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DIGITAL OBSERVATORY FOR
HIGHER EDUCATION IN LATIN AMERICA AND CARIBBEAN
IESALC Reports available at
www.iesalc.unesco.org.ve
IESALC - UNESCO
La Educación Superior Privada en Colombia
- Jorge Hernán Cárdenas S.
Oportunidad Estratégica
- María Lorena Gutiérrez B.
Universidad de los Andes
TABLA DE CONTENIDO
La Educación Superior Privada en Colombia
Presentación Pág. 1
Capitulo 1
Marco legal de las IES privadas
1.1 Introducción Pág. 3
1.2 Implicación de la constitución de 1991 en la educación Pág. 3
1.3 Concepto de autonomía universitaria en la Constitución de
1991 y en la Ley 30 de 1992 Pág. 5
1.4 La inspección y vigilancia Pág. 7
1.5 Evolución del concepto de inspección y de vigilancia Pág. 8
1.6 Intervención del Estado durante el ciclo de vida de las IES Pág. 11
1.7 Formas de constitución legal y de clasificación de la naturaleza
Jurídica de las IES privadas Pág. 14
1.8 El régimen de la Ley 30 de 1992 para las IES privadas Pág. 15
Capitulo 2
Algunas características de la Educación Superior Privada en Colombia y
causas de su creación
2.1 Tipología de las Instituciones Pág. 17
Capitulo 3
Número de Instituciones de Educación Superior
3.1 Datos y tendencias generales Pág. 22
Capitulo 4
Matriculas y situación de profesores
4.1 Datos generales Pág. 25
4.1.1 Profesores Pág. 29
4.1.2 Programas Pág. 30
4.2 Algunas conclusiones generales respecto a la Educación
Superior en Colombia Pág. 34
Capitulo 5
Estructura Financiera de las Universidades Privadas
5.1 Estructura financiera de las IES privadas del país Pág. 36
5.2 Algunos comentarios finales sobre la financiera de las IES
Privadas del país. Pág. 39
Capitulo 6
El aseguramiento de la calidad de la Educación Superior en Colombia
6.1 Introducción Pág. 43
6.2 Posición del propio gobierno Pág. 43
6.3 Mejoramiento progresivo Pág. 44
6.4 Logros de los últimos años en políticas para la Educación
Superior Pág. 45
6.5 Experiencia Colombiana con el aseguramiento de la calidad
de la Educación Superior Pág. 48
6.6 El mejoramiento institucional: apoyo a la gestión Pág. 52
INDICE DE TABLAS
Capitulo 3
Número de Instituciones de Educación Superior
Tabla 1. Instituciones según carácter académico y origen institucional
(Año: 2002 – Período Anual) Pág. 23
Tabla 2. Instituciones según carácter académico, origen institucional
Década: 1990-2002 Pág. 24
Tabla 3. Instituciones privadas de Educación Superior Pág. 23
Capitulo 4
Matricula y situación de profesores
Tabla 4. Educación Superior. Total alumnos matriculados primer
Período académico 1981 - 2001 Pág. 25
Tabla 5. Total alumnos matriculados según nivel educativo,
Modalidades y origen institucional por departamento.
Año 2002-periodo 01 Pág. 26
Tabla 6. Total matrícula por tipo de IES y origen Pág. 27
Tabla 7. Participación matriculas por tipo de IES y origen Pág. 28
Tabla 8. Relación número de estudiantes por número de IES Pág. 28
Tabla 9. Profesores según dedicación 1994-2002 Pág. 29
Tabla 10. Nivel académico de los profesores, año 2002 Pág. 30
Tabla 11. Programas académicos según nivel educativo y metodología
de estudio. Década: 1990-2002 Pág. 31
Tabla 12. Total alumnos matriculados según áreas del conocimiento y
origen institucional Pág. 33
Tabla 13. Incrementos en matrícula, programas e instituciones Pág. 32
Capitulo 5
Estructura Financiera de las Universidades Privadas
Tabla 14. Composición ingresos IES privadas del país Pág. 37
Tabla 15. Composición egresos IES privadas del país Pág. 37
Tabla 16. Crecimiento en cuentas del balance general de las IES
Privadas Pág. 38
INDICE DE GRÁFICAS
Capitulo 2
Algunas Características iniciales de la Educación Superior privada en
Colombia y causas de su creación
Gráfica 1. Tipología de las IES según su naturaleza jurídica Pág. 18
Gráfica 2. Antigüedad de las IES privadas del país Pág. 19
Gráfica 3. Tamaño de las IES por número de estudiantes y por tipo
de instituciones Pág. 20
Gráfica 4. Tamaño de las IES privadas por número de estudiantes Pág. 20
Gráfica 5. Ubicación IES privadas Pág. 21
Capitulo 5
Estructura Financiera de las Universidades Privadas
Gráfica 6. Principales variaciones del ICESP primer semestre 2002 Pág. 39
Gráfica 7. Cobertura del crédito educativo en Colombia Pág. 41
Capitulo 6
El aseguramiento de la calidad de la Educación Superior en Colombia
Gráfica 8. Dimensiones del modelo de aseguramiento de la calidad
en Colombia Pág. 51
Gráfica 9. Gobernabilidad externa: Relación entre las tres políticas
Publicas fundamentales Pág. 52
Gráfica 10. Proporción de IES que podrían ser analizadas en razón
de la inspección y vigilancia; el apoyo a la gestión y al
aseguramiento de la calidad Pág. 53
INDICE DE ANEXOS
Capitulo 1
Marco Legal de las IES privadas
Anexo 1. Cuadro del marco legal en el ciclo de las IES privadas Pág. 54
Anexo 2. Aparte del decreto 1478 de 1994 Pág. 55
Capitulo 2
Algunas Características iniciales de la Educación Superior privada en
Colombia y causas de su creación
Anexo 3. Razones para la creación de Universidades privadas
(algunos ejemplos) Pág. 58
1
La Educación Superior Privada en Colombia.
Jorge Hernán Cárdenas S.*
María Lorena Gutiérrez B. **
Agosto, 2005.
Presentación
Este trabajo es producto de la invitación que Claudio Rama, Director Regional de
la oficina de IESALC-UNESCO, hiciera para elaborar un reporte que permitiera
apreciar la evolución de la educación superior privada en Colombia. Agradezco al
Dr. Rama y a su asistente Isabelle Haymann su confianza para hacerme cargo del
presente estudio.
Este estudio resulta en buena parte de la experiencia de los autores y de un
equipo de trabajo en investigaciones previas1
, en particular en el trabajo: Informe
Final: “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS IES PRIVADAS DEL PAÍS“,
ICFES 2003.
Este documento cubre la temática que estableció UNESCO en los términos de
referencia para examinar las universidades privadas:
1. Marco Legal y regulatorio de disposiciones legales que respalden la creación y
funcionamiento de las instituciones de Educación Superior privada universitaria en
la región.
2. Causas que impulsaron la creación, crecimiento y desarrollo de las instituciones
universitarias de educación superior privada de la región.
3. Número de Instituciones de Educación Superior Privada Universitaria en
Colombia: crecimiento, cobertura regional/nacional de estas instituciones y
mecanismos de acceso.
4. Matricula y egresados de las Instituciones de Educación Superior privadas
pregrado y postgrado. Evolución de la matrícula y egresados por áreas de
conocimiento, sexo e instituciones. La información puede clasificarse en períodos
quinquenales o decenales.
_________________________
*
Ingeniero Industrial de la Universidad de los Andes. Master of Arts in Economics, University of Minnesota; Master of
Science in Management, MIT Sloan School. Ha sido Decano y profesor de la Facultad de Administración de la Universidad
de los Andes en MBA y PMBA. Actualmente es el director de la firma Oportunidad Estratégica en Bogotá, Colombia.
** Ingeniera Industrial de la Universidad de los Andes. Especialista en Finanzas de la Universidad d e los Andes. M.A. in
Management, Universidad de Tulane. Doctorado en Finanzas, Universidad de Tulane. Actualmente es De cana de la
Facultad de Administración de la Universidad de los Andes y socia de la firma Oportunidad Estratégica en Bogotá,
Colombia.
1
En particular se reconoce el aporte de Ana María Nieto (Capítulo 1), Rafael Vesga (Capítulo 6) y el apoyo de Mauricio
Vélez y Mauricio Wiesner.
2
5. Tipología de las instituciones de Educación Superior Universitaria atendiendo a
sus objetivos: religiosa, empresarial, virtuales, a distancia, transnacionales,
corporativas, cooperativas, con o sin fines de lucro, etc.
6. Estructura del financiamiento de la Educación Superior Universitaria Privada.
Composición de los ingresos (matricula, subsidios federales o estatales; filantropía,
donativos de empresas y/o particulares, venta de servicios no docentes, productos
derivados de actividades de investigación o extensión, créditos bancarios, aportes
de egresados, apoyo de Fundaciones, Voluntariado, etc.) y de los egresados
(inversión, salarios, etc.). Matricula: costo promedio de la matricula. Modalidades
de financiamiento de la matricula. Costos de los estudios desagregados por
carreras y niveles (licenciaturas, postgrados).
7. Existencia de Sistemas de Aseguramiento de la Calidad a nivel nacional,
internacional o de las propias instituciones. Modalidades de funcionamiento.
8. Recursos Humanos que emplean las Instituciones de Educación Superior
Privada.
3
Capítulo 1
Marco legal de las IES privadas
1.1 Introducción
La educación es de gran importancia en el marco del Estado Social de Derecho
prevalerte en Colombia, que es el modelo de organización jurídico-política
establecido en la Constitución de 1991. Inscriben y deben ser compatibles los
conceptos de la educación como derecho y como servicio público, la autonomía
universitaria, y la inspección y vigilancia de la educación por parte del Estado.
La Constitución, en su artículo 67, le da a la educación una doble connotación:
como derecho del individuo y como servicio público esencial con función social,
que impone obligaciones, cargas y restricciones. Entonces, al estar la educación
comprometida con el bien común, el Estado debe velar por su calidad, por el
cumplimiento de sus fines y por la formación moral, intelectual y física de los
educandos.2
Por tanto, en la intervención del Estado en materia de educación se
debe armonizar la inspección y vigilancia de las Instituciones de Educación
Superior (IES) con el respeto de la autonomía universitaria como garantía esencial
para la producción de conocimiento.
Una de las contribuciones de este capítulo es el desarrollo del marco legal y su
relación con el ciclo de vida de las IES privadas, desde el nacimiento de la
institución hasta su operación y funcionamiento, y su posible extinción. También
han sido reglamentados varios asuntos internos de las IES como se muestra en el
anexo 1. La parte pertinente a inspección y vigilancia del Decreto 1478 de 1994,
que reglamenta la aprobación de la personería jurídica, se presenta en el anexo 2.
1.2 Implicaciones de la Constitución de 1991 en la educación superior de
Colombia
En 1980, bajo la vigencia de la anterior Constitución de 1886, se dio una de las
principales reformas educativas, con el Decreto-Ley 80. Este decreto constituye,
junto con las demás normas que hicieron parte de la reforma educativa, el cuerpo
más extenso de normas sobre educación. Contempla casi todos los aspectos
componentes, objetivos y organización del sistema y todo dentro de una rígida
inspección y vigilancia. Esta norma desarrolló un esquema intervencionista en el
que todo se reglamentaba y se controlaba, y la inspección y vigilancia tenía por
objeto propender al cumplimiento de los fines sociales de la cultura y a la mejor
formación intelectual, moral y física de los estudiantes. Así mismo, se tenía que
velar porque las IES privadas, que debían ser entidades sin ánimo de lucro,
2
Corte Constitucional. Sentencia T-574 de 1993. M.P.: Eduardo Cifuentes Muñoz.
4
conservaran sus rentas y las aplicaran exclusivamente a cumplir el objeto social
educativo.3
En la Constitución de 1886 existía un choque de competencias regulatorias en
materia de educación entre el Presidente y el Congreso, en la medida que la
Constitución le otorgaba al Presidente la facultad de reglamentar, dirigir e
inspeccionar la instrucción pública nacional. De tal forma que las normas emitidas
por el Presidente tenían fuerza de ley porque eran desarrollo directo de la
Constitución. Dicha situación fue solucionada por la Constitución de 1991 que le
dio facultades exclusivas al Congreso en esa materia.4
En 1991, al promulgar la nueva constitución se estableció la libertad de enseñanza
y de cátedra como derechos fundamentales; la garantía de la autonomía
universitaria; la posibilidad de que los particulares fundasen establecimientos de
educación, y se le otorgó facultades de inspección y vigilancia al Presidente.
Posteriormente se expidió la Ley 30 de 1992, que reglamentó la Educación
Superior. Esta reforma pretendía cambiar la relación que existía entre el Estado y
las IES de tal forma que la intervención del Estado en el sector fuera más
orientadora, selectiva y menos reglamentarista 5
La Ley 30 estableció los
parámetros de la Educación Superior y definió los siguientes temas: principios y
objetivos; los campos de acción; los programas académicos; los tipos de
instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía de las
instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el Consejo Nacional de
Educación Superior (CESU) y el Instituto Colombiano para el Fomento de la
Educación Superior (ICFES); los comités asesores (fusionados en la Comisión
Consultiva de las Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de
1999); las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema Nacional
de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las instituciones; el régimen
especial de las universidades del Estado, la organización y elección de las
directivas, el personal docente y administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto
Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar
universitario.
Aunque la Ley 30 reguló los temas de la Educación Superior, ésta sólo constituye
un marco normativo general. De modo que fue preciso reglamentarla para poder
llevar a la práctica varias de sus disposiciones. Algunos de los anteriores temas
han sido reglamentados: la escogencia de los representantes del CESU (D. 1229
de 1993); la información y notificación al ICFES por parte de las IES sobre la
creación de programas (D. 1403 de 1993); los requisitos para notificar la creación
y desarrollo de programas académicos de pregrado y de especialización (D. 837
de 1994); el procedimiento para el reconocimiento de personería jurídica (D. 1478
3
Ibídem. p. 292.
4
Caballero, Liliana. “La inspección y vigilancia de la Educación Superior Colombiana: obligación, facultad y funciones
estatales”. Bogotá: Consejo Nacional de Acreditación. 1998. Documento en mimeógrafo. p. 61.
5
Pacheco Arrieta, Iván. Op. cit. p, 296.
5
de 1994); la creación del Sistema Nacional de Acreditación (D. 2904 de 1994); la
transformación de carácter académico de las instituciones técnicas profesionales y
las tecnológicas (D. 350 de 1994); la inspección y vigilancia de programas
académicos de pregrado (D. 2790 de 1994); el registro y la publicidad de los
programas académicos (D. 1225 de 1996); los plazos para la acreditación previa
de los programas de formación en educación (D. 1605 de 2000); el procedimiento
para la ratificación de estatutos (D. 532 de 2001); la unificación y los
procedimientos para los programas de doctorado y maestría (D. 916 de 2001); los
exámenes de Estado (D. 1466 de 2001, D. 2233 de 2001); estándares de calidad
(D. 936, 937, 938, 939, 949, 1576 y 1665); la homologación de títulos de
estudiantes de otros países (D. 860 de 2003). En los anexos 2.1 y 2.2 puede verse
como en los años 1994, 2001 y 2002 hubo mayor esfuerzo reglamentario.
La Ley 30 definió bien la autonomía universitaria de las IES en sus artículos 28 y
29; en cambio, la inspección y vigilancia quedó definida de forma difusa y sin un
instrumento idóneo que la haga realidad. Esto es paradójico por cuanto el artículo
69 de la Constitución concede la garantía de la autonomía universitaria los límites
que establezca la ley. Es decir, que los límites de la autonomía universitaria
debieron quedar contenidos en la Ley 30, en especial los que aseguran la calidad,
por medio de la inspección y vigilancia. La fortaleza con la que quedó establecida
la autonomía universitaria y la debilidad de la inspección y vigilancia hizo que
durante los primeros años de la Ley 30 se pensara que estos conceptos eran
incompatibles. La inspección y vigilancia preventiva quedó sin reglamentación
pues en los artículos 49-50 está solo el procedimiento para las investigaciones, a
continuación se desarrollarán dichos conceptos.
1.3 Concepto de autonomía universitaria en la Constitución de 1991 y en
la Ley 30 de 1992
La autonomía universitaria es la facultad que tienen las IES para desarrollar
libremente la enseñanza, la investigación y demás funciones de la Educación
Superior sin interferencias del poder público, 6
y se concreta en la libertad
académica, administrativa y económica. Sin embargo, dicha garantía ha sido
entendida como la imposibilidad del Estado de intervenir en los asuntos de las
IES.
El artículo 69 de la Constitución dispuso la garantía de autonomía universitaria y
estableció que las universidades podrán darse sus directivas y establecer sus
propios estatutos de acuerdo con la ley. La Ley 30 de 1992 definió los términos de
dicha autonomía para las universidades (artículo 28) y determinó los aspectos que
ésta incluye para las instituciones universitarias, escuelas tecnológicas y las
instituciones técnicas profesionales (artículo 29). Aunque en esa norma no les
6
Linares, Patricia. “El ejercicio responsable de la autonomía universitaria”. En: Luis Enrique Orozco (comp.). Educación
Superior: desafío global y respuesta nacional. Tomo II. Bogotá: Uniandes. Facultad de Administración, 2001, p. 40.
6
atribuyó autonomía a las instituciones tecnológicas, se ha entendido que, por
analogía.7
El artículo 28 de la Ley 30 dice que la autonomía de las universidades comprende
darse y modificar sus estatutos; designar autoridades académicas y
administrativas; crear, organizar, y desarrollar sus programas académicos; definir
y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales;
otorgar los títulos correspondientes; seleccionar a sus profesores; admitir a sus
alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes, y establecer, arbitrar y aplicar
sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional.
El artículo 29 de la misma ley estableció que la autonomía de las instituciones
universitarias o escuelas tecnológicas y de las instituciones técnicas profesionales
estará determinada por su campo de acción y se materializa en los siguientes
siete aspectos: (i) darse y modificar sus estatutos; (ii) designar sus autoridades
académicas y administrativas; (iii) crear, desarrollar sus programas académicos, lo
mismo que expedir los títulos correspondientes; (iv) definir, organizar sus labores
formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión; (v)
seleccionar y vincular a sus docentes, lo mismo que a sus alumnos; (vi) aplicar el
régimen de alumnos y docentes; y (vii) arbitrar y aplicar sus recursos para el
cumplimiento de sus misión social y de su función institucional.
La autonomía universitaria es un derecho limitado y complejo. Limitado porque se
garantiza para un adecuado funcionamiento institucional, pero debe ser
compatible con los derechos y garantías de otras instituciones que persiguen fines
sociales. Es complejo porque involucra los derechos de otras personas, como la
libertad de cátedra y la participación, que deben ser respetados en las actividades
universitarias.8
La Corte ha dicho que la autonomía no es absoluta porque está sujeta al Ministerio
de Educación en cuanto a la observancia de las políticas públicas, la planeación
del sector educativo, y la inspección y vigilancia en materia educativa.9
Además,
“debe desarrollarse en armonía con los principios constitucionales de equidad,
justicia, igualdad de oportunidades, reconocimiento de las diferencias y respeto a
la dignidad de quienes intervienen en el proceso educativo”.10
Por otro lado, la Corte enunció los límites que le impone el orden constitucional a
la autonomía universitaria: la inspección y vigilancia por parte del Presidente de la
República; la prestación del servicio público de educación exige el cumplimiento
estricto de la ley; así como el respeto y materialización de los derechos
fundamentales. 11
Así mismo ha dicho que las universidades deben cumplir su
7
Pacheco Arrieta, Iván. “Nuevo compendio de normas sobre la Educación Superior”.Bogotá, ICFES, 2001, p. 23.
8
Sentencia T-515 de 1995. M.P.: Alejandro Martínez Caballero
9
Ibídem.
10
Sentencia C-515 de 1999. Op. cit.
11
Sentencia T-513 de 1997. M.P. Alejandro Martínez Caballero.
7
misión a través de acciones que reflejen una “ética de la responsabilidad”. Es
decir, que su autonomía “encuentre legitimación y respaldo no sólo en sus propios
actores, sino en la sociedad en la que la universidad materializa sus objetivos, en
el Estado que le provee de recursos y en la sociedad civil que espera fortalecerse
a través de ella...”.12
Se ha resaltado el papel del legislador en determinar los
límites de dicha autonomía para que las universidades no sean islas en el
ordenamiento jurídico y cumplan con la función social de la educación.13
1.4 La inspección y vigilancia
La inspección y vigilancia de las IES está dada por la Constitución Política, tanto
por el artículo 67, que la establece para la educación en general, como por los
numerales 21, 22 y 26 del artículo 189, que le imponen al Presidente de la
República la inspección y vigilancia de la enseñanza, de la prestación de los
servicios públicos y de las instituciones de utilidad común para que conserven sus
rentas y sean debidamente aplicadas para que se pueda cumplir la voluntad de
sus fundadores.14
La Educación Superior es un servicio público, razón por la cual el
Estado tiene la obligación de regular su prestación para garantizar que ésta sea
eficiente y tenga calidad.15
De otro lado, para la inspección y vigilancia es de vital
importancia que la ley reglamente los límites de la autonomía universitaria, puesto
que en virtud del principio de legalidad (Art. 6 CP), a los particulares sólo les está
prohibido hacer lo que expresamente disponga la Constitución y la ley. Es decir
que, sin límites legales, el Estado no tiene elementos para intervenir en la
prestación del servicio de Educación Superior.
De acuerdo con el artículo 211 de la Constitución, el Presidente de la República
puede delegar la función de inspección y vigilancia en sus ministros. En materia
de Educación Superior, el Presidente le delegó sus facultades de inspección y
vigilancia al Ministro de Educación mediante el Decreto 698 de 1993.
En los artículos 31, 32 y 33 de la Ley 30 se desarrolla la inspección y vigilancia de
las IES, junto con el fomento. El artículo 31 establece que el fomento y la
inspección y vigilancia deben estar orientados a proteger las libertades de
enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra; vigilar que se cumpla e impere
integralmente la garantía de la autonomía universitaria; garantizar el derecho de
los particulares a fundar establecimientos de Educación Superior conforme a la
ley; adoptar medidas para fortalecer la investigación en las IES; facilitar a las
personas aptas, el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, al arte y los
demás bienes de la cultura, así como los mecanismos financieros que lo hagan
viable; crear incentivos para las personas e instituciones que desarrollen,
12
Sentencia. C-220 de 1997. M.P.: Fabio Morón Díaz
13
Sentencia T-492 de 1992. M.P. José Gregorio Hernández.
14
El artículo 98 de la Ley 30 de 1992 establece que las instituciones privadas de Educación Superior deben ser personas
jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones, fundaciones o instituciones de economía
solidaria.
15
Caballero, Liliana. Op. cit. pp. 41 y 45.
8
fomenten la técnica, la ciencia, la tecnología, las humanidades, la filosofía y las
artes; fomentar la producción de conocimiento y el acceso del país al dominio de
la ciencia, la tecnología y la cultura; propender por la creación de mecanismos de
evaluación de calidad de los programas académicos de las instituciones de
Educación Superior; y fomentar el desarrollo del pensamiento científico y
pedagógico en directivos y docentes de las IES.
De acuerdo con el artículo 32 de dicha ley, la inspección y vigilancia se ejercerá a
través del desarrollo de un proceso de evaluación que fomente y dignifique la
Educación Superior dentro de: respeto a la autonomía universitaria y a las
libertades de enseñanza aprendizaje, investigación y cátedra; el cumplimiento de
sus fines; la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; el
adecuado cubrimiento de los servicios de Educación Superior; el conservar las
rentas que se apliquen debidamente, de acuerdo con la voluntad de sus
fundadores; atender la naturaleza de servicio público cultural y a la función social,
y cumplir las disposiciones legales y estatutarias que las rigen. Dicho artículo
finaliza diciendo que la suprema inspección y vigilancia implica que se verifique
que en la actividad de las IES se cumplan los objetivos de la Ley 30 y de sus
propios estatutos, así como los pertinentes al servicio público cultural y a la
función social de la educación. Podría decirse que falta un poco de nitidez y
transparencia en la ley al reglamentar lo concerniente a inspección y vigilancia.
Hasta el 2003 la función de inspección y vigilancia de las IES estaba a cargo del
Ministerio de Educación Nacional, y era apoyada por el ICFES y la Comisión
Consultiva de Instituciones de Educación Superior (las funciones de la Comisión
relevantes para la inspección y vigilancia de las IES, las ejercía el CESU antes de
la expedición del Decreto 1176 de 1999). Los artículos 32 y 33 de la Ley 30
disponen que la delegación de dichas funciones sólo puede recaer en el Ministro
de Educación Nacional (Decreto 698 de 1993). Posteriormente, a partir del 2003,
las funciones de inspección y vigilancia se concentraron en el Ministerio y el
ICFES se concentró más en el desarrollo de los exámenes de Estado.
