SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 38
Descargar para leer sin conexión
NORMAS
INTERNACIONALES
DE TRIBUTACION
PROHIBICION DE EXPORTAR
IMPUESTOS
Grupo 4:
Lesly de los Angeles Huanca Chino
Norma Bautista Chipana
Tania Jarecca Coaquera
Daniela Rondon Melgar
Sandra Zapata Ramirez
Judith Quispe Rojas
Diana Arocutipa Ticahuanca
Omar Garcia
LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS Y SUS NORMATIVAS
OBJETIVOS
PRINCIPALE
S
Estabilidad
Económica
Asignar
propiamente
los recursos
Promover el
crecimiento
económico
de un país
Asegurar el
empleo
Brindar
soberanía
alimentaria
La existencia
de una justa
distribución
de las
riquezas
Se considera al sistema
tributario como la principal
corriente de ingresos que tiene
un Estado para poder cubrir los
gastos que demandan los
ciudadanos
PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA TRIBUTACIÓN
Legalidad
Igualdad o
Equidad
Capacidad
Contriibutiva o
Proporcionalid
ad
Neutralidad
Simplicidad
Mecanismos de
prevención
ante evasión
Fiscal
Promoción de
relaciones
comerciales
que beneficien
a ambas
Eficiencia
¿QUÉ ES EL DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL?
Conjunto de normas jurídicas
aplicables cuando existen
hechos imponibles
potencialmente alcanzables por
2 o más ordenamientos
jurídicos o entes supra
nacionales que entran en
colisión con ocasión del
ejercicio de su respectiva
potestad tributaria.
LIMITACIONES DE LAS POTESTADES TRIBUTARIAS
Las directamente derivadas del texto
constitucional y que se refieren a la materia
tributaria.
Aquellas basadas en los principios generales
que rigen la aplicación del ordenamiento
interno,tanto en el tiempo como en el espacio;
Las que son derivadas de la pertenencia del
Estado a la comunidad internacional,hablamos
entonces de los tratados internacionales.
FUENTES REFERENCIALES
FUENTES
Las Disposiciones
Constitucionales
Los Tratados
Internacionales
Las Leyes Tributarias
y Normas de Rango
Equivalente
Las Leyes Orgánicas o
Especiales
Los Decretos
Supremos y
Normas
Reglamentarias
La Jurisprudencia
de Observancia
Obligatoria
Las Resoluciones
de Carácter
General
La Doctrina
Jurídica
FUENTES OBLIGATORIAS
ACUERDOS FISCALES
INTERNACIONALES
BREVE VISIÓN HISTÓRICA DE LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL
Desde tiempos remotos han existido supuestos de imposición dada la ubicación de los
bienes.
A continuación, se pueden apreciar algunos
antecedentes:
EDAD MEDIA
Desde el siglo XIII en
adelante los canonistas y
teólogos aplicaron sus
conceptos de justicia y
moralidad de las
cuestiones fiscales,
incluyendo el de la doble
imposición.
EUROPA CENTRAL
Se suscribieron entre
gobiernos soberanos los
primeros convenios o tratados
en los cuales fueron
estipuladas algunas
disposiciones con ciertos
atisbos de índole tributaria.
ORGANISMOS
INTERNACIONALES
• La Sociedad de las
Naciones
• La Organización de
las Naciones Unidas
• Entidades
internacionales de
alcances regionales.
Los Estados a fin de evitar y resolver los
casos de doble imposición internacional
celebran acuerdos o convenios para regular
dicha situación.
CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICIÓN
SUSCRITOS POR EL PERÚ:
a.Convenio
con Suecia.
a.Convenio
entre los
países
miembros
del
Acuerdo de
Cartagena
a.Convenio
con Chile
a.Convenio
con Canadá
ACUERDOS DE DOBLE IMPOSICIÓN
RAFAEL QUIÑONEZ y
WLADIMIR DE LA CRUZ
La doble imposición internacional surge “siempre
que varios países soberanos ejercen su soberanía
para someter a una misma persona a impuestos de
naturaleza similar,por el mismo objeto impositivo”.
ISAAC LÓPEZ
Surge cuando las legislaciones de dos Estados
coinciden en gravar un mismo ingreso porque los
países siguen principios diferentes. Entonces el
conflicto surge cuando dos países contemplan
como objeto de gravamen una misma situación
jurídica o un mismo hecho generador.
LA DOBLE IMPOSICIÓN - CONCEPTO
a. Los diferentes puntos de conexión aplicados
por las diferentes legislaciones fiscales a la
hora de delimitar sus soberanías fiscales.
IDENTIDAD DEL
SUJETO PASIVO
IDENTIDAD
DEL HECHO
IMPONIBLE
DIVERSIDAD DE
SUJETOS FISCALES
IDENTIDAD
TEMPORAL
CAUSAS DE DOBLE
IMPOSICIÓN
REQUIISITOS DE
CONFIGURACIÓN
b. Existen supuestos en que los Estados aún
utilizando el mismo criterio de sujeción se
crean problemas de doble imposición, al
delimitar dicho criterio de diferente manera.
c. Las diferencias existentes entre los Estados a
la hora de determinar las bases imponibles de
los contribuyentes.
Cuando dos o más Estados gravan una misma transacción
económica, ingreso, o patrimonio, en manos de diferentes
titulares y durante un mismo periodo de tiempo.
Cuando dos o más Estados someten a imposición a un mismo
concepto de renta obtenido por el mismo sujeto, por idénticos
o similares impuestos, y en igual periodo.
DOBLE IMPOSICIÓN
JURÍDICA
FORMAS DE DOBLE IMPOSICIÓN
DOBLE IMPOSICIÓN
ECONÓMICA
• Cuando los dos Estados contratantes graven a una
misma persona por su renta y patrimonio totales.
• Cuando una persona, residente de un Estado
contratante obtenga rentas o posea elementos del
patrimonio en el otro Estado contratante.
• Cuando los dos Estados contratantes graven a una
misma persona, no residente ni en uno ni en otro de
los Estados contratantes.
EFECTOS DE
LA DOBLE
TRIBUTACION
Carga Fiscal excesiva
para el contribuyente
Freno al desarrollo
Económico y en particular
a la inversión extranjera
Incrementa la evasión
Fiscal a nivel
internacional
El impacto económico que deba soportar el
contribuyente dependerá de las tasas que en
definitiva apliquen los Estados.
Las tasas impositivas son consideradas por los
inversionistas como excesivas en comparación
a las tasas de otros países.
Las empresas que realizan sus operaciones en
diferentes países (multinacionales), son las
que están más expuestas a sufrir los efectos
negativos de la doble imposición.
Un empresario extranjero se ve
obligado a tributar en dos países
por un mismo motivo dentro del
mismo ejercicio fiscal.
No
domiciliado
Domiciliado
SUPUESTOS DE DOBLE IMPOSICIÓN
Doble
Imposición
Jurídica
Doble
Imposición
Económica
Una misma renta se le
aplican dos o más
impuestos porque se le
imputa a más de un sujeto.
FORMAS DE ATENUAR LA DOBLE
IMPOSICIÓN
Las decisiones unilaterales de los
estados
Los tratados bilaterales o
multilaterales
La armonización legislativa en el marco
comunitario de estados.
MÉTODOS DE ATENUACIÓN
Exención
Imputación
Plena Ordinaria
CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN
¿Qué es convenio?
Es un escrito celebrado entre Estados con un grado de formalidad
menor al de un tratado.
Normalmente, un convenioes acordado en aspectos Económicos y
Comerciales entre los estados.
Los convenios pueden estar dados entre:
• Dos Estados: denominado un ConvenioBilateral
• Entre más de dos Estados: denomina Multilateral
