2. 2
PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD
EN LA LEGISLACIÓN ARGENTINA
PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD
EN LA LEGISLACIÓN ARGENTINA
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
Tutelan la Propiedad,
La Posesión
Y la Tenencia
Tutelan la Propiedad,
La Posesión
Y la Tenencia
CÓDIGO CIVIL: Arts. 2468 a 2501
CÓDIGO PROCESAL: Arts. 606 a 623 Ter
CÓDIGO PENAL: Arts. 34, inc. 6 y 181
3. 3
1.- PROTEGEN EL DERECHO DE PROPIEDAD
LAS ACCIONES REALES
A.- Reivindicatoria
B.- Confesoria
C.- Negatoria
2.- AMPARA EL DERECHO A LA POSESIÓN Y LA TENENCIA
INTERDICTO DE ADQUIRIR (Art. 601 CPCC)
3.- RESGUARDAN LA PROTECCIÓN ANUAL SIN LOS VICIOS DE SER
PRECARIA, VIOLENTA O CLANDESTINA
LAS ACCIONES DE RESTITUCIÓN Y MANUTENCIÓN
4.- TUTELAN LA TENENCIA Y CUALQUIER TIPO DE POSESIÓN (NO ANUAL,
VICIOSA, ETC.)
ACCIÓN DE DESPOJO E INTERDICTOS DE RETENER (Arts. 603 CPCC y 2469 del CC
y RECOBRAR (Arts. 608 y Ss del CPCC)
Dra.YolandaN.PérezBuacar&Dra.RuthVivianaBasso
4. 4
5.- PROTEGE EL USO Y GOCE DE LA COSA LOCADA U OCUPADA
POR TENEDORES PRECARIOS, INTRUSOS O CUALQUIER OTRO
OCUPANTE CUYO DEBER DE RESTITUIR SEA EXIGIBLE
PROCESO DE DESALOJO
6.- DENUNCIA DE DAÑO TEMIDO
Art. 617 bis CPCC Bs. As
7.- OPOSICIÓN A EJECUTAR REPARACIONES URGENTES
Art. 617 ter CPCC Bs. As.
8.- DERECHO A REPULSAR LA FUERZA CON EL EMPLEO DE OTRA
SUFICIENTE
Art. 2470 CC
continuación
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
5. 5
DESALOJO:
Etimología
DESAFIDUCIAR DESAHUCIO
CONCEPTO: “es un juicio de conocimiento, de naturaleza
sumaria, para que se devuelva la cosa detentada poniéndola a
disposición de quien tiene legítimo derecho.”
Gualberto Lucas Sosa
Arts. 676 bis y 677 CPCC
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
Metodología a encarar
HISTORIA
6. 6
DESALOJO
(Arts. 676 bis y 677 CPCC PROV BS AS)
DESALOJO
(Arts. 676 bis y 677 CPCC PROV BS AS)
DESAHUCIO
“Es un juicio de conocimiento, de
naturaleza sumaria, para que devuelvan
la cosa detentada, poniéndola a
disposición de quien tiene legítimo
derecho”
Dr. Gualberto Lucas Sosa
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
7. 7
Arts. 676 bis y 677 del
CPCC
Se discute el USO, no Propiedad
LIMITES AL JUICIO DE DESALOJO
El procedimiento de desalojo no es apto para plantear
todas las cuestiones relacionadas al uso y goce del bien
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
9. 9
ERRORES EN LA
ELECCIÓN DE LA VIA
Existen varias ACCIONES DE RECUPERO
Si hay error en el encuadre jurídico = RECHAZO DE LA ACCIÓN
Desalojo: está en juego la Tenencia – arts. 2352 y 2461 CC
No agota el debate de todas las facetas en materia de
Posesión y Dominio
No está en juego la posesión: para esto existen las
Acciones Posesorias, Petitorias e Interdictos
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
10. 10
DesalojoDesalojo
el
Error En el encuadre
De la acción De recupero
Rechazo de la acciónRechazo de la acción
implica
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
11. 11
PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD EN LA LEY
1º - DOMINIO Acciones de reivindicación – art. 2758 CC
2º - POSESIÓN Acciones posesorias
3º - TENENCIA Interdictos (art. 600 CPCC) (remedio policial urgente)
4º - uso: DESALOJO continente de una acción personal o
real
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
12. 12
PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD
EN LA LEGISLACIÓN ARGENTINA
PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD
EN LA LEGISLACIÓN ARGENTINA
DOMINIO
POSESIÓN
TENENCIA
Uso
ACCIONES
Reivindicatoria – art.2758 CC -
posesorias
Interdictos (Art. 600
del Cpcc Y SS
Desalojo
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
14. 14
tenencia
LOCACIÓN
COMODATO
En una RELACIÓN LABORAL
cuando la vivienda es parte de la
retribución. Ej.: casero, portero,
cuidador, kiosco del hall de cine,
etc.
