La sucesión intestada ocurre cuando una persona fallece sin dejar testamento. En este caso, la ley designa los herederos, que suelen ser familiares cercanos como descendientes, ascendientes o cónyuges. Para iniciar el proceso de sucesión intestada en Perú, el interesado debe obtener certificados del registro público y presentar documentos al notario que acrediten su parentesco con el fallecido. Luego, el notario publica un aviso y, pasado un tiempo, declara formalmente a los herederos legales.
4ª SESION la misión santificadora del Espíritu Santo en la vida de la Iglesi...
Actividad de aprendizaje 8
1. “AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”
ALUMNA:
JAYCE CURAY HIDALGO.
TEMA:
SUCESIÓN INTESTADA.
CURSO:
CÓMPUTO I (ACTIVIDAD)
DOCENTE:
MARISOL LÓPEZ ALEGRE.
UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO - PIURA
2016
3. SUCESIÓN INTESTADA
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SUCESIÓN INTESTADA
1. DEFINICÓN
La sucesión intestada, también denominada sucesión abintestato, legal o legítima, es
aquella que se da en el caso sucesión mortis causa ante la inexistencia o invalidez de
testamento del fallecido. Dada la necesidad de la elección de un sucesor, y ante la
inexistencia de voluntad escrita del fallecido, la ley suple esa voluntad designando
sucesores por defecto.
Por ello, en el caso de la sucesión intestada los herederos son establecidos por la ley
(herederos legales). La solución final adoptada difiere en cada sistema jurídico, aunque
suele basarse en relaciones de consanguinidad y afinidad y suele incluir por este
orden, a descendientes, ascendientes, cónyuge, colaterales y El Estado en último
lugar.
2. ¿QUÉ PASOS DEBO SEGUIR?
Como refiere la ley 26662, quien desee iniciar este proceso puede acudir a un notario o
a un juez de paz letrado. La diferencia del servicio suele estar en el precio y en el
tiempo. Un costo aproximado por todo el trámite puede bordear los S/.600.
Si decide hacer el trámite con el notario, lo primero que debe hacer es obtener, del
registro público, dos certificados negativos. Uno que acredite que la persona que
falleció lo hizo sin dejar algún testamento, y otro que señale que no hay un
procedimiento por sucesión intestada ya iniciado.
Si el trámite lo hace el hijo del fallecido, él deberá presentar su partida de nacimiento y
la de sus hermanos, o la partida de matrimonio del causante. La idea es que el notario
evalúe las partidas en las que se acredite el vínculo entre el fallecido y el que intenta
ser declarado heredero.
4. SUCESIÓN INTESTADA
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Después, el interesado se deberá acercar, con una solicitud dirigida al notario y
autorizada por un abogado en la que se indique su interés de ser declarado heredero o
que se declare herederos a él y a quienes estén con los documento probatorios.
Seguidamente, el notario deberá hacer una anotación preventiva en el registro público
y registrar una publicación en el diario oficial El Peruano y en cualquier otro diario que
tenga amplia circulación, por una sola vez.
Tras esperar 15 días útiles, el notario procede a declarar herederos a los que han
acreditado su vínculo con el causante y extiende un acta notarial. Todo el proceso de
sucesión intestada puede durar, aproximadamente, un mes y medio o dos meses.