DEFINICIÓN
Los convenios para evitar la doble tributación son
acuerdos solemnes entre estados soberanos
contratantes que tienen como finalidad distribuir la
potestad tributaria entre ellos para evitar que sus
residentes estén sometidos a doble imposición, los
cuales para su existencia y validez de una serie de actos
jurídicos en lo que intervienen varias autoridades.
OBJETIVOS DE LOS CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICIÓN
Lograr una porción de
recaudación justa de las
operaciones internacionales
Lograr equidad en la imposición
del impuesto a la renta sin tomar
en cuenta cual es la fuente del
ingreso
Neutralidad en la
exportación e importación
del capital
Comprometerse con la
competitividad de la economía
doméstica
Cooperación de las
administraciones
tributarias
Mecanismos de
seguridad para la
inversión
VENTAJAS DE FIRMAR LOS CONVENIOS DESVENTAJAS DE FIRMAR LOS CONVENIOS
Seguridad Jurídica
Herramienta para
las administraciones
tributarias para
evitar la evasión
fiscal mediante el
intercambio de
información
Evita la
discriminación
Garantías a la
Inversión
Renuncia parcial al
Poder Tributario sobre
determinadas rentas
Disminuye la
recaudación
Aumento de la
recaudación indirecta
como consecuencia de
la actividad económica
generada.
Eliminación de
los créditos
fiscales.
CONVENIO CON SUECIA
El gobierno de la República del Perú y el gobierno del Reino de
Suecia, celebraron un convenio para evitar la doble imposición con
respecto a los impuestos a la renta y al capital, donde están eximidas
del Impuesto a la Renta en el Perú, ya que, las rentas obtenidas por el
trabajador dependiente de una empresa sueca por los servicios
personales que preste en el Perú por o en representación de su
entidad empleadora, siempre que dicho trabajador tenga la condición
de residente en Suecia y el total de días de permanencia en el Perú no
supere los 183 días durante un mismo ejercicio fiscal.
CONVENIO ENTRE LOS PAÍSES MIEMBROS DEL ACUERDO DE CARTAGENA
Celebrado entre Ecuador, Perú, Bolivia, Colombia y
Venezuela (actualmente, Venezuela se retiró). Dispone
que las rentas del contribuyente serán gravadas por el
país de la fuente productora, y los demás deberán
“considerarlas” como exoneradas para la
correspondiente determinación de los tributos.
CONVENIO CON CHILE
Con fecha 8 de junio de 2001 se suscribió entre la
República de Chile y la República del Perú, el Convenio
para Evitar la Doble Tributación y para Prevenir la
Evasión Fiscal, en relación con el Impuesto a la Renta y
al Patrimonio.
CARACTERISTICAS
El convenio es aplicado a diario
por contribuyentes chilenos y
peruanos que efectúan
operaciones comerciales e
internacionales entre ambos
países.
El acuerdo facilita el intercambio comercial, reduciendo
los costos tributarios asociados a los proyectos de
inversión y al intercambio de bienes y servicios, dando un
mayor grado de certeza tributaria a las empresas que
participan en tal intercambio comercial. Adicionalmente,
facilita la labor de las administraciones tributarias, al
contemplar la posibilidad de efectuar intercambios de
información.
LESLY
Exención integra
La renuncia del Estado de
residencia a cualquier forma
de imposición sobre las rentas
percibidas por el
contribuyente en el Estado
Exención con progresividad
El Estado de la residencia declara las
rentas obtenidas en el Estado de la
fuente exentas de tributación; sin
embargo, las computa a efectos de
calcular la tasa aplicable
MÉTODOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN
Método de exención
Exime de la obligación tributaria a un contribuyente
de manera que sobre éste solo recaiga una
potestad tributaria, esta potestad incide sobre el
país que reciba la inversión.
Imputación integral
El Estado de residencia
permite deducir la
totalidad del impuesto
satisfecho previamente
por el contribuyente en el
Estado de la fuente.
Imputación parcial
El Estado de residencia deduce
el impuesto previamente
satisfecho, pero hasta el
límite máximo de lo que
correspondería pagar si la
renta se hubiera obtenido
en dicho Estado.
Método de imputación
El Estado de residencia calcula
el impuesto basándose en
el importe total de las
rentas del contribuyente,
incluyendo las que
provienen del Estado de la
fuente
● De esta forma disminuye su
base imponible. El
impuesto pagado en el otro
país se constituye así en un
gasto.
Método de deducción
● Operar vía deducción del
impuesto pagado en el
extranjero implica acudir a
un sistema de menor
incidencia que el crédito
tributario
● Consiste en la deducción
como gasto en la base
imponible de los impuestos
pagados sobre rentas
obtenidas en el extranjero.
LEYES NACIONALES
Cuando un tratado entra en ejecución,
se convierte en una norma de carácter
obligatorio para los Estados partícipes.
Regulación de los tratados internacionales
en el Perú
Los TI deben contar primero con un
documento definitivo y consensuado,
surgido en una previa negociación
efectuada por los Estados partícipes.
Para su aplicación se usa
el aforismo de “pacta sunt
servanda”
Art. 51 CPP Art. 55 CPP Art. 56 CPP
Los modelos de convenio tienen como
misión fundamental servir de guía
durante el proceso de negociación de los
convenios fiscales internacionales
Los comentarios al modelo de convenio
constituyen una herramienta útil para
determinar, en ocasiones, el
significado que debe otorgársele a los
conceptos utilizados por el modelo
En particular contienen apreciaciones y
contenidos de muy variada finalidad
de manera que resulta difícil
otorgarles una función única y simple.
La interpretación de los convenios para
evitar la doble imposición
La función de los modelos de convenios
en el Perú
Resultarán aplicables mecanismos
de interpretación fijados en otros
convenios internacionales, como la
Convención de Viena
Las características específicas de los CEDT
requieren reglas especiales de interpretación que
no coinciden propiamente con las reglas
habituales de interpretación de Derecho
Internacional público
04.
Los convenios para evitar la doble
imposición establecen reglas de
reparto de derechos entre los países
para gravar las situaciones a las que
afecta el convenio, limitando la
soberanía de los países
Aun cuando en los propios CEDT se puedan
estipular interpretaciones para diversos
términos, las partes no siempre negocian o
llegan a un acuerdo sobre los mismos, como es el
caso del término de residencia. section here
03.
“La Oorganización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos”
Es un foro internacional en el cual los gobiernos de los países miembros comparan experiencias de políticas
públicas, buscan respuesta a problemas comunes, identifican buenas prácticas y coordinan políticas internas e
internacionales.
Es el principal agente en la homogenización de la
información tributaria y los procedimientos, que
