión Temporal o Exclusión Definitiva del Registro de Sociedades de Auditoría, cuando corresponda. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG TIPOS DE SANCIONES
  • 13. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES Los sancionados quedarán automáticamente rehabilitados:  A los dos (2) años de cumplida la sanción respectiva.  En caso de Multa, dicho plazo se contará desde el momento que son canceladas íntegramente. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG REHABILITACIÓN
  • 14. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES  Infracción Leve, sancionada con amonestación escrita o multa: 0.5 UIT hasta 5 UIT (S/. 1,950 hasta S/. 19,250)  Infracción Grave, sancionada con multa: 6 UIT hasta 15 UIT (S/. 23,100 hasta S/. 57,750)  Infracción Muy Grave, sancionada con multa: 30 UIT hasta 50 UIT ( S/. 115,500 hasta S/. 192,500) con suspensión temporal por un período entre 24 y 36 meses. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG ESCALAS DE SANCIONES (P. Jurídicas)
  • 15. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES  Infracción Leve, sancionada con amonestación escrita o multa: 0.5 UIT hasta 1 UIT (S/. 1,950 hasta S/. 3,850)  Infracción Grave, sancionada con multa: 1.5 UIT hasta 5 UIT (S/. 5,775 hasta S/. 19,250)  Infracción Muy Grave, sancionada con multa: 5.5 UIT hasta 10 UIT ( S/. 21,175 hasta S/. 38,500)  Denuncia Maliciosa, Multa no mayor a 5 UIT (S/. 19,250 Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG ESCALAS DE SANCIONES (P. Naturales y Denuncias Maliciosa)
  • 16. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES  Se podrá retener hasta el 30% de las remuneraciones mensuales, bonificaciones, pensiones, dietas o ingresos de contrato de servicios del administrado hasta cancelar el integro de la multa impuesta.  Cuando la obligación corresponda a varias personas conjuntamente, responderán en forma solidaria Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG VARIOS
  • 17. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES  Causas Eximentes: Incapacidad mental, caso fortuito o fuerza mayor, subsanación de la infracción leve, ejercicio de un debe legal encomendada, error inducido por la administración o disposición administrativa confusa o ilegal.  La orden obligatoria de autoridad competente, expedida en ejercicio de sus funciones siempre que el funcionario o servidor publico hubiera expresado su oposición por escrito u otro medio que permita verificar su recepción por el destinatario Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG CRITERIOS PARA EXIMIR, IMPONER Y REDUCIR SANCIONES
  • 18. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES  Prescripción, la facultad sancionadora prescribe a los 4 años a partir del día en que la infracción se hubiera cometido o desde que cesó, si fuera una acción continuada.  Persistencia en el incumplimiento de obligaciones, si se sigue cometiendo la misma infracción luego de 30 días posteriores a aplicación de la sanción, podrá imponerse una nueva sanción. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG CRITERIOS PARA EXIMIR, IMPONER Y REDUCIR SANCIONES
  • 19. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES La unidad orgánica competente podrá reducir hasta el 50% de la multa, por comisión de infracción leve siempre que: a) Pague el 50% de la multa impuesta dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la resolución. b) Presente documentos que acredite la subsanación de la infracción. c) Renuncie por escrito a interponer cualquier recurso impugnatorio. Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG REDUCCIÓN DE LA MULTA