1.5 Evolución del concepto de inspección y vigilancia los últimos años
En materia de inspección y vigilancia, son pocos los decretos que la reglamentan
expresamente; existen algunos que regulan materias que contribuyen con su
ejercicio. Es así como la Ley 30 ha sido reglamentada por varios decretos16
que
pueden ser calificados en tres grupos por etapas:
 Durante los primeros cuatro años de vigencia de la ley, lo decretos que
regularon la inspección y vigilancia versaron sobre el registro de programas
y derechos pecuniarios. De los primeros hacen parte los Decretos 1403 de
16
De acuerdo con Juriscol, la Ley 30 ha sido reglamentada por 31 decretos, de los cuales 8 fueron entre 1993 y 1998. Del
año 2000 hasta la fecha se emitieron 22 decretos. En: www.banrep.gov.co
9
1993, 1478 de 1994 y 2790 de 1994. Los derechos pecuniarios están
regulados en el decreto 110 de 1994.17
 En la segunda etapa, las normas expedidas fueron para regular la
notificación y el registro de programas (Decreto 1225 de 1996).
 En la tercera se establecieron la acreditación previa (Decreto 272 de 1998),
los estándares de calidad y los exámenes de Estado para los programas de
Medicina (Decreto 1466 de 2001), Ingeniería Mecánica (Decreto 2233 de
2001), Derecho (Decreto 2802 de 2001), Arquitectura (decreto 936 de 2002),
Comunicación e Información (decreto 937 de 2002), Administración
(decreto 938 de 2002), Contaduría Pública (Decreto 939 de 2002),
Economía (Decreto 940 de 2002) y Psicología (Decreto 1527 de 2002).
Entre la primera y la segunda etapa se presenta el punto de quiebre que hace
compatible la inspección y vigilancia de las IES con la autonomía universitaria. En
la primera etapa no se le dio mayor alcance a la inspección y vigilancia en el
marco de la Ley 30, hecho que se evidencia en la poca reglamentación (8
decretos). En la segunda etapa, a partir del Decreto 1225 de 1996, y con el apoyo
de varias sentencias de la Corte se materializó la idea de que el ejercicio de la
inspección y vigilancia es compatible con la autonomía universitaria. Luego se
expidió el Decreto 272 de 1998, que reafirmó lo anterior.
El Decreto 1225 de 1996 reglamenta la publicidad y el registro de los programas
académicos de Educación Superior. Aunque adiciona requisitos para la creación y
funcionamiento de programas, establece que la notificación sólo será efectiva
después de que el ICFES determine que esta información se produjo de forma
satisfactoria (Art. 4). Además, se dispone la incorporación de los programas en un
registro dentro del Sistema Nacional de Información (Art. 6), y le impone a las IES
con personería jurídica, informar sobre los programas que presentó en el estudio
de factibilidad y sus cambios (Art. 7). Se establece expresamente que el
incumplimiento por parte de las IES de las recomendaciones y órdenes del MEN y
el ICFES en lo que corresponde a ese decreto, dará lugar la imposición de
sanciones administrativas (Art. 10). A diferencia del Decreto 1403 de 1993 y los
que lo modificaron, el Decreto 1225 de 1996 faculta al ICFES para que verifique la
justificación, pertinencia, recursos y calidad del programa ofrecido (num. 3, artículo
4).
Por su parte, el Decreto 272 de 1998 es uno de los más importantes en materia
de inspección y vigilancia. Este decreto establece los requisitos de creación y
funcionamiento de los programas de pregrado y posgrado en Educación ofrecidos
por Universidades y por Instituciones Universitarias. En su artículo 4 dispone que,
sin perjuicio de la autonomía universitaria, los programas académicos deben tener
unos núcleos del saber básicos comunes, y establece que los requisitos de
17
El artículo 122 de la Ley 30 establece los derechos pecuniarios a saber: derechos de inscripción, derechos de matrícula,
derechos por realización de exámenes de habilitación, supletorios y preparatorios, derechos por la realización de cursos
especiales y de educación permanentes, derechos de grado, derecho de expedición de certificados y constancias .
10
admisión de estudiantes deben obedecer a criterios de excelencia y rigor
académico, que los docentes, investigadores y directivos de los programas de
educación deben ser un de nivel de calidad alto y que su selección debe tener en
cuenta criterios fijados en los estatutos (Art. 13). También dispone que los
programas de educación deben ser ofrecidos en plantas físicas adecuadas y
suficientes (Art. 14), y hace obligatoria la acreditación previa de los programas en
educación (Arts. 15 y 16). En síntesis, este decreto es pionero y uno de los más
importantes para el ejercicio de la inspección y vigilancia en el país, en tanto que
señala los requisitos básicos que deben tener los programas de Educación; así
mismo, propició la expedición de otros decretos como el de los estándares de
calidad en el 2002.
A su vez, la Corte Constitucional también ha contribuido en la fijación del alcance
de la inspección y vigilancia de las IES. En su jurisprudencia ha señalado que el
objetivo de la inspección y vigilancia de la Educación Superior a cargo del Estado
es asegurar la calidad de la educación y el cumplimiento de sus fines; y que sus
límites los fijan el marco constitucional y las reglas e instrumentos que la ley haya
dispuesto (num. 8, artículo 150 CP).18 Por otro lado, indicó la importancia de que
una adecuada intervención del Estado fije unas pautas mínimas para que la
enseñanza responda a las expectativas y necesidades sociales.19
Se puede decir que la adecuada y efectiva inspección y vigilancia de las IES
quizás requiere de precisión en la ley que fije los límites de la autonomía
universitaria y que faculte la actuación del Estado. La Ley 30 no dotó al Estado de
un mecanismo adecuado para ejercer la inspección y vigilancia. Los esfuerzos
regulatorios para el futuro deberían estar encaminados a darle coherencia, más
precisión y transparencia al sistema de inspección y vigilancia de la Educación
Superior; con una clara voluntad política de aplicar la normatividad.
Como se dijo anteriormente, la Ley 30 de 1992 en sus artículos 31 a 33 estableció
la inspección y vigilancia de las IES. Aunque dichas normas establecen su
finalidad y objetivos, desafortunadamente no establecen o indican las acciones de
la misma. La Ley 30 ha sido reglamentada por varios decretos,20
pero en ninguno
de éstos se ha establecido de manera suficientemente amplia cómo se debe
ejercer la inspección y vigilancia.21
Recientemente, se expidió el Decreto 2566 de 2003, que establece 15 condiciones
de calidad mínimas para tener el registro calificado y así poder operar por 7 años.
Este es un paso importante y habrá que evaluar su impacto para hacer más
exigente la existencia de programas académicos.
18
Sentencia C-008 de 2001. M.P.: Álvaro Tafur Galvis.
19
Sentencia T-574 de 1993. M.P.: Eduardo Cifuentes Muñoz.
20
De acuerdo con Juriscol, la Ley 30 ha sido reglamentada por 31 decretos, de los cuales 8 fueron emitidos entre 1993 y
1998. Del año 2000 hasta la fecha se emitieron 22 decretos. En: www.banrep.gov.co
21
Ver numeral 1 de la Ley 30: Desarrollo y evolución normativa de la inspección y vigilancia.
11
1.6 Intervención del Estado durante el ciclo de vida de las IES
A continuación se describe la ruta de creación, ejercicio y extinción de las IES
privadas, señalando las normas que lo fundamentan. En el anexo 1 de este
capítulo se presenta la normatividad para el ciclo de vida de las IES privadas
desde el nacimiento de la institución hasta su posible extinción. Asimismo, en el
anexo 2 el equipo consultor presenta el marco legal que existe en el país para el
ejercicio de los asuntos internos de las IES.
a. Constitución de la entidad de utilidad común cuyo objeto social será la
prestación del servicio de Educación Superior: De acuerdo con el artículo 2 del
Decreto 1478, el acta de constitución de la entidad de utilidad común debe
contener:
 Lugar, fecha y hora de celebración de la asamblea constitutiva
 Nombres y apellidos e identificación del fundador o fundadores
 Relación de los bienes que el fundador o fundadores se comprometen a
aportar.
 Indicación de la persona que haya ido designada como representante legal
provisional y la competencia para tramitar el reconocimiento de la
personería jurídica.
 La designación de la junta o consejo directivo y el revisor fiscal.22
b. Reconocimiento de la personería jurídica de las IES: El decreto 1478 de
1994, en su primera parte, desarrolla el artículo 100 de la Ley 30 de 1992. Este
decreto es relevante porque señala los requisitos que deben cumplir las IES
privadas para lograr el reconocimiento de su personería jurídica y el procedimiento
que se debe seguir.23
 Las solicitudes de reconocimiento de personería jurídica deberán ser
presentadas por el representante legal provisional de la entidad de utilidad
común creada, junto con el estudio de factibilidad socioeconómica, ante el
Ministerio de Educación, por intermedio del ICFES (artículo 8). De acuerdo
con el artículo 100 de la Ley 30, la solicitud para el reconocimiento de la
personería jurídica debe incluir la siguiente información: el acta de
constitución y las hojas de vida de los fundadores; los estatutos de la
institución; el estudio de factibilidad socioeconómica; los documentos que
acrediten la efectividad y seriedad de los aportes de los fundadores; el
régimen del personal docente; el régimen de participación democrática de
22
Es importante resaltar que este numeral impone la obligación a todas las IES de tener revisor fiscal (sin tomar en cuenta
su naturaleza jurídica), aunque el Decreto 2150 de 1995 sólo impone dicha obligación a las fundaciones.
23
Ante la ausencia de un instrumento legal que señale los parámetros a seguir para efectuar la inspección y vigilancia, en
las visitas que el ICFES hizo a las IES, los visitadores utilizaron los criterios de dicho decreto como los elementos mínimos
que las IES debían tener.
12
la comunidad educativa en la dirección de la institución, y el reglamento
estudiantil.
Por su parte, los artículos 5 y 6 del decreto 1478 señalan los elementos mínimos
que deben tener los estatutos (aunque no tiene detalles sobre su contenido) e
indica los requisitos que debe tener el estudio de factibilidad, respectivamente (Ver
anexo 2). Es de anotar que cuando se hizo el plan de inspección total que se
explicará con mayor detalle en el capitulo 4, uno de los abogados que participo en
las visitas anotaba como en ausencia de un marco comprensivo de inspección y
vigilancia de las IES privadas, los visitadores tenían que recurrir al decreto 1475
en sus artículos 5 y 6 (Entrevista a Juan Bernardo Peña, 2003).
c. Las IES en ejercicio de sus funciones de Educación Superior: Luego de
haber obtenido el reconocimiento de la personería jurídica, a las IES se les debe
garantizar el ejercicio de su autonomía universitaria, pero sujetas a la inspección y
vigilancia por parte del Ministerio de Educación Nacional. En virtud de lo anterior,
deben notificar la creación de programas y seccionales, y el cambio de jornadas.
Por otro lado, las reformas estatutarias deben ser ratificadas por el Ministerio de
Educación, y podrán voluntariamente pedir la acreditación para ellas y para sus
programas. Si no cumplen con las disposiciones de la Ley 30, luego de un proceso
administrativo se les pueden imponer sanciones de varios tipos.
 La creación de programas: El procedimiento para la notificación de la creación
de programas está establecido en el Decreto 837 de 1994. La creación, estado y
desarrollo de los programas académicos de pregrado y de especialización deben
ser notificados al ICFES (artículo 2). Además, deberán allegar periódicamente la
información de sus programas para mantener actualizado el Sistema Nacional de
Información de la Educación Superior (SNIES) y para el ejercicio de la
inspección y vigilancia. Esa información deberá ser acompañada de un
documento de autoevaluación (artículo 5). La renovación de la notificación
deberá hacerse cada 5 años (artículo 6). El ICFES puede verificar la información
entregada con base en su función de inspección y vigilancia, y el encontrar
inexactitudes o deficiencias en la información dará lugar a aplicación de
sanciones (artículo 7). Deberán informar sobre los cambios en las jornadas y
cupos de programas que se encuentren en ejecución, justificando los cambios
(parágrafo 1, artículo 5). El procedimiento interno para el registro de los
programas está establecido en el Decreto 396 de 2000.
 La creación de seccionales: Sólo pueden crear seccionales las IES que tengan
expresamente prevista esa posibilidad en su objeto social, de acuerdo con el
artículo 121 de la Ley 30. El capítulo III del Decreto 1478 de 1994 establece el
procedimiento para la creación de seccionales, que dispone que las solicitudes
deben ser presentadas al Ministerio de Educación a través del ICFES (artículo
17).
13
 La ratificación de las reformas estatutarias: Las reformas estatutarias de las IES
privadas deben ser notificadas para su ratificación al Ministerio de Educación a
través del ICFES (artículo 21, Decreto 1478 de 1994). La Comisión Consultiva
debe conceptuar y evaluar las reformas de los estatutos (num. 2, art. 2 del
Decreto 1176 de 1999). La Subdirección de Monitoreo y Vigilancia del ICFES
debe conceptuar las reformas estatutarias que no impliquen cambio de carácter
académico (num. 9, artículo 15 del Decreto 2662 de 1999). El Decreto 532 de
2001 establece el procedimiento para la ratificación de estatutos para aquellas
IES que modifiquen su carácter académico, siempre y cuando no se trate de una
IES que pretenda ser reconocida como universidad. En ese caso se debe
acoger lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30 de 1992.
 La acreditación: La acreditación se da luego de un proceso de autoevaluación
institucional y evaluación mediante el cual el Estado verifica la calidad de la
educación que ofrecen las IES, y si éstas realizan sus propósitos y objetivos.
Este procedimiento es de dos tipos: voluntario y obligatorio. En principio las IES
podían acogerse voluntariamente al proceso de acreditación (Art. 53 de la Ley
30). La acreditación es voluntaria para los programas de las distintas áreas de
conocimiento y para las IES que demuestren altos niveles de calidad luego de un
riguroso proceso de evaluación. Sin embargo, en los decretos que establecen los
estándares de calidad de algunos programas dispone de un plazo determinado
para que las IES acrediten previamente sus programas. De esta forma, se volvió
obligatoria la presentación de estándares mínimos (acreditación obligatoria) para
los programas.
Las diferencias entre la acreditación previa obligatoria y voluntaria son las
siguientes:24
la acreditación voluntaria es para verificar altos niveles de calidad y
fue creada por la Ley 30 de 1991 (Arts. 53 y 54), mientras que la acreditación
obligatoria se fundamenta en la Ley 115 de 1994 (art. 113) y en el Decreto 272
de 1998; la acreditación voluntaria es temporal mientras que la obligatoria sólo
se otorga una vez; la acreditación voluntaria corresponde al Sistema Nacional de
Acreditación cuyo objetivo es garantizar a la sociedad que las IES y los
programas cumplen con los más altos niveles de calidad, en tanto que la
acreditación obligatoria se inscribe en el marco de inspección y vigilancia que
debe ejercer el Estado para asegurar que los programas de formación de los
docentes cumplan con unos requisitos básicos. La acreditación voluntaria por su
parte es un reconocimiento a la excelencia, comprende un proceso de
autoevaluación, evaluación externa y evaluación final que debe seguir los
lineamientos para la acreditación de la Ley 30 y los acuerdos 04 y 05 de 1995
del CESU; en el proceso de acreditación previa se verifica el cumplimiento de 26
requisitos básicos definidos por Consejo Nacional de Acreditación de acuerdo
con el Decreto 272 de 1998.
24
Pacheco Arrieta, Iván. “Nuevo compendio de normas sobre la Educación Superior”. Op. cit., p. 216.
14
 Los estándares mínimos de calidad: Los estándares mínimos de calidad
surgieron como respuesta ante el incremento desproporcionado de programas e
instituciones de formación universitaria de escasa o de ninguna calidad y de la
incorrecta interpretación que algunas instituciones han venido haciendo de la
autonomía universitaria, luego de la expedición de la Ley 30.25
Así mismo, la Acreditación, como único mecanismo para la evaluación de la
calidad de la educación superior y su característica de voluntaria hizo que se
pensara en un mecanismo alternativo.26
En consecuencia, surgió el proyecto de
los estándares mínimos para la creación y funcionamiento de programas de
Educación Superior cuya finalidad era contribuir a mejorar la calidad de la
Educación Superior colombiana introduciendo unos principios, criterios,
condiciones y estándares mínimos para la creación y funcionamiento de
programas de calidad.
El proyecto de los estándares mínimos de calidad de los programas de pregrado
es de gran importancia para el ejercicio de la inspección y vigilancia de la
educación superior. Son un mecanismo novedoso para indicar los parámetros de
calidad que debe tener un programa de educación superior. Además, describen
y explican lo que deben hacer las instituciones de Educación Superior en materia
de formación, investigación y proyección social. 27
El cumplimento de dichos
estándares no es voluntario, como el proceso de acreditación, sino que involucra
unos deberes y responsabilidades que las instituciones deben cumplir.28
1.7 Formas de constitución legal y de clasificación de la naturaleza
jurídica de las IES privadas
La Ley 30 de 1992 establece la naturaleza jurídica de las IES privadas. En su
artículo 98 determinó que dichas entidades deben constituirse como personas
jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro, y que se deben organizar como
fundaciones, corporaciones, o instituciones de economía solidaria. Las
fundaciones se constituyen por la voluntad de una o varias personas naturales o
jurídicas de destinar un capital preexistente para lograr un objetivo de interés
general que pueda producir un bienestar social.29
Las corporaciones son agrupaciones o uniones organizadas de personas
naturales o jurídicas que destinan una parte de su patrimonio para la consecución
de un fin colectivo. Existen dos clases de corporaciones: las sociedades, que
25
Lloreda, Francisco José. “Prólogo” en “Estándares mínimos de calidad para la creación y funcionamiento de programas
universitarios de pregrado”. Bogotá: ICFES, 2001, p. 7.
26
Ibídem p. 9.
27
Díaz Villa, Mario. “Estándares mínimos de calidad”. En: Elementos de política para la Educación Superior colombiana.
Bogotá: ICFES, 2001, p. 27.
28
Lloreda, Francisco José. Op. cit., p. 9.
29
Gaitán Sánchez, Oscar Manuel. Guía práctica de las entidades sin ánimo de lucro y del sector solidario. Bogotá: Cámara
de Comercio de Bogotá, 2002, p. 12.
15
tienen ánimo de lucro, y las asociaciones, que no lo tienen. En este sentido se
puede entender que la Ley 30 de 1992, en su artículo 98, hizo referencia a las
asociaciones.
Por su parte, las instituciones de economía solidaria se constituyen con el objetivo
de realizar actividades de cooperación, ayuda mutua, solidaridad y autogestión de
sus asociados, de beneficio particular y general.30
En Colombia la mayoría de las IES privadas están constituidas por medio de las
figuras de las fundaciones y las corporaciones-asociaciones sin ánimo de lucro.31
A continuación se presentan los aspectos generales respecto de dichas personas
jurídicas y las diferencias entre sí.32
De acuerdo con el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995, se suprimió el acto de
reconocimiento de personería jurídica de las corporaciones y fundaciones, entre
otras.33 Para obtener la personería jurídica, dichas entidades deben constituirse
por escritura pública o documento privado. La entidad constituida es persona
diferente a la de sus miembros fundadores a partir de su registro en la Cámara de
Comercio.
Finalmente, las IES privadas están obligadas a llevar contabilidad porque el
artículo 17 de la Ley 50 de 1984 estipuló que todas las entidades sin ánimo de
lucro deben hacerlo. En concordancia con lo anterior, el artículo 45 de la Ley 190
de 1995 (Estatuto Anticorrupción) reafirma la obligación de las IES de llevar
contabilidad, y además les impone la obligación de consolidar los estados
financieros.
1.8 El régimen de la Ley 30 de 1992 para las IES privadas
La Ley 30 estableció algunas disposiciones especiales, diferentes a las del
régimen civil, en virtud de la prestación del servicio de Educación Superior en
cuanto a:
 El reconocimiento de la personería jurídica le corresponde al Ministro de
Educación Nacional, previo concepto del CESU (artículo 99) y en la
actualidad le corresponde a la Comisión Consultiva (art. 2, D. 1176 de
1999). La solicitud del reconocimiento de personería jurídica debe estar
acompañada de los siguientes documentos: el acta de constitución y las
hojas de vida de los fundadores; los estatutos de la institución, el estudio de
30
Ibídem, p. 14.
31
De las 189 IES privadas, 86 son fundaciones, 102 son corporaciones y sólo una es una entidad de economía solidaria
(cooperativa).
32
Esta comparación se hizo con base en la información contenida en: Tafur Galvis, Álvaro. Personas jurídicas privadas sin
ánimo de lucro. Bogotá: Temis, 1990. pp.17-30, y Valencia Zea, Arturo. Derecho civil: parte general y personas. Bogotá:
Temis, 1994, pp. 502-505.
33
No obstante, de acuerdo con el artículo 45 de dicha norma, la eliminación del requisito de reconocimiento de personería
jurídica no aplica a las IES.
16
factibilidad socioeconómica; los documentos que acrediten la efectividad y
seriedad de los aportes de los fundadores, el régimen del personal docente;
el régimen de participación democrática de la comunidad educativa en la
dirección de la institución; el reglamento estudiantil (artículo 100). El
Ministro de Educación, con base en el estudio de factibilidad
socioeconómica, previo concepto del CESU, determinará el monto mínimo
del capital que garantice su adecuado funcionamiento.
 Ratificación de los estatutos y de sus reformas: De acuerdo con el artículo
103, las reformas estatutarias de las IES deberán notificarse al Ministerio de
Educación para su ratificación.34
34
Es preciso observar que en principio los estatutos de las IES fundaciones no podrían ser reformados, salvo para atender
las necesidades sociales, o cuando vayan en contra del ordenamiento jurídico, y en el caso de la IES, en contra de la Ley
30 de 1992.
17
Capitulo 2
Algunas características iniciales de la Educación Superior privada en
Colombia y causas de su creación
2.1 Tipología de las Instituciones
Como se verá en este capítulo, el sistema de educación superior colombiano se
caracteriza por la gran diversidad de instituciones, modalidades y programas. Las
modalidades comprenden la formación técnica, tecnológica y universitaria. En
ellas se ubican los siguientes tipos de instituciones:
 Instituciones técnicas profesionales, facultadas legalmente para ofrecer
programas de formación en ocupaciones de carácter operativo e
instrumental y de especialización en su respectivo campo de acción.
 Instituciones tecnológicas, de acuerdo con el artículo 213 de la Ley 115 de
1994, también son instituciones tecnológicas y las que se reconozcan como
tales con arreglo a la Ley. Estas instituciones están facultadas legalmente
para ofrecer programas de formación en ocupaciones, programas de
formación académica en disciplinas y programas de especialización en sus
respectivos campos de acción.
 Instituciones universitarias, facultadas para adelantar programas de
formación académica en profesiones o disciplinas y programas de
especialización.
 Universidades: éstas reciben tal denominación en cuanto acreditan su
desempeño con criterio de universalidad en las siguientes actividades: la
investigación científica o tecnológica; la formación académica en
profesiones o disciplinas; y la producción, desarrollo y transmisión del
conocimiento y de la cultura universal y nacional. Pueden adelantar
programas de formación en profesiones o disciplinas, programas de
especialización, maestrías, doctorados y postdoctorados, según la ley.
Por razones de su origen, estas instituciones se clasifican en:
 Estatales u oficiales: i) Las Universidades, que deben organizarse como
entes universitarios autónomos, con régimen especial, vinculados al
Ministerio de Educación Nacional en lo que se refiere a las políticas y
planeación del sector educativo. ii) Las instituciones estatales u oficiales
que no tengan el carácter de universidad, que se organizan como
establecimientos públicos del orden nacional, departamental, distrital o
municipal.
 Privadas: deben ser personas jurídicas de utilidad común, sin ánimo de
lucro, organizadas como corporaciones, fundaciones o instituciones de
economía solidaria. El reconocimiento de su personería jurídica
corresponde exclusivamente al Ministerio de Educación Nacional.
18
Para el desarrollo de este trabajo se construyó una base de a partir del Sistema de
Información de la Educación Superior (SNIES), que permiten resaltar algunas de
las características más relevantes de las IES privadas en el país:
- Naturaleza jurídica: La mayoría de las IES privadas del país son
corporaciones (54,5%) mientras que el 45,5% son fundaciones. En el gráfico 1
se puede apreciar que la mayoría de instituciones tecnológicas y técnicas son
corporaciones (más del 60%), mientras que en el caso de las universidades
son más frecuentes las fundaciones (55.6%). En las instituciones universitarias
la proporción es casi la misma.
