Este documento describe la Dirección de la Mujer Rural del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia. Detalla la misión, visión, funciones y áreas estratégicas de esta dirección, cuyo objetivo es promover la implementación de políticas públicas con enfoque diferencial y territorial para garantizar el bienestar de las mujeres rurales colombianas. También resume estudios de caso de asistencia técnica rural en Colombia e incluye desafíos como la formulación de una política pública integral para las mujeres rurales articulada con la implementación del Acuer
1. Género en sistemas de Asistencia técnica y extensión rural: una estrategia
de transformación
Santiago de Chile, 4-5 de julio, 2017
2. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Misión
Formular, Coordinar y Evaluar las políticas que promuevan el desarrollo competitivo, equitativo y
sostenible de los procesos agropecuarios forestales, pesqueros y de desarrollo rural, con criterios de
descentralización, concertación y participación, que contribuyan a mejorar el nivel y la calidad de vida de
la población colombiana.
Visión
Entidad líder en la formulación, gestión y coordinación de las políticas agropecuarias, pesqueras,
forestales y de desarrollo social rural, que propendan por su armonización con la política
macroeconómica y por una ejecución descentralizada, concertada y participativa.
La Dirección de la Mujer Rural- MinAgricultura y ATER en Colombia
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3. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Funciones
1.Formular las políticas para el desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
2.Orientar y dirigir la formulación de los planes, programas y proyectos que requiere el desarrollo del sector Agropecuario, Pesquero y de
Desarrollo Rural, y en general de las áreas rurales del país.
3.Presentar los planes y programas del sector que deban ser incorporados al Plan Nacional de Desarrollo.
4.Preparar y presentar al Congreso de la República, de acuerdo con la agenda legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley
relacionados con las funciones del sector.
5.Definir, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior, la negociación o convenios internacionales del
sector.
6.Crear, organizar, conformar y asignar responsabilidades a grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta la estructura
interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Ministerio, y designar al funcionario que actuará como
coordinador de cada grupo.
7.Crear, conformar y asignar funciones, mediante resolución, a los órganos de asesoría y coordinación que considere necesarios para el
desarrollo de sus funciones.
8.Dirigir y coordinar lo relacionado con el Control Interno Disciplinario.
9.Las demás previstas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan o le sean delegadas por el Presidente de la República.
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5. Marco Normativo e Institucional de la Dirección de la Mujer Rural
Antecedentes Nacionales Antecedentes internacionales
Política para el desarrollo de la Mujer Rural aprobada
en 1994 con la que se logra la creación de un consejo
de política de Mujer Rural y la Oficina para actualizar,
ajustar y darle seguimiento a la Política sobre el papel
de la mujer en el desarrollo del sector agropecuario
aprobada en 1984.
Inclusión de artículos en la constitución donde se hace
reconocimiento de la economía campesina como
productora de alimento
En 1999 mediante Decreto 2478 del 5 de diciembre se
cierra la oficina de la Mujer Rural.
El apoyo de la cooperación internacional especialmente
la FAO con la creación de un equipo de trabajo que
contribuyó a la formulación de la política y diseño de las
estrategias de actualización de la oficina.
La conferencia de Beijing y la firma de la aprobación de
la Plataforma de Acción de Beijing en 1995 que
recomendó la creación de mecanismos nacionales y la
transversalización de la política de género durante este
periodo se firmó el Contrato Social Rural, se aprobó la
Ley 160 de 1994 de Reforma Agraria que reconoció la
presencia de la representación plena de las Mujeres
Rurales en la Junta Directiva del organismo de reforma
agraria.
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6. Marco Normativo e Institucional de la Dirección de la Mujer Rural
Convención contra toda Forma de Discriminación de la
Mujer- CEDAW (1979):
Artículo 14 hace reconocimiento de los derechos de las mujeres Rurales. Ratificada por el
Estado Colombiano a través de Ley 51 de 1981
CPC de 1991 Artículo 150: Bajo su amparo se restructura el MADR para Crear la DMR
Ley 731 del 14 de enero de 2002 Por la cual se dictan normas para favorecer a las mujeres rurales.
Ley 1753 de 2015, PND 2014-2018: Todos por un Nuevo
País.
Artículos 107, literal h: Crear la Dirección de Mujer Rural, que se encargará de desarrollar la
Política Publica Integral de Mujer Rural.
Artículo 232: Formulación de la Política Publica Integral de Mujer Rural de forma participativa,
coordinada por el MADR y la CPEM, que tendrá en cuenta el enfoque étnico, etario y territorial,
teniendo en cuenta la Ley 731 de 2002 y articulada con la implementación del Acuerdo de Paz.
