El documento describe los cambios recientes en el mercado inmobiliario de Venezuela, incluyendo la congelación de impuestos de alquiler y una nueva ley de alquiler que protege más a los inquilinos. Esto ha creado inseguridad jurídica y ha hecho que sea más arriesgado alquilar propiedades. Además, nuevas políticas de vivienda han facilitado el acceso a créditos hipotecarios, aumentando las ventas de viviendas. El documento analizará cómo estas leyes y políticas afectan los contratos de
Contrato de arrendamiento sobre inmuebles urbanos y suburbanos según el ordenamiento jurídico venezolano
1. CAPÍTULO INTRODUCTORIO
Descripción problematica
En los últimos años la conducta del mercado inmobiliario del país ha
ejercitado una serie de cambios, cuyo origen comienza desde Mayo del
2003, cuando el Presidente de la República establece la inmovilización de los
impuestos de arrendamiento, medida ésta que ha venido difiriendo
continuadamente por períodos de seis meses, presentiendose su
persistencia, al menos, hasta el mes de Septiembre de 2013. Esta situación,
de acuerdo a los mencionado por los expertos en el negocio inmobiliario, ha
reformado la relación entre las operaciones de arrendamiento inmobiliario y
las transacciones de traspaso de propiedad; de un 70% en operaciones de
venta y un 30% en arrendamientos en el 2003, se inspeccionan actualmente
92% en transacciones de venta y sólo un 8% en operaciones de
arrendamiento.
El horizonte no es alentador para el sector del mercado dedicado a las
operaciones de alquiler de inmuebles, ya que adicionalmente a la medida de
inmovilización de impuestos, se suma la discusión generada por la Reforma
a la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios ratificada en primera discusión en la
Asamblea Nacional en Abril de 2007, que sobreprotege a los inquilinos en
función de sus derechos humanos y sociales, pero quebranta el derecho de
propiedad de los dueños de los inmuebles.
Otro factor que incurre en el declive de las operaciones de arrendamiento
y en el acrecentamiento de las ventas acata a la implementación de políticas
económicas con disposición socialista y a la reformulación del marco legal
inmobiliario. Lo expuesto anteriormente se materializa con la entrada en
2. vigencia de la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat que
examina aspectos como: la creación del fondo de ahorro voluntario para
integrar el fondo de ahorro obligatorio existente, se le concede al gobierno la
potestad regulatoria en el arrendamiento inmobiliario y en la administración
de tierras urbanas y urbanizables, asimismo de la posibilidad de conseguir
financiamiento hasta el 100% del valor de la vivienda, contemplando la figura
de créditos mixtos, que consienten el financiamiento a largo plazo para la
compra de un terreno y la construcción de una vivienda principal dentro de él.
Todas estas medidas hacen viable que las unidades familiares con ingresos
medios y bajos tengan acceso a una vivienda, por medio del financiamiento
por instituciones financieras tanto públicas como privadas, las cuales brindan
créditos hipotecarios a largo plazo con tasas de interés supuestamente
viables.
Entrando en materia, el contrato de arrendamiento sobre inmuebles
urbanos y suburbanos señala por si mismo el índice de las indecisiones
económicas de una establecida sociedad, y constituye como tal una figura en
la cual se manifiesta las antiguas que dan lugar en cierta forma, a
movimientos sociales y políticos fundamentales.
En el país no se ha legislado cabalmente sobre la materia de
arrendamiento inmobiliario. No se trata de poner soluciones a media a unas
disposiciones fragmentadas y antiguas, sino crear un semejante cuerpo de
normas como el que hoy se presenta con una perfecta armonización entre
intereses de arrendatario y arrendadores. Los acentuados problemas
habitacionales que en la actualidad afrontamos han traído como resultado
que el arrendamiento de inmuebles se haya transformado, judicial y
administrativamente, en una especie de guerra de guerrillas donde se libran
los mas intrincados debates entre propietarios, administradores, abogados e
inquilinos sin que se originen soluciones adecuadas con la debida velocidad.
En relación a lo anterior, el congelamiento de los impuestos de
arrendamiento y la potencial aplicación de la Ley de Arrendamientos
3. Inmobiliarios, ha generado inseguridad jurídica en los propietarios de bienes
raíces lo cual ha incitado una caída inmenso en las operaciones
arrendatarias. Sin embargo, es significativo señalar que el aumento en las
transacciones de venta no son origen, ni consecuencia de la contracción de
las operaciones de alquiler; todo ello es producto de la dinamización del
sector inmobiliario generada especialmente por la apertura de carteras de
créditos hipotecarios por parte de las entidades financieras con bajas tasas
de interés, hecho que genera incentivos en los agentes económicos para la
provecho de viviendas, tanto en el mercado primario como en el secundario.
Al respecto, arrendar un inmueble es visto como un gran riesgo.