Gráfico 1
Tipología de IES según naturaleza jurídica
28
33
26
1616
35
15
20
0
5
10
15
20
25
30
35
40
Instituciones tecnológicas Instituciones universitarias Técnicas profesionales Universidades
Corporaciones
sin ánimo de
lucro
Fundaciones
sin ánimo de
lucro
- Edad: El promedio de edad de las IES privadas es de 22,7 años. En las
universidades, este promedio es muy superior (42,6 años). Las instituciones
universitarias tienen un promedio de 18,2 años de edad, en las técnicas
profesionales el promedio es 18,41 y en las instituciones tecnológicas, 17,3.
Como se aprecia en el gráfico 2, 25 instituciones tienen menos de 5 años.
- Año de creación: Como puede verse en la gráfica 2, 111 instituciones se
crearon en el periodo 1962-1982, el mayor periodo de creación de instituciones,
y 39 en el periodo 1992-2002. Podría decirse que la tendencia a creación de
instituciones se ha reducido.
19
Gráfico 2
Antigüedad de las IES privadas del país (datos al 2001)
25
14
61
50
29
10
0
10
20
30
40
50
60
70
Menor de 5 años 5-10 años 10-20 años 20-30 años 30 - 50 años Más de 50 años
- Tamaño: Tal como se puede apreciar en el gráfico 3, el promedio de
estudiantes por institución es de 2.506 estudiantes. Sin embargo, cuando se
mira en detalle, se observa que más de 100 instituciones tienen menos de
1.200 estudiantes y más de 120 tienen menos de 2.000. Esto sugiere el
problema de fragmentación, dificultad de consolidación, dispersión de recursos
institucionales y, quizás en muchos casos, un recorte en la oferta de servicios
educativos de estos centros.
- Razones de creación: Las motivaciones son muy diversas y en el anexo 3 se
ven algunas razones de la creación –con mayor detalle–, para una muestra de
instituciones. Se puede concluir que entran en juego muchos actores que no
están conformes con la educación imperante en un momento. En este contexto
hay propuestas de profesionales e intelectuales. Es muy interesante por
ejemplo el caso de la Universidad de los Andes, pues fue justamente en 1948,
en el momento de gran confrontación social, que un grupo de jóvenes que
habían estado expuestos a la educación de excelencia se da cuenta del
rezago entre la educación en Colombia y el resto del mundo. Igualmente el
caso del Externado donde se crea una institución para escapar el dogmatismo
del momento y la necesidad de ofrecer una educación no confesional (1891).
En algunos casos como la Universidad del Norte (1966) o la Universidad
Autónoma de Bucaramanga (1952), entran en juego grupos empresariales,
que no ven respuesta para sus regiones y deciden incursionar en una
propuesta que inicialmente tiene una vocación de promoción y afirmación del
desarrollo regional, pero que luego tiene vocación de poder trascender este
límite.
Hay universidades que tienen un fin religioso, científico y humanista, como
puede ser el caso de la Universidad Javeriana, con su refundación en 1930, o
el caso de la Universidad de la Sabana, de más reciente creación en 1961. En
conclusión el panorama es muy amplio y es muy diverso.
20
No puede dejar de mencionarse que hay unas instituciones privadas de baja
calidad y a las que no se refiere el anexo 3. En algunas pocas instituciones
podría llegar a prevalecer un interés comercial o de otra índole, y por ejemplo
político sobre las que no nos ocuparemos. Con todo, las recientes políticas de
aseguramiento de la calidad, que se discuten en el capitulo 7, van a hacer más
exigente la rendición de cuentas de las universidades privadas colombianas y
este grupo, que no es mayoritario, tendrá que ajustarse a una mayor exigencia.
Gráfico 3
Tamaño de las IES privadas por número de estudiantes y por tipo de institución
43
1
61
6
1
16
4 2 1
41
13
0
10
20
30
40
50
60
70
Menos de 5.000 5.000 - 1.0000 10.000-15.000 15.000 - 20.000 Más de 20.000
Institución
Tecnológica
Institución
Universitaria
Técnica
Profesional
Universidad
Gráfico 4
Tamaño de las IES privadas por número de estudiantes
53
26
30
24 23
12
0
10
20
30
40
50
60
Menos de 500
estudiantes
500 - 1.000
estudiantes
1.000 - 2.000
estudiantes
2.000 - 4.000
estudiantes
4.000 - 8.000
estudiantes
Más de 8.000
estudiantes
- Ubicación: La mayoría de IES privadas (67%) se encuentran localizadas en
las grandes ciudades (Bogotá, Medellín y Cali). (Ver gráfico 5). Por su parte, el
63% de los programas de pregrado se encuentra en Bogotá, seguido por Cali y
Medellín (11% cada uno), Barranquilla (9%) y Bucaramanga (2%). Los
21
programas de especialización y maestría se concentran en Bogotá, Medellín y
Barranquilla.
Gráfico 5
Ubicación IES privadas
67%
33%
Bogotá, Medellín, Cali
Otras ciudades
22
Capitulo 3
Número de instituciones de Educación Superior
3.1 Datos y tendencias generales
Número de instituciones
Según las estadísticas del ICFES al 2002, en el país existían 321 instituciones de
Educación Superior, de las cuales 105 son universidades (32,7%), 97 instituciones
universitarias (30,21%), 65 instituciones tecnológicas (20,24%) y 52 (16,9%)
instituciones técnicas profesionales (ver Tabla 1). De este gran total, 270 son
instituciones y 51 son seccionales.35
Como se muestra en la tabla 2, el número de IES públicas y privadas aumentó de
242 en 1990 a 321 en 2002. Las mayores tasas de crecimiento anuales se
presentan en el año 1993 (3,2%); en 1998 (3,3%); en 2000 (3,6%), en 2001 (6.9%)
y 2002 (3.2%). Si se analiza por períodos trienales se observa que entre 1992 y
1995 el crecimiento fue del 6.61%; entre 1996 y 1999 el crecimiento fue de 4,91%.
Llama la atención que entre 2000 y 2002 se presenta un crecimiento muy superior:
10,31%.36
El crecimiento neto de instituciones entre 1990 y 2002 es de 79 IES, de las cuales
31 son de origen oficial y 48 privadas. Al examinar esta variación según la
modalidad, se observa que las instituciones universitarias tuvieron un crecimiento
importante, lo mismo que las universidades (35 y 32, respectivamente, durante
este período). Es importante señalar la reducción en el número de instituciones
técnicas profesionales de carácter privado, al pasar de 50 a 41.37
Dado el objeto de este estudio, en la tabla 3 se presenta la evolución en los
últimos seis años del número de instituciones privadas de Educación Superior,
según su modalidad. Una tendencia que parece generalizada es que las
modalidades técnicas y tecnológicas están algo más desatendidas que la
formación académica y profesional en las universidades y las instituciones
universitarias.
35
Seccional es una dependencia de una Institución de Educación Superior, autorizada por el Estado para su funcionamiento
en una región del país diferente aldomicilio principal.
36
Este dato es aún más sorprendente sise tiene en cuenta la profunda recesión económica delpaís en 1999.
37
Es posible que, más que supresión de entidades, el fenómeno que se dio haya sido de migración de una modalidad a
otra.
23
Tabla 1
Instituciones según carácter académico y origen institucional
Año: 2002 – Período: Anual
Departamento Total
Universidades Inst. Universitarias Inst. Tecnológicas Inst. Técnicas Profes.
Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado
Nal. Dep. Mun. Fun. Cor. Nal. Dep. Mun. Fun. Cor. Nal. Dep. Mun. Fun. Cor. Nal. Dep. Mun. Fun. Cor.
Total
Nacional
321
105 97 65 52
Total
Origen
46 59 24 73 22 43 11 41
Total Orden 23 22 1 32 27 16 6 2 38 35 18 2 2 17 26 10 1 15 26
Fuente: ICFES, Estadísticasde la Educación Superior, 2002.
Tabla 3
Instituciones privadas de Educación Superior
Años Inst .técnicas
profesionales
Instituciones
Tecnológicas
Instituciones
Universitarias
Universidades Total
1997 41 41 51 54 187
1998 41 42 53 55 191
1999 42 43 53 55 193
2000 42 42 57 55 196
2001 42 45 65 57 209
24
Tabla 2
Instituciones según carácter académico, origen institucional
Década: 1990 – 2002 – Período Anual
Años Total Incremento
Total Origen Inst. Tecn. Prof. Inst. Tecnológicas Inst. Universitarias Universidades
Oficial Privado Oficiales Privadas Oficiales Privadas Oficiaes Privadas Oficiales Privadas
% No.
1990 242 74 168 10 50 16 31 18 44 30 43
1991 246 1,7% 4 74 172 10 49 16 32 18 47 30 44
1992 247 0,4% 1 74 173 10 48 16 33 18 47 30 45
1993 255 3,2% 8 77 178 10 42 17 38 14 47 36 51
1994 258 1,2% 3 79 179 11 42 17 41 15 46 36 50
1995 265 2,7% 7 80 185 11 44 18 43 13 47 38 51
1996 266 0,4% 1 81 185 11 41 17 41 14 50 39 53
1997 269 1,1% 3 82 187 11 41 18 41 14 51 39 54
1998 278 3,3% 9 87 191 11 41 19 42 17 53 40 55
1999 281 1,1% 3 88 193 11 42 20 43 17 53 40 55
2000 291 3.6% 10 94 196 11 42 22 42 21 57 40 55
2001 311 6.9% 20 101 209 11 42 22 45 23 65 45 57
2002 321 3.2% 19 103 216 11 41 22 43 24 73 46 59
Fuente: Estadísticas de la Educación Superior, ICFES
25
Capitulo 4
Matriculas y situación de profesores
4.1 Datos generales
Al analizar el total de alumnos matriculados durante el período 1981-2002, se
observa un crecimiento sostenido de 318.293 estudiantes en 1981 a 981.458 en
2002. El crecimiento en la década de los ochenta en la matrícula fue de 53%,
mientras que en la década de los noventa fue del 83%.
Hay años que tienen un crecimiento anual superior al 10%, como sucedió en los
años de 1995, 1997 y 1998. Además, es interesante anotar que la proporción de
estudiantes de posgrado con respecto al total de estudiantes matriculados era
alrededor del 2 y 3% en la década de los ochenta, y a principios de los noventa se
duplicó, a niveles del 6% (ver tabla 4).
En el año 2002 hubo 981.458 estudiantes matriculados. De ellos, 924.181 cursan
programas de pregrado, distribuidos así: el 42% en instituciones de carácter oficial
y 58% en las privadas. La proporción de matriculados en instituciones privadas en
el país es superior a la de países como España (20%), México (25%) y Bolivia
(10%). El número de estudiantes matriculados en instituciones privadas según
modalidad es del 65% en técnicas, 40% en instituciones tecnológicas y 60,43% en
universidades.
Tabla 4
Educación Superior
Total alumnos matriculados primer período académico 1981– 2002
Año Niveles
Total General
Nivel
Posgrado
Nivel Pregrado
1981 318,293 3,390 313,803
1982 336,964 5,383 331,579
1983 335,049 6,080 348,969
1984 378,586 7,579 371,007
1985 391,490 7,850 383,640
1986 417,654 7,968 409,686
1987 436,292 9,287 427,005
1988 457,680 9,807 447,873
1989 474,787 9,941 464,846
1990 487,448 13,701 473,747
1991 510,649 12,567 498,082
1992 535,320 15,591 519,729
1993 547,468 16,907 530.561
1994 576,540 24,012 552,528
1995 644,188 37,682 606,506
1996 673,353 43,148 630,205
1997 772,291 53,607 718,684
1998 879,840 46,453 833,387
1999 877,944 45,396 832,548
2000 934,085 55,911 878,174
2001 977,243 58,175 919,068
2002 981,458 57,277 924,181
Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior
26
Por su parte, el total de matriculados en posgrado en 2002 fue de 57.277
estudiantes, de los cuales el 31% está en entidades privadas y 69% en
instituciones oficiales. El 87,68% de los estudiantes está en programas de
especialización, el 11,75% en maestrías y el 0,56% en doctorados. La mayor
preferencia se da por los programas de Economía, Administración, Contaduría y
afines.
A pesar del crecimiento en el número de estudiantes matriculados en posgrados de
las dos últimas décadas, cuando se mira el tipo de programa adelantado se
encuentra que la preferencia son las especializaciones. Llama la atención la baja
participación de maestrías y doctorados.
En conclusión, el sector privado ha venido creciendo su participación en el sector
de educación superior, medida en el número de estudiantes e instituciones, al
punto que el 58% de los estudiantes de pregrado están en IES privadas. Sin
embargo, esta situación no es igual para la matrícula en posgrados, donde el
sector privado sólo tiene el 31%. (Ver tabla 5)
Tabla 5
Total alumnos matriculados según nivel educativo, modalidad y origen institucional,
por departamento
Año: 2002 – Período: 01
Departamento Total
Pregrado
Técnica Profesional Tecnológica Universitaria
Total Oficial Privado Total Oficial Privado Total Oficial Privado
Total nacional
924,181 53,926 18,823 35,103 127,928 76,234 51,694 742,327 293,703 448,624
Total
Posgrado
Especialización Maestría Doctorado
Total Oficial Privado Total Oficial Privado Total Oficial Privado
57,277 50,224 35,976 14,248 6,732 3,198 3,534 321 249 72
Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior, 2002.
En las tablas 6 y 7, se presenta el comportamiento de la matrícula total en el
período 1990-2002 por tipo de institución y origen. Se observa que el crecimiento
de las instituciones universitarias ha sido superior a la de las demás IES. En
particular, las instituciones universitarias oficiales crecieron en un 151% en este
período y las privadas lo hicieron en un 158%. Igualmente, se encontró que el
crecimiento de la matrícula es de 94.9% en el sector oficial y del 93,68% en el
sector privado. Estos datos demuestran un crecimiento constante tanto en el
sector público como en el privado, en contravía de la idea que la Ley 30 habría
tenido un efecto en el desbordamiento del sector privado.38 La realidad ha sido la
de un balance en el crecimiento de los dos sectores.
38
Algunos autores, como Rafael Flórez, afirman que la situación del mercado determinada por la Ley 30 produjo el
surgimiento y la explosión de una gran cantidad de instituciones de educación superior que aumentaron la cobertura y
arrebataron para sí el crecimiento de matrículas que tenían presupuestado las universidades convencionales.
27
Tabla 6
Total matrícula por tipo de IES y origen
Total Universidades
Instituciones Instituciones Instituciones
Universitarias Tecnológicas Técnicas
Total Oficial Privada Oficiales Privadas Oficiales Privadas Oficiales Privadas Oficiales Privadas
1990 487.448 193.343 294.105 153.649 177.483 22.870 63.752 12.864 23.950 3.960 28.920
1991 510.649 196.891 313.758 154.547 184.791 25.756 73.793 12.559 23.875 4.029 31.299
1992 535.320 191.534 343.786 152.542 200.702 24.222 80.755 10.746 29.851 4.024 32.478
1993 547.468 190.854 356.614 159.218 230.903 21.264 64.927 6.615 35.231 3.757 25.553
1994 576.540 200.749 375.791 157.960 237.263 29.248 78.137 10.083 36.545 3.458 23.846
1995 644.188 212.053 432.135 167.857 271.036 29.446 94.377 10.682 41.625 4.068 25.097
1996 673.353 212.941 460.412 178.115 291.572 21.195 102.743 9.816 44.575 3.815 21.522
1997 772.291 251.003 521.288 206.175 330.400 25.224 118.180 15.072 47.191 4.532 25.517
1998 879.840 307.308 572.532 235.949 361.173 47.046 134.054 18.745 48.744 5.568 28.561
1999 877.944 294.398 583.546 221.237 359.984 49.251 146.924 19.018 48.413 4.892 28.225
2000 934.085 336.391 597694 257.971 382.117 50.174 138.711 22.905 44.445 5.341 32.421
2001 977.243 368.108 609135 280.005 375.548 53.513 150.283 29.995 46.937 4.595 36.367
Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior
28
Tabla 7
Participación matrícula por tipo de IES y origen
Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior
Finalmente, y al abordar uno de los aspectos que ha sido comentado por
observadores internaciones como José Joaquín Brunner, acerca del tamaño
promedio de cada IES según el número de estudiantes, en la tabla 8 se observa
la evolución por tipo y origen. El sector que demuestra mayor consolidación es el
oficial, en tanto que para las universidades y las instituciones universitarias el
número promedio de estudiantes por institución es creciente a lo largo del período,
aunque sigue muy lejos del estándar internacional, como se verá más adelante,
con datos de Latinoamérica. En el caso privado, las universidades presentan un
comportamiento adecuado hasta el año 2002, cuando se presentó una caída muy
pronunciada; y en promedio estas universidades perdieron cerca de 1.000
estudiantes por institución. Estos datos son preocupantes en tanto que para estas
instituciones la pérdida de tal número de estudiantes es un detrimento grande a
sus procesos de fortalecimiento institucional.
Tabla 8
Relación número de estudiantes por número de IES
Total Origen Inst. Tecn. Prof. Inst. Tecnológicas Inst. Universitarias Universidades
Años Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado
1990 2.613 1.751 396 578 804 773 1.271 1.449 5.122 4.128
1991 2.661 1.824 403 639 785 746 1.431 1.570 5.152 4.200
1992 2.588 1.987 402 677 672 905 1.346 1.718 5.085 4.460
1993 2.479 2.003 376 608 389 927 1.519 1.381 4.423 4.528
1994 2.541 2.099 314 568 593 891 1.950 1.699 4.388 4.745
Total
Universidades
Instituciones Instituciones Instituciones
Total
Universitarias Tecnológicas Técnicas
Oficial Privada Oficial Privada Oficial Privada Oficial Privada
1990 487.448 31,52% 36,41% 4,69% 13,08% 2,64% 4,91% 0,81% 5,93% 100,00%
1991 510.649 30,26% 36,19% 5,04% 14,45% 2,46% 4,68% 0,79% 6,13% 100,00%
1992 535.320 28,50% 37,49% 4,52% 15,09% 2,01% 5,58% 0,75% 6,07% 100,00%
1993 547.468 29,08% 42,18% 3,88% 11,86% 1,21% 6,44% 0,69% 4,67% 100,00%
1994 576.540 27,40% 41,15% 5,07% 13,55% 1,75% 6,34% 0,60% 4,14% 100,00%
1995 644.188 26,06% 42,07% 4,57% 14,65% 1,66% 6,46% 0,63% 3,90% 100,00%
1996 673.353 26,45% 43,30% 3,15% 15,26% 1,46% 6,62% 0,57% 3,20% 100,00%
1997 772.291 26,70% 42,78% 3,27% 15,30% 1,95% 6,11% 0,59% 3,30% 100,00%
1998 879.840 26,82% 41,05% 5,35% 15,24% 2,13% 5,54% 0,63% 3,25% 100,00%
1999 877.944 25,20% 41,00% 5,61% 16,74% 2,17% 5,51% 0,56% 3,21% 100,00%
2000 934.085 27,62% 40,91% 5,37% 14,85% 2,45% 4,76% 0,57% 3,47% 100,00%
2001 977.243 28,65% 38,43% 5,48% 15,38% 3,07% 4,80% 0,47% 3,72% 100,00%
2002 981.458 30,51% 35,02% 5,86% 16,81% 4,41% 3,65% 0,63% 3,11% 100,00%
29
1995 2.651 2.336 370 570 593 968 2.265 2.008 4.417 5.314
1996 2.629 2.489 347 525 577 1.087 1.514 2.055 4.567 5.501
1997 3.061 2.788 412 622 837 1.151 1.802 2.317 5.287 6.119
1998 3.532 2.998 506 697 987 1.161 2.767 2.529 5.899 6.567
1999 3.345 3.024 445 672 951 1.126 2.897 2.772 5.531 6.545
2000 3.579 3.049 486 772 1.041 1.058 2.389 2.434 6.449 6.948
2001 3.645 2.915 418 866 1.363 1.043 2.327 2.312 6.222 6.589
2002 3.871 2.662 562 744 1.968 832 2.397 2.260 6.510 5.826
4.1.1 Profesores
Durante el período 1994–2002 el total general de profesores creció en un 51%. Sin
embargo, el nivel de formación de los docentes no cambió durante este período.
La proporción de profesores de cátedra dentro del total de profesores paso del
63% en 1994 al 67% en 2000, mientras que la proporción de profesores de tiempo
completo y medio tiempo disminuyó (25,2% y 11,6%, respectivamente). (Ver Tabla
9)
Tabla 9
Profesores según dedicación
1994– 2002
Año
Total general
Dedicación
Tiempo completo Medio tiempo Catedráticos
No. % No. % No. % No. %
1994 56.732 100,0 14.323 25,2 6.585 11,6 35.824 63,1
1995 65.318 100,0 16.542 25,3 7.339 11,2 41.437 63,4
1996 73.040 100,0 17.708 24,2 8.372 11,5 46.960 64,3
1997 79.532 100,0 17.926 22,5 8.012 10,1 53.594 67,4
1998 85.600 100,0 18.427 21,5 8.452 9,9 58.721 68,6
1999 86.166 100,0 18.250 21,2 8.303 9,6 59.613 69,2
2000 85.743 100,0 19.295 22,5 8.983 10,5 57.465 67,0
2001 88.637 100,0 19.856 22,4 9.316 10,5 59.465 67,1
2002 83.342 100,0 19.745 23,7 9.289 11,1 54.308 65,2
El número de docentes en el año 2002 fue de 83.342, de los cuales el 23,7%
corresponde a tiempo completo, 11,1% son de medio tiempo y el 65,2% son de
cátedra. Según su nivel de formación a nivel nacional, el 1,6% de los profesores
tienen título de técnicos profesionales, el 1,4% son tecnólogos, el 6,6% licenciados,
el 43% tienen título profesional; el 30,6% han logrado título de especialistas, el
14,7% son magíster y el 2,2%39
tienen título de doctor (Tabla 10).
Adicionalmente, se observa que en 2002 la mayoría de profesores están en el
sector privado (65%), frente al 35% en instituciones oficiales. Esto podría indicar
un avance relativo del sector privado, en tanto que la matrícula estudiantil es 58%
privada y un 42% oficial.
39
Cifra inferior al promedio de América Latina, que se estima del 9%.
30
Tabla 10
Nivel académico de los profesores, año 2002
Departamento Total
Género Dedicación
Masculino Femenino
T.
Completo
T.
Parcial Cátedra
Total
nacional 83.342 55.804 27.538 19.745 9.289 54.308
Oficial 29.677 19.860 9.817 11.701 3.385 14.591
Privada 53.665 35.944 17.721 8,.044 5.904 39.717
Departamento
Título
Tec. Prof. Tecnol. Licenc. Profes. Espc. Magíster Doctor
Total
Nacional 1,132 1,202 4,517 32,212 27,42 14,414 2,445
Oficial 511 558 2,435 10,519 9,122 5,466 1,066
Privada 621 644 2,082 21,693 18,298 8,948 1,379
Al observar detenidamente la composición de los profesores en el sector privado,
un 74% son de cátedra, mientras que en el sector oficial el total de profesores de
cátedra es sólo del 49%. De igual manera, el total de profesores de tiempo
completo es el 15% en el sector privado y un poco más del doble, 39,42%, en el
sector oficial. Llama la atención que, aunque en el sector oficial es más pequeña
la matrícula estudiantil, éste tiene un total de 11.700 profesores de planta y el
sector privado tiene 8.044. Es así como la relación número de estudiantes por
profesor de tiempo completo en el sector privado es de 66, mientras que en el
sector oficial es de 33. Si el sector privado quisiera tener una relación equivalente
de estudiantes por profesor de tiempo completo a la del sector oficial, debe
duplicar el número de profesores en esta modalidad, es decir, pasar de 8.044 a
16.000 docentes de tiempo completo.
4.1.2 Programas
Del total del número de programas (6.430), el 67% es de carácter privado. En la
tabla 11 se aprecia una tendencia alta en el número de programas, que pasa de
2.382 en 1990 a 6.430 en 2002.
Los programas de posgrado crecieron durante este mismo período de 572 a 2.229
y los de pregrado de 1.810 a 4.201. A partir de 1992, con la expedición de la Ley
30, el crecimiento de programas es superior al 7% cada año, alcanzando un
14,8% en 1995 y 1997. El mayor crecimiento se da en los programas de pregrado
universitario, y a nivel de posgrado en las especializaciones que en el año 1999
presenta un incremento del 32,8%.
31
Tabla 11
Programas académicos según nivel educativo y metodología de estudio
Década: 1990–2002
Años Total
Total nivel Pregrado Posgrado
Pregrado Posgrado Tec. Prof. Tecnol. Univ. Espec. Maestría Doct.