Decreto 2369 de 2015: Modifica la estructura del MADR y se crea la DMR
Decreto 1837 del 15 de noviembre de 2016 Modifica la planta de personal del MADR , suprimiendo cuatro (4) y para crear el cargo de un
Director Técnico
Resolución N° 000276 del 16 noviembre de 2016 Ajusta el manual específico de funciones y competencias laborales de los empleos de la planta
de personal del MADR
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7. La Dirección de la Mujer Rural
La Dirección de la Mujer
Rural- MinAgricultura
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8. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE LA MUJER RURAL Artículo 3° del Decreto 2369 de 2015la Dirección de la Mujer
Rural fue creada mediante Decreto 2369 de 2015 que dicta sus funciones.
Coordinar, diseñar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos integrales de
desarrollo rural con enfoque territorial, encaminadas a la provisión de bienes públicos
rurales, que incidan en el bienestar social y económico de las mujeres rurales.
Propiciar la articulación con las entidades del orden nacional y territorial para la
implementación de planes y proyectos integrales de desarrollo rural y agropecuario para la
mujer rural.
Proponer normas, instrumentos y procedimientos diferenciales para las mujeres rurales
que permitan el acceso y la provisión de bienes públicos rurales.
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9. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE LA MUJER RURAL Artículo 3° del Decreto 2369 de 2015
la Dirección de la Mujer Rural fue creada mediante Decreto 2369 de 2015 que dicta sus
funciones
Suministrar y analizar la información requerida para el diseño de política e instrumentos
diferenciales para la mujer rural.
Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión y la observancia de sus
recomendaciones, en el ámbito de su competencia.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
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10. MISIÓN
Promover la implementación y la articulación de políticas públicas e iniciativas con
enfoque diferencial y territorial que garanticen condiciones de vida digna y bienestar
para las mujeres rurales colombianas como constructoras de paz y el fortalecimiento
de sus procesos individuales y organizativos
VISIÓN
La DMR en el año 2020 será una instancia con capacidad de gestión que lidera y
gestiona procesos de empoderamiento con enfoque diferencial y participativo,
articulando las diferentes políticas a nivel nacional y territorial para mejorar las
condiciones de vida de las mujeres rurales
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11. La Dirección de la Mujer Rural- MinAgricultura y ATER en Colombia
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12. Áreas Estratégicas
i.) Política Pública
ii.) Articulación y Gestión Institucional
iii.) Mujer Rural y Construcción de Paz.
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13. Iniciativas de inclusión del Enfoque de Género
Direcciones, Entidades Adscritas y Vinculadas
Del sector Agropecuario y Rural.
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14. Estudios de caso ATER en Colombia
1. FAO – SUECIA- MinAgricutura : Redes Locales de Integración Productiva, ( Política de Restitución
de Tierras Impulsando el Desarrollo Territorial) con acciones transformadoras sobre las
condiciones sociales, ambientales, políticas y económicas de los territorios, con casos de
eemprendimientos liderados y gestionados por Mujeres Sucre y Tolima.
2. Secretaria de Agricultura del Quindio : Fomento a la Producción de Productos Básicos de la
Canasta Familiar en la Zona Rural, se destaca la planificación, la intervención y la interacción de
los aspectos : cultural, social, ambiental, económico y político. Quindío, con procesos dirigido a
familias y con acciones orientadas en ofrecer Asistencia Técnica a Mujeres Rurales en producción
orgánica.
3. MinAgricutura: Programa de Incentivo a la Asistencia Tecnica Gremial. “Fortalecimiento e
Implementación de asistencia técnica gremial en de la zona de consolidación de García Rovira en
el departamento de Santander, Línea productiva ovino-caprina, donde el 33% de la poblacion
atendida han sido mujeres lideresas.
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15. Antecedentes Sostenibles de caso ATER en convenio internacional -MinAgricultura en Colombia
• Corseda: productores(as) Atesanos(as) de seda. En Cauca, con
encadenamiento productivo, participación familiar y rutas de aprendizaje.
• Asproleso: productores(as) de Lacteos. En Cauca, con encadenamiento
productivo, participación familiar.
• Paneleros de Cajibio: productores(as) de Panela. En Cauca, con
encadenamiento productivo, participación familiar y rutas de aprendizaje.
• Asoarcho: Mujeres artesanas. Chorrera Atlántico . con encadenamiento
productivo y alianzas comerciales.
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16. Estudios de caso ATER en Colombia
Oportunidad clave para las mujeres rurales:
EL PROYECTO DE LEY No. 004 DE 2017 SENADO, 008 DE 2017 CÁMARA
“Por Medio del cual se crea el Sistema Nacional de Innovación
Agropecuaria y se dictan otras disposiciones” - PROCEDIMIENTO
LEGISLATIVO ESPECIAL PARA LA PAZ.
Facilitará y asegurará la implementación y desarrollo del Acuerdo Final de Paz
en Colombia. Cuya propuesta es Diseñar e Implementar un Plan Nacional de
Asistencia Integral, Técnica, Tecnológica y de Impulso a la Investigación.
