3. Art. 33. Derecho a la identidad
• A los elementos que la constituyen, la nacionalidad y sus relaciones de
familia, de conformidad con la ley.
Art. 34. Derecho a la identidad cultural
• Conservar, desarrollar, fortalecer y recuperar su identidad y valores espiritu
ales.
Art. 35. Derecho a la identificación
• Inscribir al niño inmediatamente después del nacimiento, con los apellidos
paterno y materno que le correspondan.
Art. 37.- Derecho a la educación
• Educación de calidad.
4. Art. 39.- Derechos y deberes de los progenitores con relación al
derecho a la educación
• Matricularlos, participar activamente, controlar la asistencia, vigilar el
respeto.
Art. 42.- Derecho a la educación de los niños, niñas y
adolescentes con discapacidad
• Inclusión en el sistema educativo.
Art. 43.- Derecho a la vida cultural
• Participar libremente en todas las expresiones de la vida cultural.
Art. 44.- Derechos culturales de los pueblos indígenas y negros o
afroecuatorianos
• Respeto de la cosmovisión, realidad cultural y conocimientos de su respectiva
nacionalidad o pueblo.
5. Art. 45.- Derecho a la información
• Buscar y escoger información; y a utilizar los diferentes medios y fuentes
de comunicación.
Art. 48.- Derecho a la recreación y al
descanso
• Recreación, descanso, juego, deporte y más actividades propias de cada
etapa evolutiva.
6. • Certificación de nacido vivo.
• Identificación paterna y materna
Art. 36
Normas para la
identificación
• Asegurar los conocimientos, valores y actitudes
indispensables
Art. 38
Objetivos de los
programas de
educación
• Respetar los derechos y garantías de los niños
• Excluir toda forma de abuso, maltrato y desvalorización
Art. 40
Medidas
disciplinarias
• Sanciones corporales; Sanciones psicológicas
atentatorias a la dignidad de los niños, niñas y
adolescentes; Se prohíben las sanciones colectivas.
Art. 41
Sanciones
prohibidas
7. • La circulación y difusión de publicaciones destinadas
a la niñez y adolescencia, que contengan imágenes,
textos o mensajes inadecuados para su desarrollo.
• La circulación de cualquier producto que contengan
mensajes inadecuados.
Art. 46
Prohibiciones
relativas al derecho
a la información
• Requerir a los medios de comunicación social;
proporcionar de forma gratuita espacios destinados a
programas.
• Promover la producción y difusión de literatura infantil
y juvenil; programas acordes con las necesidades
lingüísticas.
Art. 47
Garantías de
acceso a una
información
adecuadas
• Prohibición del ingreso s a los espectáculos que
hayan sido calificados como inconvenientes para su
edad.
• Los espectáculos públicos gozarán de un régimen
especial respecto de los impuestos y contribuciones
fiscales y municipales.
Art. 49
Normas sobre el
acceso a
espectáculos
públicos