1990 2,382 1,810 572 319 372 1,119 399 167 6
1991 2,389 1,820 569 312 376 1,132 406 159 4
1992 2,585 1,933 652 322 389 1,222 467 177 8
1993 2,778 2,089 689 324 452 1,313 494 187 8
1994 3,102 2,265 837 340 532 1.393 620 204 13
1995 3,561 2,478 1,83 369 575 1,534 860 213 10
1996 3,812 2,619 1,193 428 572 1,619 992 188 13
1997 4,375 2,948 1,427 419 617 1,912 1,209 205 13
1998 4,000 2,581 1,419 321 509 1,571 1,191 201 20
1999 4,015 2,609 1,406 327 505 1,777 1,193 192 21
2000 5,330 3,513 1,817 478 732 2,303 1,561 224 32
2001 6,048 3,956 2,092 566 854 2,536 1,812 247 33
2002 6,430 4,201 2,229 591 952 2,685 1,917 278 34
Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior
Al analizar el número de estudiantes por área de conocimiento, se encuentra que
el porcentaje de estudiantes matriculados en el área de matemáticas y ciencias
naturales presenta una baja participación con respecto a las demás áreas.
Asimismo, las áreas de Economía, Administración y Contaduría tienen un
incremento significativo. (Tabla 12)
La evolución de la matrícula por áreas del conocimiento revela algunos hechos
relevantes. Se debe señalar que la oferta de programas, especialmente en el
sector privado, tienen un claro sesgo hacía ciertas carreras en desmedro de otras
áreas o disciplinas.
Finalmente, en la tabla 13 se puede observar la evolución simultánea del
crecimiento en el número de programas, el número de estudiantes y las
instituciones. Según la teoría de la gradual consolidación institucional, se
esperaría que la tasa de crecimiento de estudiantes fuera mayor que la de
crecimiento del número de programas, y aún más que la de instituciones. De esta
forma se garantizaría una progresiva especialización y fortalecimiento de las IES y
de los diferentes programas académicos.
32
Tabla 13
Incrementos en matrícula, programas e instituciones
Años Incremento (%)
Estudiantes Programas Instituciones
1990
1991 4,76 0,3 1,65
1992 4,83 8,2 0,41
1993 2,27 7,5 3,24
1994 5,31 11,7 1,18
1995 11,73 14,8 2,71
1996 4,53 7,0 0,38
1997 14,69 14,8 1,13
1998 13,93 -8,6 3,35
1999 -0,22 0,4 1,08
2000 6,39 32,8 3,56
2001 4,62 13,5 6,87
2002 0,43 6,3 3,22
Por el contrario, cuando el crecimiento de programas no está apareado con el
crecimiento de estudiantes, puede presumirse que los programas pierden cierta
solidez y no tienen el necesario fortalecimiento y masa crítica. Programas que
tienen cada vez menos estudiantes, cuentan con menos recursos económicos
para crecer y pueden padecer de cierta dispersión de esfuerzos, y quizás precaria
capacidad de lograr la consolidación académica. Por esto es interesante observar
que, según la tabla, hay años tales como 1995, 1997, 2000 y 2001 que son
inquietantes por la falta de relación armónica de estas variables.
33
Tabla 12
Total alumnos matriculados según áreas del conocimiento y origen institucional
Total por origen
Agronomía,
Bellas Artes
Ciencias
Sociales,
Economía,
Admón Humanidades Ingeniería, Matemáticas
Veterinaria Ciencias de Ciencias de Derecho y Contaduría y Ciencias Arq., Urbanismo y Ciencias
Total y afines la Educación la Salud C. Políticas y afines Religiosas y afines Naturales
Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado
1990 487.448 193.343 294.105 11.992 3.971 2.205 11.127 55.034 38.349 16.804 26.901 11.227 44.334 34.887 93.247 2.134 1.304 51.928 72.262 7.082 2.610
1991 510.649 196.891 313.758 12.249 4.113 2.459 12.115 13.157 38.391 17.044 27.471 11.842 45.208 36.657 105.229 2.302 1.520 53.820 77.291 7.361 2.420
1992 535.320 191.534 343.786 10.871 4.375 2.664 13.349 49.608 37.786 17.199 29.747 11.726 51.664 36.254 119.020 1.782 1.717 53.851 83.783 7.579 2.345
1993 547.468 190.854 356.614 10.646 4.365 3.241 13.887 45.782 36.467 17.963 29.943 12.160 49.095 37.208 129.423 2.210 1.786 53.934 89.223 7.700 2.425
1994 576.540 200.749 375.791 11.046 4.698 2.634 14.151 44.530 43.016 18.010 32.619 14.138 48.325 44.103 135.204 2.473 1.427 55.412 93.992 8.403 2.359
1995 644.188 212.053 432.135 9.558 4.557 2.934 14.673 45.532 42.584 20.470 38.216 14.389 60.073 47.245 156.613 2.487 1.745 59.803 110.709 9.635 2.965
1996 673.353 212.941 460.412 7.669 4.359 2.914 15.294 47.438 49.774 16.369 39.382 14.093 64.512 48.409 165.108 1.766 1.571 63.735 117.247 10.548 3.165
1997 772.291 251.003 521.288 7.831 5.135 3.457 17.217 58.185 63.082 22.876 43.001 19.833 73.531 52.978 185.889 2.754 1.908 73.544 128.080 9.545 3.445
1998 879.840 307.308 572.537 8.704 4.784 4.009 18.655 65.388 62.061 24.244 48.303 25.410 81.805 75.546 208.273 2.546 2.166 88.835 141.597 12.626 4.888
1999 877.944 294.398 583.546 9.634 4.662 4.049 16.750 53.483 60.231 22.196 51.696 28.872 87.546 72.190 208.518 2.434 2.259 87.782 147.108 13.758 4.776
2000 864.085 336.391 597.694 10.139 5.567 5.010 17.467 59.421 58.636 27.259 55.714 34.774 88.402 74.307 205.166 3.752 2.129 104.960 159.417 16.769 5.196
2001 977.243 368.108 609.135 12.129 5.959 5.388 18.420 58.182 52.646 28.752 49.118 36.393 103.142 88.128 193.521 3.844 2.654 116.023 167.638 19.269 6.017
2002 981.458 406.455 575.003 12.951 6.087 6.888 19.963 67.184 47.037 30.373 60.084 45.216 103.354 89.456 170.558 4.029 2.534 127.785 159.032 22.573 6.354
34
4.2 Algunas conclusiones generales respecto a la Educación Superior en
Colombia
Con base en este capítulo, a continuación se hace un análisis de las conclusiones
más importantes. Éstas permiten, de manera general, caracterizar el sector de
Educación Superior en Colombia, con énfasis en las IES privadas.
 Llama la atención la reducción en las instituciones técnicas profesionales de
carácter privado durante el período 1990–2002, al pasar de 50 a 41.
Conviene investigar posteriormente esta situación, para ver si existen
factores que graviten en contra de esta modalidad educativa. Si es el caso,
se deben plantear las políticas que logren un crecimiento más balanceado del
sistema educativo.
 En este capítulo se observa la tendencia del sector privado a preferir las
universidades e instituciones universitarias frente a las técnicas y
tecnológicas. Esto puede indicar que existen incentivos para que esto ocurra,
o que la naturaleza y el alcance de la educación técnica y tecnológica debe
definirse.
 Teniendo en cuenta el déficit fiscal actual, es de esperar que la participación
privada en la Educación Superior crezca en los próximos años. Todo esto
reafirma la responsabilidad de encontrar políticas que promuevan la calidad
de todo el sistema de Educación Superior, y claramente en el sector privado.
Asimismo, el reto de las IES privadas de alta calidad es trabajar de manera
proactiva, en conjunto con las instituciones gubernamentales, por la
transformación y mejoramiento del sistema de educación nacional en su
conjunto. Un sistema de Educación Superior crecientemente privado y que
presente deficiencias de calidad, amenaza la credibilidad del mercado en los
entes privados para este sector en particular, lo que haría más incierto su
futuro.
 Un aspecto irrefutable es el atraso relativo de la Educación Superior privada
en el caso de los posgrados. En el sector oficial domina la matrícula
estudiantil con un 69% del total, y la matrícula de posgrados del país se
concentra en un 87% en las especializaciones, con un evidente descuido a
nivel de maestrías y doctorados. El gobierno y el sector privado tienen un
desafío muy grande para desarrollar las políticas e incentivos necesarios
para la formación doctoral y de magíster, a nivel nacional.
 Hay un atraso evidente en el número de profesores de tiempo completo,
especialmente en las IES privadas del país. Se observó que, solamente para
igualar el promedio actual de las instituciones oficiales en la relación
estudiantes por profesor de tiempo completo, el sector privado de educación
superior debería duplicar el número de docentes en esta modalidad.
35
 Según las estadísticas del ICFES, en el período 1995-2002 hay cuatro años
en que existe un mayor crecimiento en el número de programas que en el
número de estudiantes. Si bien no es viable concluir que hay destrucción de
la solidez institucional, es evidente que hay factores que exigen observar
mejor cuál es la razón para una explosión de programas que no es fácilmente
explicable y que ciertamente no se compadece con el comportamiento del
sistema en su conjunto. Un caso particularmente crítico fue lo que sucedió en
el año 2000. La creación del registro calificado y los estándares mínimos de
calidad que puso en marcha el Ministro Lloreda a partir del 2001, ofrecen una
mayor garantía en este aspecto. Con todo, se debe profundizar en el examen
de este aspecto.
 En este capítulo se llega a la conclusión que uno de los aspectos que hoy
denota más diferenciación entre el sector privado y el oficial es el
comportamiento del número promedio de estudiantes por institución. Mientras
que en el sector oficial se presenta una gradual consolidación que debe
mantenerse y profundizarse, en el sector privado la situación es inquietante,
como quiera que el crecimiento no ha sido ordenado e incluso en el año 2002
se presentó una caída de cerca de 1000 estudiantes por Universidad
(11,57%). Esto contrasta con la aprobación de nuevas instituciones privadas
que se han autorizado en estos años. El mensaje es claro: se deben mirar
estos indicadores de comportamiento del sector, buscando un crecimiento
ordenado que garantice la estabilidad financiera de las IES privadas y
públicas.
 Una conclusión importante al analizar el comportamiento de la matrícula en
las IES es la disminución del número de estudiantes en las instituciones
técnicas profesionales, especialmente en el sector privado. El crecimiento
acumulado durante el período 1990-2002 fue de tan sólo el 5,42%
comparado con un crecimiento alrededor del 100% o 160% en las
universidades e instituciones universitarias, respectivamente. Esto denota
una crisis del modelo de Educación Superior en el país, que exige revisar el
tipo de instituciones, sus roles, los incentivos de cada tipo de institución para
crecer y evolucionar, y la necesaria integración del sistema, que permita que
los estudiantes puedan moverse entre los diferentes tipos de institución y de
grados académicos.
36
Capitulo 5
Estructura Financiera de las Universidades Privadas
5.1 Estructura financiera de las IES privadas del país
Para el análisis de las finanzas de las IES privadas es necesario aclarar que, por
una parte, sólo se cuenta con información muy limitada de sus cuentas y por otra,
los datos consolidados de las instituciones de Educación Superior privadas se
tienen para el período 1994-1999 en las estadísticas de la década elaborado por el
ICFES.40
No obstante, estos datos muestran unas tendencias importantes que
permiten comenzar a detectar puntos claves en el financiamiento de estas
instituciones.
Este análisis de la estructura financiera de las IES privadas del país muestra
hechos reveladores sobre la forma de financiamiento de estas entidades y los
usos principales de los recursos. En primer lugar, en cuanto a los ingresos se
pueden destacar los siguientes elementos (ver Tabla 14):
 Un crecimiento muy superior (467%) en el nivel de ingresos en la segunda
parte de la década de los noventa (1994-1999), cuando los ingresos por
matrícula aumentaron en un 486%.
 La composición de la estructura de las IES privadas presenta una alta
dependencia de los ingresos por matrículas, que representan el 85,19% del
total, seguido por donaciones con un 7% y recursos de crédito con un 6%. La
venta de servicios representa tan sólo un 3,22% del total de los ingresos.
 Los ingresos totales de las IES privadas ascienden en 1999 a 400.000
millones de pesos, de los cuales más de $289.000 millones corresponden a
las universidades.
 Los derechos académicos representan el 4,95% de los ingresos. Uno de los
grandes problemas en la rendición de cuentas financieras de las IES privadas
es lo relacionado con los derechos pecuniarios. Es sano, entonces, saber
hasta que punto se pueden financiar las IES con estos derechos pecuniarios
o académicos, pues se debe determinar si los incrementos en matrículas
llegarán al punto en el cual estos sean inaccesibles y el estudiante no tenga
una información de cuánto le van a cobrar.
 En términos de crecimiento en ingresos a finales de los noventa, las
donaciones tuvieron un incremento del 2,666%, lo que indica que aunque en
el país esta cultura de filantropía en el sector educativo es incipiente, se
lograron avances. Esto tal vez se deba a los beneficios tributarios para las
empresas que hicieran donaciones a IES.
 El rubro de rendimientos financieros es importante, con un aporte entre un
4,48% en 1994 y un 6,75% en 1999.
40
Ibíd.
37
Tabla 14
Composición ingresos IES privadas del país
a. Estructura general
Concepto 1994 1999 Crecimiento 1994-1999
Matrículas 210.101,86 1.266.622,59 486,99%
Otros derechos academ. 14.645,04 89.294,41 551,29%
Ventas de servicios 9.310.09 65.172.66 361,17%
Educ. continuada 13.604.61 45.821,74 187,97%
Recursos del crédito 13.810,49 112.055,00 438,36%
Rendim.Financieros 14.345,72 127.574,51 515,28%
Donaciones 577,64 175.292,76 2566,41%
Otros ingresos 13.502,01 98.048,80 271,53%
Total ingresos 289.897,46 1.979.882,47 467,79%
b. Participación (%)
Concepto 1994 1995 1996 1997 1998 1999
Matrículas 73.30% 73,45% 74,22% 69,94% 70,39% 65,19%
Otros derechos academ. 5,02% 5,92% 4,91% 5,16% 5,14% 4,95%
Ventas de servicios 3,07% 3,42% 3,81% 3,96% 3,30 3,22%
Educ. continuada 3,96% 3,90% 3,24% 2,99% 2,66% 2,31%
Recursos del crédito 4,55% 3,79% 5,09% 6,55% 5,72% 6,09%
Rendim.financieros 4,48% 5,93% 5,26% 4,69% 6,43% 6,75%
Donaciones 0,28% 0,445 0,41% 3,21% 1,72% 7,01%
Otros ingresos 5,35% 3,15% 3,06% 3,51% 4,64% 4,49%
Total ingresos 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00%
Fuente:“Resumen estadísticode la década de la Educación Superior, 1990 – 1999”, ICFES.
Al analizar la estructura de los egresos de las IES privadas se encuentra que la
mayor proporción de gastos se encuentra en el pago de servicios personales de
docencia, extensión e investigación con un cambio porcentual de 35,51% en 1996
a un 31,23% en 1999. Después se encuentran los gastos generales con una
participación del 22,9% sobre el total de egresos, seguido por los servicios
personales administrativos (18,86%). Por su parte, los gastos de inversión
representan un 12,35% y el servicio de la deuda un 6.1% (tabla 15).
Tabla 15
Composición egresos IES privadas del país
a. Estructura general
Concepto 1994 1999 Crecimiento 1994-1999
Personal docente 134.856 732.699 443,32%
Personal administrativo 73.634 398.871 441,70%
Gastos generales 85.024 543.687 338,59%
Transferencias 6.983 70.698 505,62%
Impuestos 2.514 19.716 405,76%
Gastos financieros 7.777 51.395 345,45%
Inversión 56.274 292.281 258,72%
Servicio de la deuda 8.560 145.179 798,83%
Otros egresos 14.822 112.704 391,92%
Total egresos 390.444 2.367.228 267,42%
38
b. Participación (%)
Concepto 1994 1995 1996 1997 1998 1999
Personal docente 34,54% 34,14% 35,51% 33,38% 32,20% 30,95%
Personal administrativo 18,9% 17,4% 17,7% 15,5% 17,5% 16,8%
Gastos generales 21,78% 22,86% 21,21% 19,59% 23,03% 22,97%
Transferencias 1,8% 2,1% 1,9% 2,9% 2,6% 3,0%
Impuestos 0,64% 0,91% 0,96% 0,72% 0,79% 0,83%
Gastos financieros 2,0% 2,1% 2,4% 2,0% 2,1% 2,2%
Inversión 14,41% 14,77% 14,93% 18,59% 12,47% 12,35%
Servicio de la deuda 2,2% 2,4% 2,4% 3,3% 4,8% 6,1%
Otros egresos 3,80% 3,36% 3,01% 3,97% 4,50% 4,76
Total egresos 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00%
Fuente: “Resumen estadístico de la década de la Educación Superior, 1990 – 1999”, ICFES.
En las tendencias de la década en la composición de egresos, se observa que
los crecimientos más importantes fueron el servicio de la deuda (798%), los
servicios personales docentes y administrativos (443%), otros egresos (392%) y
gastos generales (339%). Esto muestra que el endeudamiento ha venido tomando
importancia significativa como efecto de la situación financiera de las IES privadas
del país. Además, es importante señalar que la inversión, que involucra el
mejoramiento de la infraestructura física, laboratorios, equipos de cómputo,
bibliotecas y otros elementos que fortalecen la razón de ser de las instituciones de
Educación Superior, está un poco relegada pues no representa un peso
significativo dentro de la estructura de gastos de estas instituciones.
Por su parte, la composición del balance general de las IES privadas del país
muestra un incremento en todas sus cifras. La variación de un año a otro se
incrementa, aunque no presenta una tendencia para generalizar el
comportamiento de las finanzas de estas instituciones. Es así como el menor
incremento del patrimonio se presentó entre 1996 y 1997 con un 45,32% y el
mayor incremento fue en 1994 y 1995 con un 69,05%. La cuenta de excedentes
muestra su menor aumento porcentual entre 1996 y 1997 con un 18,25% y el
mayor entre 1997 y 1998 con un 223,28% (tabla 16).
Tabla 16
Crecimiento en cuentas del balance general de las IES privadas (%)
Cuentas 1994-95 1995-96 1996-97 1997-98 1998-99 1994-1999
Activo corriente 45,04% 82,36 39,11% 19,38% 46,66% 544,24%
Activo total 57,14% 66,77% 42,67% 38,71% 51,47% 685,49%
Pasivo corriente 35,89% 61,04% 44,37% 33,11% 45,72% 512,85%
Pasivo total 41,50% 70,92% 38,68% 22,36% 43,50% 488,90%
Patrimonio 69,05% 64,12% 45,32% 49,06% 57,48% 846,40%
Excedentes 57,01 82,53% 18,25% 223,28% 98,88% 2078,95%
Fuente: “Resumen estadístico de la década de la Educación Superior, 1990 – 1999”, ICFES.
Finalmente, y con el objeto de tener un panorama más completo, a continuación
se presentan unos elementos del Índice de Costos de la Educación Superior
Privada (ICESP) elaborado por el DANE y el ICFES para el año 2002. Este índice
es un indicador que permite calcular el promedio de las variaciones de los precios
39
de los diferentes bienes y servicios que adquieren las IES privadas para el
desarrollo de su actividad académica.
La variación del ICESP en el primer semestre del 2002 fue de 5,52%, y los que
mayor crecimiento registraron fueron los gastos de vigilancia con un 8,91%,
seguidos por los gastos de personal con un crecimiento de 5,69%. En tercer lugar
están las compras de bienes y servicios con un 5,19%.
El incremento del personal docente se debe a alzas en profesores de cátedra,
directivos docentes y monitores y asistentes. El personal no docente aumentó en
un 4.76% por incrementos en gastos en personal directivo y profesional, técnico y
administrativo y de servicios generales. Por otra parte, los otros insumos y
suministros tuvieron una alza del 4.88% debido a los aumentos en suministros de
oficina, material médico quirúrgico y odontológico, suministros para bienestar
universitario, gastos de cafetería y arrendamientos de planta física. Los viáticos y
gastos de viaje crecieron en un 4.73% debido a las alzas en viáticos y pasajes.
Gráfico 6
Principales variaciones del ICESP Primer semestre 2002
6,58
4,76
4,88
6,8
4,15
4,7
4,73
8,91
6,22
5,11
0,55
0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
Personal docente
Personal no docente
Otros insumos y suministros
Papelería
Mantenimiento y reparaciones
Servicios públicos
Viáticos y gastos de viaje
Vigilancia
Aseo
Transporte y comunicaciones
Compra impresoras y equipos
Cuentas
Porcentaje
Fuente: Boletín de prensa. ICESP, Primer semestre 2002. DANE-ICFES.
5.2 Algunos comentarios finales sobre la financiera de las IES privadas del
país
En el caso colombiano la principal fuente de ingresos de las IES privadas son las
matriculas. Sin embargo, la tendencia muestra que esta fuente de ingresos es
insuficiente. Además, el incremento de los costos de las matrículas implica que las
40
IES privadas pueden enfrentar problemas de competencia en el mercado, pues
sus costos tienden a crecer más rápidamente que la inflación general.
La tendencia es entonces desplazar el pago de los costos de la Educación
Superior, de los pagadores de impuestos hacia los padres y estudiantes, a través
de las matrículas. Esto se ha reflejado en un auge extraordinario de la Educación
Superior privada.
En Colombia se cumple la tendencia mundial en cuanto a que los incrementos en
las matrículas tienden a ser superiores a la inflación general. En 1999, el
incremento en el precio de las matrículas de las universidades fue equivalente a
2,2 veces el índice de precios al consumidor. En los últimos años esa diferencia se
ha venido reduciendo, pero todavía hoy el incremento de las matrículas en las IES
supera la inflación. En el año 2002, los incrementos en las matrículas de las IES
fueron superiores en una quinta parte al aumento general de precios (gráfico).
Incremento anual (%) de matrículas y aumento del Índice de Precios al
Consumidor
5
7
9
11
13
15
17
19
21
23
1998 1999 2000 2001 2002
Universidades
Instituciones universitarias
Instituciones tecnológicas
Instituciones técnicas
IPC
El caso de Colombia y los créditos del ICETEX es reconocido internacionalmente
como un ejemplo que demuestra que es posible diseñar y administrar un sistema
sostenible de créditos, siempre y cuando se diseñen mecanismos efectivos de
recolección de la cartera, se apliquen tasas de interés apropiadas, y se diseñe un
sistema donde se cuenta con buena información sobre los ingresos de los
estudiantes y sus familias (World Bank, 2000). De hecho, el esquema de
préstamos del ICETEX tiene una de las más altas tasas de repago en el mundo.
Sin embargo, este caso también se muestra como un ejemplo de que es muy
difícil apalancarse en un sistema de créditos para llevar los niveles de cubrimiento
hasta donde lo exigirían las necesidades de la demanda potencial; los estudiantes
beneficiados por créditos ICETEX apenas representaban el 6% de la población
potencial en el año 2000 (gráfico 7 ).
Porcentaje
41
Gráfico 7
Cobertura del crédito educativo en Colombia
4,4%
5%4,9%
6,1%
0%
1%
2%
3%
4%
5%
6%
7%
1997 1998 1999 2000
Tasasdecobertura
Cobertura total de crédito - ICETEX
Fuente: CONPES 3189, 2002
Con relación a la filantropía y la financiación de las IES privadas a través de
donaciones de las empresas tiene una fuerte tradición en Estados Unidos, donde
se estima que los diez mayores fondos de inversión con recursos donados a las
universidades (patrimonios o endowments) suman US$78.000 millones. Esto no
es común en los países en desarrollo, si bien se destacan algunas excepciones.
La Universidad de Beijing recibió US$10 millones de un grupo de millonarios de
Hong Kong para construir la mayor biblioteca de Asia. Por su parte, el millonario
George Soros fundó y financia la Charles University en Budapest. Sin embargo,
son muy pocos los casos en estos en países en desarrollo.
Para que la filantropía tenga un papel importante en la financiación de las IES, se
necesita que exista una fuerte tradición filantrópica en el país en cuestión, y
además que exista un esquema tributario favorable para que las donaciones
ofrezcan ventajas a los donantes.
Las IES privadas están excluidas de ser contribuyentes del impuesto de renta.
Además, quienes invierten en ellas y les hacen donaciones obtienen varias
exenciones tributarias. El artículo 125 del Estatuto Tributario establece que los
contribuyentes del impuesto de renta que estén obligados a presentar declaración
de renta y complementarios dentro del país, tienen derecho a deducir de la renta
el valor de las donaciones efectuadas, durante el año o período gravable, a las
asociaciones, corporaciones y fundaciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto social
sea la prestación del servicio de educación.
