Taller impartido por Christian Gimeno. Director de Electium, Grupo Mémora, en las XV Jornadas sobre Duelo celebradas en el Centro San Camilo los días 13 y 14 de noviembre de 2019.
2. ¿Qué hacer en caso de que la defunción se produzca en el domicilio?
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1. Solicitar un médico para que certifique la defunción.
2. Una vez el médico a firmado el certificado de defunción , él mismo cursaría la ambulancia
para retirar al difunto y llevarlo al tanatorio que la familia desee.
3. ¿Qué documentación se necesita para tramitar una defunción?
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1. DNI de la persona fallecida o fotocopia.
2. DNI del declarante o de la persona que va a realizar la contratación del servicio funerario
3. Título de sepultura en caso de que quieran enterrar en un nicho de propiedad. (Esta
tramitación se realizaría con el departamento de cementerios)
4. En el caso de que tengan compañía de decesos aportar un recibo mensual o en el caso de
tener una prima única, el contrato.
4. ¿Cuáles son los pasos a seguir para tramitar una defunción?
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1. Toma de datos del difunto y del contratante del servicio funerario.
2. Elección guiada de los servicios necesarios para el funeral .
3. Firma del Contrato.
4. Elección de forma de pago (En caso de no tener compañía)
5. Documentación a tramitar con la funeraria
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1. Certificado médico de defunción.
2. Inscripción del certificado médico de defunción en el Registro Civil del lugar de fallecimiento.
3. Expedición de la licencia de entierro , posterior al Registro Civil de la defunción.
4. Licencia de enterramiento del juzgado competente/autorización judicial (en caso de muerte no
natural).
5. Título o alquiler de la propiedad de la sepultura, en caso de que las cenizas se depositen en una
sepultura.
6. Declaración de cremación firmada por el familiar más cercano o el contratante del servicio, solo
en caso de incineraciones.
7. Autorización familiar, en caso de traslado fuera de la provincia.
8. Autorización sanitaria, en caso de traslado por parte de la Comunidad Autónoma competente.