1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Económicas Y Sociales
Escuela De Relaciones Industriales
Cabudare – Edo. Lara
El salario
Junio, 2016
Luis Gutiérrez
C.I: 23.918.334
2. El salario
Se denomina salario al dinero que una persona recibe
como consecuencia de realizar un determinado servicio,
dinero que se concede de forma regular cada cierto
período de tiempo.
2 perspectivas
• cuando se da cuenta
de un número
determinado de una
determinada moneda
circulante.
• haciendo alusión a la
cantidad de bienes y
servicios propios de una
canasta básica que con
éste pueden adquirirse
3. Componentes del
salario
Salario base: es la retribución que se fija por
unidad de tiempo (normalmente, mensual), o bien
por la realización de una obra o servicio
determinado (en los contratos de obra o servicio)
Complementos salariales: consisten en aportaciones a
los trabajadores en función de una serie de
circunstancias relacionadas con el trabajo que realizan y
con sus características personales. Nocturnidad,
peligrosidad o antigüedad son algunos ejemplos de
complementos salariales
Horas extraordinarias: son las horas de trabajo que los
empleados realizan voluntariamente por encima de su
jornada laboral, aunque siempre dentro de ciertos
límites legales.
Salarios en especie: el salario en especie es una
aportación no dineraria pero valorable dentro del salario
del trabajador.
4. El salario en
Venezuela
Concepto de la Ley Orgánica del Trabajo
Art.133 L.O.T.T.T: “Se entiende por salario la
remuneración, provecho o ventaja, cualquier fuere su
denominación o método de cálculo, siempre que pueda
evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por
la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las
comisiones, primas, gratificaciones, participación en los
beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional,
así como recargos por días feriados, sobresueldos, bono
vacacional, así como recargos por días feriados, horas
extras o trabajo nocturno, alimentación y vivienda”
5. * Revisión anual una comisión tripartita nacional. Una
comisión revisará los salarios mínimos, por lo menos, 1
vez al año, tomando como referencia, entre otras
variables, el costo de la canasta alimenticia.
Corresponderá al ejecutivo nacional a partir de dicha
recomendación y sin perjuicio de las atribuciones que le
confiere en art.172 de LOTTT, fijar el monto de los
salarios mínimos.
Ley De Alimentación Para Los Trabajadores
Salario Mínimo.
Esta Ley tiene por objeto regular el beneficio de
alimentación para proteger y mejorar el estado
nutricional de los trabajadores, a fin de fortalecer su
salud, prevenir las enfermedades ocupacionales y
propender a una mayor productividad laboral. (Art. 1
L.O.T.T.T)
A los efectos del cumplimiento de esta Ley, los
empleadores del sector público y del sector privado que
tengan a su cargo veinte (20) o más trabajadores,
otorgarán el beneficio de una comida balanceada
durante la jornada de trabajo. (Art. 2 L.O.T.T.T)
6. Opiniones
El presidente de la República, Nicolás Maduro, anunció
desde el Palacio de Miraflores el aumento del salario
mínimo del 30% y una nueva base de cálculo para el
ticket de alimentación de 3.5 UT. Este aumento se hará
efectivo a partir de hoy 1 de mayo recibiendo el
beneficio a partir de la primera quincena.
Actualización del Sueldo Mínimo:
Según el anunció realizado el pasado 30 de Abril, el
aumento queda de la siguiente manera:
Desde hoy el salario mínimo tendrá un aumento de 30%,
pasando de Bs. 11.578 a Bs. 15.051
El cálculo del ticket de alimentación pasa a tener un
valor fijo de 3.5 UT por día laboral, es decir, queda en
Bs. 18.585
Diario
7. Opiniones
El presidente de la República, Nicolás Maduro, anunció
desde el Palacio de Miraflores el aumento del salario
mínimo del 30% y una nueva base de cálculo para el
ticket de alimentación de 3.5 UT. Este aumento se hará
efectivo a partir de hoy 1 de mayo recibiendo el
beneficio a partir de la primera quincena.
Actualización del Sueldo Mínimo:
Según el anunció realizado el pasado 30 de Abril, el
aumento queda de la siguiente manera:
Desde hoy el salario mínimo tendrá un aumento de 30%,
pasando de Bs. 11.578 a Bs. 15.051
El cálculo del ticket de alimentación pasa a tener un
valor fijo de 3.5 UT por día laboral, es decir, queda en
Bs. 18.585
Diario