Aunque el artículo 125 establece una restricción a la deducción por cuanto el valor
a deducir por este concepto, en ningún caso podrá ser superior al treinta por
ciento (30%) de la renta líquida del contribuyente, determinada antes de restar el
42
valor de la donación, el mismo artículo dice que dicha restricción no aplica para las
donaciones efectuadas a las IES.
El tratamiento tributario especial para las donaciones a las IES ha sido objeto de
una fuerte controversia en el país. Cada vez que se habla de una nueva reforma
tributaria, las exenciones relacionadas con las donaciones a las IES entran en el
debate y hay voces que proponen abolirlas. No se ha realizado un estudio a fondo
de lo ocurrido con estas donaciones.
En el caso de Colombia, como en otros países de la región, no existe una fuerte
tradición de filantropía. Sin embargo, sí han existido diversos incentivos tributarios
para la realización de donaciones, los cuales han sido aprovechados por algunas
entidades. Dentro de las IES, sólo en las universidades de alta calidad se percibe
alguna importancia de las donaciones, sin que lleguen a constituir un porcentaje
elevado de los ingresos (las donaciones llegaron al 3,6% de los ingresos de las
IES de alta calidad).
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Educación superior privada

  • 1. DIGITAL OBSERVATORY FOR HIGHER EDUCATION IN LATIN AMERICA AND CARIBBEAN IESALC Reports available at www.iesalc.unesco.org.ve IESALC - UNESCO La Educación Superior Privada en Colombia - Jorge Hernán Cárdenas S. Oportunidad Estratégica - María Lorena Gutiérrez B. Universidad de los Andes
  • 2. TABLA DE CONTENIDO La Educación Superior Privada en Colombia Presentación Pág. 1 Capitulo 1 Marco legal de las IES privadas 1.1 Introducción Pág. 3 1.2 Implicación de la constitución de 1991 en la educación Pág. 3 1.3 Concepto de autonomía universitaria en la Constitución de 1991 y en la Ley 30 de 1992 Pág. 5 1.4 La inspección y vigilancia Pág. 7 1.5 Evolución del concepto de inspección y de vigilancia Pág. 8 1.6 Intervención del Estado durante el ciclo de vida de las IES Pág. 11 1.7 Formas de constitución legal y de clasificación de la naturaleza Jurídica de las IES privadas Pág. 14 1.8 El régimen de la Ley 30 de 1992 para las IES privadas Pág. 15 Capitulo 2 Algunas características de la Educación Superior Privada en Colombia y causas de su creación 2.1 Tipología de las Instituciones Pág. 17 Capitulo 3 Número de Instituciones de Educación Superior 3.1 Datos y tendencias generales Pág. 22
  • 3. Capitulo 4 Matriculas y situación de profesores 4.1 Datos generales Pág. 25 4.1.1 Profesores Pág. 29 4.1.2 Programas Pág. 30 4.2 Algunas conclusiones generales respecto a la Educación Superior en Colombia Pág. 34 Capitulo 5 Estructura Financiera de las Universidades Privadas 5.1 Estructura financiera de las IES privadas del país Pág. 36 5.2 Algunos comentarios finales sobre la financiera de las IES Privadas del país. Pág. 39 Capitulo 6 El aseguramiento de la calidad de la Educación Superior en Colombia 6.1 Introducción Pág. 43 6.2 Posición del propio gobierno Pág. 43 6.3 Mejoramiento progresivo Pág. 44 6.4 Logros de los últimos años en políticas para la Educación Superior Pág. 45 6.5 Experiencia Colombiana con el aseguramiento de la calidad de la Educación Superior Pág. 48 6.6 El mejoramiento institucional: apoyo a la gestión Pág. 52
  • 4. INDICE DE TABLAS Capitulo 3 Número de Instituciones de Educación Superior Tabla 1. Instituciones según carácter académico y origen institucional (Año: 2002 – Período Anual) Pág. 23 Tabla 2. Instituciones según carácter académico, origen institucional Década: 1990-2002 Pág. 24 Tabla 3. Instituciones privadas de Educación Superior Pág. 23 Capitulo 4 Matricula y situación de profesores Tabla 4. Educación Superior. Total alumnos matriculados primer Período académico 1981 - 2001 Pág. 25 Tabla 5. Total alumnos matriculados según nivel educativo, Modalidades y origen institucional por departamento. Año 2002-periodo 01 Pág. 26 Tabla 6. Total matrícula por tipo de IES y origen Pág. 27 Tabla 7. Participación matriculas por tipo de IES y origen Pág. 28 Tabla 8. Relación número de estudiantes por número de IES Pág. 28 Tabla 9. Profesores según dedicación 1994-2002 Pág. 29 Tabla 10. Nivel académico de los profesores, año 2002 Pág. 30 Tabla 11. Programas académicos según nivel educativo y metodología de estudio. Década: 1990-2002 Pág. 31 Tabla 12. Total alumnos matriculados según áreas del conocimiento y origen institucional Pág. 33 Tabla 13. Incrementos en matrícula, programas e instituciones Pág. 32
  • 5. Capitulo 5 Estructura Financiera de las Universidades Privadas Tabla 14. Composición ingresos IES privadas del país Pág. 37 Tabla 15. Composición egresos IES privadas del país Pág. 37 Tabla 16. Crecimiento en cuentas del balance general de las IES Privadas Pág. 38
  • 6. INDICE DE GRÁFICAS Capitulo 2 Algunas Características iniciales de la Educación Superior privada en Colombia y causas de su creación Gráfica 1. Tipología de las IES según su naturaleza jurídica Pág. 18 Gráfica 2. Antigüedad de las IES privadas del país Pág. 19 Gráfica 3. Tamaño de las IES por número de estudiantes y por tipo de instituciones Pág. 20 Gráfica 4. Tamaño de las IES privadas por número de estudiantes Pág. 20 Gráfica 5. Ubicación IES privadas Pág. 21 Capitulo 5 Estructura Financiera de las Universidades Privadas Gráfica 6. Principales variaciones del ICESP primer semestre 2002 Pág. 39 Gráfica 7. Cobertura del crédito educativo en Colombia Pág. 41 Capitulo 6 El aseguramiento de la calidad de la Educación Superior en Colombia Gráfica 8. Dimensiones del modelo de aseguramiento de la calidad en Colombia Pág. 51 Gráfica 9. Gobernabilidad externa: Relación entre las tres políticas Publicas fundamentales Pág. 52 Gráfica 10. Proporción de IES que podrían ser analizadas en razón de la inspección y vigilancia; el apoyo a la gestión y al aseguramiento de la calidad Pág. 53
  • 7. INDICE DE ANEXOS Capitulo 1 Marco Legal de las IES privadas Anexo 1. Cuadro del marco legal en el ciclo de las IES privadas Pág. 54 Anexo 2. Aparte del decreto 1478 de 1994 Pág. 55 Capitulo 2 Algunas Características iniciales de la Educación Superior privada en Colombia y causas de su creación Anexo 3. Razones para la creación de Universidades privadas (algunos ejemplos) Pág. 58
  • 8. 1 La Educación Superior Privada en Colombia. Jorge Hernán Cárdenas S.* María Lorena Gutiérrez B. ** Agosto, 2005. Presentación Este trabajo es producto de la invitación que Claudio Rama, Director Regional de la oficina de IESALC-UNESCO, hiciera para elaborar un reporte que permitiera apreciar la evolución de la educación superior privada en Colombia. Agradezco al Dr. Rama y a su asistente Isabelle Haymann su confianza para hacerme cargo del presente estudio. Este estudio resulta en buena parte de la experiencia de los autores y de un equipo de trabajo en investigaciones previas1 , en particular en el trabajo: Informe Final: “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS IES PRIVADAS DEL PAÍS“, ICFES 2003. Este documento cubre la temática que estableció UNESCO en los términos de referencia para examinar las universidades privadas: 1. Marco Legal y regulatorio de disposiciones legales que respalden la creación y funcionamiento de las instituciones de Educación Superior privada universitaria en la región. 2. Causas que impulsaron la creación, crecimiento y desarrollo de las instituciones universitarias de educación superior privada de la región. 3. Número de Instituciones de Educación Superior Privada Universitaria en Colombia: crecimiento, cobertura regional/nacional de estas instituciones y mecanismos de acceso. 4. Matricula y egresados de las Instituciones de Educación Superior privadas pregrado y postgrado. Evolución de la matrícula y egresados por áreas de conocimiento, sexo e instituciones. La información puede clasificarse en períodos quinquenales o decenales. _________________________ * Ingeniero Industrial de la Universidad de los Andes. Master of Arts in Economics, University of Minnesota; Master of Science in Management, MIT Sloan School. Ha sido Decano y profesor de la Facultad de Administración de la Universidad de los Andes en MBA y PMBA. Actualmente es el director de la firma Oportunidad Estratégica en Bogotá, Colombia. ** Ingeniera Industrial de la Universidad de los Andes. Especialista en Finanzas de la Universidad d e los Andes. M.A. in Management, Universidad de Tulane. Doctorado en Finanzas, Universidad de Tulane. Actualmente es De cana de la Facultad de Administración de la Universidad de los Andes y socia de la firma Oportunidad Estratégica en Bogotá, Colombia. 1 En particular se reconoce el aporte de Ana María Nieto (Capítulo 1), Rafael Vesga (Capítulo 6) y el apoyo de Mauricio Vélez y Mauricio Wiesner.
  • 9. 2 5. Tipología de las instituciones de Educación Superior Universitaria atendiendo a sus objetivos: religiosa, empresarial, virtuales, a distancia, transnacionales, corporativas, cooperativas, con o sin fines de lucro, etc. 6. Estructura del financiamiento de la Educación Superior Universitaria Privada. Composición de los ingresos (matricula, subsidios federales o estatales; filantropía, donativos de empresas y/o particulares, venta de servicios no docentes, productos derivados de actividades de investigación o extensión, créditos bancarios, aportes de egresados, apoyo de Fundaciones, Voluntariado, etc.) y de los egresados (inversión, salarios, etc.). Matricula: costo promedio de la matricula. Modalidades de financiamiento de la matricula. Costos de los estudios desagregados por carreras y niveles (licenciaturas, postgrados). 7. Existencia de Sistemas de Aseguramiento de la Calidad a nivel nacional, internacional o de las propias instituciones. Modalidades de funcionamiento. 8. Recursos Humanos que emplean las Instituciones de Educación Superior Privada.
  • 10. 3 Capítulo 1 Marco legal de las IES privadas 1.1 Introducción La educación es de gran importancia en el marco del Estado Social de Derecho prevalerte en Colombia, que es el modelo de organización jurídico-política establecido en la Constitución de 1991. Inscriben y deben ser compatibles los conceptos de la educación como derecho y como servicio público, la autonomía universitaria, y la inspección y vigilancia de la educación por parte del Estado. La Constitución, en su artículo 67, le da a la educación una doble connotación: como derecho del individuo y como servicio público esencial con función social, que impone obligaciones, cargas y restricciones. Entonces, al estar la educación comprometida con el bien común, el Estado debe velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la formación moral, intelectual y física de los educandos.2 Por tanto, en la intervención del Estado en materia de educación se debe armonizar la inspección y vigilancia de las Instituciones de Educación Superior (IES) con el respeto de la autonomía universitaria como garantía esencial para la producción de conocimiento. Una de las contribuciones de este capítulo es el desarrollo del marco legal y su relación con el ciclo de vida de las IES privadas, desde el nacimiento de la institución hasta su operación y funcionamiento, y su posible extinción. También han sido reglamentados varios asuntos internos de las IES como se muestra en el anexo 1. La parte pertinente a inspección y vigilancia del Decreto 1478 de 1994, que reglamenta la aprobación de la personería jurídica, se presenta en el anexo 2. 1.2 Implicaciones de la Constitución de 1991 en la educación superior de Colombia En 1980, bajo la vigencia de la anterior Constitución de 1886, se dio una de las principales reformas educativas, con el Decreto-Ley 80. Este decreto constituye, junto con las demás normas que hicieron parte de la reforma educativa, el cuerpo más extenso de normas sobre educación. Contempla casi todos los aspectos componentes, objetivos y organización del sistema y todo dentro de una rígida inspección y vigilancia. Esta norma desarrolló un esquema intervencionista en el que todo se reglamentaba y se controlaba, y la inspección y vigilancia tenía por objeto propender al cumplimiento de los fines sociales de la cultura y a la mejor formación intelectual, moral y física de los estudiantes. Así mismo, se tenía que velar porque las IES privadas, que debían ser entidades sin ánimo de lucro, 2 Corte Constitucional. Sentencia T-574 de 1993. M.P.: Eduardo Cifuentes Muñoz.
  • 11. 4 conservaran sus rentas y las aplicaran exclusivamente a cumplir el objeto social educativo.3 En la Constitución de 1886 existía un choque de competencias regulatorias en materia de educación entre el Presidente y el Congreso, en la medida que la Constitución le otorgaba al Presidente la facultad de reglamentar, dirigir e inspeccionar la instrucción pública nacional. De tal forma que las normas emitidas por el Presidente tenían fuerza de ley porque eran desarrollo directo de la Constitución. Dicha situación fue solucionada por la Constitución de 1991 que le dio facultades exclusivas al Congreso en esa materia.4 En 1991, al promulgar la nueva constitución se estableció la libertad de enseñanza y de cátedra como derechos fundamentales; la garantía de la autonomía universitaria; la posibilidad de que los particulares fundasen establecimientos de educación, y se le otorgó facultades de inspección y vigilancia al Presidente. Posteriormente se expidió la Ley 30 de 1992, que reglamentó la Educación Superior. Esta reforma pretendía cambiar la relación que existía entre el Estado y las IES de tal forma que la intervención del Estado en el sector fuera más orientadora, selectiva y menos reglamentarista 5 La Ley 30 estableció los parámetros de la Educación Superior y definió los siguientes temas: principios y objetivos; los campos de acción; los programas académicos; los tipos de instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía de las instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES); los comités asesores (fusionados en la Comisión Consultiva de las Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de 1999); las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema Nacional de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las instituciones; el régimen especial de las universidades del Estado, la organización y elección de las directivas, el personal docente y administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar universitario. Aunque la Ley 30 reguló los temas de la Educación Superior, ésta sólo constituye un marco normativo general. De modo que fue preciso reglamentarla para poder llevar a la práctica varias de sus disposiciones. Algunos de los anteriores temas han sido reglamentados: la escogencia de los representantes del CESU (D. 1229 de 1993); la información y notificación al ICFES por parte de las IES sobre la creación de programas (D. 1403 de 1993); los requisitos para notificar la creación y desarrollo de programas académicos de pregrado y de especialización (D. 837 de 1994); el procedimiento para el reconocimiento de personería jurídica (D. 1478 3 Ibídem. p. 292. 4 Caballero, Liliana. “La inspección y vigilancia de la Educación Superior Colombiana: obligación, facultad y funciones estatales”. Bogotá: Consejo Nacional de Acreditación. 1998. Documento en mimeógrafo. p. 61. 5 Pacheco Arrieta, Iván. Op. cit. p, 296.
  • 12. 5 de 1994); la creación del Sistema Nacional de Acreditación (D. 2904 de 1994); la transformación de carácter académico de las instituciones técnicas profesionales y las tecnológicas (D. 350 de 1994); la inspección y vigilancia de programas académicos de pregrado (D. 2790 de 1994); el registro y la publicidad de los programas académicos (D. 1225 de 1996); los plazos para la acreditación previa de los programas de formación en educación (D. 1605 de 2000); el procedimiento para la ratificación de estatutos (D. 532 de 2001); la unificación y los procedimientos para los programas de doctorado y maestría (D. 916 de 2001); los exámenes de Estado (D. 1466 de 2001, D. 2233 de 2001); estándares de calidad (D. 936, 937, 938, 939, 949, 1576 y 1665); la homologación de títulos de estudiantes de otros países (D. 860 de 2003). En los anexos 2.1 y 2.2 puede verse como en los años 1994, 2001 y 2002 hubo mayor esfuerzo reglamentario. La Ley 30 definió bien la autonomía universitaria de las IES en sus artículos 28 y 29; en cambio, la inspección y vigilancia quedó definida de forma difusa y sin un instrumento idóneo que la haga realidad. Esto es paradójico por cuanto el artículo 69 de la Constitución concede la garantía de la autonomía universitaria los límites que establezca la ley. Es decir, que los límites de la autonomía universitaria debieron quedar contenidos en la Ley 30, en especial los que aseguran la calidad, por medio de la inspección y vigilancia. La fortaleza con la que quedó establecida la autonomía universitaria y la debilidad de la inspección y vigilancia hizo que durante los primeros años de la Ley 30 se pensara que estos conceptos eran incompatibles. La inspección y vigilancia preventiva quedó sin reglamentación pues en los artículos 49-50 está solo el procedimiento para las investigaciones, a continuación se desarrollarán dichos conceptos. 1.3 Concepto de autonomía universitaria en la Constitución de 1991 y en la Ley 30 de 1992 La autonomía universitaria es la facultad que tienen las IES para desarrollar libremente la enseñanza, la investigación y demás funciones de la Educación Superior sin interferencias del poder público, 6 y se concreta en la libertad académica, administrativa y económica. Sin embargo, dicha garantía ha sido entendida como la imposibilidad del Estado de intervenir en los asuntos de las IES. El artículo 69 de la Constitución dispuso la garantía de autonomía universitaria y estableció que las universidades podrán darse sus directivas y establecer sus propios estatutos de acuerdo con la ley. La Ley 30 de 1992 definió los términos de dicha autonomía para las universidades (artículo 28) y determinó los aspectos que ésta incluye para las instituciones universitarias, escuelas tecnológicas y las instituciones técnicas profesionales (artículo 29). Aunque en esa norma no les 6 Linares, Patricia. “El ejercicio responsable de la autonomía universitaria”. En: Luis Enrique Orozco (comp.). Educación Superior: desafío global y respuesta nacional. Tomo II. Bogotá: Uniandes. Facultad de Administración, 2001, p. 40.
  • 13. 6 atribuyó autonomía a las instituciones tecnológicas, se ha entendido que, por analogía.7 El artículo 28 de la Ley 30 dice que la autonomía de las universidades comprende darse y modificar sus estatutos; designar autoridades académicas y administrativas; crear, organizar, y desarrollar sus programas académicos; definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales; otorgar los títulos correspondientes; seleccionar a sus profesores; admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes, y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional. El artículo 29 de la misma ley estableció que la autonomía de las instituciones universitarias o escuelas tecnológicas y de las instituciones técnicas profesionales estará determinada por su campo de acción y se materializa en los siguientes siete aspectos: (i) darse y modificar sus estatutos; (ii) designar sus autoridades académicas y administrativas; (iii) crear, desarrollar sus programas académicos, lo mismo que expedir los títulos correspondientes; (iv) definir, organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión; (v) seleccionar y vincular a sus docentes, lo mismo que a sus alumnos; (vi) aplicar el régimen de alumnos y docentes; y (vii) arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de sus misión social y de su función institucional. La autonomía universitaria es un derecho limitado y complejo. Limitado porque se garantiza para un adecuado funcionamiento institucional, pero debe ser compatible con los derechos y garantías de otras instituciones que persiguen fines sociales. Es complejo porque involucra los derechos de otras personas, como la libertad de cátedra y la participación, que deben ser respetados en las actividades universitarias.8 La Corte ha dicho que la autonomía no es absoluta porque está sujeta al Ministerio de Educación en cuanto a la observancia de las políticas públicas, la planeación del sector educativo, y la inspección y vigilancia en materia educativa.9 Además, “debe desarrollarse en armonía con los principios constitucionales de equidad, justicia, igualdad de oportunidades, reconocimiento de las diferencias y respeto a la dignidad de quienes intervienen en el proceso educativo”.10 Por otro lado, la Corte enunció los límites que le impone el orden constitucional a la autonomía universitaria: la inspección y vigilancia por parte del Presidente de la República; la prestación del servicio público de educación exige el cumplimiento estricto de la ley; así como el respeto y materialización de los derechos fundamentales. 11 Así mismo ha dicho que las universidades deben cumplir su 7 Pacheco Arrieta, Iván. “Nuevo compendio de normas sobre la Educación Superior”.Bogotá, ICFES, 2001, p. 23. 8 Sentencia T-515 de 1995. M.P.: Alejandro Martínez Caballero 9 Ibídem. 10 Sentencia C-515 de 1999. Op. cit. 11 Sentencia T-513 de 1997. M.P. Alejandro Martínez Caballero.
  • 14. 7 misión a través de acciones que reflejen una “ética de la responsabilidad”. Es decir, que su autonomía “encuentre legitimación y respaldo no sólo en sus propios actores, sino en la sociedad en la que la universidad materializa sus objetivos, en el Estado que le provee de recursos y en la sociedad civil que espera fortalecerse a través de ella...”.12 Se ha resaltado el papel del legislador en determinar los límites de dicha autonomía para que las universidades no sean islas en el ordenamiento jurídico y cumplan con la función social de la educación.13 1.4 La inspección y vigilancia La inspección y vigilancia de las IES está dada por la Constitución Política, tanto por el artículo 67, que la establece para la educación en general, como por los numerales 21, 22 y 26 del artículo 189, que le imponen al Presidente de la República la inspección y vigilancia de la enseñanza, de la prestación de los servicios públicos y de las instituciones de utilidad común para que conserven sus rentas y sean debidamente aplicadas para que se pueda cumplir la voluntad de sus fundadores.14 La Educación Superior es un servicio público, razón por la cual el Estado tiene la obligación de regular su prestación para garantizar que ésta sea eficiente y tenga calidad.15 De otro lado, para la inspección y vigilancia es de vital importancia que la ley reglamente los límites de la autonomía universitaria, puesto que en virtud del principio de legalidad (Art. 6 CP), a los particulares sólo les está prohibido hacer lo que expresamente disponga la Constitución y la ley. Es decir que, sin límites legales, el Estado no tiene elementos para intervenir en la prestación del servicio de Educación Superior. De acuerdo con el artículo 211 de la Constitución, el Presidente de la República puede delegar la función de inspección y vigilancia en sus ministros. En materia de Educación Superior, el Presidente le delegó sus facultades de inspección y vigilancia al Ministro de Educación mediante el Decreto 698 de 1993. En los artículos 31, 32 y 33 de la Ley 30 se desarrolla la inspección y vigilancia de las IES, junto con el fomento. El artículo 31 establece que el fomento y la inspección y vigilancia deben estar orientados a proteger las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra; vigilar que se cumpla e impere integralmente la garantía de la autonomía universitaria; garantizar el derecho de los particulares a fundar establecimientos de Educación Superior conforme a la ley; adoptar medidas para fortalecer la investigación en las IES; facilitar a las personas aptas, el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, al arte y los demás bienes de la cultura, así como los mecanismos financieros que lo hagan viable; crear incentivos para las personas e instituciones que desarrollen, 12 Sentencia. C-220 de 1997. M.P.: Fabio Morón Díaz 13 Sentencia T-492 de 1992. M.P. José Gregorio Hernández. 14 El artículo 98 de la Ley 30 de 1992 establece que las instituciones privadas de Educación Superior deben ser personas jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones, fundaciones o instituciones de economía solidaria. 15 Caballero, Liliana. Op. cit. pp. 41 y 45.
