5. La Administración Pública Las Administraciones p ú blicas en los Estados agrupan a un enorme conjunto de organizaciones y suborganizaciones, que gestionan servicios p ú blicos y definen pol í ticas p ú blicas.
6.
7.
8. Factor Estrat é gico del Desarrollo La Administraci ó n P ú blica constituye el principal instrumento para concretar la acci ó n del Estado “ Factor Estrat é gico del Desarrollo ” Administraci ó n del Estado Encara el reto del desarrollo y busca soluciones compatibles con la idiosincrasia de cada pa í s
9. Importancia y Antig ü edad de la Administraci ó n La Administraci ó n, concebida como coordinaci ó n de esfuerzos ha estado presente en todas las etapas hist ó ricas y actividades del hombre, desde el mismo origen de la humanidad. Antes del amanecer de la historia escrita, se hab í an iniciado ya grandes empresas, con complicadas formas burocr á ticas … . Paul H. Appleby Ejemplos: - Organizaciones militares – Alejandro Magno - Las pir á mides de Egipto. La Administraci ó n, con sus caracter í sticas de organizaci ó n humana y formal, se ha manifestado en todas las é pocas. Es tan antigua como el hombre mismo
10. Surgimiento del estado de Derecho. Preeminencia en el estudio del Derecho Administrativo El surgimiento del Estado de Derecho en Europa propicio el estudio de la Administraci ó n P ú blica, tanto en lo que concierne a su ordenamiento jur í dico como en lo referente a los principios y t é cnicas sustentados por la ciencia de la Administraci ó n. Sin embargo, pese al aporte de la escuela Cameralista y otros estudiosos hab í an ofrecido antes de la Revoluci ó n Francesa, a la ciencia de la Administraci ó n P ú blica, este sufre un estancamiento en su desarrollo superado por el surgimiento del Derecho Administrativo.
11. Definici ó n de la Administraci ó n desde el punto de vista objetivo De acuerdo a su concepci ó n etimol ó gica: Administraci ó n: Acci ó n de administrar. Acci ó n del gobierno al dictar y aplicar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de las leyes y para la conservaci ó n y fomento de los intereses p ú blicos, y resolver las reclamaciones a que de lugar lo mandado. Esta definici ó n incluye los actos de administraci ó n del poder Ejecutivo y las funciones legislativas y judiciales
12. “ La Administraci ó n P ú blica es el lado pr á ctico o comercial del gobierno, ya que su finalidad es que los negocios p ú blicos se realicen eficientemente y tan de acuerdo con los gustos y deseos del p ú blico como sea posible. Mediante la administraci ó n, el gobierno hace frente a aquellas necesidades que la iniciativa privada no puede o no quiere satisfacer. ” Woodrom Wilson Definici ó n de la Administraci ó n desde el punto de vista objetivo
13. “ el conjunto o complejo de organismos y funcionarios que, habitualmente, por medio de actos sucesivos, aislados e individuales, esto es, relativos a cada caso a una cuesti ó n concreta y determinada, realizan los fines del Estado, dentro de la Constituci ó n y las leyes. ” Manuel A. Amiama Definici ó n de la Administraci ó n desde el punto de vista objetivo La Administraci ó n P ú blica es: Enfoca la Administraci ó n P ú blica solo desde el punto de vista del derecho, de ah í que al actual concepci ó n francesa de la funci ó n p ú blica se encuentre estrechamente ligada al proceso de reforma administrativa “ en la busqueda constante de una administraci ó n m á s eficaz y m á s transparente ” , mas funcional que promueva el desarrollo tecnol ó gico y cient í fico.
14. “ La Administraci ó n P ú blica es la fase del gobierno que consta de la ordenaci ó n cooperativa de personas, mediante la planificaci ó n, organizaci ó n, educaci ó n y direcci ó n de su conducta, para la realizaci ó n de los fines del sistema pol í tico . ” Pedro Mu ñ oz Amato Definici ó n de la Administraci ó n desde el punto de vista objetivo Esta concepci ó n subraya los campos de estudios propios de la Administraci ó n cient í fica, tales como coordinaci ó n, planificaci ó n, organizaci ó n y direcci ó n, y no resalta los aspectos jur í dicos de la Administraci ó n P ú blica.
