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LEGISLACION
Y RELACIONES
LABORALES
Magister Jorge Quijandria Ascencio
INTERMEDIACION LABORAL,
TERCERIZACION Y MODALIDADES
FORMATIVAS
1.- Definición legal y diferencias.
2.- Requisitos de validez de la tercerización
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3.- Empresas de intermediación y
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4.- Casos y resoluciones judiciales de
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LA INTERMEDIACION LABORAL
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LA INTERMEDIACION LABORAL
Ley 27626/ D.S. 003-2002-TR
INTERMEDIACION
LABORAL
ACTIVIDADES
PRINCIPALES
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LA INTERMEDIACION LABORAL
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EMPRESAS DE INTERMEDIACION LABORAL
Definición
Entidades encargadas de los servicios de intermediación
son aquellas que tienen por objeto exclusivo destacar
a su personal a una empresa usuaria, para
prestar servicios temporales, complementarios, o de
alta especialización complementarios.
LA INTERMEDIACION LABORAL
Clases de empresas de servicios:
a) Empresas de servicios temporales, estos servicios deben
sujetarse únicamente a las condiciones previstas por la Ley para los
contratos de trabajo sujetos a la modalidad de suplencia u
ocasionalidad.
No puede superar el 20% de la planilla.
CLASES DE EMPRESAS DE
SERVICIOS DE INTERMEDIACION
LA INTERMEDIACION LABORAL
b) Empresas de servicios complementarios,
Desarrollan actividades accesorias o no vinculadas al giro del
negocio de la empresa usuaria, como es el caso de la
vigilancia, seguridad, reparación, mensajería externa, limpieza
y que son aquellas actividades señaladas en la Resolución
Ministerial No. 012-2010-TR.
Aquí puede coexistir una fiscalización y dirección compartida
entre la empresa intermediadora y la empresa usuaria.
Requieren de supervisión y logística básica propia.
CLASES DE EMPRESAS DE
SERVICIOS DE INTERMEDIACION
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c)Empresas de servicios especializados,
Brindan servicios de alta especialización no
vinculados a las actividades principales. En estos
casos, las empresa usuarias no determinan ni
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destacado.
CLASES DE EMPRESAS DE
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LA INTERMEDIACION LABORAL
• La empresas de IL deben estar inscritas
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• No se puede contratar una empresa de
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REQUISITOS PARA LA INTERMEDIACION LABORAL
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• La carta fianza individual o global, debe
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REQUISITOS PARA LA INTERMEDIACION LABORAL
LA INTERMEDIACION LABORAL
EN EL CASO QUE LA FIANZA RESULTE
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LA INTERMEDIACION LABORAL
• Las empresas de intermediación laboral
deben presentar los contratos suscritos con
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trabajadores destacados en sus clientes,
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REQUISITOS PARA LA INTERMEDIACION LABORAL
LA TERCERIZACION LABORAL
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LA TERCERIZACION LABORAL
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Actualmente, la tercerización esta definida como la contratación
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obras, siempre que aquellas asuman los servicios prestados por su
cuenta y riesgo; cuenten con sus propios recursos financieros,
técnicos o materiales; sean responsables por el resultado de sus
actividades y sus trabajadores estén bajo su exclusiva
subordinación.
Elementos característicos: Pluralidad de clientes; equipamiento
propio; inversión de capital y la retribución por obra y servicio;
otros.
LA TERCERIZACION LABORAL
Existencia real de la empresa que presta el servicio
Auténtica actividad de supervisión de sus propios
trabajadores - hecho por la propia contratista.
Conexión REAL entre lo que dice el contrato entre la empresa
cliente y la contrata, y la real actividad que realiza la contrata.
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TERCERIZACION
LA TERCERIZACION LABORAL
JURISPRUDENCIA COMPARADA:
Notas distintivas del Outsourcing
• Constitución regular (escritura pública inscrita en el registro)
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• Objeto social se adecue al objeto del contrato.
• El capital social sea significativo.