facilitan el intercambio de información tributaria entre
estados
Materia
Fiscal
INFLUENCIA EXTERNA DE LA TRIBUTACIÓN
Esquema de Competencia
Tributaria Esquema de coordinación
tributaria
sobre los
propósitos que
tiene la OCDE, al
respecto se
resaltan dos
posiciones
Un foro centrado en la
coordinación internacional
en materia de impuestos,
que incentiva a la
competencia fiscal entre
estados, que supone que los
estados pujan por la
inversión disponible a través
de la disminución
progresiva de tasas de
tributación.
Quienes ven en la
coordinación entre estados
una solución armónica al
dilema del prisionero, que
“debería incluir un
esquema estándar de
alícuotas y criterios de
cálculo de las bases
gravables.
ESQUEMA DE COMPETENCIA
TRIBUTARIA
ESQUEMA DE COORDINACIÓN
TRIBUTARIA
La OCDE presiona para lograr que los países que hacen parte de su grupo
disminuyan impuestos para que estos puedan ser competitivos para la
inversión.
PERÚ Y
LA OCDE
Presentó en setiembre del 2019 el Plan de Trabajo Perú-OCDE, que incluye las acciones
para la implementación de buenas prácticas y estándares del organismo de cooperación
internacional.
Promulgó 29 decretos legislativos
que implementan las
recomendaciones de la OCDE y otras
normas de políticas en áreas tales
como:
- medio ambiente
- la gestión de residuos
- transparencia e intercambio de información
- política reglamentaria
- soborno transfronterizo
- integridad y desarrollo rural y urbano.
Desde su creación en 1963, los convenios se
basan, prácticamente en su totalidad, en el
modelo de la O.C.D.E.
MODELO DE LA
O.C.D.E. (MOCDE)
Este modelo se basa principalmente en el
principio de la residencia, en
contraposición al de la tributación en el país
de la fuente de la renta. Esto se explica
fundamentalmente en el hecho de que la
O.C.D.E. en sus inicios era conformada
exclusivamente por países exportadores de
capital.
Tal como su nombre lo dice, este es
un modelo especialmente diseñado
para ser acordado entre países
desarrollados y países en vías de
desarrollo. En consecuencia, se
pone énfasis en la tributación
basada en la fuente, en desmedro
de la tributación en el país de
residencia
MODELO DE LA O.N.U.
(MONU)
La característica fundamental del modelo es la defensa
absoluta del principio de la fuente, como manifestación
de una política totalmente contraria a la esbozada por el
Modelo de la O.C.D.E., asimismo, constituye el único
Convenio Tipo de carácter multilateral que existe
actualmente en el mundo
MODELO DEL
PACTO ANDINO
(MCAN)
CARACTERISTICAS
Regalías o cánones:
adopta con
carácter exclusivo
el criterio de la
fuente.
Dividendos y
participaciones:
adopta con
carácter exclusivo
el criterio de la
fuente
Beneficios empresariales:
criterio principal el de la
fuente y criterio accesorio el
del establecimiento
permanente, relacionado con
el criterio de la fuente pero no
sujeto al mismo.
Intereses: adopta
con carácter
exclusivo el criterio
de la fuente.
El principio básico de la Decisión 578 de la
Comunidad Andina está contenido en el
artículo 3º, según el cual precisa que
“independientemente de la nacionalidad o
domicilio de las personas, las rentas de
cualquier naturaleza que estas obtuvieren,
solo serán gravables en el país miembro en
que tales rentas tengan su fuente
productora”
Decisión 578 de la
Comunidad Andina
PRINCIPALES DIFERENCIAS DE LOS MODELOS DE CONVENIOS
El convenio modelo de la
O.C.D.E. presenta varios
conceptos importantes.
Entre ellos, que los países se
comprometen
recíprocamente a no gravar
a residentes del otro país
que no ejerzan un nivel
mínimo de actividad dentro
de sus fronteras.
El modelo de la O.N.U., pone
más énfasis en los derechos
de los países de donde
proviene la renta, restringe
más las circunstancias en
las que empresas de otro
país pueden operar sin
pagar impuestos en el país
de donde proviene la renta,
y deja abierta la posibilidad
de tener tasas de retención
más altas sobre intereses,
dividendos y regalías.
El modelo de convenio de la
Comunidad Andina dispone
que independientemente de
la nacionalidad o domicilio
de las personas, las rentas
de cualquier naturaleza que
éstas Análisis de la doble
tributación internacional:
Aspectos relevantes 57
obtuvieren, sólo serán
gravables en el país
miembro en el que tales
rentas tengan su fuente
productora, salvo los casos
de excepción en él previstos.
Paraísos Fiscales
Esta expresión se utiliza para
identificar aquellos territorios que
establecen ventajas fiscales con la
finalidad de atraer divisa extranjera y
favorecer la economía nacional.
Una jurisdicción que no grava con
impuestos a las rentas del capital
sea local y/o extranjero, o que a su
vez las grava muy poco.
Características de los paraísos fiscales
No se imponen impuestos,o los impuestos son muy bajos o pueden ser
simplemente nominales.
No hay transparencia en las cuentas.
La negativa a proporcionar información a las autoridades
extranjeras.
Se permite a los no residentes beneficiarse de las bajas tasas
impositivas a pesar de que no realicen inversiones reales en el lugar.
Facilidad y rapidez para crear filiales pantalla.
Efectos perniciosos que generan los Paraísos Fiscales
A través de su utilización es posible que los contribuyentes con grandes negocios o
riquezas escapen de sus obligaciones fiscales.
Importante efecto en la competitividad de las compañías transnacionales, quienes aprovechan
las ventajas fiscales obtenidas mediante su uso para lograr productos o servicios
económicamente más competitivos. De ello se deriva una distorsión de la competencia en el
mercado interno
Conducen a una fuerte y dañina competencia. Para atraer inversión extranjera, los países
que no se consideran paraísos tienen que recurrir a tasas de imposición que les permitan ser
competitivos frente a aquellos.
Tienen una íntima relación con el ocultamiento del producto de actividades ilícitas,lo
que se conoce como el “money laundering” o “lavado de dinero”.
Otros efectos indirectos son: carestía de la vivienda, reducción de las prestaciones
sociales, creciente desigualdad social, deslocalización de empresas, desempleo y
precariedad laboral.
Tipos de paraísos fiscales
Existen paraísos fiscales que dan preferencia a la presencia de personas naturales siendo
atraídas por: Andorra,Campione,Mónaco
Paraísos fiscales que acogen a las personas jurídicas: Jersey,Liechtenstein,Nauru
Paraísos fiscales denominados mixtos: Bahamas,Islas Caimán
1. Islas Vírgenes Británicas (territorio británico de ultramar)
2. Islas Caimán (territorio británico de ultramar)
3. Bermudas (territorio británico de ultramar)
4. Países Bajos
5. Suiza
6. Luxemburgo
7. Hong Kong
8. Jersey (dependencia de la Corona
británica)
9. Singapur
10. Emiratos Árabes Unidos
Los 10 mayores facilitadores del abuso fiscal corporativo a nivel mundial en la actualidad
son:

