El documento presenta una introducción a la prevención de riesgos laborales en España. Define conceptos clave como prevención, salud y riesgo. Explica cómo se manifiesta el riesgo a través de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Detalla las obligaciones de empresarios y trabajadores, y los organismos e instrumentos de prevención como la evaluación de riesgos y el comité de seguridad y salud.
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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Introducción a la prevención de Riesgos
Laborales
Ley 31/1995 prl
Ley 54/2003 prl
Rafael Blasco
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Prevención: “Conjunto de actividades o
medidas adoptadas o previstas en todo el
proceso de trabajo, con el fin de evitar o
disminuir la posibilidad de que un
trabajador sufra una enfermedad,
patología o lesión como consecuencia del
trabajo”
(Ley 31/1995)
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¿Cómo se manifiesta el riesgo en la
salud de trabajador?
Accidente de trabajo: Suceso que produce
en los trabajadores lesiones corporales con
disminución o anulación de su integridad
física. (art. 115 LGSS)
Suceso inesperado que
Causa daños físicos como
Consecuencia del trabajo.
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¿Cómo se manifiesta el riesgo en la
salud de trabajador?
Enfermedad profesional: Contraída por la
persona durante la realización de su
trabajo como consecuencia de su
exposición a diferentes sustancias o por
estar dentro de condiciones ambientales
nocivas. (Art. 116 de la LGSS)
Reconocida en el listado oficial de la SS
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Obligaciones del empresario
Evitar los riesgos
Contar con un Plan de Prevención, que
incluya una Evaluación de Riesgos
Laborales y una planificación anual de la
actividad preventiva
Adaptar el trabajo a la persona y tener en
cuenta la evolución de la técnica
Sustituir lo peligroso por lo que entrañe
poco o ningún peligro
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Obligaciones del empresario
Anteponer las medidas de protección
colectiva a las individuales
Dar instrucciones de seguridad a los
trabajadores y a las empresas
subcontratadas
Establecer un protocolo de coordinación
empresarial con empresas clientes,
colaboradoras o subcontratadas
Integrar la prevención en el organigrama
de la empresa
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Obligaciones del empresario
Formar e informar al personal sobre les
riesgos existentes en el centro de trabajo y
sus puestos de trabajo
Vigilar periódicamente el estado de salud
de los trabajadores
Adecuar los equipos de trabajo y
proporcionar EPIS que protejan a los
trabajadores
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Obligaciones y derechos de los
trabajadores
Usar adecuadamente máquinas, aparatos,
equipos de trabajo y de transporte
Usar correctamente medios y dispositivos de
protección, que debe facilitar el empresario
No poner fuera de funcionamiento
dispositivos de seguridad de máquinas ni
aparatos
Obligaciones
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Obligaciones y derechos de los
trabajadores
Informar a los superiores si se detecta una
situación de riesgo grave (trabajador
designado)
Cumplir con las normas internas de
seguridad en la empresa
Cooperar con el empresario para integrar la
prevención en la empresa
Obligaciones
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Obligaciones y derechos de los
trabajadores
Ser formados e informados en materia
preventiva (art. 18 y 19 ley prl)
Dar nuestra opinión sobre cuestiones
relacionadas con la prevención
(delegados de prevención)
Interrumpir la actividad laboral en caso de
riesgo grave e inminente
Recibir un control periódico de nuestro
estado de salud
Derechos
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Especialidades preventivas
Seguridad en el trabajo: Conjunto de técnicas
que no son de tipo médico para evitar o
reducir los riesgos de accidentes (daños
materiales y lesiones personales). Se refieren a
aspectos físicos : máquinas, herramientas, EPI,
(CE: Declaración de Conformidad)
superficies, espacios de trabajo, escaleras,
andamios, riesgo eléctrico, incendios,
señalización, etc...
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Especialidades preventivas
Higiene industrial: Conjunto de técnicas
encaminadas a evitar enfermedades
derivadas del ambiente de trabajo,
generalmente derivadas de aspectos
ambientales, por ejemplo : presencia de
gases, vapores, humos, radiaciones, ruido,
infecciones y contaminantes en general
(químicos, físicos y/o biológicos).