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
15. 15
DESALOJO
Inmuebles urbanos
Inmuebles rurales
NO PARA MUEBLES (Si alquilo un auto, recupero su
tenencia por rescisión de Contrato)
“Debe restituir la cosa al poseedor a cuyo nombre posee, o a su
representante, luego que la restitución le sea exigida conforme a la
causa que lo hizo tenedor de la cosa” art. 2465 CC
Causales:
Vencimiento de Locación o Comodato
Falta de pago
Cambio de destino
Uso abusivo
Transferencia prohibida
Causal pactada diferente
Dra.YolandaN.PérezBuacar&Dra.RuthVivianaBasso
Leyes de Locación
16. 16
DESALOJODESALOJO
Contra
Intruso
(676 bis del CPCC Prov. Bs.As.)
Tenedor
Precario
(solo en prov. De Bs. As.)
No recibe de nadie la
tenencia. Entra al
inmueble en forma
clandestina o violenta
Tiene un título de
préstamo dado por un
familiar o amigo.
Comodato sin pautar
duración (Art.2285 CC).
Apoderado a quien se
revoca el poder. Tutor o
curador cesante en su
cargo
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
17. 17
DEFENSA DE POSESIÓN OPONIBLE AL DESALOJO
ius possidendi
ius possesionis
posesión legítima o ilegítima
de buena o mala fe
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
LA POSESIÓN DE MÁS DE UN AÑO
REPELE EL DESALOJO
(ARTS. 2363 *" posee porque posee” y 2373 CC)
LA POSESIÓN DE MÁS DE UN AÑO
REPELE EL DESALOJO
(ARTS. 2363 *" posee porque posee” y 2373 CC)
18. 18
DESALOJO POR CESACIÓN DE COMODATODESALOJO POR CESACIÓN DE COMODATO
El demandado puede alegar
Relación laboral
Ser donatario
Ser inquilino
INTERVERSIÓN DE TÍTULOS (Art. 2353 CC)INTERVERSIÓN DE TÍTULOS (Art. 2353 CC)
El DESALOJO prospera contra un tenedor que NO ha intervertido título
Repele el DESALOJO si un intruso dice tener la posesión más de un
año (ius possessionis). En este caso la demanda por desalojo es
rechazada.
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
19. 19
DESALOJO DE LA CONCUBINA
(1)
DESALOJO DE LA CONCUBINA
(1)
SITUACIÓN DE HECHO QUE NO CREA
RELACIÓN JURÍDICA
NO ES INTRUSA
ES TENEDORA
PRECARIA
No entró
subrepticiamente
por la fuerza
por acto unilateral
No tiene derecho legítimo
sobre la propiedad
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
intimada
20. 20
DESALOJO DE LA CONCUBINA
(2)
DESALOJO DE LA CONCUBINA
(2)
El concubinato no da Derecho Sucesorio
Muerte del concubino
1° - Se requiere
la devolución de la
propiedad
De no restituirse:
2° - Pasa a ser
Retención Indebida
Injustificable
a la
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
21. 21
CONDÓMINOSCONDÓMINOS
DEBE OBSERVARSE
1° Si se trata de un
contrato vencido
Puede demandar por
Desalojo cualquiera de los
Condóminos
Para demandar por
Desalojo requiere el
consentimiento de
todos
2° Si se trata de un contrato
no vencido
Compensación por
uso
O
División de
condominio
No puede haber Condómino
contra Condómino
22. 22
Titulares de la Acción
Tenedores – art.2462, inc. 1 CC
Dueños
Condóminos (1613CC)
Usufructuarios (2807CC)
Usuarios (2948 y 2963 CC)
POSEEDORES
LEGÍTIMOS
Locación (1493 CC) es un simple acto administrativo se desprende del
uso y goce de la cosa alquilada
No es necesario se DUEÑO para celebrar Contrato de Locación (art. 1510 CC)
También el poseedor usucapiente -art. 2355 CC- puede celebrarlo (es pos. ilegítimo)
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
23. 23
FUERO DE ATRACCIÓN Solo funciona pasivamente
cuando
El causante o los herederos
son demandados
(antes de la División de) Herencia
SUCESIÓN (art.
