2. REGLAMENTO DE
INFRACCIONES Y SANCIONES
FINALIDAD
Regular el procesamiento, criterio y requisitos para
la aplicación de la potestad para sancionar por
infracciones al ejercicio del Control
Gubernamental (Potestad Sancionadora).
Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
3. REGLAMENTO DE
INFRACCIONES Y SANCIONES
AMBITO DE APLICACIÓN
Titulares, Funcionarios y Servidores Públicos.
Jefe y Personal del OCI que dependen de las entidades que se
encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control.
Las Sociedades de Auditoria (SOA), incluyendo a socios y a su
personal.
Personas Jurídicas y Naturales que manejen recursos del Estado.
Las personas naturales o jurídicas que presenten una denuncia
maliciosa ante la Contraloría General de la República.
Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
4. REGLAMENTO DE
INFRACCIONES Y SANCIONES
INFRACCIÓN
Se considera Infracción:
Omitir, rehusar o retardar la entrega de documentación
relacionada con la materia sujeta al control gubernamental;
así como entregarla en forma incompleta o incumpliendo con
las condiciones y plazos establecidos, la comisión de esta falta
se considera Muy Grave.
Proporcionar información falsa, o con indicios de fraude o
alteraciones, la comisión de esta falta se considera Muy
Grave.
Impedir a los funcionarios, servidores, ex funcionarios y ex
servidores de la entidad examinada, el acceso a la
documentación necesaria para la presentación de sus
aclaraciones a los hallazgos de auditoría. La comisión de esta
infracción se considera Muy Grave.
Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
5. REGLAMENTO DE
INFRACCIONES Y SANCIONES
ORGANO INSTRUCTOR
“Es el encargado de llevar acabo las
actuaciones conducentes a la
determinación de la infracción,
observando el derecho de defensa y el
debido proceso”
Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
6. REGLAMENTO DE
INFRACCIONES Y SANCIONES
ORGANO SANCIONADOR
“Impone las sanciones o declara que no ha
lugar la imposición de sanción”
Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
7. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y
SANCIONES
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
Dependiendo del tipo de infracción materia de
procesamiento, el procedimiento administrativo
sancionador puede ser:
Procedimiento Sumario, tramita las infracciones de
omisión en la presentación de la información
solicitada, deficiente o inoportuna
Procedimiento Ordinario, aquellas que no se
sustancie en el procedimiento sumario.
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8. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y
SANCIONES
1) Fase Instructiva, está a cargo del Órgano Instructor,
comprende las actuaciones previas, el inicio del
procedimiento sancionador y su desarrollo, culminando
sobre la existencia de infracción y proponiendo la
imposición de sanción o la inexistencia de infracción.
2) Fase Sancionadora, está a cargo del Órgano
Sancionador, y comprende desde la recepción del
pronunciamiento del Órgano Instructor hasta la emisión
de la resolución que decide sobre la imposición de
sanción o que la declara no ha lugar.
Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
9. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Principales Infracciones:
Obstaculización o Dilación para el Inicio de las Acciones
de Control.
Omisión o Incumplimiento a la Implantación e
Implementación de los Órganos de Control Institucional y
de la Afectación de su Autonomía.
Interferencia o Impedimento para el Cumplimiento de las
Funciones Inspectivas inherente al control gubernamental.
Omisión en la Implantación de las Medidas Correctivas
Recomendadas en los Informes Elaborados por los
Órganos del Sistema.
Omisión de la Presentación de la Información Solicitada o
su Ejecución en Forma Deficiente o Inoportuna
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DETERMINACIÓN DE LAS INFRACCIONES
10. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Principales Infracciones:
Incumplimiento en la remisión de documentos e información
en los Plazos que señalen las leyes y los reglamentos
Personas naturales o jurídicas privadas o relacionadas con
entidades sujetas al sistema que no acuden a un
requerimiento o no proporcionen información y
documentación a la Contraloría.
Obligación de mantener al día los Libros, Registros y
Documentos, por un período no menor de 10 años.
Denuncia Maliciosa, se comete infracción al denunciar ante la
Contraloría un hecho arbitrario o ilegal a sabiendas que no se
cometido, lo que se considera como infracción Muy Grave.
