Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Foro etica
1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad en Ciencias Políticas y Jurídicas
Escuela de Derecho
Barquisimeto – El Ujano
LaDeontología y el Proceso.
Sira Germarys
V- 24.326.346
Saia “A”
Etica aplicada al Derecho
Thania Jiménez
2. La Deontología& el Proceso
Es el estudio o ciencia de los
deberes u obligaciones morales, su
objeto de estudio son los
fundamentos del deber y las
normas morales. Se aplica
principalmente al ámbito de la
moral; es decir, a aquellas
conductas del ser humano que no
forman parte de las hipótesis
normativas del Derecho vigentes, a
aquellas acciones que no están
sometidas al control de la
legislación publica.
3. Ámbito Jurídico
Respecto a la Deontología en el proceso
desempeña un papel importante; ya que
es considerada una disciplina que se
centra en el análisis de los deberes y
valores regidos por la moral; es decir,
que en cuestión de “valores morales”
cada abogado puede tener su propia
deontología que indique cual es su
deber como profesional, en este aspecto
el ámbito de Derecho existe una especia
de manual deontológico donde es
recopilado todas las obligaciones
morales que debe llevar a cabo y
respetar aquel profesional del derecho.
4. La Verdaden elproceso.En la doctrina la verdad es
sinónimo de: honestidad,
sinceridad y buena fe,
virtudes que debe poseer el
ser humano en los actos que
realiza, la verdad en el
proceso siempre esta en
primer lugar por encontrarse
como figura protagónica
para el Abogado en un
litigio, es por ello que este
conocedor del derecho debe
aplicar en su ejercicio todo
su conocimiento,
experiencia y practica.
El Abogado no solo
debe aplicarlo no solo
en aspecto de justicia
sino también en su
moral y ética
individual, lo que
atribuirá a el mismo
la eficaz búsqueda por
la verdad que se
llevara al proceso
como figura de los
correcto y lo justo.
5. Tipos de Verdad
A priori
Son entes ideales
básicos captados
por la razón.
Revelada
Es aquella fuera
del alcance del
hombre.
Posteriori
Es lo conocido y
confirmado por
la experiencia.
6. Verdad Verdadera:
Son aquellos
acontecimientos o
consecuencia de
los hechos de la
persona, como
realmente
sucedieron.
Verdad procesal: Es la
que resulta de la
evaluación de los autos
del proceso judicial, aun
cuando no se ajusten a la
realidad de los hechos.
Cuando las partes
presentes pruebas e
informes se basara la
decisión.
7. P
R
I
N
C
I
P
I
O
S
• La Temeridad: Es la actitud del litigante que entabla una
querella a sabiendas que no tiene la razón.
• Deberes del abogado: La ética profesional del abogado
incluye la lealtad y probidad en el proceso.
• La Verdad y las pruebas: Actuaciones de las autoridades y
abogados que sustentaran los argumentos para impartir
justicia.
• Derechos del abogado: Todos aquellos que le faculta la Ley.
• La ética en su ejercicio profesional.
• Mala Fe: No actuar en lo apegado al Derecho.
• Abusar del Derecho: Usar de manera inadecuada las leyes
en virtud de perjudicar a terceros.
8. Fraude Procesal
Peyrano señala que: “El fraude es toda conducta
activa u omisiva, unilateral o concertada,
proveniente de los litigantes, de terceros, del
juez o de sus auxiliares, que producen un
apartamiento de parte del proceso o del proceso
todo, de los fines asignados, desviación que por
cualquier circunstancia, y sin que medie culpa
del afectado, no puede ser subsanada mediante
circunstancia, y sin que mediante los remedios
legales instrumentados a otros efectos por el
ordenamiento respectivo.
9. Fraude procesal
Unilateral
Es el fraude que funciona
dentro del proceso, en la
cual la intención del fraude
se da con la participación
de un solo agente quien es
un litigante al contrario.
Fraude procesal
Bilateral
Es el fraude que se da por
conveniencia entre las partes o
entre una parte y otro sujeto
(juez, perito, secretario judicial,
etc.) para perjudicar a una de
las partes o a un tercero, es
también llamado “conscientia
fraudis”, esta clase de fraude se
impugna dentro de un nuevo
proceso