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ensayo derecho tributario
Ensayo derecho tributarioEnsayo derecho tributario
Ensayo derecho tributariodarwin catari
 
Rentas del Trabajo
Rentas del TrabajoRentas del Trabajo
Rentas del TrabajoLetyOre
 
Impuesto alcabala casos practicos
Impuesto alcabala casos practicosImpuesto alcabala casos practicos
Impuesto alcabala casos practicosyalili12
 
Parte 6 agente de percepcion aaee
Parte 6   agente de percepcion aaeeParte 6   agente de percepcion aaee
Parte 6 agente de percepcion aaeeAldo Oscar Gonzales
 
Exenciones del impuesto a la renta
Exenciones del impuesto a la rentaExenciones del impuesto a la renta
Exenciones del impuesto a la rentaAmCham Guayaquil
 
Tema 7 las contribuciones especiales
Tema 7 las contribuciones especialesTema 7 las contribuciones especiales
Tema 7 las contribuciones especialesElenmar Puerta
 
Bolsa de productos
Bolsa de productosBolsa de productos
Bolsa de productosoliveramju
 
deberes formales en ISLR e IVA
deberes formales en ISLR e IVAdeberes formales en ISLR e IVA
deberes formales en ISLR e IVAnino1965
 
Relación Jurídica Tributaria y Domicilio Fiscal
Relación Jurídica Tributaria y Domicilio FiscalRelación Jurídica Tributaria y Domicilio Fiscal
Relación Jurídica Tributaria y Domicilio Fiscalkertydevargas
 
Exencion y exoneracion tributaria
Exencion y exoneracion tributariaExencion y exoneracion tributaria
Exencion y exoneracion tributariaStephy Cazco
 

La actualidad más candente (20)

Ensayo derecho tributario
Ensayo derecho tributarioEnsayo derecho tributario
Ensayo derecho tributario
 
Rentas del Trabajo
Rentas del TrabajoRentas del Trabajo
Rentas del Trabajo
 
Impuesto alcabala casos practicos
Impuesto alcabala casos practicosImpuesto alcabala casos practicos
Impuesto alcabala casos practicos
 
Parte 6 agente de percepcion aaee
Parte 6   agente de percepcion aaeeParte 6   agente de percepcion aaee
Parte 6 agente de percepcion aaee
 
Exenciones del impuesto a la renta
Exenciones del impuesto a la rentaExenciones del impuesto a la renta
Exenciones del impuesto a la renta
 
Renta
RentaRenta
Renta
 
Montrone 1
Montrone 1Montrone 1
Montrone 1
 
Tema 7 las contribuciones especiales
Tema 7 las contribuciones especialesTema 7 las contribuciones especiales
Tema 7 las contribuciones especiales
 
Temario de tributacion utp examen
Temario de tributacion utp examenTemario de tributacion utp examen
Temario de tributacion utp examen
 
Exporta facil
Exporta facilExporta facil
Exporta facil
 
Iva
IvaIva
Iva
 
Codigo tributario
Codigo tributario Codigo tributario
Codigo tributario
 
Iva
IvaIva
Iva
 
Bolsa de productos
Bolsa de productosBolsa de productos
Bolsa de productos
 
Clasificación de tributos en venezuela
Clasificación de tributos en venezuelaClasificación de tributos en venezuela
Clasificación de tributos en venezuela
 
deberes formales en ISLR e IVA
deberes formales en ISLR e IVAdeberes formales en ISLR e IVA
deberes formales en ISLR e IVA
 
Relación Jurídica Tributaria y Domicilio Fiscal
Relación Jurídica Tributaria y Domicilio FiscalRelación Jurídica Tributaria y Domicilio Fiscal
Relación Jurídica Tributaria y Domicilio Fiscal
 
Exencion y exoneracion tributaria
Exencion y exoneracion tributariaExencion y exoneracion tributaria
Exencion y exoneracion tributaria
 
Contrato de Know How
Contrato de Know HowContrato de Know How
Contrato de Know How
 
PPT-NIIF 15.pptx
PPT-NIIF 15.pptxPPT-NIIF 15.pptx
PPT-NIIF 15.pptx
 

Similar a NORMASINTERNACIONALESDETRIBUTACION

Unidad tematica 3 fiscalidad internacional
Unidad tematica 3 fiscalidad internacionalUnidad tematica 3 fiscalidad internacional
Unidad tematica 3 fiscalidad internacionalluis pe�a jimenez
 
La codificacion nacional.pptx
La codificacion nacional.pptxLa codificacion nacional.pptx
La codificacion nacional.pptxkarenNarvaez32
 
Grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)
Grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)Grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)
Grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)TemasTributarios
 
PPT Curso Tributacion
PPT Curso TributacionPPT Curso Tributacion
PPT Curso TributacionYov Hurt
 
