Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Costos Mano de Obra
1. COSTOS
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA
UNIDAD EDUCATIVA DE
CIENCIAS EMPRESARIALES
MACHALA – EL ORO – ECUADOR
2014
FACILITADOR:
ING. COM. WILIAM TRANQUILINO MEDINA
CASTILLO
3. UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA
UNIDAD EDUCATIVA DE CIENCIAS EMPRESARIALES
Plan de Clase No. 1
CARRERA: Administración de Hotelería y Turismo ASIGNATURA: Costos NIVEL: Tercer
UNIDAD DIDÁCTICA:III
TEMA: Cálculo y registro del costo del salario y
beneficios mensuales.
DURACIÓN DE LA CLASE: 1 hora
DOCENTE: Ing. Wiliam Tranquilino Medina Castillo
PROBLEMA: Desconocimiento del tratamiento contable que se le corresponde al costo del
salario de los trabajadores y los beneficios mensuales que tiene derecho el trabajador
OBJETIVO: Determinar el cálculo y el registro del costos del salario y beneficios mensuales que perciben los trabajadores
CONOCIMIENTOS PREVIOS: Elementos del costo de producción FECHA: 23/09/2014
SISTEMA DE
CONTENIDOS
FASES ACTIVIDADES METODOS Y TECNICAS RECURSOS
INDICADORES
DE EVALUACION
CONOCIMIENTOS:
Habilidad para el
cálculo y registro del
salario.
HABILIDADES:
Establecer un método
adecuado para el
cálculo y registro del
costo del salario.
Identificar los
beneficios mensuales
del trabajador
VALORES:
Responsabilidad en el
cálculo y registro de los
salarios y beneficios
mensuales en un
sistema de costos por
órdenes de producción.
INTRODUCCIÓN
(10 minutos)
1. Saludo y Organización de Clase.
2. Análisis de Asistencia
3. Evaluar el conocimiento previo de los
estudiantes.
4. Motivación del nuevo tema a través de la
presentación de un video
5. Enunciar el Tema y Objetivo de la Clase en
la Pizarra.
1. Preguntas y respuestas; ¿Qué
es sistema de costos por
órdenes de producción?
¿Cuáles son los elementos del
costos de producción?, ¿Qué
es materia prima directa? etc.
2. Compartir experiencias.
3. Generación de Ideas
Nómina de
Estudiantes
Pizarra
Marcador
Borrador
Identificar los
conocimientos
previos de los
elementos del
costo de
producción
DESARROLLO
(35 minutos)
Planteamiento de situación problémica
Búsqueda parcial de información
Conversación heurística
Construcción del Informe a presentar.
Exposición de los Resultados
Trabajo participativo-
colaborativo
Plenaria
Exposición
Separatas
Pizarra
Marcadores
Papelotes
Generación de
Ideas
Acción
participativa
Creatividad de las
propuestas
Calidad de
respuestas
CONCLUSIONES
(15minutos)
1. Sistematización del Contenido
2. Conclusión de la Clase
3. Evaluación del Aprendizaje
4. Anuncio del Tema Nuevo para la próxima
clase.
1. Organizadores gráficos
2. Preguntas y Respuestas:
3. ¿Qué es salario? ¿Cuáles son
los beneficios mensuales del
trabajador?¿Qué es cuenta
contable utilizamos para
registrar el salario del
trabajador?
4. Autoevaluación del Estudiante
Pizarra
Marcadores
Resolver
Problemas para el
registro y cálculo
de l salario al
trabajador
ACTIVIDADES INVESTIGATIVAS
Revisión de libros de contabilidad de costos sobre el tratamiento contable de la mano de Obra Directa, Autor Pedro Zapata.