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DETERMINACIÓN DE LAS INFRACCIONES
11. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
OBJETIVOS DE LA SANCIÓN
Orientar la conducta de los funcionarios y servidores
públicos, personal del sistema, de la SOA y otros.
Disuadir comportamientos que atenten contra el
cumplimiento de las obligaciones inherentes a la
gestión pública y control gubernamental.
Prever que la comisión de la conducta sancionable no
resulte más ventajosa para el administrado que cumplir
las disposiciones infringidas.
Cumplir con su carácter punitivo.
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SANCIONES
12. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Los administrados podrán ser sancionados
administrativamente con:
Amonestaciones Escritas
Multa
Suspensión Temporal o Exclusión Definitiva del
Registro de Sociedades de Auditoría, cuando
corresponda.
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TIPOS DE SANCIONES
13. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Los sancionados quedarán automáticamente
rehabilitados:
A los dos (2) años de cumplida la sanción respectiva.
En caso de Multa, dicho plazo se contará desde el
momento que son canceladas íntegramente.
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REHABILITACIÓN
14. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Infracción Leve, sancionada con amonestación escrita
o multa: 0.5 UIT hasta 5 UIT (S/. 1,950 hasta S/. 19,250)
Infracción Grave, sancionada con multa: 6 UIT hasta 15
UIT (S/. 23,100 hasta S/. 57,750)
Infracción Muy Grave, sancionada con multa: 30 UIT
hasta 50 UIT ( S/. 115,500 hasta S/. 192,500) con
suspensión temporal por un período entre 24 y 36
meses.
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ESCALAS DE SANCIONES
(P. Jurídicas)
15. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Infracción Leve, sancionada con amonestación
escrita o multa: 0.5 UIT hasta 1 UIT (S/. 1,950 hasta S/.
3,850)
Infracción Grave, sancionada con multa: 1.5 UIT
hasta 5 UIT (S/. 5,775 hasta S/. 19,250)
Infracción Muy Grave, sancionada con multa: 5.5 UIT
hasta 10 UIT ( S/. 21,175 hasta S/. 38,500)
Denuncia Maliciosa, Multa no mayor a 5 UIT (S/.
19,250
Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
ESCALAS DE SANCIONES
(P. Naturales y Denuncias Maliciosa)
16. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Se podrá retener hasta el 30% de las remuneraciones
mensuales, bonificaciones, pensiones, dietas o
ingresos de contrato de servicios del administrado
hasta cancelar el integro de la multa impuesta.
Cuando la obligación corresponda a varias
personas conjuntamente, responderán en forma
solidaria
Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
VARIOS
17. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Causas Eximentes: Incapacidad mental, caso fortuito o
fuerza mayor, subsanación de la infracción leve,
ejercicio de un debe legal encomendada, error
inducido por la administración o disposición
administrativa confusa o ilegal.
La orden obligatoria de autoridad competente,
expedida en ejercicio de sus funciones siempre que el
funcionario o servidor publico hubiera expresado su
oposición por escrito u otro medio que permita verificar
su recepción por el destinatario
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CRITERIOS PARA EXIMIR, IMPONER Y REDUCIR SANCIONES
18. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Prescripción, la facultad sancionadora prescribe a
los 4 años a partir del día en que la infracción se
hubiera cometido o desde que cesó, si fuera una
acción continuada.
Persistencia en el incumplimiento de obligaciones, si
se sigue cometiendo la misma infracción luego de
30 días posteriores a aplicación de la sanción, podrá
imponerse una nueva sanción.
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CRITERIOS PARA EXIMIR, IMPONER Y REDUCIR SANCIONES
19. REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
La unidad orgánica competente podrá reducir hasta el 50% de la
multa, por comisión de infracción leve siempre que:
a) Pague el 50% de la multa impuesta dentro de los 5 días
hábiles posteriores a la notificación de la resolución.
b) Presente documentos que acredite la subsanación de la
infracción.
c) Renuncie por escrito a interponer cualquier recurso
impugnatorio.
Resolución de Contraloría N° 276-2014-CG
REDUCCIÓN DE LA MULTA