BAKER TILLY: Se aprobó en el Parlamento el Convenio de Doble Tributación entr...
BAKER TILLY: Se aprobó en el Parlamento el Convenio de Doble Tributación entr...BAKER TILLY: Se aprobó en el Parlamento el Convenio de Doble Tributación entr...
BAKER TILLY: Se aprobó en el Parlamento el Convenio de Doble Tributación entr...BTURUGUAY
 
Tributación Internacional - Autores Gladys Justavino Guevara y Nelson Gutiérr...
Tributación Internacional - Autores Gladys Justavino Guevara y Nelson Gutiérr...Tributación Internacional - Autores Gladys Justavino Guevara y Nelson Gutiérr...
Tributación Internacional - Autores Gladys Justavino Guevara y Nelson Gutiérr...Tribunal Administrativo Tributario
 
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.pptDIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.pptrusmarly
 
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.pptDIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.pptrusmarly
 
Los métodos para evitar la doble tributación internacional en Venezuela.docx
Los métodos para evitar la doble tributación internacional en Venezuela.docxLos métodos para evitar la doble tributación internacional en Venezuela.docx
Los métodos para evitar la doble tributación internacional en Venezuela.docxSARENREGION1
 
Tributario
TributarioTributario
TributarioORELYS_O
 
Italia presentacion overview cdi evento procolombia - rev dian
Italia  presentacion overview cdi evento procolombia - rev dianItalia  presentacion overview cdi evento procolombia - rev dian
Italia presentacion overview cdi evento procolombia - rev dianProColombia
 
RESUMEN DE DOBLE IMPOSICION TRIBUTARIA INTERNACIONAL.pptx
RESUMEN DE DOBLE IMPOSICION TRIBUTARIA INTERNACIONAL.pptxRESUMEN DE DOBLE IMPOSICION TRIBUTARIA INTERNACIONAL.pptx
RESUMEN DE DOBLE IMPOSICION TRIBUTARIA INTERNACIONAL.pptxEdisonAlexisTalledoV2
 
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspec...
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspec...News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspec...
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspec...IBERAUDIT Kreston
 
Retencionenlafuente 121107140042-phpapp01
Retencionenlafuente 121107140042-phpapp01Retencionenlafuente 121107140042-phpapp01
Retencionenlafuente 121107140042-phpapp01jhon javer paz sanchez
 
TRIBUTARIO - DIAPO PARTE 1.pptx
TRIBUTARIO - DIAPO PARTE 1.pptxTRIBUTARIO - DIAPO PARTE 1.pptx
TRIBUTARIO - DIAPO PARTE 1.pptxclendercorrovsquez
 

Similar a NORMASINTERNACIONALESDETRIBUTACION (20)

Unidad tematica 3 fiscalidad internacional
Unidad tematica 3 fiscalidad internacionalUnidad tematica 3 fiscalidad internacional
Unidad tematica 3 fiscalidad internacional
 
La codificacion nacional.pptx
La codificacion nacional.pptxLa codificacion nacional.pptx
La codificacion nacional.pptx
 
Grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)
Grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)Grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)
Grupo 6 riesgos tributarios en operaciones internacionales (2)
 
PPT Curso Tributacion
PPT Curso TributacionPPT Curso Tributacion
PPT Curso Tributacion
 
BAKER TILLY: Se aprobó en el Parlamento el Convenio de Doble Tributación entr...
BAKER TILLY: Se aprobó en el Parlamento el Convenio de Doble Tributación entr...BAKER TILLY: Se aprobó en el Parlamento el Convenio de Doble Tributación entr...
BAKER TILLY: Se aprobó en el Parlamento el Convenio de Doble Tributación entr...
 
Unidad 3. Doble tributación
Unidad 3. Doble tributaciónUnidad 3. Doble tributación
Unidad 3. Doble tributación
 
Tributación Internacional - Autores Gladys Justavino Guevara y Nelson Gutiérr...
Tributación Internacional - Autores Gladys Justavino Guevara y Nelson Gutiérr...Tributación Internacional - Autores Gladys Justavino Guevara y Nelson Gutiérr...
Tributación Internacional - Autores Gladys Justavino Guevara y Nelson Gutiérr...
 
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.pptDIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
 
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.pptDIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
DIAPOSITIVAS ARMONIZACION.ppt
 
doble imposicion.pptx
doble imposicion.pptxdoble imposicion.pptx
doble imposicion.pptx
 
Los métodos para evitar la doble tributación internacional en Venezuela.docx
Los métodos para evitar la doble tributación internacional en Venezuela.docxLos métodos para evitar la doble tributación internacional en Venezuela.docx
Los métodos para evitar la doble tributación internacional en Venezuela.docx
 
Tributario
TributarioTributario
Tributario
 
Italia presentacion overview cdi evento procolombia - rev dian
Italia  presentacion overview cdi evento procolombia - rev dianItalia  presentacion overview cdi evento procolombia - rev dian
Italia presentacion overview cdi evento procolombia - rev dian
 
RESUMEN DE DOBLE IMPOSICION TRIBUTARIA INTERNACIONAL.pptx
RESUMEN DE DOBLE IMPOSICION TRIBUTARIA INTERNACIONAL.pptxRESUMEN DE DOBLE IMPOSICION TRIBUTARIA INTERNACIONAL.pptx
RESUMEN DE DOBLE IMPOSICION TRIBUTARIA INTERNACIONAL.pptx
 
Tributación Directa prof. Jimenez
Tributación Directa prof. JimenezTributación Directa prof. Jimenez
Tributación Directa prof. Jimenez
 
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspec...
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspec...News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspec...
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspec...
 
los impuestos
los impuestoslos impuestos
los impuestos
 
Retencionenlafuente 121107140042-phpapp01
Retencionenlafuente 121107140042-phpapp01Retencionenlafuente 121107140042-phpapp01
Retencionenlafuente 121107140042-phpapp01
 
TRIBUTARIO - DIAPO PARTE 1.pptx
TRIBUTARIO - DIAPO PARTE 1.pptxTRIBUTARIO - DIAPO PARTE 1.pptx
TRIBUTARIO - DIAPO PARTE 1.pptx
 
Paraísos fiscales
Paraísos fiscalesParaísos fiscales
Paraísos fiscales
 

Último

CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasGvHaideni
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxMarioCasimiroAraniba1
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxAgrandeLucario
 

Último (20)

CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
 

NORMASINTERNACIONALESDETRIBUTACION

  • 1. NORMAS INTERNACIONALES DE TRIBUTACION PROHIBICION DE EXPORTAR IMPUESTOS Grupo 4: Lesly de los Angeles Huanca Chino Norma Bautista Chipana Tania Jarecca Coaquera Daniela Rondon Melgar Sandra Zapata Ramirez Judith Quispe Rojas Diana Arocutipa Ticahuanca Omar Garcia
  • 2. LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS Y SUS NORMATIVAS OBJETIVOS PRINCIPALE S Estabilidad Económica Asignar propiamente los recursos Promover el crecimiento económico de un país Asegurar el empleo Brindar soberanía alimentaria La existencia de una justa distribución de las riquezas Se considera al sistema tributario como la principal corriente de ingresos que tiene un Estado para poder cubrir los gastos que demandan los ciudadanos
  • 3. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA TRIBUTACIÓN Legalidad Igualdad o Equidad Capacidad Contriibutiva o Proporcionalid ad Neutralidad Simplicidad Mecanismos de prevención ante evasión Fiscal Promoción de relaciones comerciales que beneficien a ambas Eficiencia
  • 4. ¿QUÉ ES EL DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL? Conjunto de normas jurídicas aplicables cuando existen hechos imponibles potencialmente alcanzables por 2 o más ordenamientos jurídicos o entes supra nacionales que entran en colisión con ocasión del ejercicio de su respectiva potestad tributaria.
  • 5. LIMITACIONES DE LAS POTESTADES TRIBUTARIAS Las directamente derivadas del texto constitucional y que se refieren a la materia tributaria. Aquellas basadas en los principios generales que rigen la aplicación del ordenamiento interno,tanto en el tiempo como en el espacio; Las que son derivadas de la pertenencia del Estado a la comunidad internacional,hablamos entonces de los tratados internacionales.
  • 6. FUENTES REFERENCIALES FUENTES Las Disposiciones Constitucionales Los Tratados Internacionales Las Leyes Tributarias y Normas de Rango Equivalente Las Leyes Orgánicas o Especiales Los Decretos Supremos y Normas Reglamentarias La Jurisprudencia de Observancia Obligatoria Las Resoluciones de Carácter General La Doctrina Jurídica FUENTES OBLIGATORIAS
  • 8. BREVE VISIÓN HISTÓRICA DE LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL Desde tiempos remotos han existido supuestos de imposición dada la ubicación de los bienes. A continuación, se pueden apreciar algunos antecedentes: EDAD MEDIA Desde el siglo XIII en adelante los canonistas y teólogos aplicaron sus conceptos de justicia y moralidad de las cuestiones fiscales, incluyendo el de la doble imposición. EUROPA CENTRAL Se suscribieron entre gobiernos soberanos los primeros convenios o tratados en los cuales fueron estipuladas algunas disposiciones con ciertos atisbos de índole tributaria. ORGANISMOS INTERNACIONALES • La Sociedad de las Naciones • La Organización de las Naciones Unidas • Entidades internacionales de alcances regionales.
  • 9. Los Estados a fin de evitar y resolver los casos de doble imposición internacional celebran acuerdos o convenios para regular dicha situación. CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICIÓN SUSCRITOS POR EL PERÚ: a.Convenio con Suecia. a.Convenio entre los países miembros del Acuerdo de Cartagena a.Convenio con Chile a.Convenio con Canadá ACUERDOS DE DOBLE IMPOSICIÓN
  • 10. RAFAEL QUIÑONEZ y WLADIMIR DE LA CRUZ La doble imposición internacional surge “siempre que varios países soberanos ejercen su soberanía para someter a una misma persona a impuestos de naturaleza similar,por el mismo objeto impositivo”. ISAAC LÓPEZ Surge cuando las legislaciones de dos Estados coinciden en gravar un mismo ingreso porque los países siguen principios diferentes. Entonces el conflicto surge cuando dos países contemplan como objeto de gravamen una misma situación jurídica o un mismo hecho generador. LA DOBLE IMPOSICIÓN - CONCEPTO
  • 11. a. Los diferentes puntos de conexión aplicados por las diferentes legislaciones fiscales a la hora de delimitar sus soberanías fiscales. IDENTIDAD DEL SUJETO PASIVO IDENTIDAD DEL HECHO IMPONIBLE DIVERSIDAD DE SUJETOS FISCALES IDENTIDAD TEMPORAL CAUSAS DE DOBLE IMPOSICIÓN REQUIISITOS DE CONFIGURACIÓN b. Existen supuestos en que los Estados aún utilizando el mismo criterio de sujeción se crean problemas de doble imposición, al delimitar dicho criterio de diferente manera. c. Las diferencias existentes entre los Estados a la hora de determinar las bases imponibles de los contribuyentes.
  • 12. Cuando dos o más Estados gravan una misma transacción económica, ingreso, o patrimonio, en manos de diferentes titulares y durante un mismo periodo de tiempo. Cuando dos o más Estados someten a imposición a un mismo concepto de renta obtenido por el mismo sujeto, por idénticos o similares impuestos, y en igual periodo. DOBLE IMPOSICIÓN JURÍDICA FORMAS DE DOBLE IMPOSICIÓN DOBLE IMPOSICIÓN ECONÓMICA • Cuando los dos Estados contratantes graven a una misma persona por su renta y patrimonio totales. • Cuando una persona, residente de un Estado contratante obtenga rentas o posea elementos del patrimonio en el otro Estado contratante. • Cuando los dos Estados contratantes graven a una misma persona, no residente ni en uno ni en otro de los Estados contratantes.
  • 13. EFECTOS DE LA DOBLE TRIBUTACION Carga Fiscal excesiva para el contribuyente Freno al desarrollo Económico y en particular a la inversión extranjera Incrementa la evasión Fiscal a nivel internacional El impacto económico que deba soportar el contribuyente dependerá de las tasas que en definitiva apliquen los Estados. Las tasas impositivas son consideradas por los inversionistas como excesivas en comparación a las tasas de otros países. Las empresas que realizan sus operaciones en diferentes países (multinacionales), son las que están más expuestas a sufrir los efectos negativos de la doble imposición.
  • 14. Un empresario extranjero se ve obligado a tributar en dos países por un mismo motivo dentro del mismo ejercicio fiscal. No domiciliado Domiciliado SUPUESTOS DE DOBLE IMPOSICIÓN Doble Imposición Jurídica Doble Imposición Económica Una misma renta se le aplican dos o más impuestos porque se le imputa a más de un sujeto.
  • 15. FORMAS DE ATENUAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Las decisiones unilaterales de los estados Los tratados bilaterales o multilaterales La armonización legislativa en el marco comunitario de estados. MÉTODOS DE ATENUACIÓN Exención Imputación Plena Ordinaria
  • 16. CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ¿Qué es convenio? Es un escrito celebrado entre Estados con un grado de formalidad menor al de un tratado. Normalmente, un convenioes acordado en aspectos Económicos y Comerciales entre los estados. Los convenios pueden estar dados entre: • Dos Estados: denominado un ConvenioBilateral • Entre más de dos Estados: denomina Multilateral DEFINICIÓN Los convenios para evitar la doble tributación son acuerdos solemnes entre estados soberanos contratantes que tienen como finalidad distribuir la potestad tributaria entre ellos para evitar que sus residentes estén sometidos a doble imposición, los cuales para su existencia y validez de una serie de actos jurídicos en lo que intervienen varias autoridades.