3284, inc. 4) QUIEBRA
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
24. 24
NATURALEZA DUAL como Pretensión
PERSONAL o REAL
NATURALEZA DUAL como Pretensión
PERSONAL o REAL
Si reclamo el Desalojo
basado en Contrato
• Locación – 1493 ss CC
• Sublocación – 1583 ss CC
• Comodato – 2255 ss CC
Pretensión
personal
Sujeto pasivo
obligado a restituir
Juez competente: el del lugar de cumplimiento de la obligación
Si reclamo el Desalojo
por tener
Derechos Reales
Dominio – 2506 ss CC
Condominio – 2673 ss CC
Usufructo – 2807 ss CC
D. de Uso – 2948 ss CC
Pretensión
Real
Juez competente: el del lugar del inmueble (forum rei sitae)
Dra.YolandaN.PérezBuacar&Dra.RuthVivianaBasso
25. 25
DILIGENCIAS PRELIMINARES (art. 323, inc. 6 CPCC)
Tienen por objeto preparar la entrada al juicio
Indica
Antepone
o
Antecede
una Acción
o
Litigio
a
Procedimientos previos autónomos
para
Obtener informaciones a través de la actividad jurisdiccional para
lograr una correcta relación procesal por medio de la posterior
demanda.
Dra.YolandaN.PérezBuacar&Dra.RuthVivianaBasso
Petición fundada para que exprese a título de qué
tiene la cosa
26. 26
Diligencias Preliminares
Art. 323 CPCC
Diligencias Preliminares
Art. 323 CPCC
Sirven para
Individualizar sujetos del proceso
Su capacidad
Individualizar a los ocupantes del bien
A título de qué ocupan el bien
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
27. 27
DILIGENCIAS PRELIMINARES
Objeto dar y
seguridad
eficacia
al futuro proceso
PROCESO
DE
CONOCIMIENTO
4 etapas
1- Informativa o introductoria
2- Probatoria o instructoria
3- Decisoria
4- Recursiva o Impugnativa
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
Prepara
Evitan dispendio
jurisdiccional
28. 28
LEGITIMACIÓN ACTIVA
Legitimación para obrar Es una cuestión de IDENTIDAD
ser titular – Rel. Jur. Sustancial
No hace falta ser TITULAR del inmueble (art. 1510 CC)
El Actor debe acreditar tener derecho personal a exigir la restitución
ACTOR
Titular Registral o Fiducirio
Poseedor
Tenedor locatario principal
Usufructuario – Usuario - Comodante
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
29. 29
CON CONTRATO de Locación o Comodato si es Propietario
Registral – arts. 2505 / 2513 CC.
SIN CONTRATO si debe demostrar la propiedad con Escritura
CONSTITUTO POSESORIO: art. 2462, inc. 3 CC TITULO DE
OCUPACIÓN NOMINE ALIENI (nombre ajeno) – Liberalidad transitoria
Titular con Posesión: art. 577 CC (ocupa nomine propio)
TRADICIÓN + TITULO REGISTRAL + POSESIÓN
ACTORACTOR
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
Hay dos
actos
Venta
Anexo: tiempo de tolerancia
30. 30
Carece de Legitimación Activa:
el actor sin tradición – art. 577 y 2524, inc. 4° CC
Titular de Dominio Imperfecto Fiduciario – art.2661 CC sobre
bienes fideicomitidos – Ley 24441, arts 1 al 18-
Condóminos – art. 1613 CC -
Vencido el plazo, un solo condómino puede pedir el Desalojo
Si el inquilino es condómino: puede desalojarse
No cabe Condómino contra Condómino
Compensación por uso
Condómino contra comodatario
sin plazo o con plazo vencido
Condómino contra intruso
Condómino contra tenedor
precario
Sí
Dra.YolandaN.PérezBuacar&Dra.RuthVivianaBasso
31. 31
Continuación de Legitimación activa
Comunero (Comunidad Hereditaria
contra coheredero por vencimiento del plazo
o intrusión)
Poseedor por Boleto CV – con Boleto sin
posesión no puede demandar desalojo-
Heredero Testamentario con Declaratoria
H. (3415 CC)
Usufructuario – art. 2807 CC
Usuario – art. 2948 y 2965
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
PUEDEN DEMANDAR
POR DESALOJO