ACERTIJO SOPA DE LETRAS OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
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1. TIEMPO EN QUE SURGEN LOS EFECTOS
Los efectos máximos se presentan a los 10 minutos, tras la
administración intravenosa, a los 30 minutos de la aplicación
intramuscular y a los 90 minutos después de una ingestión oral. El
efecto clínico persiste por3 a 6 horas para la mayoría de los
opioides,porlo que algunas veces se ha asociado al coma y
depresiónrespiratoria prolongada, incluso la toxicidad por la
metadona puede persistir por más de 24 a 48 horas.
La heroína es administrada por vía intranasal, subcutánea o
intravenosa, su inicio de acción es rápido, durando su efecto de 3 a
4 horas. Tiene una vida media de 5- 9 minutos, se metaboliza
rápidamente y se elimina fundamentalmente por el riñón en forma
libre o conjugada a las 72 horas y tiene circulación enterohepatica;
produce depresiónsensorial oscilando desde somnolenciaal coma
profundo.En el sistemacardiovascular los opioides producen
hipotensión por vasodilatación venosa y bradicardia, sin embargo
puede producir hipertensión arterial reactiva secundaria y acidosis
importante.
Produce estimulación de los receptoresmedulares provocando
náuseas y vómitos, disminuye la motilidad intestinal, retención
urinaria, hipoglicemiae hipotermia. La vía intravenosa es la más
idónea, con un inicio de acción de menos de un minuto, si no hay
repuesta se debe repetir la dosis de 2 mg en el adulto cada 3
minutos hasta obtener respuestao llegar a una dosis máxima de 10
mg. La mayoría de las muertes por consumo y sobredosis de
opioides,están en relación con depresiónrespiratoria. El diagnóstico
temprano y un tratamiento apropiado mejora la sobreviva de esta
condiciónque se considera letal.
Sanciones por consumir y traficar drogas (Heroína)
2. El consumo de drogas ilegales es sancionable administrativamente
con multas, pero no constituye delito. Tampoco esdelito la tenencia de
cantidades moderadas de drogas para el consumo propio.Eltráfico de
drogas es delito penado con prisión, cuya duración depende,en parte,
de la nocividad de la sustancia y, en parte, de la gravedad de la
conducta delictiva. Además, entodo caso la pena de prisión va
acompañadade otra pena de multa, cuya cuantía depende,
fundamentalmente, del valor de la drogaincautada. El Código Penal
distingue entre drogas “duras” y “blandas”,en función del peligro de la
sustancia para la salud de sus consumidores,incluyendo la heroína
en la primera categoría.El tráfico de heroína se sanciona
ordinariamente con pena comprendidaentre tres y nueve años de
prisión. Cuando se trata de tráfico con cantidades elevadas, la pena
mínima es de nueve años y un día de prisión, yla pena máxima de
trece años y seis meses de prisión. Se considerancantidades
elevadas o de “notoria importancia” las superiores a 300 gramos de
heroína pura. En los casos más graves de tráfico la pena máxima
puede llegar a veinte años y tres meses de prisión.
CAUSAS DEL CONSUMO DE LAS DROGAS (HEROÍNA Y
COCAINA)
Dos de las sustancias más estudiadas, y relacionadas con el
incremento de la actividad delictiva, son la heroína y la cocaína,
habiéndose demostrado que el consumo de estas dos sustancias,
junto con el de alcohol, se asocia no solamente a la actividad
antisocial, sino también a un importante desgaste personal.La
cocaína es la droga que más se asocia con la realización de los actos
delictivos,aunque, en líneas generales,los consumidores de drogas
suelen estar implicados en diferentes actos transgresores de diferente
nivel de impacto social, como robo, narcotráfico o peleas. Si bien la
heroína es la sustancia con la más alta prevalencia de consumo,
manteniéndose estable su uso, en los últimos años al cocaína ha
experimentado en España un importante crecimiento en su consumo,
al mismo tiempo que se constata una combinaciónde ambo Con
respecto a las conductas infractoras ya sancionadas, que no
necesariamente implican una condena en prisión, encontramos
alguna s diferencias enel uso y abuso de cada una de las drogas
3. consideradas.
Esto está en la línea de los resultados de Gallizo (2007), que apunta a
un aumento de la actividad delictiva bajo la influencia de estas dos
sustancias. En concreto,los reincidentes consumidoressueleniniciar
su comportamiento infractor alrededorde los 17 años; sin embargo,
los penados primarios que consumen cocaínase iniciarían a los 20
años, mientras que aquellos consumidores de heroínaun poco más
tarde, es decir, a los 21años. Llama, sin embargo,la atención la
existencia de diferencias significativas entre los no consumidores de
heroína, pues, en este caso, si bien los reclusos reincidentes inician
su actividad sancionadora a los 18 años de edad, en los penados
primarios ocurre antes que los consumidores.
Se hace preciso investigar, en posteriores estudios, la incidencia del
tipo de delito. Cometido en estos resultados,aunque los resultados en
tanto la conducta de consumo y el delito cometido podríandarse de
manera imparcial al relacionarse con la gravedad de la actividad
penada. Poorúltimo, atendiendo a su primer ingreso en prisión, al
igual que ocurre con el momento en que realizan su primer acto
infractor, tanto reconocidocomo penado,volvemos a encontrar
coincidencias entre los reincidentes, quienes entran por primera vez en
la cárcel siendo aún muy jóvenes,a los 19 años, tanto entre aquellos
consumidoresde cocaína como de heroína; en cambio,los penados
primarios que consumen cocaína,realizan su entrada en prisión a los
25 años, en tanto que los consumidores de heroínaseríaalos 27
años. Estos datos, junto con los referidos al delito sancionado, han
puesto de manifiesto un aumento del consumo de cocaína en la
poblaciónpenitenciaria, pues sonestos consumidoresde cocaína
quienes inician antes tanto su actividad penal como antes son
sancionados con el ingreso penitenciario.