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Tema 1. la relación laboralTema 1. la relación laboral
LA RELACIÓN LABORAL
El trabajo ¿Por qué trabajamos?-
debate.
Historia del derecho laboral.video
DERECHO LABORAL-->
BUSCAMOS ESTATUTO DE LOS TRABAJAD
CONVENIO COLECTIVO
Para que una relación laboral se regule
por el ET en necesario que se cumplan las
ss. condiciones
• Personal
• Voluntaria
• Por cuenta ajena
• Retribuida
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• Hay tres tipos de relaciones laborales:
– Relación laboral regulada por el ET
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fundamentales (Constitución
Española)
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Derecho y deber de trabajar: Que incluye a su vez otros derechos
fundamentales.
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No discriminación por edad o sexo en el trabajo.
debate
La justicia europea avala que las
empresas prohíban el velo en el
trabajo
El Tribunal de Luxemburgo estima que no constituye una discriminación
directa a la empleada
Bruselas 
La utilización del velo en la esfera pública sigue siendo motivo de debate en Europa. El Tribunal de Luxemburgo ha
respaldado la posibilidad de que las empresas prohíban el uso del pañuelo islámico en horario laboral. La justicia
europea estima que las compañías pueden limitar la exhibición de símbolos religiosos o políticos en sus códigos 
de funcionamiento interno, pero deja en manos de los jueces de cada país interpretar cuándo es 
discriminatoria la prohibición.
El Tribunal de Luxemburgo deja la última palabra a los jueces nacionales, que deberán evaluar la proporcionalidad de
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despido de la recepcionista Samira Achbita:
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El Juzgado de lo Social número 1 de Palma ha dado la
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de Palma. La sentencia estima que la compañía ha
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Una propuesta en el Reino Unido busca que las mujeres no
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Los empleadores podrían ser sancionados si sale adelante
una propuesta llevada a cabo por dos comités de la
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"Hemos escuchado el testimonio de cientos de mujeres
que nos han hablado del dolor y el daño a largo plazo
que les ha provocado llevar tacones altos en su puesto
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Son relaciones excluidas
• No reguladas por el ET
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• Convivencia con el empresario
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y explicar esquema)
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RELACIONES ESPECIALES
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características se rigen por normativas propias:
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EL DERECHO
• ¿Por qué surgen las normas y las leyes?- debate
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Fuentes del derecho laboral
Normativa de la UE
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Tratados internacionales: destacan los convenios
de la OIT (Organización internacional del
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todos los países del mundo que lo ratifiquen
Leyes:
Estatuto de los trabajadores
Ley de Prevención de Riesgos laborales
Ley General de la Seguridad Social
Reglamentos: su función es concretar las leyes
Convenios colectivos: la Constitución establece el derecho de
los sindicatos y los empresarios a negociar las condiciones
de trabajo. Por tanto, son un pacto privado pero que tiene la
fuerza de una norma. Existen multitud de convenios, : del
metal, de la hostelería, convenios de empresa….La relación
entre la ley y el convenio es que la ley establece un mínimo y
luego deja la posibilidad de que el convenio lo mejore. Por
ejemplo, la jornada máxima son 40 horas a la semana de
media al año. El convenio puede mejorar con 30 horas.
Contrato de trabajo ( puede mejorar lo que dice el convenio)
Usos y costumbres: la costumbre ha de ser local y profesional;
por ejemplo, los camareros de Canarias han de ir afeitados
Trivial del tema 5-verdadero o falso
La relación laboral está regulada por el Estatuto de los trabajadores
Los funcionarios son una relación laboral
Los trabajos familiares, salvo que se demuestre que tiene la condición
de asalariado. Son una relación laboral excluida
Los autónomos tienen una relación laboral especial
El servicio del hogar familiar es una relación laboral excluida
Los representantes de comercio tienen una relación laboral especial
La normativa de la UE, y los tratados internacionales son fuentes
derecho del trabajo
Los convenios de la OIT (Organización internacional del trabajo), son
normas mínimas para todos los países del mundo que los ratifiquen
Son reglamentos: Estatuto de los trabajadores y la Ley de Prevención
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La función de los reglamentos es concretar las leyes
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La Constitución establece el derecho de los sindicatos y los
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fijada posteriormente. Ejemplo.