  • 15. 8 fomenten la técnica, la ciencia, la tecnología, las humanidades, la filosofía y las artes; fomentar la producción de conocimiento y el acceso del país al dominio de la ciencia, la tecnología y la cultura; propender por la creación de mecanismos de evaluación de calidad de los programas académicos de las instituciones de Educación Superior; y fomentar el desarrollo del pensamiento científico y pedagógico en directivos y docentes de las IES. De acuerdo con el artículo 32 de dicha ley, la inspección y vigilancia se ejercerá a través del desarrollo de un proceso de evaluación que fomente y dignifique la Educación Superior dentro de: respeto a la autonomía universitaria y a las libertades de enseñanza aprendizaje, investigación y cátedra; el cumplimiento de sus fines; la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; el adecuado cubrimiento de los servicios de Educación Superior; el conservar las rentas que se apliquen debidamente, de acuerdo con la voluntad de sus fundadores; atender la naturaleza de servicio público cultural y a la función social, y cumplir las disposiciones legales y estatutarias que las rigen. Dicho artículo finaliza diciendo que la suprema inspección y vigilancia implica que se verifique que en la actividad de las IES se cumplan los objetivos de la Ley 30 y de sus propios estatutos, así como los pertinentes al servicio público cultural y a la función social de la educación. Podría decirse que falta un poco de nitidez y transparencia en la ley al reglamentar lo concerniente a inspección y vigilancia. Hasta el 2003 la función de inspección y vigilancia de las IES estaba a cargo del Ministerio de Educación Nacional, y era apoyada por el ICFES y la Comisión Consultiva de Instituciones de Educación Superior (las funciones de la Comisión relevantes para la inspección y vigilancia de las IES, las ejercía el CESU antes de la expedición del Decreto 1176 de 1999). Los artículos 32 y 33 de la Ley 30 disponen que la delegación de dichas funciones sólo puede recaer en el Ministro de Educación Nacional (Decreto 698 de 1993). Posteriormente, a partir del 2003, las funciones de inspección y vigilancia se concentraron en el Ministerio y el ICFES se concentró más en el desarrollo de los exámenes de Estado. 1.5 Evolución del concepto de inspección y vigilancia los últimos años En materia de inspección y vigilancia, son pocos los decretos que la reglamentan expresamente; existen algunos que regulan materias que contribuyen con su ejercicio. Es así como la Ley 30 ha sido reglamentada por varios decretos16 que pueden ser calificados en tres grupos por etapas:  Durante los primeros cuatro años de vigencia de la ley, lo decretos que regularon la inspección y vigilancia versaron sobre el registro de programas y derechos pecuniarios. De los primeros hacen parte los Decretos 1403 de 16 De acuerdo con Juriscol, la Ley 30 ha sido reglamentada por 31 decretos, de los cuales 8 fueron entre 1993 y 1998. Del año 2000 hasta la fecha se emitieron 22 decretos. En: www.banrep.gov.co
  • 16. 9 1993, 1478 de 1994 y 2790 de 1994. Los derechos pecuniarios están regulados en el decreto 110 de 1994.17  En la segunda etapa, las normas expedidas fueron para regular la notificación y el registro de programas (Decreto 1225 de 1996).  En la tercera se establecieron la acreditación previa (Decreto 272 de 1998), los estándares de calidad y los exámenes de Estado para los programas de Medicina (Decreto 1466 de 2001), Ingeniería Mecánica (Decreto 2233 de 2001), Derecho (Decreto 2802 de 2001), Arquitectura (decreto 936 de 2002), Comunicación e Información (decreto 937 de 2002), Administración (decreto 938 de 2002), Contaduría Pública (Decreto 939 de 2002), Economía (Decreto 940 de 2002) y Psicología (Decreto 1527 de 2002). Entre la primera y la segunda etapa se presenta el punto de quiebre que hace compatible la inspección y vigilancia de las IES con la autonomía universitaria. En la primera etapa no se le dio mayor alcance a la inspección y vigilancia en el marco de la Ley 30, hecho que se evidencia en la poca reglamentación (8 decretos). En la segunda etapa, a partir del Decreto 1225 de 1996, y con el apoyo de varias sentencias de la Corte se materializó la idea de que el ejercicio de la inspección y vigilancia es compatible con la autonomía universitaria. Luego se expidió el Decreto 272 de 1998, que reafirmó lo anterior. El Decreto 1225 de 1996 reglamenta la publicidad y el registro de los programas académicos de Educación Superior. Aunque adiciona requisitos para la creación y funcionamiento de programas, establece que la notificación sólo será efectiva después de que el ICFES determine que esta información se produjo de forma satisfactoria (Art. 4). Además, se dispone la incorporación de los programas en un registro dentro del Sistema Nacional de Información (Art. 6), y le impone a las IES con personería jurídica, informar sobre los programas que presentó en el estudio de factibilidad y sus cambios (Art. 7). Se establece expresamente que el incumplimiento por parte de las IES de las recomendaciones y órdenes del MEN y el ICFES en lo que corresponde a ese decreto, dará lugar la imposición de sanciones administrativas (Art. 10). A diferencia del Decreto 1403 de 1993 y los que lo modificaron, el Decreto 1225 de 1996 faculta al ICFES para que verifique la justificación, pertinencia, recursos y calidad del programa ofrecido (num. 3, artículo 4). Por su parte, el Decreto 272 de 1998 es uno de los más importantes en materia de inspección y vigilancia. Este decreto establece los requisitos de creación y funcionamiento de los programas de pregrado y posgrado en Educación ofrecidos por Universidades y por Instituciones Universitarias. En su artículo 4 dispone que, sin perjuicio de la autonomía universitaria, los programas académicos deben tener unos núcleos del saber básicos comunes, y establece que los requisitos de 17 El artículo 122 de la Ley 30 establece los derechos pecuniarios a saber: derechos de inscripción, derechos de matrícula, derechos por realización de exámenes de habilitación, supletorios y preparatorios, derechos por la realización de cursos especiales y de educación permanentes, derechos de grado, derecho de expedición de certificados y constancias .
  • 17. 10 admisión de estudiantes deben obedecer a criterios de excelencia y rigor académico, que los docentes, investigadores y directivos de los programas de educación deben ser un de nivel de calidad alto y que su selección debe tener en cuenta criterios fijados en los estatutos (Art. 13). También dispone que los programas de educación deben ser ofrecidos en plantas físicas adecuadas y suficientes (Art. 14), y hace obligatoria la acreditación previa de los programas en educación (Arts. 15 y 16). En síntesis, este decreto es pionero y uno de los más importantes para el ejercicio de la inspección y vigilancia en el país, en tanto que señala los requisitos básicos que deben tener los programas de Educación; así mismo, propició la expedición de otros decretos como el de los estándares de calidad en el 2002. A su vez, la Corte Constitucional también ha contribuido en la fijación del alcance de la inspección y vigilancia de las IES. En su jurisprudencia ha señalado que el objetivo de la inspección y vigilancia de la Educación Superior a cargo del Estado es asegurar la calidad de la educación y el cumplimiento de sus fines; y que sus límites los fijan el marco constitucional y las reglas e instrumentos que la ley haya dispuesto (num. 8, artículo 150 CP).18 Por otro lado, indicó la importancia de que una adecuada intervención del Estado fije unas pautas mínimas para que la enseñanza responda a las expectativas y necesidades sociales.19 Se puede decir que la adecuada y efectiva inspección y vigilancia de las IES quizás requiere de precisión en la ley que fije los límites de la autonomía universitaria y que faculte la actuación del Estado. La Ley 30 no dotó al Estado de un mecanismo adecuado para ejercer la inspección y vigilancia. Los esfuerzos regulatorios para el futuro deberían estar encaminados a darle coherencia, más precisión y transparencia al sistema de inspección y vigilancia de la Educación Superior; con una clara voluntad política de aplicar la normatividad. Como se dijo anteriormente, la Ley 30 de 1992 en sus artículos 31 a 33 estableció la inspección y vigilancia de las IES. Aunque dichas normas establecen su finalidad y objetivos, desafortunadamente no establecen o indican las acciones de la misma. La Ley 30 ha sido reglamentada por varios decretos,20 pero en ninguno de éstos se ha establecido de manera suficientemente amplia cómo se debe ejercer la inspección y vigilancia.21 Recientemente, se expidió el Decreto 2566 de 2003, que establece 15 condiciones de calidad mínimas para tener el registro calificado y así poder operar por 7 años. Este es un paso importante y habrá que evaluar su impacto para hacer más exigente la existencia de programas académicos. 18 Sentencia C-008 de 2001. M.P.: Álvaro Tafur Galvis. 19 Sentencia T-574 de 1993. M.P.: Eduardo Cifuentes Muñoz. 20 De acuerdo con Juriscol, la Ley 30 ha sido reglamentada por 31 decretos, de los cuales 8 fueron emitidos entre 1993 y 1998. Del año 2000 hasta la fecha se emitieron 22 decretos. En: www.banrep.gov.co 21 Ver numeral 1 de la Ley 30: Desarrollo y evolución normativa de la inspección y vigilancia.
  • 18. 11 1.6 Intervención del Estado durante el ciclo de vida de las IES A continuación se describe la ruta de creación, ejercicio y extinción de las IES privadas, señalando las normas que lo fundamentan. En el anexo 1 de este capítulo se presenta la normatividad para el ciclo de vida de las IES privadas desde el nacimiento de la institución hasta su posible extinción. Asimismo, en el anexo 2 el equipo consultor presenta el marco legal que existe en el país para el ejercicio de los asuntos internos de las IES. a. Constitución de la entidad de utilidad común cuyo objeto social será la prestación del servicio de Educación Superior: De acuerdo con el artículo 2 del Decreto 1478, el acta de constitución de la entidad de utilidad común debe contener:  Lugar, fecha y hora de celebración de la asamblea constitutiva  Nombres y apellidos e identificación del fundador o fundadores  Relación de los bienes que el fundador o fundadores se comprometen a aportar.  Indicación de la persona que haya ido designada como representante legal provisional y la competencia para tramitar el reconocimiento de la personería jurídica.  La designación de la junta o consejo directivo y el revisor fiscal.22 b. Reconocimiento de la personería jurídica de las IES: El decreto 1478 de 1994, en su primera parte, desarrolla el artículo 100 de la Ley 30 de 1992. Este decreto es relevante porque señala los requisitos que deben cumplir las IES privadas para lograr el reconocimiento de su personería jurídica y el procedimiento que se debe seguir.23  Las solicitudes de reconocimiento de personería jurídica deberán ser presentadas por el representante legal provisional de la entidad de utilidad común creada, junto con el estudio de factibilidad socioeconómica, ante el Ministerio de Educación, por intermedio del ICFES (artículo 8). De acuerdo con el artículo 100 de la Ley 30, la solicitud para el reconocimiento de la personería jurídica debe incluir la siguiente información: el acta de constitución y las hojas de vida de los fundadores; los estatutos de la institución; el estudio de factibilidad socioeconómica; los documentos que acrediten la efectividad y seriedad de los aportes de los fundadores; el régimen del personal docente; el régimen de participación democrática de 22 Es importante resaltar que este numeral impone la obligación a todas las IES de tener revisor fiscal (sin tomar en cuenta su naturaleza jurídica), aunque el Decreto 2150 de 1995 sólo impone dicha obligación a las fundaciones. 23 Ante la ausencia de un instrumento legal que señale los parámetros a seguir para efectuar la inspección y vigilancia, en las visitas que el ICFES hizo a las IES, los visitadores utilizaron los criterios de dicho decreto como los elementos mínimos que las IES debían tener.
  • 19. 12 la comunidad educativa en la dirección de la institución, y el reglamento estudiantil. Por su parte, los artículos 5 y 6 del decreto 1478 señalan los elementos mínimos que deben tener los estatutos (aunque no tiene detalles sobre su contenido) e indica los requisitos que debe tener el estudio de factibilidad, respectivamente (Ver anexo 2). Es de anotar que cuando se hizo el plan de inspección total que se explicará con mayor detalle en el capitulo 4, uno de los abogados que participo en las visitas anotaba como en ausencia de un marco comprensivo de inspección y vigilancia de las IES privadas, los visitadores tenían que recurrir al decreto 1475 en sus artículos 5 y 6 (Entrevista a Juan Bernardo Peña, 2003). c. Las IES en ejercicio de sus funciones de Educación Superior: Luego de haber obtenido el reconocimiento de la personería jurídica, a las IES se les debe garantizar el ejercicio de su autonomía universitaria, pero sujetas a la inspección y vigilancia por parte del Ministerio de Educación Nacional. En virtud de lo anterior, deben notificar la creación de programas y seccionales, y el cambio de jornadas. Por otro lado, las reformas estatutarias deben ser ratificadas por el Ministerio de Educación, y podrán voluntariamente pedir la acreditación para ellas y para sus programas. Si no cumplen con las disposiciones de la Ley 30, luego de un proceso administrativo se les pueden imponer sanciones de varios tipos.  La creación de programas: El procedimiento para la notificación de la creación de programas está establecido en el Decreto 837 de 1994. La creación, estado y desarrollo de los programas académicos de pregrado y de especialización deben ser notificados al ICFES (artículo 2). Además, deberán allegar periódicamente la información de sus programas para mantener actualizado el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES) y para el ejercicio de la inspección y vigilancia. Esa información deberá ser acompañada de un documento de autoevaluación (artículo 5). La renovación de la notificación deberá hacerse cada 5 años (artículo 6). El ICFES puede verificar la información entregada con base en su función de inspección y vigilancia, y el encontrar inexactitudes o deficiencias en la información dará lugar a aplicación de sanciones (artículo 7). Deberán informar sobre los cambios en las jornadas y cupos de programas que se encuentren en ejecución, justificando los cambios (parágrafo 1, artículo 5). El procedimiento interno para el registro de los programas está establecido en el Decreto 396 de 2000.  La creación de seccionales: Sólo pueden crear seccionales las IES que tengan expresamente prevista esa posibilidad en su objeto social, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 30. El capítulo III del Decreto 1478 de 1994 establece el procedimiento para la creación de seccionales, que dispone que las solicitudes deben ser presentadas al Ministerio de Educación a través del ICFES (artículo 17).
  • 20. 13  La ratificación de las reformas estatutarias: Las reformas estatutarias de las IES privadas deben ser notificadas para su ratificación al Ministerio de Educación a través del ICFES (artículo 21, Decreto 1478 de 1994). La Comisión Consultiva debe conceptuar y evaluar las reformas de los estatutos (num. 2, art. 2 del Decreto 1176 de 1999). La Subdirección de Monitoreo y Vigilancia del ICFES debe conceptuar las reformas estatutarias que no impliquen cambio de carácter académico (num. 9, artículo 15 del Decreto 2662 de 1999). El Decreto 532 de 2001 establece el procedimiento para la ratificación de estatutos para aquellas IES que modifiquen su carácter académico, siempre y cuando no se trate de una IES que pretenda ser reconocida como universidad. En ese caso se debe acoger lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30 de 1992.  La acreditación: La acreditación se da luego de un proceso de autoevaluación institucional y evaluación mediante el cual el Estado verifica la calidad de la educación que ofrecen las IES, y si éstas realizan sus propósitos y objetivos. Este procedimiento es de dos tipos: voluntario y obligatorio. En principio las IES podían acogerse voluntariamente al proceso de acreditación (Art. 53 de la Ley 30). La acreditación es voluntaria para los programas de las distintas áreas de conocimiento y para las IES que demuestren altos niveles de calidad luego de un riguroso proceso de evaluación. Sin embargo, en los decretos que establecen los estándares de calidad de algunos programas dispone de un plazo determinado para que las IES acrediten previamente sus programas. De esta forma, se volvió obligatoria la presentación de estándares mínimos (acreditación obligatoria) para los programas. Las diferencias entre la acreditación previa obligatoria y voluntaria son las siguientes:24 la acreditación voluntaria es para verificar altos niveles de calidad y fue creada por la Ley 30 de 1991 (Arts. 53 y 54), mientras que la acreditación obligatoria se fundamenta en la Ley 115 de 1994 (art. 113) y en el Decreto 272 de 1998; la acreditación voluntaria es temporal mientras que la obligatoria sólo se otorga una vez; la acreditación voluntaria corresponde al Sistema Nacional de Acreditación cuyo objetivo es garantizar a la sociedad que las IES y los programas cumplen con los más altos niveles de calidad, en tanto que la acreditación obligatoria se inscribe en el marco de inspección y vigilancia que debe ejercer el Estado para asegurar que los programas de formación de los docentes cumplan con unos requisitos básicos. La acreditación voluntaria por su parte es un reconocimiento a la excelencia, comprende un proceso de autoevaluación, evaluación externa y evaluación final que debe seguir los lineamientos para la acreditación de la Ley 30 y los acuerdos 04 y 05 de 1995 del CESU; en el proceso de acreditación previa se verifica el cumplimiento de 26 requisitos básicos definidos por Consejo Nacional de Acreditación de acuerdo con el Decreto 272 de 1998. 24 Pacheco Arrieta, Iván. “Nuevo compendio de normas sobre la Educación Superior”. Op. cit., p. 216.
  • 21. 14  Los estándares mínimos de calidad: Los estándares mínimos de calidad surgieron como respuesta ante el incremento desproporcionado de programas e instituciones de formación universitaria de escasa o de ninguna calidad y de la incorrecta interpretación que algunas instituciones han venido haciendo de la autonomía universitaria, luego de la expedición de la Ley 30.25 Así mismo, la Acreditación, como único mecanismo para la evaluación de la calidad de la educación superior y su característica de voluntaria hizo que se pensara en un mecanismo alternativo.26 En consecuencia, surgió el proyecto de los estándares mínimos para la creación y funcionamiento de programas de Educación Superior cuya finalidad era contribuir a mejorar la calidad de la Educación Superior colombiana introduciendo unos principios, criterios, condiciones y estándares mínimos para la creación y funcionamiento de programas de calidad. El proyecto de los estándares mínimos de calidad de los programas de pregrado es de gran importancia para el ejercicio de la inspección y vigilancia de la educación superior. Son un mecanismo novedoso para indicar los parámetros de calidad que debe tener un programa de educación superior. Además, describen y explican lo que deben hacer las instituciones de Educación Superior en materia de formación, investigación y proyección social. 27 El cumplimento de dichos estándares no es voluntario, como el proceso de acreditación, sino que involucra unos deberes y responsabilidades que las instituciones deben cumplir.28 1.7 Formas de constitución legal y de clasificación de la naturaleza jurídica de las IES privadas La Ley 30 de 1992 establece la naturaleza jurídica de las IES privadas. En su artículo 98 determinó que dichas entidades deben constituirse como personas jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro, y que se deben organizar como fundaciones, corporaciones, o instituciones de economía solidaria. Las fundaciones se constituyen por la voluntad de una o varias personas naturales o jurídicas de destinar un capital preexistente para lograr un objetivo de interés general que pueda producir un bienestar social.29 Las corporaciones son agrupaciones o uniones organizadas de personas naturales o jurídicas que destinan una parte de su patrimonio para la consecución de un fin colectivo. Existen dos clases de corporaciones: las sociedades, que 25 Lloreda, Francisco José. “Prólogo” en “Estándares mínimos de calidad para la creación y funcionamiento de programas universitarios de pregrado”. Bogotá: ICFES, 2001, p. 7. 26 Ibídem p. 9. 27 Díaz Villa, Mario. “Estándares mínimos de calidad”. En: Elementos de política para la Educación Superior colombiana. Bogotá: ICFES, 2001, p. 27. 28 Lloreda, Francisco José. Op. cit., p. 9. 29 Gaitán Sánchez, Oscar Manuel. Guía práctica de las entidades sin ánimo de lucro y del sector solidario. Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2002, p. 12.
  • 22. 15 tienen ánimo de lucro, y las asociaciones, que no lo tienen. En este sentido se puede entender que la Ley 30 de 1992, en su artículo 98, hizo referencia a las asociaciones. Por su parte, las instituciones de economía solidaria se constituyen con el objetivo de realizar actividades de cooperación, ayuda mutua, solidaridad y autogestión de sus asociados, de beneficio particular y general.30 En Colombia la mayoría de las IES privadas están constituidas por medio de las figuras de las fundaciones y las corporaciones-asociaciones sin ánimo de lucro.31 A continuación se presentan los aspectos generales respecto de dichas personas jurídicas y las diferencias entre sí.32 De acuerdo con el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995, se suprimió el acto de reconocimiento de personería jurídica de las corporaciones y fundaciones, entre otras.33 Para obtener la personería jurídica, dichas entidades deben constituirse por escritura pública o documento privado. La entidad constituida es persona diferente a la de sus miembros fundadores a partir de su registro en la Cámara de Comercio. Finalmente, las IES privadas están obligadas a llevar contabilidad porque el artículo 17 de la Ley 50 de 1984 estipuló que todas las entidades sin ánimo de lucro deben hacerlo. En concordancia con lo anterior, el artículo 45 de la Ley 190 de 1995 (Estatuto Anticorrupción) reafirma la obligación de las IES de llevar contabilidad, y además les impone la obligación de consolidar los estados financieros. 1.8 El régimen de la Ley 30 de 1992 para las IES privadas La Ley 30 estableció algunas disposiciones especiales, diferentes a las del régimen civil, en virtud de la prestación del servicio de Educación Superior en cuanto a:  El reconocimiento de la personería jurídica le corresponde al Ministro de Educación Nacional, previo concepto del CESU (artículo 99) y en la actualidad le corresponde a la Comisión Consultiva (art. 2, D. 1176 de 1999). La solicitud del reconocimiento de personería jurídica debe estar acompañada de los siguientes documentos: el acta de constitución y las hojas de vida de los fundadores; los estatutos de la institución, el estudio de 30 Ibídem, p. 14. 31 De las 189 IES privadas, 86 son fundaciones, 102 son corporaciones y sólo una es una entidad de economía solidaria (cooperativa). 32 Esta comparación se hizo con base en la información contenida en: Tafur Galvis, Álvaro. Personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro. Bogotá: Temis, 1990. pp.17-30, y Valencia Zea, Arturo. Derecho civil: parte general y personas. Bogotá: Temis, 1994, pp. 502-505. 33 No obstante, de acuerdo con el artículo 45 de dicha norma, la eliminación del requisito de reconocimiento de personería jurídica no aplica a las IES.
  • 23. 16 factibilidad socioeconómica; los documentos que acrediten la efectividad y seriedad de los aportes de los fundadores, el régimen del personal docente; el régimen de participación democrática de la comunidad educativa en la dirección de la institución; el reglamento estudiantil (artículo 100). El Ministro de Educación, con base en el estudio de factibilidad socioeconómica, previo concepto del CESU, determinará el monto mínimo del capital que garantice su adecuado funcionamiento.  Ratificación de los estatutos y de sus reformas: De acuerdo con el artículo 103, las reformas estatutarias de las IES deberán notificarse al Ministerio de Educación para su ratificación.34 34 Es preciso observar que en principio los estatutos de las IES fundaciones no podrían ser reformados, salvo para atender las necesidades sociales, o cuando vayan en contra del ordenamiento jurídico, y en el caso de la IES, en contra de la Ley 30 de 1992.
  • 24. 17 Capitulo 2 Algunas características iniciales de la Educación Superior privada en Colombia y causas de su creación 2.1 Tipología de las Instituciones Como se verá en este capítulo, el sistema de educación superior colombiano se caracteriza por la gran diversidad de instituciones, modalidades y programas. Las modalidades comprenden la formación técnica, tecnológica y universitaria. En ellas se ubican los siguientes tipos de instituciones:  Instituciones técnicas profesionales, facultadas legalmente para ofrecer programas de formación en ocupaciones de carácter operativo e instrumental y de especialización en su respectivo campo de acción.  Instituciones tecnológicas, de acuerdo con el artículo 213 de la Ley 115 de 1994, también son instituciones tecnológicas y las que se reconozcan como tales con arreglo a la Ley. Estas instituciones están facultadas legalmente para ofrecer programas de formación en ocupaciones, programas de formación académica en disciplinas y programas de especialización en sus respectivos campos de acción.  Instituciones universitarias, facultadas para adelantar programas de formación académica en profesiones o disciplinas y programas de especialización.  Universidades: éstas reciben tal denominación en cuanto acreditan su desempeño con criterio de universalidad en las siguientes actividades: la investigación científica o tecnológica; la formación académica en profesiones o disciplinas; y la producción, desarrollo y transmisión del conocimiento y de la cultura universal y nacional. Pueden adelantar programas de formación en profesiones o disciplinas, programas de especialización, maestrías, doctorados y postdoctorados, según la ley. Por razones de su origen, estas instituciones se clasifican en:  Estatales u oficiales: i) Las Universidades, que deben organizarse como entes universitarios autónomos, con régimen especial, vinculados al Ministerio de Educación Nacional en lo que se refiere a las políticas y planeación del sector educativo. ii) Las instituciones estatales u oficiales que no tengan el carácter de universidad, que se organizan como establecimientos públicos del orden nacional, departamental, distrital o municipal.  Privadas: deben ser personas jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones, fundaciones o instituciones de economía solidaria. El reconocimiento de su personería jurídica corresponde exclusivamente al Ministerio de Educación Nacional.
  • 25. 18 Para el desarrollo de este trabajo se construyó una base de a partir del Sistema de Información de la Educación Superior (SNIES), que permiten resaltar algunas de las características más relevantes de las IES privadas en el país: - Naturaleza jurídica: La mayoría de las IES privadas del país son corporaciones (54,5%) mientras que el 45,5% son fundaciones. En el gráfico 1 se puede apreciar que la mayoría de instituciones tecnológicas y técnicas son corporaciones (más del 60%), mientras que en el caso de las universidades son más frecuentes las fundaciones (55.6%). En las instituciones universitarias la proporción es casi la misma. Gráfico 1 Tipología de IES según naturaleza jurídica 28 33 26 1616 35 15 20 0 5 10 15 20 25 30 35 40 Instituciones tecnológicas Instituciones universitarias Técnicas profesionales Universidades Corporaciones sin ánimo de lucro Fundaciones sin ánimo de lucro - Edad: El promedio de edad de las IES privadas es de 22,7 años. En las universidades, este promedio es muy superior (42,6 años). Las instituciones universitarias tienen un promedio de 18,2 años de edad, en las técnicas profesionales el promedio es 18,41 y en las instituciones tecnológicas, 17,3. Como se aprecia en el gráfico 2, 25 instituciones tienen menos de 5 años. - Año de creación: Como puede verse en la gráfica 2, 111 instituciones se crearon en el periodo 1962-1982, el mayor periodo de creación de instituciones, y 39 en el periodo 1992-2002. Podría decirse que la tendencia a creación de instituciones se ha reducido.
