3. Oposición
Al tercer día del cumplimiento de
promoción de pruebas
Art. 397 del C. P. C.
Pueden oponerse las partes a las pruebas
que consideren no pertinentes o ilegales.
Descubrir si las
pruebas presentadas
son relacionadas con
el caso.
Evacuación
El Juez decide si
tienen relevancia o
no para tomar la
decisión definitiva
El lapso de
evacuación
empieza a correr a
partir del auto de
admisión
Se da por días hábiles
Las pruebas son
recibidas
Admisión
03 días hábiles
El juez providenciara los
escritos de pruebas,
admitiendo las que sean
legales y procedentes
Art. 398 del C. P. C.
Art. 399 y 400 del C. P. C.
Se inicia una vez
admitidas las
pruebas de (30)
días hábiles
Diligencias probatorias de
oficio
Art. 400 del C.
P. C.
La evacuación
puede ser por un
tribunal
comisionado o en
un lugar distinto.
El termino ultramarino se
da cuando las pruebas se
encuentren en el exterior,
el plazo se alarga por (06)
meses.
Lapso
Probatori
o
15 días hábiles
Interviene parte actora
como la demandada
Promoción
Proposición y
presentación de las
pruebas
Art. 396 del C. P. C.
El juez se limita a admitirlo
En el auto de admisión
o rechazo de pruebas
debe ser motivado
En cuanto a las
nulidades de las
pruebas existen dos
recursos.
4. Acto exclusivo del Juez
Decisión que da
solución del conflicto.
Forma más natural de
terminación del proceso
El Juez estudia y analiza los hechos
narrados por las parte actora y los
alegatos de la parte dando origen a una
sentencia.
Resolución judicial dictada por
un juez o tribunal que pone fin
a la liti.
Declara o reconoce el derecho o razón
de una de las partes, obligando a la
otra a pasar por tal declaración y
cumplirla
5. El Juez valora los hechos
con vista a las probanzas
traídas a los autos, a los
fines de dictar la decisión
pertinente
Se narran todos los hechos
ocurridos en el proceso por
ambas partes
Define el problema que se
discute y donde consta en
verdad la decisión que
declara sin lugar o con
lugar la demanda
Narrativa
Dispositiva o
Resolutoria
Motiva
6. • Sentencias definitivas
• Sentencias interlocutorias
• Sentencias definitivas y
definitivamente firmes
Sentencias de reposición
Sentencias de Primera y Segunda Instancia
Sentencias constitutivas, declarativas y de
condena
Sentencias definitivamente firmes
Sentencias definitivas
Sentencias absolutorias y
condenatorias:
Resuelven el fondo
del asunto, ponen
fin al juicio Resuelven controversias,
pero no ponen fin al juicio