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No realizar competencia desleal: no se puede
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trabajador, o bien atenten contra su dignidad.
Como norma general, primero se cumple la orden y
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desacuerdo.
EL PODER DE DIRECCIÓN Y VIGILANCIA DEL
EMPRESARIO.
DEBATE(registros,videocámaras,ordenadores
El empresario puede dictar órdenes y tiene el pode
de vigilar a que los trabajadores cumplen lo
mandado.
Vigilancia:
Registros: en el caso de que se tenga la seguridad o
se sospeche que un trabajador ha realizado un
robo, se podrá registrar al propio trabajador, su
taquilla o sus objetos personales (bolso, vehículo).
Pero…se respetará la dignidad e intimidad del
trabajador y se contará con la presencia de un
representante de los trabajadores o de otro
trabajador
Vigilancia de cámaras: se podrá vigilar mediante cámaras en los
lugares de trabajo, no así en zonas de descanso, vestuarios,
comedores o servicios. Las cámaras irán desprovistas de audio, de
manera que solo se podrá gravar imagen. Los representantes de los
trabajadores deben estar informados de que existen cámaras de
vigilancia en la empresa.
Vigilancia del correo electrónico y uso de los ordenadores:
vigilancia de los ordenadores de la empresa, así como del correo
electrónico de la empresa. Para ello, se debe advertir previamente
a los trabajadores de que su equipo informático podrá ser
revisado cuando la empresa tenga indicios evidentes y claros de
que se está haciendo un uso inadecuados. Además , deberá estar
presente un testigo, preferiblemente un representante de los
trabajadores.
PODER DISCIPLINARIO: BUSCAR EN EL
ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES EL
DESPIDO DISCIPLINARIO. Buscar en un
convenio colectivo el régimen disciplinario
La empresa puede sancionar a los trabajadores.
¿Qué conductas concretas puede sancionar? La
ley remite a los convenios colectivos para que
establezcan qué conductas se van a considerar
faltas leves, graves y muy graves. Los convenios
también señalan las sanciones
Las sanciones no podrán conllevar la reducción del
sueldo, la perdida de vacaciones o el descanso
obligatorio.
LOS TRIBUNALES LABORALES
Juzgado de los social: se interponen las demandas de los
trabajadores que no superan el nivel de la provincia
Tribunal superior de justicia de la Comunidad Autónoma
(resuelve, los recursos de suplicación contra las sentencias
de los juzgados de lo social
Audiencia nacional: resuelve materias que van más allá de la
comunidad autónoma
Tribunal Supremo: resuelve los recursos contra los tribunales
superiores de justicia y la audiencia nacional
Tribunal constitucional: si se violan derechos fundamentales
como son intimidad, no discriminación, etc.
Es un deber del trabajador no realizar competencia desleal
Se deben cumplir todas las órdenes del empresario.
El empresario puede registrar el bolso del trabajador si
sospecha que un trabajador ha realizado un robo, pero
se debe respetar la dignidad e intimidad del trabajador
y se contará con la presencia de un representante de
los trabajadores o de otro trabajador
El empresario podrá vigilar mediante cámaras en los lugares
de trabajo, así como las zonas de descanso, vestuarios,
comedores o servicios.
Las cámaras irán desprovistas de audio, de manera que solo
se podrá gravar imagen.
L
Los representantes de los trabajadores deben estar
informados de que existen cámaras de vigilancia en la
empresa.
El empresario podrá vigilar el correo electrónico de la empresa
y para ello deberá informar previamente a los trabajadores
de que su equipo podrá ser revisado cuando la empresa tenga
indicios de que se está haciendo un uso inadecuado del
correo
La empresa puede sancionar a los trabajadores según lo que
dice el convenio colectivo
Los convenios colectivos establecen qué conductas se van a
considerar faltas leves, graves y muy graves. Los convenios
también señalan las sanciones
Se podrá sancionar al trabajador con la reducción del sueldo y
la pérdida de vacaciones o el descanso obligatorio.
