1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Universidad Yacambú
Cabudare- Edo Lara
Estudiante: Edward Domoromo
C.I. 26.142.633
Cátedra: Instituciones del
Proceso Civil
Prof. ª: Abog. Zorcioret Nieto.
Sección: ED01D0V
Instituciones del Proceso Civil
(Mapa Mental)
2. Pruebas, Lapso
Probatorio y Sentencia
La parte actora como la
demandada están
obligados a llevar todas
las pruebas que les
solicite el tribunal
Sentencia
El lapso es de
quince días
Artículo 401.-
Concluido el lapso
probatorio, el Juez
podrá de oficio
ordenar la práctica
de las siguientes
diligencias:
Evacuación
Se define como el
producto final del todo
el procedimiento, con
el veredicto del juez
Las pruebas que deben
promoverse son: documental o
instrumental; prueba de testigos o
testimonial; prueba de confesión;
prueba de experticia; prueba de
inspección judicial, de juramento
decisorio; de exhibición de
documentos; no prohibidas por la
ley; y las pruebas de medios
probatorios o científicos.
Diligencias
probatorias
Vicios
En el artículo 397 del C. P.
C. se fija un lapso para
poder convenir u oponerse
esto para ambas partes
Oposición
Promoción
Es una medida que realiza
el juez con la finalidad de
descubrir si las pruebas
presentadas son
relacionadas con el caso.
Inexistencia del
fallo por falta de
requisitos
extrínsecos.
La inexistencia
no necesita ser
declarada por un
juez antes de la
firmeza del fallo
definitivo
Aplicación
extensiva de
la inexistencia
del fallo
Requisitos
1.- La indicación del
tribunal que la pronuncia.
Oponiéndose a
las pruebas que
ellos consideren
no pertinentes
para el caso.
Admisión
El juez admite
todas las pruebas
aunque estas no
sean pertinentes
Lapso de 3 días
Si tienen relevancia o
no para tomar la
decisión definitiva.
La evacuación
de la prueba se
da en cómputos
por días hábiles
1° Hacer comparecer a cualquiera
de los litigantes para interrogarlos
libremente, sin juramento, sobre
algún hecho que aparezca dudoso
u obscuro.
2° Exigir la presentación de
algún instrumento de cuya
existencia haya algún dato en
el proceso y que se juzgue
necesario.
3° La comparecencia de algún testigo que
habiendo sido promovido por alguna de las
partes, sin embargo, no rindió
oportunamente su declaración, o la de
cualquier otro que sin haber sido
promovido por las partes, aparezca
mencionado en alguna prueba o en
cualquier acto procesal de las partes.
4° Que se practique inspección judicial en
algún lugar, y se forme un croquis sobre
los puntos que se determinen; o bien se
tenga a la vista un proceso que exista en
algún archivo público y se haga
certificación de algunas actas, siempre
que en el pleito de que se trate haya
alguna mención de tal proceso y tengan
relación el uno con el otro.
Esta compuesta;
1) Parte Narrativa
2) Parte Motiva
3) Parte
Dispositiva
2.- La indicación de las
partes y de sus apoderados.
3-Una síntesis clara,
precisa y lacónica de los
términos
4.- Los motivos de hecho
y de derecho de la
decisión.
Principios
5.- Decisión expresa,
positiva y precisa con
arreglo a la pretensión
deducida.
6.- La determinación de
la cosa u objeto sobre
que recaiga la decisión.
1- Principio Iura Novit Curia.
2- Principio de Exhaustividad
3- Principio de Indivisibilidad del
fallo.
.
Falta de
firmas.