• Cumplimiento regular de obligaciones fiscales, mercantiles,
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la “contratista”.
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• Si el control lo realiza la contratante (Ejem.
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Casos Practicos
1.- Una empresa tiene 100 obreros en su planta de procesamiento de
latas de atún. Por incremento de actividad , desea contratar mediante
intermediación laboral a 30 obreros mas para dicha planta.
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excluir de su proceso productivo el etiquetado de las latas. Desea
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  • 2. INTERMEDIACION LABORAL, TERCERIZACION Y MODALIDADES FORMATIVAS 1.- Definición legal y diferencias. 2.- Requisitos de validez de la tercerización e intermediación laboral. 3.- Empresas de intermediación y tercerización en el Perú. 4.- Casos y resoluciones judiciales de tercerización e intermediación laboral.
  • 4. LA INTERMEDIACION LABORAL Ley 27626/ D.S. 003-2002-TR INTERMEDIACION LABORAL ACTIVIDADES PRINCIPALES ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
  • 5. LA INTERMEDIACION LABORAL Ley 27626/ D.S. 003-2002-TR EMPRESAS DE INTERMEDIACION LABORAL Definición Entidades encargadas de los servicios de intermediación son aquellas que tienen por objeto exclusivo destacar a su personal a una empresa usuaria, para prestar servicios temporales, complementarios, o de alta especialización complementarios.
  • 6. LA INTERMEDIACION LABORAL Clases de empresas de servicios: a) Empresas de servicios temporales, estos servicios deben sujetarse únicamente a las condiciones previstas por la Ley para los contratos de trabajo sujetos a la modalidad de suplencia u ocasionalidad. No puede superar el 20% de la planilla. CLASES DE EMPRESAS DE SERVICIOS DE INTERMEDIACION
  • 7. LA INTERMEDIACION LABORAL b) Empresas de servicios complementarios, Desarrollan actividades accesorias o no vinculadas al giro del negocio de la empresa usuaria, como es el caso de la vigilancia, seguridad, reparación, mensajería externa, limpieza y que son aquellas actividades señaladas en la Resolución Ministerial No. 012-2010-TR. Aquí puede coexistir una fiscalización y dirección compartida entre la empresa intermediadora y la empresa usuaria. Requieren de supervisión y logística básica propia. CLASES DE EMPRESAS DE SERVICIOS DE INTERMEDIACION
  • 8. LA INTERMEDIACION LABORAL c)Empresas de servicios especializados, Brindan servicios de alta especialización no vinculados a las actividades principales. En estos casos, las empresa usuarias no determinan ni supervisan sustancialmente las tareas del trabajador destacado. CLASES DE EMPRESAS DE SERVICIOS DE INTERMEDIACION
  • 9. LA INTERMEDIACION LABORAL • La empresas de IL deben estar inscritas en el Ministerio de Trabajo y tener autorización. (dura 1 año). • No se puede contratar una empresa de intermediación para reemplazar trabajadores en Huelga. • Fianza: Deben emitir una fianza a nombre del MINTRA. Puede ser: Individual, cubre cada contrato de locación de servicios de cada cliente. Global: cubre todos los contratos de locación de servicios de las empresas clientes. REQUISITOS PARA LA INTERMEDIACION LABORAL
  • 10. LA INTERMEDIACION LABORAL • La carta fianza individual o global, debe garantizar por lo menos el pago de 1 mes de remuneraciones y la parte proporcional del mes de los derecho derivados. • La carta fianza individual debe tener una vigencia mínima equivalente a la del plazo del contrato de locación de servicios celebrado entre la empresa usuaria y la entidad, mas 90 días adicionales. • La carta fianza global, no puede ser inferior a 3 meses REQUISITOS PARA LA INTERMEDIACION LABORAL
  • 11. LA INTERMEDIACION LABORAL EN EL CASO QUE LA FIANZA RESULTE INSUFICIENTE PARA EL PAGO DE LOS DERECHOS LABORALES, LA EMPRESA CLIENTE ES SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE DE DICHAS DEUDAS. REQUISITOS PARA LA INTERMEDIACION LABORAL
  • 12. LA INTERMEDIACION LABORAL • Las empresas de intermediación laboral deben presentar los contratos suscritos con el MINTRA para su registro en un plazo de 15 días. Puede hacerse en forma extemporánea, pero se paga una tasa adicional. • Presentar los contratos de trabajo de sus trabajadores destacados en sus clientes, dentro del plazo de 15 días. REQUISITOS PARA LA INTERMEDIACION LABORAL
  • 13. LA TERCERIZACION LABORAL VIDEOS TRABAJADORES EMPRESA MINERA DISCURSO RAFAEL CORREA
  • 14. LA TERCERIZACION LABORAL CICLO PRODUCTIVO EN UNA EMPRESA
  • 15. LA TERCERIZACION LABORAL UNA PARTE DEL CICLO LO HACE UN TERCERO
  • 16. LA TERCERIZACION LABORAL TERCERIZACIÓN Definición Proceso mediante el cual una empresa identifica una porción de su proceso productivo que podría ser realizada de manera más efectiva y/o eficiente por otra empresa, la cual es contratada para desarrollar esa porción del negocio.