Los trabajadores interponen las demandas contra el
empresario en el tribunal superior de justicia de la
Comunidad autónoma
En los Juzgados de los social, se interponen las demandas
de los trabajadores que no superan el nivel de la
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Tribunal superior de justicia de la Comunidad Autónoma
resuelve, los recursos de suplicación contra las
sentencias de los juzgados de lo social
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  • 1. Tema 1. la relación laboralTema 1. la relación laboral
  • 2. LA RELACIÓN LABORAL El trabajo ¿Por qué trabajamos?- debate. Historia del derecho laboral.video DERECHO LABORAL--> BUSCAMOS ESTATUTO DE LOS TRABAJAD CONVENIO COLECTIVO Para que una relación laboral se regule por el ET en necesario que se cumplan las ss. condiciones
  • 3. • Personal • Voluntaria • Por cuenta ajena • Retribuida • dependiente
  • 4. • Hay tres tipos de relaciones laborales: – Relación laboral regulada por el ET – Relaciones no laborales o excluidas – Relaciones especiales
  • 5. Algunos Derechos fundamentales (Constitución Española) Libertad de sindicación y a su vez no obligación de afiliarse. Derecho de huelga. Derecho a la negociación colectiva. Derecho y deber de trabajar: Que incluye a su vez otros derechos fundamentales. Libre elección de profesión u oficio. Promoción a través del puesto de trabajo y mejora del puesto. Remuneración suficiente. No discriminación por edad o sexo en el trabajo.
  • 6. debate La justicia europea avala que las empresas prohíban el velo en el trabajo El Tribunal de Luxemburgo estima que no constituye una discriminación directa a la empleada Bruselas  La utilización del velo en la esfera pública sigue siendo motivo de debate en Europa. El Tribunal de Luxemburgo ha respaldado la posibilidad de que las empresas prohíban el uso del pañuelo islámico en horario laboral. La justicia europea estima que las compañías pueden limitar la exhibición de símbolos religiosos o políticos en sus códigos  de funcionamiento interno, pero deja en manos de los jueces de cada país interpretar cuándo es  discriminatoria la prohibición. El Tribunal de Luxemburgo deja la última palabra a los jueces nacionales, que deberán evaluar la proporcionalidad de prohibir el uso del velo en cada caso. La sentencia llega tras la denuncia de una trabajadora que perdió su empleo por usar velo durante su jornada laboral en Bélgica. El tribunal señala que la existencia de un reglamento interno de la empresa que impedía a los trabajadores la exhibición de cualquier símbolo hace que no exista discriminación en el despido de la recepcionista Samira Achbita: "trata por igual a todos los trabajadores de la empresa, ya que les impone en particular, de forma general e indiferenciada, una neutralidad indumentaria", afirma el fallo publicado este martes.
  • 7. El Juzgado de lo Social número 1 de Palma ha dado la razón a una empleada que demandó a la empresa Acciona por prohibirle utilizar el velo trabajadora del servicio de atención al pasajero en el aeropuerto de Palma. La sentencia estima que la compañía ha vulnerado el derecho fundamental a la libertad religiosa y ordena a la empresa que permita a la joven llevar el hiyab mientras desempeñe sus funciones como azafata de tierra.
  • 8. Una propuesta en el Reino Unido busca que las mujeres no sean obligadas a presentarse a trabajar en tacones altos, maquilladas o ponerse alguna vestimenta corta. Los empleadores podrían ser sancionados si sale adelante una propuesta llevada a cabo por dos comités de la Cámara de los Comunes del Reino Unido. "Hemos escuchado el testimonio de cientos de mujeres que nos han hablado del dolor y el daño a largo plazo que les ha provocado llevar tacones altos en su puesto de trabajo", señala un informe difundido por diversos medios de comunicación.
