3. Objetivo de la sesión
• Conocer los nuevos requerimientos del CFDI 4.0 que indica la autoridad y así parametrizar los
sistemas Aspel SAE y Aspel FACTURE para la correcta emisión de los documentos como: Facturas,
Complementos de pago, Factura global y retenciones de pago, todo esto cumpliendo con las ultimas
disposiciones fiscales vigentes.
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4. Agenda
CFDI 4.0
Configura y emite CFDI 4.0 en Aspel SAE 8.0
Configura y emite CFDI 4.0 en Aspel FACTURE 6.0
Complemento de pago versión 2.0
Emite Complemento de pago en Aspel SAE 8.0
Emite Complemento de pago en Aspel FACTURE 6.0
Factura global
Realiza la factura global en Aspel SAE 8.0
Retenciones
Expide las retenciones en Aspel FACTURE 6.0
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CFDI 4.0
Es la nueva versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es la forma de hacer
Documentos Electrónicos para que sean validos para el SAT.
A partir de julio de 2022, es obligatorio cumplir con
estos nuevos requerimientos para la facturación electrónica
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Requerimientos generales
• Emitir CFDI versión 4.0.
• Incluir el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
• Incluir campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
• Identificar si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
• Nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general;
así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
8. Nuevos datos fiscales obligatorios de clientes
Dudas y comentarios: https://www.aspel.com.mx/buzon.eventos
RFC
Nombre o Razón social
CP
Régimen fiscal
9. Solicita a tus clientes o trabajadores una constancia de
situación fiscal
Dudas y comentarios: https://www.aspel.com.mx/buzon.eventos
www.sat.gob.mx/aplicacion/login/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal.
En este documento es donde se puede verificar que sean
correctos los nuevos datos obligatorios. Respetando
mayúsculas, acentos y espacios tal como se muestran
en la constancia.
11. RFC
Resultado (validación Nombre, Razón
social y CP
Resultado de lista negra Iconografía
RFC no valido (no se encontró el
RFC
No aplica No aplica
RFC valido
• Nombre/Razón social validada, CP
válido.
No esta en la lista negra
RFC válido
• Nombre/Razón social validada, CP
válido
• Esta en lista negra como “Presunto”
• Esta en lista negra como “Definitivo”
• Esta en lista negra como “Desvirtuado”
• Esta en lista negra como “Sentencia favorable”
RFC válido
• Nombre/Razón social NO validada,
CP válido.
• Nombre/Razón social válida, CP NO
válido.
• Nombre/Razón social NO válida, CP
NO válido
NO esta en lista negra
RFC válido
• Nombre/Razón social NO valida, CP
válido.
• Nombre/Razón social válida, CP NO
válido.
• Nombre/Razón social NO valida, CP
NO válido.
• Esta en lista negra como “Presunto”
• Esta en lista negra como “Definitivo”
• Esta en lista negra como “Desvirtuado”
• Esta en lista negra como “Sentencia favorable”
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19. Claves del campo ObjetoImp CFDI 4.0
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C_ObjetoImp Descripción
01 No objeto de impuesto
02 Si objeto de impuesto
03 Si objeto de impuesto y no obligado al desglosé
Entre los cambios que se dieron en el CFDI para la versión 4.0 se incorporó el campo
OBJETO DEL IMPUESTO,y tenemos a su vez el catálogo para este campo, y la pregunta
es ¿En qué casos se utilizan las claves para este campo ObjetoImp
20. https:www.aspel.com.mxbuzon.eventos
Un ejemplo para la utilización de esta clave es cuando no se incorpora el Impuesto al Valor Agregado (IVA):
• Enajenación de bienes: Si esta no se efectúa en territorio nacional se considera no objeto de impuesto.
• Prestación de servicios y Uso o goce temporal de vienes : Si no se efectúa en territorio nacional se considera no objeto
de impuesto.
• Artículos que no contengan IVA.
Clave 01: No objeto de impuestos:
21. Clave 01: No objeto de impuestos:
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Inventario > Productos > Esquema de impuestos
23. Clave 02: Si objeto de impuestos:
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Si el emisor es únicamente causante de IVA entonces de acuerdo con el articulo 1 de la ley del Impuesto
al Valor Agregado utiliza esta clave sin problemas. Están obligados al pago de impuesto al valor
agregado, las personas físicas y morales que, en territorio nacional, realicen actos o actividades.
• Enajenación de bienes.
• Presten servicios independientes.
• Otorguen el uso temporal de bienes.
• Importen bienes o servicios.
24. Clave 02: Si objeto de impuestos:
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Inventario > Productos > Esquema de impuestos
Configuración > Parámetros del sistema >
Parámetros Generales > Impuestos
25. Clave 02: Si objeto de impuestos:
Clientes > Clientes > Comprobantes Fiscales
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27. Clave 03: Si objeto de impuestos y no obligado al
desglose
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Un ejemplo para la utilización de esta clave es el caso de contribuyentes del IEPS.
36. Complemento de pago versión 2.0
• Se deberá de incluir la información de los impuestos trasladados y retenidos por
cada pago recibido. Los importes deberán incluirse en moneda nacional.
• Dentro de la sección de documento relacionado se deberá indicar si el documento
origen es objeto o no del impuesto, así como la información de los impuestos
trasladados o retenidos del CFDI origen.
• Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos
relacionados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que
trasladan.
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43. • Se incluyen nuevos apartados relacionados con la emisión del CFDI de operaciones
con público en general (CFDI global) y en operaciones por cuenta de terceros; los
cuales se vuelven condicionales; es decir, solo se deberán llenar en caso de que sea
aplicables para la operación que se llevará a cabo.
• El régimen con el que se dará de alta al cliente “Publio en general “será 616 (sin
obligaciones fiscales) y en domicilio será necesario indicar el domicilio del
contribuyente que esta emitiendo el CFDI, así como en el uso del CFDI se deberá de
indicar S01 (Sin efectos fiscales).
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48. • Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y receptor.
• Se incluyen los campos de CFDI relacionados, con el propósito de poder relacionar comprobantes en
los casos de sustitución.
• Se actualizan las referencias para el llenado de los campos de mes inicio, mes fin y ejercicio; pero,
para los ejercicios se precisa que solo se podrá corresponder al ejercicio en curso o al inmediato
anterior.
• Se deberá incluir los importes en los campos de Totales y Retenciones en Moneda Nacional.
• Se incluyen los campos relacionados con utilidad bimestral e ISR correspondiente, los cuales
deberán utilizarse cuando se use la clave de retención 28
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52. Conclusión
Con esto podemos validar y poder realizar la emisión del CFDI 4.0 en Aspel SAE y Aspel FACTURE,
al igual que la recepción de pagos en su versión 2.0.
Se cumple con los requerimientos establecidos por la autoridad para la correcta emisión de la factura
global en Aspel SAE
Y en Aspel FACTURE podremos realizar y emitir el documento de retenciones con los datos que
establece la autoridad, cumpliendo así con todos los requerimientos fiscales para la correcta emisión de
los documentos y sobre todo cumpliendo y forma por lo establecido por la autoridad.
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