  • 17. LA TERCERIZACION LABORAL Regulación legal de los servicios de tercerización Ley N° 29245 (pub. el 24 de junio de 2008), D. Leg. 1038 y D.S. No. 006-2008-TR Actualmente, la tercerización esta definida como la contratación de empresas para que desarrollen actividades especializadas u obras, siempre que aquellas asuman los servicios prestados por su cuenta y riesgo; cuenten con sus propios recursos financieros, técnicos o materiales; sean responsables por el resultado de sus actividades y sus trabajadores estén bajo su exclusiva subordinación. Elementos característicos: Pluralidad de clientes; equipamiento propio; inversión de capital y la retribución por obra y servicio; otros.
  • 18. LA TERCERIZACION LABORAL Existencia real de la empresa que presta el servicio Auténtica actividad de supervisión de sus propios trabajadores - hecho por la propia contratista. Conexión REAL entre lo que dice el contrato entre la empresa cliente y la contrata, y la real actividad que realiza la contrata. ELEMENTOS QUE DEMUESTRAN UNA REAL TERCERIZACION
  • 19. LA TERCERIZACION LABORAL JURISPRUDENCIA COMPARADA: Notas distintivas del Outsourcing • Constitución regular (escritura pública inscrita en el registro) • Apoderados, accionistas, gerentes, diferenciados • Objeto social se adecue al objeto del contrato. • El capital social sea significativo. • Cumplimiento regular de obligaciones fiscales, mercantiles, Seguridad Social, etcétera. •Cumplimiento de requisitos exigibles (licencias, autorizaciones, etc.) • Patrimonio suficiente: locales, vehículos, etc. que denoten autonomía. • Proveedores propios y pluralidad de clientes.
  • 20. LA TERCERIZACION LABORAL Indicios de desnaturalización del tercerización Ausencia de un responsable o supervisor de la “contratista”.  Existencia de instrucciones directas a trabajadores “destacados”.  Mezcla de actividades propias de la usuaria con las de la contratista.
  • 21. LA TERCERIZACION LABORAL • Si el control lo realiza la contratante (Ejem. cumplimiento de horario). • Carné distintivo del personal destacado. • Resolución de conflictos: jefes de contratante. • Facturación: por personas. • Servicios temporales o renovación periódica sin sustento Indicios de desnaturalización del tercerización
  • 23. Casos Practicos 1.- Una empresa tiene 100 obreros en su planta de procesamiento de latas de atún. Por incremento de actividad , desea contratar mediante intermediación laboral a 30 obreros mas para dicha planta. ¿Puede usar intermediación laboral o tercerización? ¿O ninguna? 2.- Una empresa que se dedica a producir latas de leche, quiere excluir de su proceso productivo el etiquetado de las latas. Desea que otra empresa se dedique a esa actividad. ¿Puede usar la intermediación laboral?