Contabilidad de costos de Bernard Hargadon Jr. Y Armando Munera
ACTIVIDADES AUTÓNOMAS
Aplicar el cálculo del salario del trabajador: 1. Elaboración de un rol de pago 2 . Registro del cálculo del salario en el Diario
general
Ing. Wiliam Medina Castillo
FIRMA DEL DOCENTE
4. con el objeto de transformar los
materiales en parte, artículos
acabados, obras concluidas,
espacios cultivables o hatos
ganaderos
Mano de Obra
Representa el
esfuerzo físico e
intelectual que
realiza el hombre
utilizando su destreza,
experiencia y
conocimientos
se facilita con el uso de
maquinarias y herramientas
dispuestas para el efecto
5. Costo de la mano de Obra
Estos sueldos y salarios del personal de
producción constituyen el costo de la mano
de obra
Sueldo en el caso de los empleados
Es obligación del empleador a reconocer
un salario y beneficios y prestaciones en el
caso de obreros
6. Clasificación de la Mano de
Obra
Mano de
Obra
Directa
Mano de
Obra
Indirecta
Se puede
clasificar en:
Es todo el tiempo que se invierte para
mantener en funcionamiento la
planta productiva, pero no se
relaciona directamente con la
fabricación del producto
Corresponde a las remuneraciones que
perciben las personas que trabajan
directamente con la elaboración del
producto, o sea, el costo de tiempo que
los trabajadores invierten en el proceso
productivo
7. Salario
Pago que se realiza al obrero o trabajadores de
producción y se l lo paga en jornadas de trabajo, esto
puede ser por unidades de obra(ordenes de trabajo),
también pude ser por horas, días o tareas ( por proceso)
Sueldo
Remuneraciones
Pago que se lo realiza por periodos de un mes, semana
integral. Al personal del área administrativa o de oficina
8. Salario es el estipendio que paga el empleador al obrero en
virtud del contrato de trabajo; y sueldo, la remuneración
que por igual concepto corresponde al empleado.
Art. 80 Salarios y
sueldo
Art. 81. Estipulación
de sueldos y salarios
Salario Básico
Los sueldos y salarios se estipularán libremente, pero en
ningún caso podrán ser inferiores a los mínimos legales,
de conformidad con lo prescrito en el artículo 117 de este
Código
Retribución económica mínima que se debe recibir por su
trabajo de parte de su empleador, el cual forma parte de la
remuneración y No Incluye aquellos ingresos en dinero, especie
o en servicio, que perciba por razón de trabajos extraordinarios y
suplementarios, comisiones, participación en beneficios, los
fondos de reserva, el porcentaje legal de utilidades, los viáticos o
subsidios ocasionales, las remuneraciones adicionales, ni
ninguna otra retribución
Remuneraciones
Código de trabajo
9. En todo contrato de trabajo se estipulará el pago de la
remuneración por horas o días, si las labores del trabajador
no fueran permanentes o se trataren de tareas periódicas o
estacionales; y, por semanas o mensualidades, si se tratare
de labores estables y continuas.
Art. 82
Remuneraciones
por hora: diarias,
semanales y
mensuales
Art. 83. Plazo para
el pago
Art. 84.
Remuneracion
semanal
El plazo para el pago de salarios no podrá ser mayor de
una semana, y el pago de sueldos, no mayor de un mes
por tarea y por obra.- Si el trabajo fuere por tarea, o la
obra de las que pueden entregarse por partes, tendrá
derecho el trabajador a que cada semana se le reciba el
trabajo ejecutado y se le abone su valor
Remuneraciones
Código de trabajo
13. Empresa Industrial WTMC
ROL DE PAGOS
DEL 1 Mayo al 31 de mayo de 2014
NOMBRE CARGO
SUELDO
UNIFICADO
TOTAL
INGRESOS
DESCUENTOS
TOTAL
DCTOS.
A PAGAR FIRMA
IESS 9,45%
Zoilo Mesa de
Cuero
Obrero 600,00 600,00 56,70 56,70 543,30
Pancho Riado Obrero 480,00 480,00 45,36 45,36 434,64
Aquiles Pego Obrero 480,00 480,00 45,36 45,36 434,64
Zacarías Mesa Obrero 480,00 480,00 45,36 45,36 434,64
Marcos Bonito Obrero 480,00 480,00 45,36 45,36 434,64
Total 2.520,00 2.520,00 238,14 238,14 2.281,86
Gerente Contador
14. A continuación se muestra la contabilización del rol de pago
Empresa Industrial Tercer Nivel SA
Diario General
Fecha Concepto Parcial Debe Haber
Nómina de Producción 2.520,00
Sueldos y Salarios 2.520,00
Bancos 2.281,86
Obligaciones con el IESS por Pagar 238,14
P/r. Pago del mes de sueldo del
departamento de producción
15. A continuación planteamos el registro de la nomina de
producción al proceso productivo
Empresa Industrial Tercer Nivel SA
Diario General
Fecha Concepto Parcial Debe Haber
Inventario de Productos en Proceso 2.520,00
Mano de Obra 2.520,00
Nómina de Producción 2.520,00
Sueldos y Salarios 2.520,00
P/r. asignación del sueldo de los obreros al
proceso de producción.
