1. Elementos esenciales
del contrato
Un contrato es un acuerdo jurídico de voluntades por el que se
exige el cumplimiento de una cosa determinada. Se trata de un
acto privado entre dos o más partes destinado a crear
obligaciones y generar derechos.
2. Capacidad
La capacidad para contratar constituye el primero de los
elementos esenciales de todo contrato. Solo pueden contratar
aquellos a quienes la ley estima con aptitud para hacerlo.
En el artículo 1263 del Código Civil se excluyen a los menores no
emancipados y a los que tienen su capacidad modificada
judicialmente, como los pródigos o los concursados
3. Consentimiento
El consentimiento se refiere a la voluntad de las partes para
querer celebrar el contrato. Según el artículo 1262 del Código
Civil, es "el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa
y la causa que han de constituir el contrato".
Para que sea válido, el consentimiento ha de ser prestado con
libertad por personas capaces y "será nulo el prestado por error,
violencia, intimidación o dolo" (artículo 1265 del Código Civil).
4. Objeto
El objeto del contrato ha de ser posible, lícito y determinado, sin
necesidad de un nuevo acuerdo entre partes. En este apartado se
aúnan los servicios, o condiciones, que deben seguir alguna de
las partes o ambas según lo firmado.
5. Causa
Mientras que el objeto responde a qué es lo que se debe, la
causa es el hecho que explica por qué se debe. Es decir, justifica
la creación de una obligación por la voluntad de las partes.
No se debe confundir la causa con los motivos que tuvieron los
contratantes para celebrar el contrato. Pues la causa es siempre
la misma, mientras que los motivos son variables. La causa ha de
ser existente, verdadera y lícita.