2. Procedimiento de
extradición
Es el acto por el cual un Estado, en el cual se encuentra un
sujeto reclamado por la comisión de un delito, lo entrega a
otro Estado que lo requiere por tener competencia para
juzgarlo o para la ejecución de una pena impuesta.
Órgano
competente
El Ministerio
Popular Para las
Relaciones
Exteriores es el
órgano encargado
de tramitar por vía
diplomática la
solicitud de
extradición
Tipos
Activa
Es cuando Venezuela
interviene como estado
requirente, solicitando a
otro la entrega de una
persona que se
encuentra en su
territorio, bien para
juzgarla o para que
cumpla la pena que le
ha sido impuesta.
Pasiva
Es cuando el estado actúa porque
es a quien se le solicita la entrega
de la persona requerida el Estado
que solicita la entrega del sujeto
se denomina Requirente y el
estado a quien se le solicita la
entrega de la persona,
Requerido.
Procedimiento
Sólo cuando conste la documentación
que soporte la solicitud formal de
extradición del país requirente, el TSJ
convocará a una audiencia oral dentro
de los 30 dias siguientes a la
notificación del solicitado.
A esta audiencia concurrirán el
representante del MP, el requerido o
requerida, su defensor o defensora y
el representante del gobierno
requirente, quienes expondrán sus
alegatos. Concluida la audiencia, el
Tribunal Supremo de Justicia decidirá
en un plazo de15 dias.
3. Principios Tramitación
Principio de no entrega de los
nacionales
Prescripción de la acción penal o de
la pena.
Principio de Doble Incriminación.
Principio de no extradición por
delitos políticos
Principio de denegación de la
Extradición en caso de pena de
muerte, pena privativa de la libertad
a perpetuidad o superior a treinta
años
Principio de especialidad de la
extradición
El Ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de Relaciones
Exteriores certificará y hará las traducciones
cuando corresponda, y presentará la solicitud
ante el gobierno extranjero en el plazo máximo
de sesenta días.