17. 1. Las horas suplementarias no podrán exceder de
cuatro en un día, ni de doce en la semana; 2. Si
tuvieren lugar durante el día o hasta las 24H00, el
empleador pagará la remuneración correspondiente a
cada una de las horas suplementarias con más un
cincuenta por ciento de recargo.
Art. 55 Remuneración
por horas suplementarias
y extraordinarias
Horas
extraordinarias
Beneficios
1. Si dichas horas estuvieren comprendidas entre
las 24H00 y las 06H00, el trabajador tendrá
derecho a un ciento por ciento de recargo. Para
calcularlo se tomará como base la remuneración
que corresponda a la hora de trabajo diurno;
1. Para calcular este recargo, se tomará como base
el valor de la unidad de la obra realizada durante
el trabajo diurno; y, 4. El trabajo que se ejecutare
el sábado o el domingo deberá ser pagado con el
ciento por ciento de recargo.
18. Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les
paguen, hasta el veinticuatro de diciembre de cada año,
una remuneración equivalente a la doceava parte de las
remuneraciones que hubieren percibido durante el año
calendario.
Art. 111 Derecho a la
decimo tercera
remuneración
Art. 113. Derecho a
la decimo cuarta
remuneración
Los trabajadores percibirán, además, sin perjuicio de
todas las remuneraciones a las que actualmente tienen
derecho, una bonificación anual equivalente a una
remuneración básica mínima unificada para los
trabajadores en general y una remuneración básica
mínima unificada de los trabajadores del servicio
doméstico.
Beneficios
Remuneraciones adicionales
19. respectivamente, vigentes a la fecha de pago, que será
pagada hasta el 15 de marzo en las regiones de la Costa e
Insular, y hasta el 15 de agosto en las regiones de la Sierra y
Amazónica. Para el pago de esta bonificación se observará
el régimen escolar adoptado en cada una de las
circunscripciones territoriales.
Plazos de pago del
decimo cuarta
remuneración
Art. 196. Derecho al
fondo de reserva
Todo trabajador que preste servicios por más de un año
tiene derecho a que el empleador le abone una suma
equivalente a un mes de sueldo o salario por cada año
completo posterior al primero de sus servicios.
Remuneraciones adicionales
20. Todo trabajador tendrá derecho a gozar anualmente de
un período ininterrumpido de quince días de descanso,
incluidos los días no laborables. Los trabajadores que
hubieren prestado servicios por más de cinco años en la
misma empresa o al mismo empleador, tendrán derecho
a gozar adicionalmente de un día de vacaciones por cada
uno de los años excedentes o recibirán en dinero la
remuneración correspondiente a los días excedentes.
Art. 69. Vacaciones
anuales
Remuneraciones adicionales
21. Calculo de los Beneficios Sociales
Empresa Industrial Tercer Nivel
ROL DE Provisiones
DEL 1 Mayo al 31 de mayo de 2014
NOMBRE CARGO
TOTAL
INGRESOS
XIII SUELDO
T I/12
XIV
SUELDO
340 SB/12
FONDO DE
RESERVA
T I X 8,33%
VACACION
ES
T I /24
APORTE
PATRONAL T
I 12,15%
TOTAL
PROVISION
ES
Julio Ampuero Obrero 600,00 50,00 28,33 49,98 25,00 72,90 226,21
Pancho Riado Obrero 480,00 40,00 28,33 39,98 20,00 58,32 186,63
Aquiles Pego Obrero 480,00 40,00 28,33 39,98 20,00 58,32 186,63
Zacarías Mesa Obrero 480,00 40,00 28,33 39,98 20,00 58,32 186,63
Marcos Bonito Obrero 480,00 40,00 28,33 39,98 20,00 58,32 186,63
2.520,00 210,00 141,65 209,92 105,00 306,18 972,75
Gerente Contador
22. Registro de las provisiones
Empresa Industrial Tercer Nivel SA
Diario General
Fecha Concepto Parcial Debe Haber
Nómina de Producción 972,75
Beneficios y Prestaciones Sociales 972,75
Beneficios y prestaciones sociales por
Pagar
666,57
Obligaciones con el IESS por Pagar 306,18
P/r. Pago del mes de sueldo del
departamento de producción
23. Asignación de los Beneficios y prestaciones sociales a la orden de
producción,
Empresa Industrial Tercer Nivel SA
Diario General
Fecha Concepto Parcial Debe Haber
Inventario de Productos en Proceso 972,75
Mano de Obra 972,75
Nómina de Producción 972,75
Beneficios y prestaciones sociales 972,75
P/r. asignación de la provisión que se
calculó de los obreros al proceso de
producción.