  • 17. OBJETIVOS DE LOS CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICIÓN Lograr una porción de recaudación justa de las operaciones internacionales Lograr equidad en la imposición del impuesto a la renta sin tomar en cuenta cual es la fuente del ingreso Neutralidad en la exportación e importación del capital Comprometerse con la competitividad de la economía doméstica Cooperación de las administraciones tributarias Mecanismos de seguridad para la inversión VENTAJAS DE FIRMAR LOS CONVENIOS DESVENTAJAS DE FIRMAR LOS CONVENIOS Seguridad Jurídica Herramienta para las administraciones tributarias para evitar la evasión fiscal mediante el intercambio de información Evita la discriminación Garantías a la Inversión Renuncia parcial al Poder Tributario sobre determinadas rentas Disminuye la recaudación Aumento de la recaudación indirecta como consecuencia de la actividad económica generada. Eliminación de los créditos fiscales.
  • 18. CONVENIO CON SUECIA El gobierno de la República del Perú y el gobierno del Reino de Suecia, celebraron un convenio para evitar la doble imposición con respecto a los impuestos a la renta y al capital, donde están eximidas del Impuesto a la Renta en el Perú, ya que, las rentas obtenidas por el trabajador dependiente de una empresa sueca por los servicios personales que preste en el Perú por o en representación de su entidad empleadora, siempre que dicho trabajador tenga la condición de residente en Suecia y el total de días de permanencia en el Perú no supere los 183 días durante un mismo ejercicio fiscal. CONVENIO ENTRE LOS PAÍSES MIEMBROS DEL ACUERDO DE CARTAGENA Celebrado entre Ecuador, Perú, Bolivia, Colombia y Venezuela (actualmente, Venezuela se retiró). Dispone que las rentas del contribuyente serán gravadas por el país de la fuente productora, y los demás deberán “considerarlas” como exoneradas para la correspondiente determinación de los tributos.
  • 19. CONVENIO CON CHILE Con fecha 8 de junio de 2001 se suscribió entre la República de Chile y la República del Perú, el Convenio para Evitar la Doble Tributación y para Prevenir la Evasión Fiscal, en relación con el Impuesto a la Renta y al Patrimonio. CARACTERISTICAS El convenio es aplicado a diario por contribuyentes chilenos y peruanos que efectúan operaciones comerciales e internacionales entre ambos países. El acuerdo facilita el intercambio comercial, reduciendo los costos tributarios asociados a los proyectos de inversión y al intercambio de bienes y servicios, dando un mayor grado de certeza tributaria a las empresas que participan en tal intercambio comercial. Adicionalmente, facilita la labor de las administraciones tributarias, al contemplar la posibilidad de efectuar intercambios de información.
  • 20.
  • 21.
  • 22. LESLY
  • 23.
  • 24. Exención integra La renuncia del Estado de residencia a cualquier forma de imposición sobre las rentas percibidas por el contribuyente en el Estado Exención con progresividad El Estado de la residencia declara las rentas obtenidas en el Estado de la fuente exentas de tributación; sin embargo, las computa a efectos de calcular la tasa aplicable MÉTODOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Método de exención Exime de la obligación tributaria a un contribuyente de manera que sobre éste solo recaiga una potestad tributaria, esta potestad incide sobre el país que reciba la inversión.
  • 25. Imputación integral El Estado de residencia permite deducir la totalidad del impuesto satisfecho previamente por el contribuyente en el Estado de la fuente. Imputación parcial El Estado de residencia deduce el impuesto previamente satisfecho, pero hasta el límite máximo de lo que correspondería pagar si la renta se hubiera obtenido en dicho Estado. Método de imputación El Estado de residencia calcula el impuesto basándose en el importe total de las rentas del contribuyente, incluyendo las que provienen del Estado de la fuente
  • 26. ● De esta forma disminuye su base imponible. El impuesto pagado en el otro país se constituye así en un gasto. Método de deducción ● Operar vía deducción del impuesto pagado en el extranjero implica acudir a un sistema de menor incidencia que el crédito tributario ● Consiste en la deducción como gasto en la base imponible de los impuestos pagados sobre rentas obtenidas en el extranjero.
  • 27. LEYES NACIONALES Cuando un tratado entra en ejecución, se convierte en una norma de carácter obligatorio para los Estados partícipes. Regulación de los tratados internacionales en el Perú Los TI deben contar primero con un documento definitivo y consensuado, surgido en una previa negociación efectuada por los Estados partícipes. Para su aplicación se usa el aforismo de “pacta sunt servanda” Art. 51 CPP Art. 55 CPP Art. 56 CPP
  • 28. Los modelos de convenio tienen como misión fundamental servir de guía durante el proceso de negociación de los convenios fiscales internacionales Los comentarios al modelo de convenio constituyen una herramienta útil para determinar, en ocasiones, el significado que debe otorgársele a los conceptos utilizados por el modelo En particular contienen apreciaciones y contenidos de muy variada finalidad de manera que resulta difícil otorgarles una función única y simple. La interpretación de los convenios para evitar la doble imposición La función de los modelos de convenios en el Perú Resultarán aplicables mecanismos de interpretación fijados en otros convenios internacionales, como la Convención de Viena Las características específicas de los CEDT requieren reglas especiales de interpretación que no coinciden propiamente con las reglas habituales de interpretación de Derecho Internacional público 04. Los convenios para evitar la doble imposición establecen reglas de reparto de derechos entre los países para gravar las situaciones a las que afecta el convenio, limitando la soberanía de los países Aun cuando en los propios CEDT se puedan estipular interpretaciones para diversos términos, las partes no siempre negocian o llegan a un acuerdo sobre los mismos, como es el caso del término de residencia. section here 03.
  • 29. “La Oorganización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos” Es un foro internacional en el cual los gobiernos de los países miembros comparan experiencias de políticas públicas, buscan respuesta a problemas comunes, identifican buenas prácticas y coordinan políticas internas e internacionales. Es el principal agente en la homogenización de la información tributaria y los procedimientos, que facilitan el intercambio de información tributaria entre estados Materia Fiscal INFLUENCIA EXTERNA DE LA TRIBUTACIÓN Esquema de Competencia Tributaria Esquema de coordinación tributaria sobre los propósitos que tiene la OCDE, al respecto se resaltan dos posiciones