Muchas personas se abstienen de alquilar un inmueble debido a que
temen que lo pierdan, en manos de personas astutas que
fraudulentamente deciden permanecer en dichas viviendas, alegando
que no poseen otra donde ir. Surge un duro choque entre el
propietario y el inquilino, donde el Estado resuelve equilibrando la
balanza a favor de una de las partes, los inquilinos, por ser los
débiles jurídicos.
Igualmente, existe una desigualdad en la sociedad, pero no deja
de ser verdad que dicha problemática no puede ser atacada a través
de medidas que pongan en riesgo o peligro los derechos de otros
miembros que integran a su vez la sociedad, como sucede en el caso
de los arrendadores. Además, más allá de este problema, la nueva
normativa inquilinaria sacude y contradice ciertas normas
constitucionales, donde se asegura el derecho a la igualdad, el
derecho a la propiedad, la libertad económica, entre otros.
A través de la Ley de arrendamientos se cercenó el derecho que tienen los
venezolanos de tener una vivienda a través del arrendamiento, porque como
lo hemos repetido infinidad de veces, esto es una Ley que generó un
desequilibrio contractual e hizo inviable la posibilidad de renta, en un país
donde no puedes recuperar tu vivienda cuando la alquilas porque la Ley así
lo permite, la mencionada regulación violenta el artículo 115 de la
4. Constitución nacional, el cual establece que cada venezolano puede
disponer de sus bienes como mejor crea conveniente.
Formulación del Problema
¿Cuáles son los aspectos y atribuciones para alquilar un inmueble según la
Ley de Arrendamientos Inmobiliarios?
¿Cómo son los aspectos relacionados con las garantías
constitucionales del derecho a la vivienda y la propiedad en la
República Bolivariana de Venezuela?
¿Cuáles son las normas jurídicas inquilinarías que contienen
ambigüedades y contradicciones en el Derecho Venezolano para la
realización de los contratos de arrendamiento sobre inmuebles
urbanos y suburbanos?
Objetivo General
Analizar el contrato de arrendamiento sobre inmuebles urbanos y
suburbanos según el ordenamiento Jurídico venezolano
Objetivos Específicos
Diagnosticar los aspectos y atribuciones para alquilar un inmueble
según la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios
Identificar los aspectos relacionados con las garantías
constitucionales del derecho a la vivienda y la propiedad en
la República Bolivariana de Venezuela.
5. Interpretar las normas jurídicas inquilinarias que contienen
ambigüedades y contradicciones en el Derecho Venezolano
para la realización de los contratos de arrendamiento sobre
inmuebles urbanos y suburbanos.
Justificación
La realización de este estudio se justifica, por cuanto constituye
una necesidad para los profesionales del derecho que ejercen en
materia inquilinaria, de igual manera, se beneficiarán los estudiantes
de las diferentes Escuelas de Derecho de Venezuela, ya que
respondería a la necesidad de profundizar los conocimientos en el
ámbito inmobiliario y estar actualizados, habida cuenta que en
Venezuela, lo que abunda en este momento es la violación de
derechos fundamentales en el área así como una profunda
inseguridad jurídica.
La ley de inquilinato ha creado algunas inseguridad entre la población
Venezolana , especialmente en los dueños de viviendas y otros inmuebles el
cual utilizan para el arrendamiento, dicha reforma propuesta en la primera
discusión en la asamblea ha creado alarma entre la ciudadanía ya que no se
conoce cuales son sus alcances y cual es la propósito de dicha ley, para los
arrendatarios la posibilidad de ser desalojados por sus arrendadores,
quienes a su vez, tienen el temor de perder su propiedad por las
declaraciones sobre la confiscación o expropiación de inmuebles.
Los arrendatarios buscan medidas protectoras de los derechos de las
familias a una vivienda digna, sin la intención de perjudicar el derecho a la
propiedad de quienes auténticamente ponen a disposición del mercado
arrendaticio sus inmuebles. Pudiera pensarse que la descomunal protección
del arrendatario, sobrellevaría para el arrendador, la pérdida del uso, goce,
disfrute y disposición de sus bienes.
6. La investigación busca aclarar el escenario con respecto a la Nueva
reforma de la Ley de Inquilinato, en lo que se describe al derecho de
propiedad y a las atribuciones que tiene el inquilino a comprar el inmueble
que habita. Por medio de la investigación se espera encomendar en sentido
extenso los pro y los contra que contienen la misma, considerándose como
un soporte y un medio de información para quienes se ven afectados por la
ley anteriormente mencionada.
Así mismo, buscar proponer opciones que consientan una aplicación
ajustada y correcta de la ley para solucionar los problemas planteados,
considerando en primer plano que una efectiva participación de todos los
factores implicados en el logro de la satisfacción creciente del derecho a la
vivienda, estaría claramente relacionado con la Corresponsabilidad
Constitucional, de todos los ciudadanos en conseguir la mayor suma de
bienestar. Desde el punto de vista académico la investigación consentirá dar
a conocer las teorías, Artículos, Procedimientos de la Ley de Inquilinato. El
estudio se aprovechará para ejecución de otros razonamientos concernidos
con el tema.