  • 9. Son relaciones excluidas • No reguladas por el ET – Funcionarios públicos – Trabajos familiares: • Convivencia con el empresario • Ser familiar hasta 2º grado por consanguinidad o afinidad (preguntar grados y explicar esquema) • Los autónomos
  • 10. RELACIONES ESPECIALES •Reunen los requisitos pvdar pero por sus especiales características se rigen por normativas propias: – Servicio de hogar familiar – Representantes del comercio
  • 11. EL DERECHO • ¿Por qué surgen las normas y las leyes?- debate • El derecho es el conjunto de normas y principios a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad y que debemos cumplir.
  • 12. Fuentes del derecho laboral Normativa de la UE Constitución Española Tratados internacionales: destacan los convenios de la OIT (Organización internacional del trabajo), que aprueban unas normas mínimas para todos los países del mundo que lo ratifiquen Leyes: Estatuto de los trabajadores Ley de Prevención de Riesgos laborales Ley General de la Seguridad Social Reglamentos: su función es concretar las leyes
  • 13. Convenios colectivos: la Constitución establece el derecho de los sindicatos y los empresarios a negociar las condiciones de trabajo. Por tanto, son un pacto privado pero que tiene la fuerza de una norma. Existen multitud de convenios, : del metal, de la hostelería, convenios de empresa….La relación entre la ley y el convenio es que la ley establece un mínimo y luego deja la posibilidad de que el convenio lo mejore. Por ejemplo, la jornada máxima son 40 horas a la semana de media al año. El convenio puede mejorar con 30 horas. Contrato de trabajo ( puede mejorar lo que dice el convenio) Usos y costumbres: la costumbre ha de ser local y profesional; por ejemplo, los camareros de Canarias han de ir afeitados
  • 14. Trivial del tema 5-verdadero o falso La relación laboral está regulada por el Estatuto de los trabajadores Los funcionarios son una relación laboral Los trabajos familiares, salvo que se demuestre que tiene la condición de asalariado. Son una relación laboral excluida Los autónomos tienen una relación laboral especial El servicio del hogar familiar es una relación laboral excluida Los representantes de comercio tienen una relación laboral especial La normativa de la UE, y los tratados internacionales son fuentes derecho del trabajo Los convenios de la OIT (Organización internacional del trabajo), son normas mínimas para todos los países del mundo que los ratifiquen Son reglamentos: Estatuto de los trabajadores y la Ley de Prevención de Riesgos laborales La función de los reglamentos es concretar las leyes Convenios colectivos son fuente del derecho laboral
  • 15. Verdadero o falso La Constitución establece el derecho de los sindicatos y los empresarios a negociar las condiciones de trabajo. Los convenios colectivos son un pacto privado, por tanto no son normas que afecten a todos los trabajadores Existen pocos convenios colectivos La relación entre la ley y el convenio es que la ley establece un minimo y luego deja la posibilidad de que el convenio empeore determinadas condiciones laborales. El Contrato de trabajo puede mejorar lo que dice el convenio colectivo Usos y costumbres son fuente del derecho laboral La costumbre debe ser local y profesional
  • 16. Principios de aplicación. importante • Principio pro operario_ en caso de duda en la interpretación norma, siempre a favor del trabajador. Ejemplo indemnización 33 días salario • Principio de condición más beneficiosa: lo fijado en contrato no puede ser empeorado por una norma fijada posteriormente. Ejemplo.
  • 17. Qué deberes tenemos como trabajadores DEBERES LABORALES: No realizar competencia desleal: no se puede trabajar de lo mismo para otra empresa o ser autónomo al mismo tiempo en la misma actividad Cumplir las ordenes del empresario, siempre que sean legales y no supongan un daño para el trabajador, o bien atenten contra su dignidad. Como norma general, primero se cumple la orden y luego se reclama ante el juzgado si se está en desacuerdo.