  • 30. Un foro centrado en la coordinación internacional en materia de impuestos, que incentiva a la competencia fiscal entre estados, que supone que los estados pujan por la inversión disponible a través de la disminución progresiva de tasas de tributación. Quienes ven en la coordinación entre estados una solución armónica al dilema del prisionero, que “debería incluir un esquema estándar de alícuotas y criterios de cálculo de las bases gravables. ESQUEMA DE COMPETENCIA TRIBUTARIA ESQUEMA DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA La OCDE presiona para lograr que los países que hacen parte de su grupo disminuyan impuestos para que estos puedan ser competitivos para la inversión. PERÚ Y LA OCDE Presentó en setiembre del 2019 el Plan de Trabajo Perú-OCDE, que incluye las acciones para la implementación de buenas prácticas y estándares del organismo de cooperación internacional. Promulgó 29 decretos legislativos que implementan las recomendaciones de la OCDE y otras normas de políticas en áreas tales como: - medio ambiente - la gestión de residuos - transparencia e intercambio de información - política reglamentaria - soborno transfronterizo - integridad y desarrollo rural y urbano.
  • 31. Desde su creación en 1963, los convenios se basan, prácticamente en su totalidad, en el modelo de la O.C.D.E. MODELO DE LA O.C.D.E. (MOCDE) Este modelo se basa principalmente en el principio de la residencia, en contraposición al de la tributación en el país de la fuente de la renta. Esto se explica fundamentalmente en el hecho de que la O.C.D.E. en sus inicios era conformada exclusivamente por países exportadores de capital.
  • 32. Tal como su nombre lo dice, este es un modelo especialmente diseñado para ser acordado entre países desarrollados y países en vías de desarrollo. En consecuencia, se pone énfasis en la tributación basada en la fuente, en desmedro de la tributación en el país de residencia MODELO DE LA O.N.U. (MONU)
  • 33. La característica fundamental del modelo es la defensa absoluta del principio de la fuente, como manifestación de una política totalmente contraria a la esbozada por el Modelo de la O.C.D.E., asimismo, constituye el único Convenio Tipo de carácter multilateral que existe actualmente en el mundo MODELO DEL PACTO ANDINO (MCAN) CARACTERISTICAS Regalías o cánones: adopta con carácter exclusivo el criterio de la fuente. Dividendos y participaciones: adopta con carácter exclusivo el criterio de la fuente Beneficios empresariales: criterio principal el de la fuente y criterio accesorio el del establecimiento permanente, relacionado con el criterio de la fuente pero no sujeto al mismo. Intereses: adopta con carácter exclusivo el criterio de la fuente.
  • 34. El principio básico de la Decisión 578 de la Comunidad Andina está contenido en el artículo 3º, según el cual precisa que “independientemente de la nacionalidad o domicilio de las personas, las rentas de cualquier naturaleza que estas obtuvieren, solo serán gravables en el país miembro en que tales rentas tengan su fuente productora” Decisión 578 de la Comunidad Andina
  • 35. PRINCIPALES DIFERENCIAS DE LOS MODELOS DE CONVENIOS El convenio modelo de la O.C.D.E. presenta varios conceptos importantes. Entre ellos, que los países se comprometen recíprocamente a no gravar a residentes del otro país que no ejerzan un nivel mínimo de actividad dentro de sus fronteras. El modelo de la O.N.U., pone más énfasis en los derechos de los países de donde proviene la renta, restringe más las circunstancias en las que empresas de otro país pueden operar sin pagar impuestos en el país de donde proviene la renta, y deja abierta la posibilidad de tener tasas de retención más altas sobre intereses, dividendos y regalías. El modelo de convenio de la Comunidad Andina dispone que independientemente de la nacionalidad o domicilio de las personas, las rentas de cualquier naturaleza que éstas Análisis de la doble tributación internacional: Aspectos relevantes 57 obtuvieren, sólo serán gravables en el país miembro en el que tales rentas tengan su fuente productora, salvo los casos de excepción en él previstos.
  • 36. Paraísos Fiscales Esta expresión se utiliza para identificar aquellos territorios que establecen ventajas fiscales con la finalidad de atraer divisa extranjera y favorecer la economía nacional. Una jurisdicción que no grava con impuestos a las rentas del capital sea local y/o extranjero, o que a su vez las grava muy poco. Características de los paraísos fiscales No se imponen impuestos,o los impuestos son muy bajos o pueden ser simplemente nominales. No hay transparencia en las cuentas. La negativa a proporcionar información a las autoridades extranjeras. Se permite a los no residentes beneficiarse de las bajas tasas impositivas a pesar de que no realicen inversiones reales en el lugar. Facilidad y rapidez para crear filiales pantalla.
  • 37. Efectos perniciosos que generan los Paraísos Fiscales A través de su utilización es posible que los contribuyentes con grandes negocios o riquezas escapen de sus obligaciones fiscales. Importante efecto en la competitividad de las compañías transnacionales, quienes aprovechan las ventajas fiscales obtenidas mediante su uso para lograr productos o servicios económicamente más competitivos. De ello se deriva una distorsión de la competencia en el mercado interno Conducen a una fuerte y dañina competencia. Para atraer inversión extranjera, los países que no se consideran paraísos tienen que recurrir a tasas de imposición que les permitan ser competitivos frente a aquellos. Tienen una íntima relación con el ocultamiento del producto de actividades ilícitas,lo que se conoce como el “money laundering” o “lavado de dinero”. Otros efectos indirectos son: carestía de la vivienda, reducción de las prestaciones sociales, creciente desigualdad social, deslocalización de empresas, desempleo y precariedad laboral.
  • 38. Tipos de paraísos fiscales Existen paraísos fiscales que dan preferencia a la presencia de personas naturales siendo atraídas por: Andorra,Campione,Mónaco Paraísos fiscales que acogen a las personas jurídicas: Jersey,Liechtenstein,Nauru Paraísos fiscales denominados mixtos: Bahamas,Islas Caimán 1. Islas Vírgenes Británicas (territorio británico de ultramar) 2. Islas Caimán (territorio británico de ultramar) 3. Bermudas (territorio británico de ultramar) 4. Países Bajos 5. Suiza 6. Luxemburgo 7. Hong Kong 8. Jersey (dependencia de la Corona británica) 9. Singapur 10. Emiratos Árabes Unidos Los 10 mayores facilitadores del abuso fiscal corporativo a nivel mundial en la actualidad son: