3. CONVENIOS PARA EVITAR LA
DOBLE IMPOSICIÓN
Se trata de acuerdos
bilaterales o multilaterales,
que tiene como tarea
primordial buscar y adoptar
criterios tributarios uniformes ,
que eviten la interferencia de
los poderes tributarios de los
diferentes Estados; y por ende
la doble imposición tributaria.
3/
32
4. Doble imposición
económica
A diferencia de la doble imposición jurídica, aquí
no hay identidad de sujetos
- ajustes de precios de transferencia
- gravamen a nivel corporativo (dividendos).
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32
5. QUE SON LOS CDIs
Los CDIs sólo resuelven los
supuestos de doble imposición
jurídica y en el caso de doble
imposición económica,
únicamente el Artículo 9 del
Modelo OCDE
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6. VENTAJAS
1. Seguridad Jurídica.
2. Garantías a la
Inversión.
3. Evita la
discriminación.
4. Herramienta para las
administraciones
tributarias para evitar
la evasión fiscal
mediante el
intercambio de
información.
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CONVENIOS PARA EVITAR LA
DOBLE IMPOSICIÓN:
DESVENTAJAS
1.Renuncia parcial al
Poder Tributario sobre
determinadas rentas.
2. Disminuye la
recaudación.
7. Establecimientos Permanentes (EP)7/
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Definición Genérica:
“Sucursal, sede de dirección, oficina, fabrica, taller, local o lugar fijo de negocios,
instalación, almacén, tienda, establecimiento, obra de construcción”
Modelo OCDE: (Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico)
Numeral 1º de su artículo 5º, define al EP como “un lugar fijo de negocios
mediante el cual una empresa realiza toda o parte de su actividad”
Modelo ONU:
“En este modelo solo se incluye como EP a las empresas de servicios, a
los centros administrativos y a las obras y proyectos de instalación”
Modelo Pacto Andino:
“Este modelo carece de un concepto de EP ya que, bajo la regla de la
fuente, no interesa de que éste exista ya que toda la renta es gravada
en todos los casos en el Estado de fuente de la misma.
8. Establecimientos Permanentes (EP)
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Reglamento de la Ley de Impuesto a la Renta
D.S. Nº 122-94-EF
Artículo 3º.- ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
Son de aplicación las siguientes normas para la determinación
de la existencia de establecimientos permanentes:
Constituye EP distinto a las sucursales y agencias:
a) Lugar fijo de negocios de una empresa
b) Centros Administrativos
c) Las Oficinas
d) Las Fábricas
e) Los Talleres
f) Los lugares de extracción de Recursos Naturales
g) Cualquier instalación o estructura, fija o móvil, utilizada para
la exploración o explotación de recursos naturales
9. En la Legislación Peruana:
D. Leg. Nº 774 – Ley del Impuesto a la
Renta.
D.S. Nº 179-2004-EF – TUO de la Ley
del Impuesto a la Renta.
D.S. Nº 122-94-EF – Reglamento de la
Ley de Impuesto a la Renta.
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10. Establecimientos Permanentes (EP)
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Constituye EP (RIR. D.S. Nº 122-94-EF)
- Se considera que existe establecimiento permanente
cuando el lugar fijo de negocio está en el país por un
período superior a 6 meses
Ventajas de un EP (RIR. D.S. Nº 122-94-EF)
- Es considerado como domiciliado para efectos
tributarios.
- Tributa sólo por rentas de fuente peruana (3ra
categoría)
12. DEFINICIÓN DE PARAÍSOS
FISCALES
Países, islas o enclaves geográficos que, mediante
regímenes jurídicos opacos y reglamentaciones fiscales
muy laxas, ofrecen exenciones y beneficios atractivos
para el capital y la actividad financiera de no residentes.
La expresión de “paraíso fiscal”, se utiliza para identificar
aquellos territorios que establecen ventajas fiscales con la
finalidad de atraer divisa extranjera y favorecer la
economía nacional.
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13. CARACTERISTICAS
La confidencialidad en que se desarrollan los movimientos de
las cuentas bancarias, y transacciones de todo tipo.
La no exigencia de actividad real a personas físicas
o jurídicas, domiciliadas en su territorio.
Existencia de un régimen tributario particular para no
residentes.
Baja o nula tributación.
Existencia de una red de comunicaciones que favorezca
el movimiento de bienes y personas, así como infraestructura
jurídica y fiscal.
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14. EFECTOS PERNICIOSOS QUE
GENERAN LOS PARAÍSOS FISCALES
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2
Los paraísos fiscales fomentan la evasión
de impuestos
Los paraísos fiscales generan pobreza
en los países en desarrollo
Los paraísos fiscales son refugio para
el blanqueo de capitales y la financiación
del terrorismo
OJO: No necesariamente un Paraíso Fiscal fomenta evasión o lavado
de activos, sino que es un atractivo de inversión para el empresario.
15. TIPOS DE PARAÍSOS FISCALES
1.-Existen paraísos fiscales que dan preferencia a la presencia de
personas naturales siendo atraídas por:
Andorra
Campione
Mónaco
2.- Paraísos fiscales que acogen a las personas jurídicas:
Jersey
Liechtenstein
Nauru
3.- Paraísos fiscales denominados mixtos:
Bahamas
Islas Caimán
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Tomado de la Maestría de Derecho Civil y Comercial.
16. LA DOBLE
IMPOSICIÓN:
CONCEPTO
Cuando 2 ó más ordenamientos jurídicos gravan una misma
actividad económica en un mismo período tributario,
respecto de un mismo deudor tributario y con un mismo
tributo.
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IMPORTANTE:¡¡ Más de una norma
no debe incidir en un mismo
hecho económico¡¡¡
17. LA DOBLE IMPOSICIÓN:
Requisitos de
Configuración
¿Cuándo nos encontramos ante un supuesto de Doble
Imposición?
1. Identidad del sujeto pasivo.
2. Identidad del hecho generador-imponible (actividad
económica).
3. Identidad temporal (un mismo período tributario)
4. Identidad de forma tributaria (Tributo aplicable)
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19. LA DOBLE IMPOSICIÓN:
CRITERIOS DE VINCULACIÓN ADOPTADOS: PERÚ
1. VINCULACIÓN POR EL
DOMICILIO-RESIDENCIA:
(ESTATUS JURÍDICO)
Están GRAVADOS la
totalidad de rentas
obtenidas por los
contribuyentes
Domiciliados en el Perú.
(Renta Mundial)
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2. VINCULACIÓN POR
LA FUENTE
Los contribuyentes No
Domiciliados en el Perú,
tributarán por sus rentas de
fuente peruana. Ej: Sucursal
en el Perú de empresa
constituida en el extranjero
3.NACIONALIDAD/
CIUDADANÍA:
Están GRAVADOS todas
las rentas que perciben los
nacionales/ciudadanos de un
Estado.
4. LUGAR DE CONSTITUCIÒN/
SEDE DE DIRECCIÓN EFECTIVA:
ESTABLECIMIENTO
PERMANENTE.
El Estado gravará las rentas de
todas las personas jurídicas
constituidas o cuya sede de
dirección efectiva se encuentren
en su territorio.
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LA DOBLE IMPOSICIÓN:
Supuesto de Doble Imposición:
Domiciliado
Contribuyente domiciliado en el
Perú
Tributa en el Perú:
Por la Renta Mundial
(Criterio del Domicilio)
Tributa en el Extranjero:
Por las rentas generadas en el extranjero.
(Criterio de la fuente)
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LA DOBLE IMPOSICIÓN
Supuesto de Doble Imposición:
No Domiciliado
Contribuyente No domiciliado en el
Perú
Tributa en el Perú:
Por las rentas de fuente peruana.
(Criterio de la fuente)
Tributa en el Extranjero:
Por las rentas generadas como domiciliado
(Criterio del domicilio)
23. LA DOBLE IMPOSICIÓN:
PROBLEMAS QUE GENERA
1. Un mismo sujeto se encuentra
sometido a la imposición en dos
o más jurisdicciones tributarias
respecto de la misma renta,
ganancia o patrimonio.
2. Es un obstáculo para el desarrollo
comercial internacional
(encarece las inversiones).
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2
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2FORMAS DE ATENUAR LA DOBLE
IMPOSICIÓN
En general son aplicables varias medidas:
UNILATERALES: Incluso dentro de la
normativa interna de normas que eviten o
mitiguen la doble imposición Tributaria.
BILATERALES: Acuerdos entre Estados.
MULTILATERALES: Acuerdos llevados a cabo
por varios Estados encaminados a evitar la
doble Imposición Internacional.
25. LA DOBLE IMPOSICIÓN:
MÉTODOS DE ATENUACIÓN
1. IMPUTACIÓN:
El Estado de residencia
somete a gravamen todas
las rentas de la persona,
incluidas las que obtiene
en el extranjero.
Tiene en cuenta los tributos
que el residente ha
pagado en el país donde
ha invertido, permitiéndole
que se los deduzca o los
reste de los tributos a pagar
en su país.