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Especialidades preventivas
Ergonomía: Se trata de adaptar el trabajo a
la persona y aumentar el confort laboral
Psicosociología: Conjunto de técnicas
orientadas a la detección, valoración y
control de los riesgos laborales de origen
psíquico y social (estrés, monotonía,
mobbing, acoso sexual, incomunicación,
etc...)
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Especialidades preventivas
Vigilancia de la salud: Conjunto de
técnicas médicas y estadísticas
orientadas a la detección y prevención
de las enfermedades de origen
profesional, detección y control de
epidemias y seguimiento de personal de
riesgo (especialmente sensibles, trabajos
con exposición a contaminantes, riesgos
específicos, etc..)
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Organización de la prevención
Por el propio empresario: Si lo asume el
empresario, debe tener formación
adecuada. La empresa no puede tener
más de 10 trabajadores
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Organización de la prevención
Trabajador designado: Se puede dar en
empresas de menos de 10 trabajadores
y debe tener, como mínimo, formación
de nivel básico en prl.
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Organización de la prevención
Servicio de prevención propio: Se debe
formar en empresas de más de 500
trabajadores (en el caso de ser una
empresa con actividad incluida en el
anexo I, 250 trabajadores)
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Organización de la prevención
Compartida: con un servicio de
prevención mancomunado (varias
empresas que comparten actividades o
centro de trabajo)
Externalizada: con un servicio de
prevención ajeno (SPA)
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Delegados de prevención
Los Delegados de Prevención son los
representantes de los trabajadores con
funciones específicas en Materia de
Prevención de Riesgos en el trabajo
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Delegados de prevención
El número de delegados de prevención
estará en función del número de
trabajadores
Empresas de hasta 30 trabajadores: El
delegado de personal será el delegado de
prevención
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Delegados de prevención
Empresas de 31 a 49 trabajadores: Les
corresponde un delegado de prevención
Empresas de 50 a 100 trabajadores: Les
corresponden dos delegados
Empresas de 101 a 500 trabajadores: Les
corresponden tres delegados
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Delegados de prevención
Competencias: Colaborar con la empresa
y los trabajadores para implantar la
prevención en el trabajo y supervisar que
se cumple la normativa relativa a prl en la
empresa
Estarán facultados para acompañar a los
técnicos prl durante las visitas y tendrán
acceso a documentación sobre las
condiciones de trabajo
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Comité de seguridad y salud
Es el órgano paritario y colegiado de
participación destinado a la consulta
Regular de las Actuaciones Materia
Preventiva (art. 38 ley prl)
Se constituirá un CSS en todas las
Empresas o Centros de Trabajo que
cuente con 50 o más trabajadores
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Comité de seguridad y salud
Funciones: promover iniciativas de
mejora de las condiciones de trabajo y
supervisar la gestión y la implantación del
plan de prevención de la empresa. Se
reunirán cada trimestre.
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Comité de seguridad y salud
Funciones: conocer toda la
documentación relativa a la prl de la
empresa y conocer los riesgos a la salud
de los trabajadores
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Responsabilidades y sanciones
Administrativas
Civiles
Penales
Recargo de prestaciones de la S.S.
Responsabilidades y sanciones en
materia de prl (Capítulo VII LPRL y
Ley 5/2000)
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Responsabilidades y sanciones
Amonestación verbal
Expediente informativo interno
Suspensión de empleo y sueldo
Despido
Sanciones a los trabajadores
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Responsabilidades y sanciones
Leve: de 40 a 2045 euros
Grave: de 2046 a 40.985 euros
Muy grave: de 40.986 a 819.780 euros
Responsabilidades y sanciones para la
empresa en materia de prl (Capítulo VII
LPRL y Ley 5/2000)
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La evaluación de Riesgos Laborales
Es un informe elaborado por personal
cualificado (técnicos prl)
Se detectan situaciones de riesgo a las
que están expuestos los trabajadores en
sus áreas y puestos de trabajo y se
proponen medidas preventivas para
evitar o minimizar las consecuencias de
las mismas
Se valora la gravedad de dichos riesgos