  • 26. 19 Gráfico 2 Antigüedad de las IES privadas del país (datos al 2001) 25 14 61 50 29 10 0 10 20 30 40 50 60 70 Menor de 5 años 5-10 años 10-20 años 20-30 años 30 - 50 años Más de 50 años - Tamaño: Tal como se puede apreciar en el gráfico 3, el promedio de estudiantes por institución es de 2.506 estudiantes. Sin embargo, cuando se mira en detalle, se observa que más de 100 instituciones tienen menos de 1.200 estudiantes y más de 120 tienen menos de 2.000. Esto sugiere el problema de fragmentación, dificultad de consolidación, dispersión de recursos institucionales y, quizás en muchos casos, un recorte en la oferta de servicios educativos de estos centros. - Razones de creación: Las motivaciones son muy diversas y en el anexo 3 se ven algunas razones de la creación –con mayor detalle–, para una muestra de instituciones. Se puede concluir que entran en juego muchos actores que no están conformes con la educación imperante en un momento. En este contexto hay propuestas de profesionales e intelectuales. Es muy interesante por ejemplo el caso de la Universidad de los Andes, pues fue justamente en 1948, en el momento de gran confrontación social, que un grupo de jóvenes que habían estado expuestos a la educación de excelencia se da cuenta del rezago entre la educación en Colombia y el resto del mundo. Igualmente el caso del Externado donde se crea una institución para escapar el dogmatismo del momento y la necesidad de ofrecer una educación no confesional (1891). En algunos casos como la Universidad del Norte (1966) o la Universidad Autónoma de Bucaramanga (1952), entran en juego grupos empresariales, que no ven respuesta para sus regiones y deciden incursionar en una propuesta que inicialmente tiene una vocación de promoción y afirmación del desarrollo regional, pero que luego tiene vocación de poder trascender este límite. Hay universidades que tienen un fin religioso, científico y humanista, como puede ser el caso de la Universidad Javeriana, con su refundación en 1930, o el caso de la Universidad de la Sabana, de más reciente creación en 1961. En conclusión el panorama es muy amplio y es muy diverso.
  • 27. 20 No puede dejar de mencionarse que hay unas instituciones privadas de baja calidad y a las que no se refiere el anexo 3. En algunas pocas instituciones podría llegar a prevalecer un interés comercial o de otra índole, y por ejemplo político sobre las que no nos ocuparemos. Con todo, las recientes políticas de aseguramiento de la calidad, que se discuten en el capitulo 7, van a hacer más exigente la rendición de cuentas de las universidades privadas colombianas y este grupo, que no es mayoritario, tendrá que ajustarse a una mayor exigencia. Gráfico 3 Tamaño de las IES privadas por número de estudiantes y por tipo de institución 43 1 61 6 1 16 4 2 1 41 13 0 10 20 30 40 50 60 70 Menos de 5.000 5.000 - 1.0000 10.000-15.000 15.000 - 20.000 Más de 20.000 Institución Tecnológica Institución Universitaria Técnica Profesional Universidad Gráfico 4 Tamaño de las IES privadas por número de estudiantes 53 26 30 24 23 12 0 10 20 30 40 50 60 Menos de 500 estudiantes 500 - 1.000 estudiantes 1.000 - 2.000 estudiantes 2.000 - 4.000 estudiantes 4.000 - 8.000 estudiantes Más de 8.000 estudiantes - Ubicación: La mayoría de IES privadas (67%) se encuentran localizadas en las grandes ciudades (Bogotá, Medellín y Cali). (Ver gráfico 5). Por su parte, el 63% de los programas de pregrado se encuentra en Bogotá, seguido por Cali y Medellín (11% cada uno), Barranquilla (9%) y Bucaramanga (2%). Los
  • 28. 21 programas de especialización y maestría se concentran en Bogotá, Medellín y Barranquilla. Gráfico 5 Ubicación IES privadas 67% 33% Bogotá, Medellín, Cali Otras ciudades
  • 29. 22 Capitulo 3 Número de instituciones de Educación Superior 3.1 Datos y tendencias generales Número de instituciones Según las estadísticas del ICFES al 2002, en el país existían 321 instituciones de Educación Superior, de las cuales 105 son universidades (32,7%), 97 instituciones universitarias (30,21%), 65 instituciones tecnológicas (20,24%) y 52 (16,9%) instituciones técnicas profesionales (ver Tabla 1). De este gran total, 270 son instituciones y 51 son seccionales.35 Como se muestra en la tabla 2, el número de IES públicas y privadas aumentó de 242 en 1990 a 321 en 2002. Las mayores tasas de crecimiento anuales se presentan en el año 1993 (3,2%); en 1998 (3,3%); en 2000 (3,6%), en 2001 (6.9%) y 2002 (3.2%). Si se analiza por períodos trienales se observa que entre 1992 y 1995 el crecimiento fue del 6.61%; entre 1996 y 1999 el crecimiento fue de 4,91%. Llama la atención que entre 2000 y 2002 se presenta un crecimiento muy superior: 10,31%.36 El crecimiento neto de instituciones entre 1990 y 2002 es de 79 IES, de las cuales 31 son de origen oficial y 48 privadas. Al examinar esta variación según la modalidad, se observa que las instituciones universitarias tuvieron un crecimiento importante, lo mismo que las universidades (35 y 32, respectivamente, durante este período). Es importante señalar la reducción en el número de instituciones técnicas profesionales de carácter privado, al pasar de 50 a 41.37 Dado el objeto de este estudio, en la tabla 3 se presenta la evolución en los últimos seis años del número de instituciones privadas de Educación Superior, según su modalidad. Una tendencia que parece generalizada es que las modalidades técnicas y tecnológicas están algo más desatendidas que la formación académica y profesional en las universidades y las instituciones universitarias. 35 Seccional es una dependencia de una Institución de Educación Superior, autorizada por el Estado para su funcionamiento en una región del país diferente aldomicilio principal. 36 Este dato es aún más sorprendente sise tiene en cuenta la profunda recesión económica delpaís en 1999. 37 Es posible que, más que supresión de entidades, el fenómeno que se dio haya sido de migración de una modalidad a otra.
  • 30. 23 Tabla 1 Instituciones según carácter académico y origen institucional Año: 2002 – Período: Anual Departamento Total Universidades Inst. Universitarias Inst. Tecnológicas Inst. Técnicas Profes. Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Nal. Dep. Mun. Fun. Cor. Nal. Dep. Mun. Fun. Cor. Nal. Dep. Mun. Fun. Cor. Nal. Dep. Mun. Fun. Cor. Total Nacional 321 105 97 65 52 Total Origen 46 59 24 73 22 43 11 41 Total Orden 23 22 1 32 27 16 6 2 38 35 18 2 2 17 26 10 1 15 26 Fuente: ICFES, Estadísticasde la Educación Superior, 2002. Tabla 3 Instituciones privadas de Educación Superior Años Inst .técnicas profesionales Instituciones Tecnológicas Instituciones Universitarias Universidades Total 1997 41 41 51 54 187 1998 41 42 53 55 191 1999 42 43 53 55 193 2000 42 42 57 55 196 2001 42 45 65 57 209
  • 31. 24 Tabla 2 Instituciones según carácter académico, origen institucional Década: 1990 – 2002 – Período Anual Años Total Incremento Total Origen Inst. Tecn. Prof. Inst. Tecnológicas Inst. Universitarias Universidades Oficial Privado Oficiales Privadas Oficiales Privadas Oficiaes Privadas Oficiales Privadas % No. 1990 242 74 168 10 50 16 31 18 44 30 43 1991 246 1,7% 4 74 172 10 49 16 32 18 47 30 44 1992 247 0,4% 1 74 173 10 48 16 33 18 47 30 45 1993 255 3,2% 8 77 178 10 42 17 38 14 47 36 51 1994 258 1,2% 3 79 179 11 42 17 41 15 46 36 50 1995 265 2,7% 7 80 185 11 44 18 43 13 47 38 51 1996 266 0,4% 1 81 185 11 41 17 41 14 50 39 53 1997 269 1,1% 3 82 187 11 41 18 41 14 51 39 54 1998 278 3,3% 9 87 191 11 41 19 42 17 53 40 55 1999 281 1,1% 3 88 193 11 42 20 43 17 53 40 55 2000 291 3.6% 10 94 196 11 42 22 42 21 57 40 55 2001 311 6.9% 20 101 209 11 42 22 45 23 65 45 57 2002 321 3.2% 19 103 216 11 41 22 43 24 73 46 59 Fuente: Estadísticas de la Educación Superior, ICFES
  • 32. 25 Capitulo 4 Matriculas y situación de profesores 4.1 Datos generales Al analizar el total de alumnos matriculados durante el período 1981-2002, se observa un crecimiento sostenido de 318.293 estudiantes en 1981 a 981.458 en 2002. El crecimiento en la década de los ochenta en la matrícula fue de 53%, mientras que en la década de los noventa fue del 83%. Hay años que tienen un crecimiento anual superior al 10%, como sucedió en los años de 1995, 1997 y 1998. Además, es interesante anotar que la proporción de estudiantes de posgrado con respecto al total de estudiantes matriculados era alrededor del 2 y 3% en la década de los ochenta, y a principios de los noventa se duplicó, a niveles del 6% (ver tabla 4). En el año 2002 hubo 981.458 estudiantes matriculados. De ellos, 924.181 cursan programas de pregrado, distribuidos así: el 42% en instituciones de carácter oficial y 58% en las privadas. La proporción de matriculados en instituciones privadas en el país es superior a la de países como España (20%), México (25%) y Bolivia (10%). El número de estudiantes matriculados en instituciones privadas según modalidad es del 65% en técnicas, 40% en instituciones tecnológicas y 60,43% en universidades. Tabla 4 Educación Superior Total alumnos matriculados primer período académico 1981– 2002 Año Niveles Total General Nivel Posgrado Nivel Pregrado 1981 318,293 3,390 313,803 1982 336,964 5,383 331,579 1983 335,049 6,080 348,969 1984 378,586 7,579 371,007 1985 391,490 7,850 383,640 1986 417,654 7,968 409,686 1987 436,292 9,287 427,005 1988 457,680 9,807 447,873 1989 474,787 9,941 464,846 1990 487,448 13,701 473,747 1991 510,649 12,567 498,082 1992 535,320 15,591 519,729 1993 547,468 16,907 530.561 1994 576,540 24,012 552,528 1995 644,188 37,682 606,506 1996 673,353 43,148 630,205 1997 772,291 53,607 718,684 1998 879,840 46,453 833,387 1999 877,944 45,396 832,548 2000 934,085 55,911 878,174 2001 977,243 58,175 919,068 2002 981,458 57,277 924,181 Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior
  • 33. 26 Por su parte, el total de matriculados en posgrado en 2002 fue de 57.277 estudiantes, de los cuales el 31% está en entidades privadas y 69% en instituciones oficiales. El 87,68% de los estudiantes está en programas de especialización, el 11,75% en maestrías y el 0,56% en doctorados. La mayor preferencia se da por los programas de Economía, Administración, Contaduría y afines. A pesar del crecimiento en el número de estudiantes matriculados en posgrados de las dos últimas décadas, cuando se mira el tipo de programa adelantado se encuentra que la preferencia son las especializaciones. Llama la atención la baja participación de maestrías y doctorados. En conclusión, el sector privado ha venido creciendo su participación en el sector de educación superior, medida en el número de estudiantes e instituciones, al punto que el 58% de los estudiantes de pregrado están en IES privadas. Sin embargo, esta situación no es igual para la matrícula en posgrados, donde el sector privado sólo tiene el 31%. (Ver tabla 5) Tabla 5 Total alumnos matriculados según nivel educativo, modalidad y origen institucional, por departamento Año: 2002 – Período: 01 Departamento Total Pregrado Técnica Profesional Tecnológica Universitaria Total Oficial Privado Total Oficial Privado Total Oficial Privado Total nacional 924,181 53,926 18,823 35,103 127,928 76,234 51,694 742,327 293,703 448,624 Total Posgrado Especialización Maestría Doctorado Total Oficial Privado Total Oficial Privado Total Oficial Privado 57,277 50,224 35,976 14,248 6,732 3,198 3,534 321 249 72 Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior, 2002. En las tablas 6 y 7, se presenta el comportamiento de la matrícula total en el período 1990-2002 por tipo de institución y origen. Se observa que el crecimiento de las instituciones universitarias ha sido superior a la de las demás IES. En particular, las instituciones universitarias oficiales crecieron en un 151% en este período y las privadas lo hicieron en un 158%. Igualmente, se encontró que el crecimiento de la matrícula es de 94.9% en el sector oficial y del 93,68% en el sector privado. Estos datos demuestran un crecimiento constante tanto en el sector público como en el privado, en contravía de la idea que la Ley 30 habría tenido un efecto en el desbordamiento del sector privado.38 La realidad ha sido la de un balance en el crecimiento de los dos sectores. 38 Algunos autores, como Rafael Flórez, afirman que la situación del mercado determinada por la Ley 30 produjo el surgimiento y la explosión de una gran cantidad de instituciones de educación superior que aumentaron la cobertura y arrebataron para sí el crecimiento de matrículas que tenían presupuestado las universidades convencionales.
  • 34. 27 Tabla 6 Total matrícula por tipo de IES y origen Total Universidades Instituciones Instituciones Instituciones Universitarias Tecnológicas Técnicas Total Oficial Privada Oficiales Privadas Oficiales Privadas Oficiales Privadas Oficiales Privadas 1990 487.448 193.343 294.105 153.649 177.483 22.870 63.752 12.864 23.950 3.960 28.920 1991 510.649 196.891 313.758 154.547 184.791 25.756 73.793 12.559 23.875 4.029 31.299 1992 535.320 191.534 343.786 152.542 200.702 24.222 80.755 10.746 29.851 4.024 32.478 1993 547.468 190.854 356.614 159.218 230.903 21.264 64.927 6.615 35.231 3.757 25.553 1994 576.540 200.749 375.791 157.960 237.263 29.248 78.137 10.083 36.545 3.458 23.846 1995 644.188 212.053 432.135 167.857 271.036 29.446 94.377 10.682 41.625 4.068 25.097 1996 673.353 212.941 460.412 178.115 291.572 21.195 102.743 9.816 44.575 3.815 21.522 1997 772.291 251.003 521.288 206.175 330.400 25.224 118.180 15.072 47.191 4.532 25.517 1998 879.840 307.308 572.532 235.949 361.173 47.046 134.054 18.745 48.744 5.568 28.561 1999 877.944 294.398 583.546 221.237 359.984 49.251 146.924 19.018 48.413 4.892 28.225 2000 934.085 336.391 597694 257.971 382.117 50.174 138.711 22.905 44.445 5.341 32.421 2001 977.243 368.108 609135 280.005 375.548 53.513 150.283 29.995 46.937 4.595 36.367 Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior
  • 35. 28 Tabla 7 Participación matrícula por tipo de IES y origen Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior Finalmente, y al abordar uno de los aspectos que ha sido comentado por observadores internaciones como José Joaquín Brunner, acerca del tamaño promedio de cada IES según el número de estudiantes, en la tabla 8 se observa la evolución por tipo y origen. El sector que demuestra mayor consolidación es el oficial, en tanto que para las universidades y las instituciones universitarias el número promedio de estudiantes por institución es creciente a lo largo del período, aunque sigue muy lejos del estándar internacional, como se verá más adelante, con datos de Latinoamérica. En el caso privado, las universidades presentan un comportamiento adecuado hasta el año 2002, cuando se presentó una caída muy pronunciada; y en promedio estas universidades perdieron cerca de 1.000 estudiantes por institución. Estos datos son preocupantes en tanto que para estas instituciones la pérdida de tal número de estudiantes es un detrimento grande a sus procesos de fortalecimiento institucional. Tabla 8 Relación número de estudiantes por número de IES Total Origen Inst. Tecn. Prof. Inst. Tecnológicas Inst. Universitarias Universidades Años Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado 1990 2.613 1.751 396 578 804 773 1.271 1.449 5.122 4.128 1991 2.661 1.824 403 639 785 746 1.431 1.570 5.152 4.200 1992 2.588 1.987 402 677 672 905 1.346 1.718 5.085 4.460 1993 2.479 2.003 376 608 389 927 1.519 1.381 4.423 4.528 1994 2.541 2.099 314 568 593 891 1.950 1.699 4.388 4.745 Total Universidades Instituciones Instituciones Instituciones Total Universitarias Tecnológicas Técnicas Oficial Privada Oficial Privada Oficial Privada Oficial Privada 1990 487.448 31,52% 36,41% 4,69% 13,08% 2,64% 4,91% 0,81% 5,93% 100,00% 1991 510.649 30,26% 36,19% 5,04% 14,45% 2,46% 4,68% 0,79% 6,13% 100,00% 1992 535.320 28,50% 37,49% 4,52% 15,09% 2,01% 5,58% 0,75% 6,07% 100,00% 1993 547.468 29,08% 42,18% 3,88% 11,86% 1,21% 6,44% 0,69% 4,67% 100,00% 1994 576.540 27,40% 41,15% 5,07% 13,55% 1,75% 6,34% 0,60% 4,14% 100,00% 1995 644.188 26,06% 42,07% 4,57% 14,65% 1,66% 6,46% 0,63% 3,90% 100,00% 1996 673.353 26,45% 43,30% 3,15% 15,26% 1,46% 6,62% 0,57% 3,20% 100,00% 1997 772.291 26,70% 42,78% 3,27% 15,30% 1,95% 6,11% 0,59% 3,30% 100,00% 1998 879.840 26,82% 41,05% 5,35% 15,24% 2,13% 5,54% 0,63% 3,25% 100,00% 1999 877.944 25,20% 41,00% 5,61% 16,74% 2,17% 5,51% 0,56% 3,21% 100,00% 2000 934.085 27,62% 40,91% 5,37% 14,85% 2,45% 4,76% 0,57% 3,47% 100,00% 2001 977.243 28,65% 38,43% 5,48% 15,38% 3,07% 4,80% 0,47% 3,72% 100,00% 2002 981.458 30,51% 35,02% 5,86% 16,81% 4,41% 3,65% 0,63% 3,11% 100,00%
  • 36. 29 1995 2.651 2.336 370 570 593 968 2.265 2.008 4.417 5.314 1996 2.629 2.489 347 525 577 1.087 1.514 2.055 4.567 5.501 1997 3.061 2.788 412 622 837 1.151 1.802 2.317 5.287 6.119 1998 3.532 2.998 506 697 987 1.161 2.767 2.529 5.899 6.567 1999 3.345 3.024 445 672 951 1.126 2.897 2.772 5.531 6.545 2000 3.579 3.049 486 772 1.041 1.058 2.389 2.434 6.449 6.948 2001 3.645 2.915 418 866 1.363 1.043 2.327 2.312 6.222 6.589 2002 3.871 2.662 562 744 1.968 832 2.397 2.260 6.510 5.826 4.1.1 Profesores Durante el período 1994–2002 el total general de profesores creció en un 51%. Sin embargo, el nivel de formación de los docentes no cambió durante este período. La proporción de profesores de cátedra dentro del total de profesores paso del 63% en 1994 al 67% en 2000, mientras que la proporción de profesores de tiempo completo y medio tiempo disminuyó (25,2% y 11,6%, respectivamente). (Ver Tabla 9) Tabla 9 Profesores según dedicación 1994– 2002 Año Total general Dedicación Tiempo completo Medio tiempo Catedráticos No. % No. % No. % No. % 1994 56.732 100,0 14.323 25,2 6.585 11,6 35.824 63,1 1995 65.318 100,0 16.542 25,3 7.339 11,2 41.437 63,4 1996 73.040 100,0 17.708 24,2 8.372 11,5 46.960 64,3 1997 79.532 100,0 17.926 22,5 8.012 10,1 53.594 67,4 1998 85.600 100,0 18.427 21,5 8.452 9,9 58.721 68,6 1999 86.166 100,0 18.250 21,2 8.303 9,6 59.613 69,2 2000 85.743 100,0 19.295 22,5 8.983 10,5 57.465 67,0 2001 88.637 100,0 19.856 22,4 9.316 10,5 59.465 67,1 2002 83.342 100,0 19.745 23,7 9.289 11,1 54.308 65,2 El número de docentes en el año 2002 fue de 83.342, de los cuales el 23,7% corresponde a tiempo completo, 11,1% son de medio tiempo y el 65,2% son de cátedra. Según su nivel de formación a nivel nacional, el 1,6% de los profesores tienen título de técnicos profesionales, el 1,4% son tecnólogos, el 6,6% licenciados, el 43% tienen título profesional; el 30,6% han logrado título de especialistas, el 14,7% son magíster y el 2,2%39 tienen título de doctor (Tabla 10). Adicionalmente, se observa que en 2002 la mayoría de profesores están en el sector privado (65%), frente al 35% en instituciones oficiales. Esto podría indicar un avance relativo del sector privado, en tanto que la matrícula estudiantil es 58% privada y un 42% oficial. 39 Cifra inferior al promedio de América Latina, que se estima del 9%.
  • 37. 30 Tabla 10 Nivel académico de los profesores, año 2002 Departamento Total Género Dedicación Masculino Femenino T. Completo T. Parcial Cátedra Total nacional 83.342 55.804 27.538 19.745 9.289 54.308 Oficial 29.677 19.860 9.817 11.701 3.385 14.591 Privada 53.665 35.944 17.721 8,.044 5.904 39.717 Departamento Título Tec. Prof. Tecnol. Licenc. Profes. Espc. Magíster Doctor Total Nacional 1,132 1,202 4,517 32,212 27,42 14,414 2,445 Oficial 511 558 2,435 10,519 9,122 5,466 1,066 Privada 621 644 2,082 21,693 18,298 8,948 1,379 Al observar detenidamente la composición de los profesores en el sector privado, un 74% son de cátedra, mientras que en el sector oficial el total de profesores de cátedra es sólo del 49%. De igual manera, el total de profesores de tiempo completo es el 15% en el sector privado y un poco más del doble, 39,42%, en el sector oficial. Llama la atención que, aunque en el sector oficial es más pequeña la matrícula estudiantil, éste tiene un total de 11.700 profesores de planta y el sector privado tiene 8.044. Es así como la relación número de estudiantes por profesor de tiempo completo en el sector privado es de 66, mientras que en el sector oficial es de 33. Si el sector privado quisiera tener una relación equivalente de estudiantes por profesor de tiempo completo a la del sector oficial, debe duplicar el número de profesores en esta modalidad, es decir, pasar de 8.044 a 16.000 docentes de tiempo completo. 4.1.2 Programas Del total del número de programas (6.430), el 67% es de carácter privado. En la tabla 11 se aprecia una tendencia alta en el número de programas, que pasa de 2.382 en 1990 a 6.430 en 2002. Los programas de posgrado crecieron durante este mismo período de 572 a 2.229 y los de pregrado de 1.810 a 4.201. A partir de 1992, con la expedición de la Ley 30, el crecimiento de programas es superior al 7% cada año, alcanzando un 14,8% en 1995 y 1997. El mayor crecimiento se da en los programas de pregrado universitario, y a nivel de posgrado en las especializaciones que en el año 1999 presenta un incremento del 32,8%.