Sólo elimina parcialmente
la doble imposición.
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2. EXENCIÓN:
• El Estado de residencia
permite que no se
incluyan las rentas
obtenidas en el
extranjero.
• La inversión realizada
tributa sólo en el Estado
donde se hace la
inversión.
• Es más ventajoso para el
contribuyente.
27. CONVENIOS PARA EVITAR LA
DOBLE IMPOSICIÓN:
PERÚ
1. Convenio con Suecia: Vigente desde el 18 de junio de 1968. Cualquier
renta obtenida en el Estado de la fuente (Suecia o Perú) se grava en
dicho Estado, quedando exenta de tributos en el otro Estado. (Método
de Exención).
2. Convenio entre los países miembros del Acuerdo de Cartagena*:
Celebrado entre Ecuador, Perú, Bolivia, Colombia y Venezuela
(actualmente, Venezuela se retiró). Dispone que las rentas del
contribuyente serán gravadas por el país de la fuente productora, y los
demás deberán “considerarlas” como exoneradas para la
correspondiente determinación de los tributos.
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2
28. CONVENIOS PARA EVITAR LA
DOBLE IMPOSICIÓN:
PERÚ
* Decisión 578 (2004) Régimen para
evitar la Doble Tributación y prevenir
la Evasión Fiscal.
3. Convenio con Chile: vigente desde el
2004, se reconoce el método de
exención
4. Convenio con Canadá: vigente desde
el 09 de enero del 2004, se reconocen
ambos métodos
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29. Introducción
Evasión Fiscal
No pago de impuestos por iniciativa del
agente económico, en perjuicio del país
en el cual se desarrolla la actividad
económica.
Actividad ilegal
Paraíso fiscal
Lugar de baja o nula imposición fiscal.
Permiten reducir o minimizar el pago de
impuestos.
Offshore.
Elusión Fiscal.
30. Introducción
Función “redistributiva” del estado.
Los Paraísos Fiscales no basan sus
ingresos en la recaudación
tributaria.
Flujo de Capitales.
Servicios especializados.
31. Secretos y Reserva
Bancarios
“Secreto Bancario”: Principio legal fundamental
en el funcionamiento de la banca privada y
mercados financieros.
Proteger información privada de terceros
Swiss Banking Act en 1934 – Artículo 47, numeral
U. S. Bank Secrecy Act de 1970.
“Reserva Bancaria”:
Mínimo de información que una institución
financiera puede revelar por mandato legal
expreso.
32. Competencia tributaria
Política de reducción de la carga fiscal que
grava el capital.
Con el objetivo de atraer inversiones del exterior
extranjera directa.
Reducen –o eliminan- la tasa impositiva a las
utilidades, ganancias de capital, pago de
dividendos, etc.
Sistemas tributarios fundamentados en un
“Impuesto Único” – “Flat Tax”.
33. Paraísos fiscales
Uno de los estándares mas difundidos para la
determinación de un Paraíso Fiscal, el la de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OECD) .
“Harmful Tax Competition”
La OECD da 4 principios para la determinación de un
Paraíso Fiscal.
34. Principios de la OECD
Ningún impuesto o solamente impuestos
nominales.
Condición necesaria mas no suficiente.
Falta de intercambio efectivo de información.
Secreto bancario, comercial, administrativo y
registral.
Falta de transparencia de los procesos tributarios.
Falta de intercambio efectivo de información.
Actividades no sustanciales.
“Compañías de papel”
36. Razones para realizar
operaciones Offshore
Facilitación de Registro, Privacidad y Reducción
del Pago de Impuestos.
Comercio Internacional.
Gestión de Portafolio y Diversificación de
Inversiones.
Protección de Activos.
Gestión y Planificación Patrimonial.
37. PROBLEMAS QUE INVOLUCRA LA EVASION
FISCALES
MERCADO
REDUCCION DE LA RECAUDACION
IRREGULARIDADES
COSTOS ADMINISTRATIVOS
INADECUADA ASIGNACION DE RECURSOS
IRREGULARIDADES COMPETITIVAS
RELACION CON LA ECONOMIA INFORMAL
38. CAUSAS DE LA EVASION
ENDOGENAS AL GOBIERNO
NIVEL DE LA PRESION FISCAL
SISTEMA DE PENALIDADES
RELACION CON BENEFICIOS ACTIVIDADES
GUBERNAMENTALES
NORMAS QUE PERMITEN LA ELUSION FISCAL
IRREGULARIDADES
39. CAUSAS DE LA EVASION
ENDOGENAS AL GOBIERNO
EFICIENCIA EN LA RECAUDACION
PROPENCION AL DICTADO DE LEYES DE AMNISTIA
DIFUSION DE LA LABOR RECAUDATORIA
NIVEL DE CORRUPCION
EXTERIORIZACION DEL IMPUESTO
40. CAUSAS DE LA EVASION
EXOGENAS AL GOBIERNO
VALORACION SOCIAL DE LA EVASION
COMPOSICION SOCIO-ECONOMICA DE LOS
CONTRIBUYENTES
MAGNITUD DE ACTIVIDADES ILICITAS
ACTIVIDAD Y TAMAÑO DE LOS CONTRIBUYENTES
TASA DE INFLACION
COSTOS DIRECTOS DE EVADIR (CORRUPCION)