15. “ La Administraci ó n P ú blica es aquella parte de la ciencia de la administraci ó n que tiene que ver con el gobierno, y, por lo tanto, se ocupa principalmente de la rama ejecutiva, donde se hace el trabajo del gobieno, aunque evidentemente hay problemas administrativos tambi é n en relaci ó n con las ramas legislativas y judicial. ” Luther Gulick Definici ó n de la Administraci ó n desde el punto de vista objetivo Considera este concepto desde el punto de vista objetivo, bas á ndose en criterios acad é micos.
16. EVOLUCI Ó N DEL PENSAMIENTO ADMINISTRATIVO El conocimiento de la historia del Derecho P ú blico ayudara a una mayor comprensi ó n de la Administraci ó n P ú blica. El estudio y an á lisis del origen y evoluci ó n de las instituciones administrativas del Estado resulta indispensable para identificar aquellas tecnolog í as jur í dico administrativas trasplantadas de ordenamientos socio-econ ó micos diferentes al nuestro y que permanecen vigentes, precisamente, por la ausencia de esos datos hist ó ricos, mas que por la inercia de los responsables de promover el desarrollo y la nacionalizaci ó n de la Administraci ó n P ú blica. La Administraci ó n P ú blica de nuestros d í as es el resultado de un proceso hist ó rico y para una comprensi ó n cabal de su actual comportamiento es necesario conocer la evoluci ó n hist ó rica de ese pensamiento administrativo.
17. El estudio del pensamiento administrativo se debe emprender desde el punto de vista de la divisi ó n de las é pocas hist ó ricas cl á sicas, ello producir á mayor integridad en la exposici ó n de las diferentes caracter í sticas de la Administraci ó n prevaleciente en determinada é poca hist ó rica. EVOLUCI Ó N DEL PENSAMIENTO ADMINISTRATIVO
18. Administraci ó n P ú blica en la antig ü edad: Roma, China, Grecia y Egipto Administraci ó n en Roma: Influencia de la Administraci ó n romana en la Administraci ó n contempor á nea. La grandeza de mayor trascendencia de Roma, que a ú n perdura, fue su apego y vocaci ó n al derecho. La sociedad contempor á nea ha heredado de ese Derecho romano una extraordinario cultura, que ha influido notablemente en el contexto jur í dico actual de nuestros pueblos. “ El lenguaje del derecho romano se ha convertido en el idioma universal del derecho ” Pese a ese monumento jur í dico heredado de Roma en esa rama de las ciencias jur í dicas, cual es el Derecho administrativo, ha sucedido todo lo contrario. La organizaci ó n estatal no respond í a a normas de Derecho p ú blico. Muchos cuestionan el porqu é de la ausencia de datos referentes a esa importante organizaci ó n administrativa.
19. Administraci ó n en Roma: Influencia de la Administraci ó n romana en la Administraci ó n contempor á nea. Lo cierto es que a ú n cuando no existiese ese derecho administrativo, hemos recibido una herencia administrativa romana que ha ejercido su influencia en la Administraci ó n moderna. “ Hoy en d í a, como en la é poca del Imperio Romano guardando las proporciones del tiempo y espacio, los conceptos centrales de la administraci ó n p ú blica, siguen conservando su significado original ” . Oficio Ministerio Comisi ó n Comit é Administraci ó n Han preservado la esencia, no s ó lo de su sentido etimol ó gico, sino el uso funcional que se le daba en la Roma Imperial. Omar Guerrero
20. Administraci ó n en Roma: Influencia de la Administraci ó n romana en la Administraci ó n contempor á nea. Se destaca la capacidad organizativa de los romanos. La eficiencia del sistema administrativo romano es vista como consecuencia del mismo poder í o y esplendor del Impero y de sus proyecciones militares y jur í dicas. La vigencia del principio de la delegaci ó n escalonada en la Administraci ó n romana propici ó una organizaci ó n fundamentada en la descentralizaci ó n, carente del debido control, repiti é ndose los errores cometidos por los egipcios en la organizaci ó n de su Imperio.