  • 38. 31 Tabla 11 Programas académicos según nivel educativo y metodología de estudio Década: 1990–2002 Años Total Total nivel Pregrado Posgrado Pregrado Posgrado Tec. Prof. Tecnol. Univ. Espec. Maestría Doct. 1990 2,382 1,810 572 319 372 1,119 399 167 6 1991 2,389 1,820 569 312 376 1,132 406 159 4 1992 2,585 1,933 652 322 389 1,222 467 177 8 1993 2,778 2,089 689 324 452 1,313 494 187 8 1994 3,102 2,265 837 340 532 1.393 620 204 13 1995 3,561 2,478 1,83 369 575 1,534 860 213 10 1996 3,812 2,619 1,193 428 572 1,619 992 188 13 1997 4,375 2,948 1,427 419 617 1,912 1,209 205 13 1998 4,000 2,581 1,419 321 509 1,571 1,191 201 20 1999 4,015 2,609 1,406 327 505 1,777 1,193 192 21 2000 5,330 3,513 1,817 478 732 2,303 1,561 224 32 2001 6,048 3,956 2,092 566 854 2,536 1,812 247 33 2002 6,430 4,201 2,229 591 952 2,685 1,917 278 34 Fuente: ICFES, Estadísticas de la Educación Superior Al analizar el número de estudiantes por área de conocimiento, se encuentra que el porcentaje de estudiantes matriculados en el área de matemáticas y ciencias naturales presenta una baja participación con respecto a las demás áreas. Asimismo, las áreas de Economía, Administración y Contaduría tienen un incremento significativo. (Tabla 12) La evolución de la matrícula por áreas del conocimiento revela algunos hechos relevantes. Se debe señalar que la oferta de programas, especialmente en el sector privado, tienen un claro sesgo hacía ciertas carreras en desmedro de otras áreas o disciplinas. Finalmente, en la tabla 13 se puede observar la evolución simultánea del crecimiento en el número de programas, el número de estudiantes y las instituciones. Según la teoría de la gradual consolidación institucional, se esperaría que la tasa de crecimiento de estudiantes fuera mayor que la de crecimiento del número de programas, y aún más que la de instituciones. De esta forma se garantizaría una progresiva especialización y fortalecimiento de las IES y de los diferentes programas académicos.
  • 39. 32 Tabla 13 Incrementos en matrícula, programas e instituciones Años Incremento (%) Estudiantes Programas Instituciones 1990 1991 4,76 0,3 1,65 1992 4,83 8,2 0,41 1993 2,27 7,5 3,24 1994 5,31 11,7 1,18 1995 11,73 14,8 2,71 1996 4,53 7,0 0,38 1997 14,69 14,8 1,13 1998 13,93 -8,6 3,35 1999 -0,22 0,4 1,08 2000 6,39 32,8 3,56 2001 4,62 13,5 6,87 2002 0,43 6,3 3,22 Por el contrario, cuando el crecimiento de programas no está apareado con el crecimiento de estudiantes, puede presumirse que los programas pierden cierta solidez y no tienen el necesario fortalecimiento y masa crítica. Programas que tienen cada vez menos estudiantes, cuentan con menos recursos económicos para crecer y pueden padecer de cierta dispersión de esfuerzos, y quizás precaria capacidad de lograr la consolidación académica. Por esto es interesante observar que, según la tabla, hay años tales como 1995, 1997, 2000 y 2001 que son inquietantes por la falta de relación armónica de estas variables.
  • 40. 33 Tabla 12 Total alumnos matriculados según áreas del conocimiento y origen institucional Total por origen Agronomía, Bellas Artes Ciencias Sociales, Economía, Admón Humanidades Ingeniería, Matemáticas Veterinaria Ciencias de Ciencias de Derecho y Contaduría y Ciencias Arq., Urbanismo y Ciencias Total y afines la Educación la Salud C. Políticas y afines Religiosas y afines Naturales Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado Oficial Privado 1990 487.448 193.343 294.105 11.992 3.971 2.205 11.127 55.034 38.349 16.804 26.901 11.227 44.334 34.887 93.247 2.134 1.304 51.928 72.262 7.082 2.610 1991 510.649 196.891 313.758 12.249 4.113 2.459 12.115 13.157 38.391 17.044 27.471 11.842 45.208 36.657 105.229 2.302 1.520 53.820 77.291 7.361 2.420 1992 535.320 191.534 343.786 10.871 4.375 2.664 13.349 49.608 37.786 17.199 29.747 11.726 51.664 36.254 119.020 1.782 1.717 53.851 83.783 7.579 2.345 1993 547.468 190.854 356.614 10.646 4.365 3.241 13.887 45.782 36.467 17.963 29.943 12.160 49.095 37.208 129.423 2.210 1.786 53.934 89.223 7.700 2.425 1994 576.540 200.749 375.791 11.046 4.698 2.634 14.151 44.530 43.016 18.010 32.619 14.138 48.325 44.103 135.204 2.473 1.427 55.412 93.992 8.403 2.359 1995 644.188 212.053 432.135 9.558 4.557 2.934 14.673 45.532 42.584 20.470 38.216 14.389 60.073 47.245 156.613 2.487 1.745 59.803 110.709 9.635 2.965 1996 673.353 212.941 460.412 7.669 4.359 2.914 15.294 47.438 49.774 16.369 39.382 14.093 64.512 48.409 165.108 1.766 1.571 63.735 117.247 10.548 3.165 1997 772.291 251.003 521.288 7.831 5.135 3.457 17.217 58.185 63.082 22.876 43.001 19.833 73.531 52.978 185.889 2.754 1.908 73.544 128.080 9.545 3.445 1998 879.840 307.308 572.537 8.704 4.784 4.009 18.655 65.388 62.061 24.244 48.303 25.410 81.805 75.546 208.273 2.546 2.166 88.835 141.597 12.626 4.888 1999 877.944 294.398 583.546 9.634 4.662 4.049 16.750 53.483 60.231 22.196 51.696 28.872 87.546 72.190 208.518 2.434 2.259 87.782 147.108 13.758 4.776 2000 864.085 336.391 597.694 10.139 5.567 5.010 17.467 59.421 58.636 27.259 55.714 34.774 88.402 74.307 205.166 3.752 2.129 104.960 159.417 16.769 5.196 2001 977.243 368.108 609.135 12.129 5.959 5.388 18.420 58.182 52.646 28.752 49.118 36.393 103.142 88.128 193.521 3.844 2.654 116.023 167.638 19.269 6.017 2002 981.458 406.455 575.003 12.951 6.087 6.888 19.963 67.184 47.037 30.373 60.084 45.216 103.354 89.456 170.558 4.029 2.534 127.785 159.032 22.573 6.354
  • 41. 34 4.2 Algunas conclusiones generales respecto a la Educación Superior en Colombia Con base en este capítulo, a continuación se hace un análisis de las conclusiones más importantes. Éstas permiten, de manera general, caracterizar el sector de Educación Superior en Colombia, con énfasis en las IES privadas.  Llama la atención la reducción en las instituciones técnicas profesionales de carácter privado durante el período 1990–2002, al pasar de 50 a 41. Conviene investigar posteriormente esta situación, para ver si existen factores que graviten en contra de esta modalidad educativa. Si es el caso, se deben plantear las políticas que logren un crecimiento más balanceado del sistema educativo.  En este capítulo se observa la tendencia del sector privado a preferir las universidades e instituciones universitarias frente a las técnicas y tecnológicas. Esto puede indicar que existen incentivos para que esto ocurra, o que la naturaleza y el alcance de la educación técnica y tecnológica debe definirse.  Teniendo en cuenta el déficit fiscal actual, es de esperar que la participación privada en la Educación Superior crezca en los próximos años. Todo esto reafirma la responsabilidad de encontrar políticas que promuevan la calidad de todo el sistema de Educación Superior, y claramente en el sector privado. Asimismo, el reto de las IES privadas de alta calidad es trabajar de manera proactiva, en conjunto con las instituciones gubernamentales, por la transformación y mejoramiento del sistema de educación nacional en su conjunto. Un sistema de Educación Superior crecientemente privado y que presente deficiencias de calidad, amenaza la credibilidad del mercado en los entes privados para este sector en particular, lo que haría más incierto su futuro.  Un aspecto irrefutable es el atraso relativo de la Educación Superior privada en el caso de los posgrados. En el sector oficial domina la matrícula estudiantil con un 69% del total, y la matrícula de posgrados del país se concentra en un 87% en las especializaciones, con un evidente descuido a nivel de maestrías y doctorados. El gobierno y el sector privado tienen un desafío muy grande para desarrollar las políticas e incentivos necesarios para la formación doctoral y de magíster, a nivel nacional.  Hay un atraso evidente en el número de profesores de tiempo completo, especialmente en las IES privadas del país. Se observó que, solamente para igualar el promedio actual de las instituciones oficiales en la relación estudiantes por profesor de tiempo completo, el sector privado de educación superior debería duplicar el número de docentes en esta modalidad.
  • 42. 35  Según las estadísticas del ICFES, en el período 1995-2002 hay cuatro años en que existe un mayor crecimiento en el número de programas que en el número de estudiantes. Si bien no es viable concluir que hay destrucción de la solidez institucional, es evidente que hay factores que exigen observar mejor cuál es la razón para una explosión de programas que no es fácilmente explicable y que ciertamente no se compadece con el comportamiento del sistema en su conjunto. Un caso particularmente crítico fue lo que sucedió en el año 2000. La creación del registro calificado y los estándares mínimos de calidad que puso en marcha el Ministro Lloreda a partir del 2001, ofrecen una mayor garantía en este aspecto. Con todo, se debe profundizar en el examen de este aspecto.  En este capítulo se llega a la conclusión que uno de los aspectos que hoy denota más diferenciación entre el sector privado y el oficial es el comportamiento del número promedio de estudiantes por institución. Mientras que en el sector oficial se presenta una gradual consolidación que debe mantenerse y profundizarse, en el sector privado la situación es inquietante, como quiera que el crecimiento no ha sido ordenado e incluso en el año 2002 se presentó una caída de cerca de 1000 estudiantes por Universidad (11,57%). Esto contrasta con la aprobación de nuevas instituciones privadas que se han autorizado en estos años. El mensaje es claro: se deben mirar estos indicadores de comportamiento del sector, buscando un crecimiento ordenado que garantice la estabilidad financiera de las IES privadas y públicas.  Una conclusión importante al analizar el comportamiento de la matrícula en las IES es la disminución del número de estudiantes en las instituciones técnicas profesionales, especialmente en el sector privado. El crecimiento acumulado durante el período 1990-2002 fue de tan sólo el 5,42% comparado con un crecimiento alrededor del 100% o 160% en las universidades e instituciones universitarias, respectivamente. Esto denota una crisis del modelo de Educación Superior en el país, que exige revisar el tipo de instituciones, sus roles, los incentivos de cada tipo de institución para crecer y evolucionar, y la necesaria integración del sistema, que permita que los estudiantes puedan moverse entre los diferentes tipos de institución y de grados académicos.
  • 43. 36 Capitulo 5 Estructura Financiera de las Universidades Privadas 5.1 Estructura financiera de las IES privadas del país Para el análisis de las finanzas de las IES privadas es necesario aclarar que, por una parte, sólo se cuenta con información muy limitada de sus cuentas y por otra, los datos consolidados de las instituciones de Educación Superior privadas se tienen para el período 1994-1999 en las estadísticas de la década elaborado por el ICFES.40 No obstante, estos datos muestran unas tendencias importantes que permiten comenzar a detectar puntos claves en el financiamiento de estas instituciones. Este análisis de la estructura financiera de las IES privadas del país muestra hechos reveladores sobre la forma de financiamiento de estas entidades y los usos principales de los recursos. En primer lugar, en cuanto a los ingresos se pueden destacar los siguientes elementos (ver Tabla 14):  Un crecimiento muy superior (467%) en el nivel de ingresos en la segunda parte de la década de los noventa (1994-1999), cuando los ingresos por matrícula aumentaron en un 486%.  La composición de la estructura de las IES privadas presenta una alta dependencia de los ingresos por matrículas, que representan el 85,19% del total, seguido por donaciones con un 7% y recursos de crédito con un 6%. La venta de servicios representa tan sólo un 3,22% del total de los ingresos.  Los ingresos totales de las IES privadas ascienden en 1999 a 400.000 millones de pesos, de los cuales más de $289.000 millones corresponden a las universidades.  Los derechos académicos representan el 4,95% de los ingresos. Uno de los grandes problemas en la rendición de cuentas financieras de las IES privadas es lo relacionado con los derechos pecuniarios. Es sano, entonces, saber hasta que punto se pueden financiar las IES con estos derechos pecuniarios o académicos, pues se debe determinar si los incrementos en matrículas llegarán al punto en el cual estos sean inaccesibles y el estudiante no tenga una información de cuánto le van a cobrar.  En términos de crecimiento en ingresos a finales de los noventa, las donaciones tuvieron un incremento del 2,666%, lo que indica que aunque en el país esta cultura de filantropía en el sector educativo es incipiente, se lograron avances. Esto tal vez se deba a los beneficios tributarios para las empresas que hicieran donaciones a IES.  El rubro de rendimientos financieros es importante, con un aporte entre un 4,48% en 1994 y un 6,75% en 1999. 40 Ibíd.
  • 44. 37 Tabla 14 Composición ingresos IES privadas del país a. Estructura general Concepto 1994 1999 Crecimiento 1994-1999 Matrículas 210.101,86 1.266.622,59 486,99% Otros derechos academ. 14.645,04 89.294,41 551,29% Ventas de servicios 9.310.09 65.172.66 361,17% Educ. continuada 13.604.61 45.821,74 187,97% Recursos del crédito 13.810,49 112.055,00 438,36% Rendim.Financieros 14.345,72 127.574,51 515,28% Donaciones 577,64 175.292,76 2566,41% Otros ingresos 13.502,01 98.048,80 271,53% Total ingresos 289.897,46 1.979.882,47 467,79% b. Participación (%) Concepto 1994 1995 1996 1997 1998 1999 Matrículas 73.30% 73,45% 74,22% 69,94% 70,39% 65,19% Otros derechos academ. 5,02% 5,92% 4,91% 5,16% 5,14% 4,95% Ventas de servicios 3,07% 3,42% 3,81% 3,96% 3,30 3,22% Educ. continuada 3,96% 3,90% 3,24% 2,99% 2,66% 2,31% Recursos del crédito 4,55% 3,79% 5,09% 6,55% 5,72% 6,09% Rendim.financieros 4,48% 5,93% 5,26% 4,69% 6,43% 6,75% Donaciones 0,28% 0,445 0,41% 3,21% 1,72% 7,01% Otros ingresos 5,35% 3,15% 3,06% 3,51% 4,64% 4,49% Total ingresos 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% Fuente:“Resumen estadísticode la década de la Educación Superior, 1990 – 1999”, ICFES. Al analizar la estructura de los egresos de las IES privadas se encuentra que la mayor proporción de gastos se encuentra en el pago de servicios personales de docencia, extensión e investigación con un cambio porcentual de 35,51% en 1996 a un 31,23% en 1999. Después se encuentran los gastos generales con una participación del 22,9% sobre el total de egresos, seguido por los servicios personales administrativos (18,86%). Por su parte, los gastos de inversión representan un 12,35% y el servicio de la deuda un 6.1% (tabla 15). Tabla 15 Composición egresos IES privadas del país a. Estructura general Concepto 1994 1999 Crecimiento 1994-1999 Personal docente 134.856 732.699 443,32% Personal administrativo 73.634 398.871 441,70% Gastos generales 85.024 543.687 338,59% Transferencias 6.983 70.698 505,62% Impuestos 2.514 19.716 405,76% Gastos financieros 7.777 51.395 345,45% Inversión 56.274 292.281 258,72% Servicio de la deuda 8.560 145.179 798,83% Otros egresos 14.822 112.704 391,92% Total egresos 390.444 2.367.228 267,42%
  • 45. 38 b. Participación (%) Concepto 1994 1995 1996 1997 1998 1999 Personal docente 34,54% 34,14% 35,51% 33,38% 32,20% 30,95% Personal administrativo 18,9% 17,4% 17,7% 15,5% 17,5% 16,8% Gastos generales 21,78% 22,86% 21,21% 19,59% 23,03% 22,97% Transferencias 1,8% 2,1% 1,9% 2,9% 2,6% 3,0% Impuestos 0,64% 0,91% 0,96% 0,72% 0,79% 0,83% Gastos financieros 2,0% 2,1% 2,4% 2,0% 2,1% 2,2% Inversión 14,41% 14,77% 14,93% 18,59% 12,47% 12,35% Servicio de la deuda 2,2% 2,4% 2,4% 3,3% 4,8% 6,1% Otros egresos 3,80% 3,36% 3,01% 3,97% 4,50% 4,76 Total egresos 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% Fuente: “Resumen estadístico de la década de la Educación Superior, 1990 – 1999”, ICFES. En las tendencias de la década en la composición de egresos, se observa que los crecimientos más importantes fueron el servicio de la deuda (798%), los servicios personales docentes y administrativos (443%), otros egresos (392%) y gastos generales (339%). Esto muestra que el endeudamiento ha venido tomando importancia significativa como efecto de la situación financiera de las IES privadas del país. Además, es importante señalar que la inversión, que involucra el mejoramiento de la infraestructura física, laboratorios, equipos de cómputo, bibliotecas y otros elementos que fortalecen la razón de ser de las instituciones de Educación Superior, está un poco relegada pues no representa un peso significativo dentro de la estructura de gastos de estas instituciones. Por su parte, la composición del balance general de las IES privadas del país muestra un incremento en todas sus cifras. La variación de un año a otro se incrementa, aunque no presenta una tendencia para generalizar el comportamiento de las finanzas de estas instituciones. Es así como el menor incremento del patrimonio se presentó entre 1996 y 1997 con un 45,32% y el mayor incremento fue en 1994 y 1995 con un 69,05%. La cuenta de excedentes muestra su menor aumento porcentual entre 1996 y 1997 con un 18,25% y el mayor entre 1997 y 1998 con un 223,28% (tabla 16). Tabla 16 Crecimiento en cuentas del balance general de las IES privadas (%) Cuentas 1994-95 1995-96 1996-97 1997-98 1998-99 1994-1999 Activo corriente 45,04% 82,36 39,11% 19,38% 46,66% 544,24% Activo total 57,14% 66,77% 42,67% 38,71% 51,47% 685,49% Pasivo corriente 35,89% 61,04% 44,37% 33,11% 45,72% 512,85% Pasivo total 41,50% 70,92% 38,68% 22,36% 43,50% 488,90% Patrimonio 69,05% 64,12% 45,32% 49,06% 57,48% 846,40% Excedentes 57,01 82,53% 18,25% 223,28% 98,88% 2078,95% Fuente: “Resumen estadístico de la década de la Educación Superior, 1990 – 1999”, ICFES. Finalmente, y con el objeto de tener un panorama más completo, a continuación se presentan unos elementos del Índice de Costos de la Educación Superior Privada (ICESP) elaborado por el DANE y el ICFES para el año 2002. Este índice es un indicador que permite calcular el promedio de las variaciones de los precios
  • 46. 39 de los diferentes bienes y servicios que adquieren las IES privadas para el desarrollo de su actividad académica. La variación del ICESP en el primer semestre del 2002 fue de 5,52%, y los que mayor crecimiento registraron fueron los gastos de vigilancia con un 8,91%, seguidos por los gastos de personal con un crecimiento de 5,69%. En tercer lugar están las compras de bienes y servicios con un 5,19%. El incremento del personal docente se debe a alzas en profesores de cátedra, directivos docentes y monitores y asistentes. El personal no docente aumentó en un 4.76% por incrementos en gastos en personal directivo y profesional, técnico y administrativo y de servicios generales. Por otra parte, los otros insumos y suministros tuvieron una alza del 4.88% debido a los aumentos en suministros de oficina, material médico quirúrgico y odontológico, suministros para bienestar universitario, gastos de cafetería y arrendamientos de planta física. Los viáticos y gastos de viaje crecieron en un 4.73% debido a las alzas en viáticos y pasajes. Gráfico 6 Principales variaciones del ICESP Primer semestre 2002 6,58 4,76 4,88 6,8 4,15 4,7 4,73 8,91 6,22 5,11 0,55 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Personal docente Personal no docente Otros insumos y suministros Papelería Mantenimiento y reparaciones Servicios públicos Viáticos y gastos de viaje Vigilancia Aseo Transporte y comunicaciones Compra impresoras y equipos Cuentas Porcentaje Fuente: Boletín de prensa. ICESP, Primer semestre 2002. DANE-ICFES. 5.2 Algunos comentarios finales sobre la financiera de las IES privadas del país En el caso colombiano la principal fuente de ingresos de las IES privadas son las matriculas. Sin embargo, la tendencia muestra que esta fuente de ingresos es insuficiente. Además, el incremento de los costos de las matrículas implica que las
  • 47. 40 IES privadas pueden enfrentar problemas de competencia en el mercado, pues sus costos tienden a crecer más rápidamente que la inflación general. La tendencia es entonces desplazar el pago de los costos de la Educación Superior, de los pagadores de impuestos hacia los padres y estudiantes, a través de las matrículas. Esto se ha reflejado en un auge extraordinario de la Educación Superior privada. En Colombia se cumple la tendencia mundial en cuanto a que los incrementos en las matrículas tienden a ser superiores a la inflación general. En 1999, el incremento en el precio de las matrículas de las universidades fue equivalente a 2,2 veces el índice de precios al consumidor. En los últimos años esa diferencia se ha venido reduciendo, pero todavía hoy el incremento de las matrículas en las IES supera la inflación. En el año 2002, los incrementos en las matrículas de las IES fueron superiores en una quinta parte al aumento general de precios (gráfico). Incremento anual (%) de matrículas y aumento del Índice de Precios al Consumidor 5 7 9 11 13 15 17 19 21 23 1998 1999 2000 2001 2002 Universidades Instituciones universitarias Instituciones tecnológicas Instituciones técnicas IPC El caso de Colombia y los créditos del ICETEX es reconocido internacionalmente como un ejemplo que demuestra que es posible diseñar y administrar un sistema sostenible de créditos, siempre y cuando se diseñen mecanismos efectivos de recolección de la cartera, se apliquen tasas de interés apropiadas, y se diseñe un sistema donde se cuenta con buena información sobre los ingresos de los estudiantes y sus familias (World Bank, 2000). De hecho, el esquema de préstamos del ICETEX tiene una de las más altas tasas de repago en el mundo. Sin embargo, este caso también se muestra como un ejemplo de que es muy difícil apalancarse en un sistema de créditos para llevar los niveles de cubrimiento hasta donde lo exigirían las necesidades de la demanda potencial; los estudiantes beneficiados por créditos ICETEX apenas representaban el 6% de la población potencial en el año 2000 (gráfico 7 ). Porcentaje
  • 48. 41 Gráfico 7 Cobertura del crédito educativo en Colombia 4,4% 5%4,9% 6,1% 0% 1% 2% 3% 4% 5% 6% 7% 1997 1998 1999 2000 Tasasdecobertura Cobertura total de crédito - ICETEX Fuente: CONPES 3189, 2002 Con relación a la filantropía y la financiación de las IES privadas a través de donaciones de las empresas tiene una fuerte tradición en Estados Unidos, donde se estima que los diez mayores fondos de inversión con recursos donados a las universidades (patrimonios o endowments) suman US$78.000 millones. Esto no es común en los países en desarrollo, si bien se destacan algunas excepciones. La Universidad de Beijing recibió US$10 millones de un grupo de millonarios de Hong Kong para construir la mayor biblioteca de Asia. Por su parte, el millonario George Soros fundó y financia la Charles University en Budapest. Sin embargo, son muy pocos los casos en estos en países en desarrollo. Para que la filantropía tenga un papel importante en la financiación de las IES, se necesita que exista una fuerte tradición filantrópica en el país en cuestión, y además que exista un esquema tributario favorable para que las donaciones ofrezcan ventajas a los donantes. Las IES privadas están excluidas de ser contribuyentes del impuesto de renta. Además, quienes invierten en ellas y les hacen donaciones obtienen varias exenciones tributarias. El artículo 125 del Estatuto Tributario establece que los contribuyentes del impuesto de renta que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios dentro del país, tienen derecho a deducir de la renta el valor de las donaciones efectuadas, durante el año o período gravable, a las asociaciones, corporaciones y fundaciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto social sea la prestación del servicio de educación. Aunque el artículo 125 establece una restricción a la deducción por cuanto el valor a deducir por este concepto, en ningún caso podrá ser superior al treinta por ciento (30%) de la renta líquida del contribuyente, determinada antes de restar el
  • 49. 42 valor de la donación, el mismo artículo dice que dicha restricción no aplica para las donaciones efectuadas a las IES. El tratamiento tributario especial para las donaciones a las IES ha sido objeto de una fuerte controversia en el país. Cada vez que se habla de una nueva reforma tributaria, las exenciones relacionadas con las donaciones a las IES entran en el debate y hay voces que proponen abolirlas. No se ha realizado un estudio a fondo de lo ocurrido con estas donaciones. En el caso de Colombia, como en otros países de la región, no existe una fuerte tradición de filantropía. Sin embargo, sí han existido diversos incentivos tributarios para la realización de donaciones, los cuales han sido aprovechados por algunas entidades. Dentro de las IES, sólo en las universidades de alta calidad se percibe alguna importancia de las donaciones, sin que lleguen a constituir un porcentaje elevado de los ingresos (las donaciones llegaron al 3,6% de los ingresos de las IES de alta calidad).