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17. Estudios de caso ATER en Colombia
Criterios:
a) La garantía de la provisión del servicio de asistencia integral, técnica y tecnología (avances en los aspectos
técnico-productivos, organizativos y sociales, de gestión, administración, informática, finanzas, mercadeo y
capacitación) a la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria, de manera descentralizada. La
asistencia integral técnica y tecnológica es un servicio público gratuito para los beneficiarios del Fondo de
Tierras y para los pequeños productores y productoras, priorizando a mujeres cabeza de familia, y contará
con un subsidio progresivo para los medianos productores y productoras.
a) La regulación y supervisión de la calidad del servicio de asistencia técnica y tecnológica, incluyendo un
sistema de seguimiento y evaluación participativo y comunitario, que tenga en cuenta la participación de las
mujeres.
b) La vinculación de la asistencia técnica y tecnológica con los resultados de procesos de investigación e
innovación agropecuaria, incluyendo el uso de las tecnologías de la comunicación y la información.
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18. Acuerdo General Final de la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera
Directrices a favor de las Mujeres Rurales Colombianas
Propuestas de Acción de las Mujeres
Colombianas
Directrices para las mujeres rurales en el Acuerdo de
Paz
Medio Ambiente Cultura y Ambiente
Tierra Tierra
Economía de Cuidado Economía campesina y rural
Financiamiento
Institucionalidad y Participación Participación y Derechos Humanos
Violencia contra las mujeres
Capacitación
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19. Estudios de caso ATER en Colombia
RRI SNIA (Artículo 3)
Igualdad y enfoque de género
Reconocimiento de las mujeres como ciudadanas
autónomas, sujetos de derechos que, independientemente
de su estado civil, relación familiar o comunitaria, tienen
acceso en condiciones de igualdad con respecto a los
hombres a la propiedad de la tierra y proyectos productivos,
opciones de financiamiento, infraestructura, servicios
técnicos y formación, entre otros; atendiendo las
condiciones sociales e institucionales que han impedido a
las mujeres acceder a activos productivos y bienes públicos
y sociales. […]
Enfoque diferencial (numeral 3)
Las acciones y estrategias del SNIA se ejecutarán de manera
diferenciada, reconociendo que las personas tienen características
particulares en razón de su edad, género, etnia, situación de
discapacidad, ingreso y/o nivel patrimonial o cualquier otra condición
especial, como es el caso de la condición de víctima en los términos de
la Ley 1448 de 2011.
Participación
Participación de los actores del SNIA (numeral 6)
Productores como agentes de I+D+i. (numeral 11)
Beneficio, impacto y medición Enfoque de asociatividad (numeral 4)
Desarrollo Sostenible Desarrollo Sostenible (numeral 7)
Democratización acceso y uso adecuado tierra Ordenamiento social y uso productivo del territorio (numeral 5)
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20. Aspectos a destacar de los Estudios de Caso ATER en Colombia
Enfoque Derechos: la construcción de paz: derechos sociales, productivos, al alimento, al bienestar
humano, a la libre elección, al uso responsable de los recursos naturales y a la protección de la
biodiversidad.
Enfoque Diferencial: Prioriza la participación e inclusión de los grupos poblacionales en situación de
mayor riesgo y vulnerabilidad, procurando su integración a los procesos organizativos y productivos:
jóvenes rurales, personas con discapacidad, adultos mayores; reduciendo las barreras que por
condición (edad, sexo, capacidades especiales, ubicación geográfica)
Enfoque Género: garantía de reconocimiento de los aportes de las mujeres en la construcción del
territorio,
en la dinamización de la economía y reposicionando los roles que le han sido desconocidos en su familia,
comunidad y territorio.
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21. Principales desafíos y acciones de seguimiento
Formulación de la Política Publica Integral de Mujer Rural de forma participativa,
coordinada con el MADR y la CPEM, que tendrá en cuenta el enfoque étnico, etario y
territorial, y articulado con la implementación del acuerdo de Paz.
Transversalización del enfoque de género en el sector público: Alcaldías, Gobernaciones,
entidades estatales.
El fortalecimiento del comité interinstitucional como espacio vigente de seguimiento y
coordinación de las entidades del Estado y las organizaciones de Mujeres Rurales . Art. 34
Ley 731 de 2002
Aprobación del PROYECTO DE LEY No. 004 DE 2017 SENADO, 008 DE 2017
CÁMARA“Por Medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria y
se dictan otras disposiciones” PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO ESPECIAL
Documentación y análisis de casos de buenas practicas ATER
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22. Visitación Asprilla Cuesta, Directora de la Mujer Rural-
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia.
visitacion.asprilla@minagricultura.gov.co
Conmutador (571) 2543300 ext. 5540
Bogotá, Colombia
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