21.
22. Administraci ó n en China: Pensamiento de Confucio La Constituci ó n de Chow Uno de los aspectos de mayor progreso en la Administraci ó n China fue el establecimiento de un servicio civil donde se manifest ó el perfeccionamiento de sistemas de ex á menes, cuyos or í genes se remontan a la dinast í a de HAN (202 AC 219 DC). Este consta de ocho reglamentos para la direcci ó n del gobierno: Primero.- trata de la organizaci ó n del gobierno Segundo.- se refiere a las funciones, con la finalidad de definir el “ gobierno del estado ” Tercero.- enfoca el aspecto de las relaciones Cuarto.- define los procedimientos Quinto.- prescribe las “ formalidades ” de modo que el gobierno del Estado tenga permanencia Sexto.- se refiere a los controles del gobierno S é ptimo.- prescribe las sanciones Octavo.- Observa sus ajustes de tal modo que el gobierno del Estado pueda ser auditado.
23. Administraci ó n en China: Pensamiento de Confucio Actualidad del pensamiento administrativo de Confucio: El esp í ritu p ú blico y la exclusi ó n de la pol í tica en la Administraci ó n Confucio al enfocar el tema “ Esp í ritu p ú blico ” advirti ó la necesidad de excluir de la administraci ó n p ú blica el favoritismo y el partidarismo.
24. Administraci ó n P ú blica en Grecia La historia de Grecia nos ha legado profundas lecciones de democracia y de cultura. En cuanto a su Administraci ó n P ú blica se refiere, Grecia, al igual que otros pueblos de la antig ü edad, no ha dejado documentos de donde deducir las caracter í sticas de su gesti ó n p ú blica. Hay autores que afirman que los Estados griegos tuvieron cuatro tipos de gobiernos, puesto que sus ciudades estuvieron regidas por mon á rquicas, aristocracias, tiran í as y democracias, salvo Esparta donde siempre imper ó la aristocracia. Para estudiar la Administraci ó n P ú blica en Grecia tenemos que recurrir a la Rep ú blica de Plat ó n a la Pol í tica de Arist ó teles, a la oraci ó n f ú nebre pronunciada por Pericles.
25. Administraci ó n P ú blica en Grecia Las principales modalidades del sistema griego de administraci ó n del personal podemos deducirlas de la citada oraci ó n f ú nebre de Pericles: “ Nuestro gobierno est á en manos, no de unos pocos, sino de muchos. Y a pesar de que todos los hombres son iguales a los ojos de la ley, son recompensados por la colectividad, cada quien seg ú n sus m é ritos; ni la posici ó n social, ni la riqueza determinan el servicio que un hombre puede proporcionar a sus semejantes. Nuestros ciudadanos estan interesados, as í en los negocios privados como en los p ú blicos; su preocupaci ó n por sus propios asuntos personales, no les impide dedicar su atenci ó n a los asuntos de la comunidad. De hecho, se considera igualmente in ú til al hombre que no hace ning ú n servicio p ú blico, como al que tampoco trabaja en sus propios negocios. Todos nosotros participamos en la consideraci ó n y decisi ó n de pol í ticas p ú blicas, en la creencia de que la discusi ó n no es un obst á culo para la acci ó n, sino mas bien que la acci ó n esta destinada al fracaso cuando se emprenden acctividades que no han sido previamente discutidas en todos sus á ngulos. Consiguientemente demostramos nuestra mejor iniciativa en lo que hacermos, y nuestra m á s profunda consideraci ó n a lo que planeamos ” .