41. Qué es BEPS?
Erosión de la base fiscal
• Estrategias de planeación tributaria que explotan brechas y disparidades en las
normas tributarias para “desaparecer” las utilidades para efectos tributarios.
Transferencia de beneficios
• Estrategias de planeación tributaria que buscan ubicar las utilidades donde hay
poca o nula actividad real, pero los impuestos son bajos, dando resultado a una
tributación efectiva baja o inexistente.
“El sistema tributario internacional debe ser restaurado para
contrarrestar los efectos de BEPS”
42. Objetivos de la acción
Propósito
“Desarrolla soluciones para los obstáculos que impiden
el acceso a la solución de conflictos de interpretación
de tratados de doble imposición mediante MAP, entre
ellos la ausencia de pacto comisorio en la mayoría de
tratados, y la negación del acceso al MAP en algunos
casos”
43. Garantizar una
solución eficaz
Que haya una
verdadera solución
Acceso real a la
resolución de
controversias
• Asegurar que las obligaciones
pactadas en el tratado relativas
al MAP puedan implementarse, y
las controversias sean resultas en
tiempo.
• Asegurar la implementación del
procedimiento administrativo que
promueva la prevención de los
conflictos de interpretación en los
tratados, o permitan la resolución
en tiempo de este tipo de
conflictos
• Garantizar el acceso de los
contribuyentes al uso del MAP
44. Los países deben
implementar
procedimientos
apropiados
Tomar medidas
para proveer la
suspensión del
recaudo durante el
periodo de la
disputa
Facilitar los
mecanismos
administrativos
adecuados que
faciliten la aplicación
del MAP
Garantizar la
concordancia de los
fallos nacionales frente
al fallo producto del
conflicto internacional
de interpretación
Pactar acuerdos
anticipados de
precios de
transferencia
(APA)
Propender por la
prevalencia del principio
de buena fe en la
aplicación de los fallos
de resolucion de
conflictos
Recomendación de
mejores practicas
45. Recomendación de
mejores practicasLos procedimientos
de resolución de
controversias deben
aplicar de manera
automática y no
discrecional.
1
Los
procedimientos
deben impedir
la inactividad o
la demora del
proceso
2
Las mejoras
en el
procedimient
o deben
aplicarse de
manera
inmediata
3
46. Contribución a la Cadena de Valor
• Las entidades que desarrollen
funciones relevantes, aporten
gran parte de los activos y
controlen los riesgos relevantes,
acorde con la transacción
efectivamente realizada,
tendrán derecho a una
remuneración proporcional al
valor de sus contribuciones.
Hay valor
Agregado
•Se debe definir
si son
eficiencias a
nivel de
disminuciones
de costos o
eficiencias
operativas
Estableciendo la
remuneración
•A nivel de precio
como un % fijo del
bien intermediado
•Un % sobre los costos y
gastos incurridos por el
centro de
procurement
Mejor método de análisis
•Precio comprable no
controlado PC
•Costo Adicionado CA
47. PROBLEMAS QUE INVOLUCRA LA EVASION
FISCALES
MERCADO
REDUCCION DE LA RECAUDACION
IRREGULARIDADES
COSTOS ADMINISTRATIVOS
INADECUADA ASIGNACION DE RECURSOS
IRREGULARIDADES COMPETITIVAS
RELACION CON LA ECONOMIA INFORMAL
48. CAUSAS DE LA EVASION
ENDOGENAS AL GOBIERNO
NIVEL DE LA PRESION FISCAL
SISTEMA DE PENALIDADES
RELACION CON BENEFICIOS ACTIVIDADES
GUBERNAMENTALES
NORMAS QUE PERMITEN LA ELUSION FISCAL
IRREGULARIDADES
49. FORMAS DE MEDICION
DATOS ORGANISMO RECAUDADOR
ENCUESTAS
DATOS MACROECONOMICOS