  • 18. EL PODER DE DIRECCIÓN Y VIGILANCIA DEL EMPRESARIO. DEBATE(registros,videocámaras,ordenadores El empresario puede dictar órdenes y tiene el pode de vigilar a que los trabajadores cumplen lo mandado. Vigilancia: Registros: en el caso de que se tenga la seguridad o se sospeche que un trabajador ha realizado un robo, se podrá registrar al propio trabajador, su taquilla o sus objetos personales (bolso, vehículo). Pero…se respetará la dignidad e intimidad del trabajador y se contará con la presencia de un representante de los trabajadores o de otro trabajador
  • 19. Vigilancia de cámaras: se podrá vigilar mediante cámaras en los lugares de trabajo, no así en zonas de descanso, vestuarios, comedores o servicios. Las cámaras irán desprovistas de audio, de manera que solo se podrá gravar imagen. Los representantes de los trabajadores deben estar informados de que existen cámaras de vigilancia en la empresa. Vigilancia del correo electrónico y uso de los ordenadores: vigilancia de los ordenadores de la empresa, así como del correo electrónico de la empresa. Para ello, se debe advertir previamente a los trabajadores de que su equipo informático podrá ser revisado cuando la empresa tenga indicios evidentes y claros de que se está haciendo un uso inadecuados. Además , deberá estar presente un testigo, preferiblemente un representante de los trabajadores.
  • 20. PODER DISCIPLINARIO: BUSCAR EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES EL DESPIDO DISCIPLINARIO. Buscar en un convenio colectivo el régimen disciplinario La empresa puede sancionar a los trabajadores. ¿Qué conductas concretas puede sancionar? La ley remite a los convenios colectivos para que establezcan qué conductas se van a considerar faltas leves, graves y muy graves. Los convenios también señalan las sanciones Las sanciones no podrán conllevar la reducción del sueldo, la perdida de vacaciones o el descanso obligatorio.
  • 21. LOS TRIBUNALES LABORALES Juzgado de los social: se interponen las demandas de los trabajadores que no superan el nivel de la provincia Tribunal superior de justicia de la Comunidad Autónoma (resuelve, los recursos de suplicación contra las sentencias de los juzgados de lo social Audiencia nacional: resuelve materias que van más allá de la comunidad autónoma Tribunal Supremo: resuelve los recursos contra los tribunales superiores de justicia y la audiencia nacional Tribunal constitucional: si se violan derechos fundamentales como son intimidad, no discriminación, etc.
  • 22. Es un deber del trabajador no realizar competencia desleal Se deben cumplir todas las órdenes del empresario. El empresario puede registrar el bolso del trabajador si sospecha que un trabajador ha realizado un robo, pero se debe respetar la dignidad e intimidad del trabajador y se contará con la presencia de un representante de los trabajadores o de otro trabajador El empresario podrá vigilar mediante cámaras en los lugares de trabajo, así como las zonas de descanso, vestuarios, comedores o servicios. Las cámaras irán desprovistas de audio, de manera que solo se podrá gravar imagen. L
  • 23. Los representantes de los trabajadores deben estar informados de que existen cámaras de vigilancia en la empresa. El empresario podrá vigilar el correo electrónico de la empresa y para ello deberá informar previamente a los trabajadores de que su equipo podrá ser revisado cuando la empresa tenga indicios de que se está haciendo un uso inadecuado del correo La empresa puede sancionar a los trabajadores según lo que dice el convenio colectivo Los convenios colectivos establecen qué conductas se van a considerar faltas leves, graves y muy graves. Los convenios también señalan las sanciones Se podrá sancionar al trabajador con la reducción del sueldo y la pérdida de vacaciones o el descanso obligatorio.
  • 24. Los trabajadores interponen las demandas contra el empresario en el tribunal superior de justicia de la Comunidad autónoma En los Juzgados de los social, se interponen las demandas de los trabajadores que no superan el nivel de la provincia Tribunal superior de justicia de la Comunidad Autónoma resuelve, los recursos de suplicación contra las sentencias de los juzgados de lo social El Tribunal Supremo resuelve los recursos contra los tribunales superiores de justicia y la audiencia nacional Tribunal constitucional actúa si se violan derechos fundamentales como son intimidad, no discriminación, etc.