1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
METODOLOGÍA DE LA INVESTIVACIÓN ON LINE
LAPSO 2017/A
III PRESENCIAL
PROFESOR: _Gisela Garzón_________________________________________
NOMBRE Y APELLIDO: _Yohana Meza____C.I. _18.656.926____
FECHA: ______________________ VALOR: 15 PUNTOS
A continuación se presenta una lectura sobre el planteamiento de un problema de
investigación para su análisis:
1. Subraya en el texto los siguientes elementos:
a) Tema de Investigación (posible título del trabajo) (2 puntos)
b) Descripción de la situación que caracteriza el objeto. Síntomas Generales del
problema. (4 puntos)
c) Condiciones bajo las cuales se desenvuelve el hecho objeto de estudio. (2 ptos)
d) Descripción de la situación actual en el ámbito específico del problema. (2 ptos)
e) En qué contexto se ubica? Cómo se manifiesta? /2 puntos)
f) Formulación del problema. (3 ptos)
LA RELACION ARRENDATICIA DE VIVIENDA EN LA NUEVA NORMATIVA
LEGAL a) Tema de Investigación (posible título del trabajo
El hombre, en todas sus etapas y facetas desde el inicio de la historia, ha sido, una
especie de eje o epicentro que mueve al mundo, y de cuyos actos depende casi todo lo que le
rodea, por cuanto es éste, quien a través de sus actos, pensamientos, deseos y aspiraciones va
transformando y creando día a día, el mundo actual en el que vive.
Así, como la sociedad es determinante para el desarrollo de la persona humana, siendo
que el individuo sólo puede desarrollar su personalidad y toma de conciencia como un ser
social, a través del proceso de interacción con otros individuos del grupo, en el cual
intervienen elementos determinantes para que las personas integrantes de estos grupos se
identifiquen entre sí. Es por esto que se debe fomentar a la cultura, y por cuanto capacita
adecuadamente al individuo que forma parte del grupo social, dando paso así a los
requerimientos de la vida social, que permite la interacción y la sociedad en cuanto a grupo.
Por consiguiente, la sociedad como cualquier otro grupo permanente, debe ser capaz
de subsistir en un medio físico dado y con cierto grado de organización, asegurando así el
mantenimiento de la cultura y la posesión de una conciencia de su unidad espiritual e
histórica, integrada por una serie de elementos que aseguran su duración en el tiempo.
2. En Venezuela y el mundo, el hombre, el ser que a lo largo de la historia, no sólo dio origen
al reconocimiento de los derechos inherentes al ser humano, sino también a los motivos por
los cual son creadas las normas jurídicas. Dicho de otro modo, el hombre es el centro de la
sociedad la cual se encuentra regida por diferentes tipos de normas de carácter social,
religiosa o legal de obligatorio cumplimiento para todos, éstas tienen como fin primordia l
hacer que el hombre actúe de un determinado modo, y así es más fácil lograr el orden y el
bien común para todos.
Según el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Tomo V, de Guillermo
Cabanellas (2010) “relación jurídica” es “todo vínculo de Derecho entre dos o más personas,
o entre una de ellas al menos y una cosa corporal o incorporal, con trascendencia en el
ordenamiento vigente”. Con inconveniente repetición del calificativo sustancial, De Castro
define la “relación jurídica” como “la situación jurídica en que se encuentran las personas,
organizadas unitariamente dentro del orden jurídico total por un especial principio jurídico”.
Un sujeto al menos (y la colectividad obligada al reconocimiento o respeto), un contenido
(material o personal) y una norma rectora caracterizan los elementos necesarios de la
“relación jurídica”. b) Descripción de la situación que caracteriza el objeto. Síntomas
Generales del problema.
De ahí que la relación arrendaticia inmobiliaria es el vínculo que se establece entre el
arrendador y el arrendatario y que, teniendo como objeto un determinado inmueble, da lugar
a una pluralidad de trascendencias en el orden jurídico concreto y especial que regula ese
vínculo, y sus efectos o consecuencias, dentro de un privilegio o tutela de protección
limitada, especialmente en beneficio del arrendatario.
