1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
DERECHO TRIBUTARIO
CONTRIBUCIONES
Alumno:
Rafael Castillo C.I.V. Nª 17.133.918
Marzo. 2020
2. Ensayo
Las contribuciones:
Una contribución (muy a menudo expresado en plural: contribuciones) es un tributo que
debe pagar el contribuyente o beneficiario de una utilidad económica, cuya justificación es
la obtención por el sujeto pasivo (ciudadano receptor) de un beneficio o de un aumento
de valor de sus bienes.
Para Sergio de la Garza, “tributo o contribuciones son las prestaciones en dinero o en
especie que el estado exige en ejercicio de su poder de imperio con objeto de obtener
recursos para el cumplimientos de sus fines”
Augusto Fantozzi define al tributo como “una prestación patrimonial impuesta que
evidencia la capacidad de contribuir a los gastos públicos”
Mientras que Héctor Villegas define el tributo como” las prestaciones en dinero que el
estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de una ley y para cubrir los
gastos que la demande el cumplimiento de sus fines”
Es decirlos tributos son las prestaciones en dinero que el estado, en ejercicio de su poder
de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines,
para satisfacer las necesidades de la sociedad.
Las contribuciones especiales: son tributos cuyo hecho imponible consiste en la
obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus
bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o
ampliación de servicios públicos: pavimentación de una calzada, sustitución del alumbrado
público, entre otros
Clasificación de las contribuciones:
Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social,
contribuciones de mojaras y derechos, así como los accesorio que tengan su origen en
situaciones tributarias
Impuesto: Cantidad de dinero que hay que pagar a la Administración para contribuir a la
hacienda pública.
Aportación a la seguridad social: como las contribuciones establecidas en la ley a
favor de entes públicos determinados, que tienen como objetivo financiar su
funcionamiento en forma automatizada.
3. Contribuciones de mejoras y derechos: Son tributos de carácter obligatorio, que tiene
como objetivo que el sujeto pasivo de la obligación tributaria obtenga un beneficio, que
nace a partir de la realización de obras públicas.
Obligaciones legales no tributarias o tributos atípicos:
Los tributos atípicos son presentaciones o ingresos públicos que tienen una naturaleza
tributaria, sin embargo, no son ingresos fiscales como tal y tampoco cumplen la misma
finalidad que los tributos típicos; y por ello justamente son una especie tributaria extraña
o atípica, cuando nos referimos a que estas contribuciones no se carácter fiscal.
Contribuciones parafiscales: Se trata de tributos establecidos a favor de entes públicos
o semi públicos, económicos o sociales, para asegurar su financiamiento autónomo,
teniendo como manifestación más importante los destinadas a la seguridad social. Las
contribuciones parafiscales se crean para alimenta y nutrir a una cantidad. Ejemplo el
seguro social, INCES.
Características de las contribuciones parafiscales:
-Su producto no se incluye en el presupuesto estadal ni municipal.
-No son recaudadas por organismos específicamente del estado.
-No ingresan en las asesarías nacionales, estadales o municipales.
-Bajo esta denominación se han creado, en todo el mundo, contribuciones destinadas a
fines de seguridad social y de políticas fiscales.
4. Bibliografía
Saia. Tema número 07. Las Contribuciones. Derecho Tributario.
https://www.google.com/search?q=obligaciones+legales+no+tributarias+o+tributos+atipicos&rlz=
1C1VSNC_esVE859VE859&oq=obligaciones+legales+no+tributarias+o+tributos+atipicos&aqs=chro
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