Ahora bien, el arrendamiento en Venezuela data del siglo XX; comenzando su
regulación en el año 1947 con el Decreto Legislativo sobre Desalojo de Viviendas; luego le
siguieron la Ley de Regulación de Alquileres en 1960; en el año 1972 se dictó el Reglamento
de la Ley de Regulación de Alquileres y en 1987 se dictó la Ley de Reforma Parcial de la
Ley de Regulación de Alquileres; posteriormente tal regulación fue reformada por el Decreto
Ley de Arrendamientos Inmobiliarios en el año 1999.
En mayo de 2011 fue promulgado el Decreto Ley Contra el Desalojo y la Desocupación
Arbitraria de Viviendas, y recientemente el 12 de noviembre de 2011 fue publicada en
Gaceta Oficial la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Viviendas para
luego el 14 de noviembre dictarse el Reglamento de la Ley para la Regularización y Control
de Arrendamientos de Vivienda. c) Condiciones bajo las cuales se desenvuelve el hecho
objeto de estudio
En Venezuela observamos que los asuntos vinculados con esta materia conectada al
constante problema de la vivienda por variadas razones de tipo político y socio-económico,
no han cumplido a cabalidad con los principios que los norman focalizados tanto en la
celeridad como la brevedad debido a la escasez de unidades que brinde a la familia
venezolana en forma prioritaria, la garantía de un vivienda digna y accesible a sus
requerimientos.
Por todas estas regulaciones es que el tema del arrendamiento de viviendas genera
opiniones encontradas y controversia siendo la vivienda un derecho constitucional
consagrado en nuestra carta magna en el artículo 82 que el Estado debe procurar. Si bien es
cierto que de acuerdo al citado artículo, la satisfacción progresiva de éste derecho es
obligación del Estado y de los ciudadanos, es el Estado quien debe dar prioridad al tema de
la vivienda y garantizar los medios para su concreción. No es menos cierto que, a medida
que la población ha ido creciendo igualmente ha aumentado la necesidad de vivienda, sin
3. embargo, el desarrollo de soluciones habitacionales no ha cubierto la demanda que exige la
población. Descripción de la situación actual en el ámbito específico del problema
Así, considerando que el derecho a la vivienda es de rango constitucional y es un tema
de Estado, el Ejecutivo Nacional intervino para tratar de paliar el problema mediante la
realización de actos tendentes a solventar tal situación, manifestándose así la función de la
Administración Pública a través de facultades exorbitantes, con fuerza ordenadora y coactiva
para lograr los fines del Estado. No obstante, en el escenario actual, se refleja un déficit de
arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda ya que las personas propietarias de
inmuebles no sienten seguridad jurídica al momento de dar en arrendamiento sus bienes,
debido a la injerencia cada vez más controladora de la Administración Pública en materia
inquilinaria, ya que con la nueva Ley y su reglamento, se suscitó un interesante
redimensionamiento de lo que en materia contractual arrendaticia se trataba. En qué
contexto se ubica
Los cambios mencionados anteriormente se refieren a que la nueva Ley para la
desnaturalizado la autonomía de la voluntad de las partes y la libertad contractual aspectos
característicos del Derecho Privado; en el entendido que la libertad individual tiene como
límite los intereses generales de la comunidad. Por consiguiente, producto del advenimiento
de la nueva Ley que trata los arrendamientos de vivienda, y por el déficit habitacional debido
en gran parte a la ineficacia de las políticas públicas diseñadas para dar respuesta a la crisis
de vivienda, el Estado ejerce una marcada incidencia en la estructura normativa arrendaticia
al establecer ésta materia de interés público general, social y colectivo.
De allí que se crea a través de la Ley una Institución novedosa llamada Superintendencia
Nacional de Arrendamientos, la cual tiene amplias atribuciones de administración,
regulación, supervisión, inspección, control y sanción por parte del Estado; bajo el
argumento de proteger el valor social de la vivienda como derecho humano, motivado a que
existe una gran cantidad de familias que dependen de la disponibilidad de viviendas en el
sector inmobiliario a través de la figura del arrendamiento.
Por todo lo anterior expuesto, y considerando que el arrendamiento es un asunto álgido
en la actualidad, se hace necesario abordar el tema de la actuación de las ventajas y
desventajas para los actores de una relación arrendaticia de vivienda, particularmente
ejercido bajo las atribuciones conferidas a la Superintendencia Nacional de Arrendamientos
de Vivienda. Formulación del problema