El martes 8 de setiembre de 2015 tuvo lugar el segundo encuentro sobre normativa de riesgo financiero de la Cátedra de Gestión de Riesgos CPA Ferrere.
El evento, titulado “Ratio de cobertura de liquidez: experiencias, aprendizajes y principales desafíos para su implementación” se llevó a cabo en el Hemiciclo de la Facultad de Administración y Ciencias Sociales.
Disertaron el Lic. Alejandro Pena, director de riesgos financieros del Banco Central del Uruguay, y la Dra. Verónica Balzarotti, gerente principal de investigaciones económicas del Banco Central de la República Argentina y miembro del grupo de Riesgo de Liquidez del Comité de Basilea.
2. Características generales del Estándar de
Basilea.
Aspectos fundamentales de la Normativa a
implementar en Uruguay.
Algunos particularidades del sistema financiero
local
CONTENIDO
4. Crisis financiera de 2007: numerosos bancos -pese a
mantener adecuados niveles de capital- se vieron en
dificultades por no gestionar adecuadamente su liquidez.
En respuesta, el BIS publicó: “Principios para la
adecuada gestión y supervisión del riesgo de liquidez”
(2008).
Como complemento (2013) el BIS reforzó el marco de
liquidez introduciendo dos estándares mínimos:
LCR – promueve la resistencia a corto plazo (30 días) del
perfil de riesgo de liquidez.
NSFR (“Net Stable Funding Ratio”) – promueve la
resistencia en un horizonte de tiempo más amplio (1 año).
Características generales del Estándar de Basilea
5. El objetivo del LCR es evaluar si el banco posee un
nivel de activos líquidos de alta calidad (ALAC) y libres
de cargas, que puedan ser fácil e inmediatamente
convertibles en efectivo en mercados privados, a fin de
cubrir sus necesidades de liquidez en un horizonte
estresado de 30 días.
LCR descansa en una combinación de criterios
cualitativos, de ponderaciones de riesgo de Basilea II
(solvencia) y de calificaciones de riesgo emitidas por
calificadoras externas, para determinar las clases de
activos elegibles como HQLA.
Características generales del Estándar de Basilea
6. Escenario a considerar:
Una combinación de perturbaciones idiosincráticas y
sistémicas:
Caída de parte de los depósitos minoristas.
Pérdida de la capacidad de financiación en el mercado
mayorista.
Pérdida parcial de capacidad de negociación en el corto plazo
de garantías y contrapartes.
Salidas contractuales por la caída en la calificación crediticia de
tres escalones.
Uso de facilidades de crédito y liquidez comprometida con los
clientes.
Eventual recompra de deuda con la finalidad de atender el
riesgo de reputación.
Características generales del Estándar de Basilea
7. Fórmula:
Características generales del Estándar de Basilea
EfectivodeSalidasEfectivodeEntradasEfectivodeSalidasMáx
calidadaltadeLíquidosActivosdeFondo
LCR
%25;
8. Numerador = Activos Líquidos de Alta Calidad
Características exigidas:
Escaso riesgo de crédito y de mercado
Facilidad y certidumbre de valoración
Baja correlación con activos de riesgo
Mercado amplio y activo
Presencia de creadores de mercado comprometidos
Reducida concentración de mercado
Constituyen activos refugio en crisis sistémicas
Características generales del Estándar de Basilea
9. Los activos de Nivel 1 no tienen restricciones de
cantidad, se valúan a precio de mercado y no tienen
descuento para solvencia (Basilea II).
Los activos de Nivel 2 no pueden representar más del
40%. Pueden ser 2A ó 2B.
Los activos Nivel 2A se computan por el 85% de su
valor de mercado. Se asocian con un ponderador del
20% para solvencia.
Activos Nivel 2B no pueden representar más del
15%. Se computan por un 75% o por un 50%. Se
asocian con un ponderador del 50% para solvencia.
Características generales del Estándar de Basilea
10. Salidas de Efectivo
Comprenden:
Cancelación de captaciones minoristas
Cancelación de financiación mayorista no garantizada
Cancelación de financiación garantizada
Requerimientos adicionales
Facilidades de crédito y de liquidez acordadas
Salidas provenientes de operaciones con derivados
Las mayores necesidades de liquidez por cambios en el valor de
mercado de las operaciones con derivados – garantías.
Devolución de garantías en operaciones con derivados.
Características generales del Estándar de Basilea
11. Entradas de Efectivo
Comprende entradas contractuales (incluido intereses)
derivadas de posiciones y créditos vigentes.
Se debe evaluar que las entradas no estén concentradas.
Máximo: 75% de las salidas netas.
Se supone que no se puede disponer de facilidades de
crédito o liquidez contingentes con otras instituciones
financieras.
Características generales del Estándar de Basilea
12. Entradas de Efectivo
Comprenden:
Crédito garantizado, incluidos repos a la inversa y
endeudamiento en valores
Crédito no garantizado
Entradas provenientes de operaciones con derivados
Recuperación de garantías en operaciones con derivados
Otras entradas de efectivo
Características generales del Estándar de Basilea
14. Ámbito de Aplicación: Instituciones de intermediación
financiera autorizadas a recibir depósitos.
Para estas instituciones, el LCR sustituye a la normativa
sobre liquidez mínima vigente.
El LCR se calculará en M/Nac, en cada M/Ext. relevante
y en forma global.
Se considerará que una moneda es significativa si los
pasivos agregados en esa moneda superan el 5% de los
pasivos totales. ver
Se propone:
Aspectos específicos para Uruguay
LCR en M/Ext >= 100%
LCR en M/Nac >= 80%
LCR Global >= 100%
15. Los activos de Nivel 1 comprenden:
Caja(*), oro y plata.
Saldos a la vista y colocaciones a 1 (un) día de plazo en el Banco
Central del Uruguay, por la parte que exceda a los requisitos diarios de
encaje.
Encajes liberados por disminución de obligaciones sujetas a encaje
deducido el déficit diario de encaje.
Valores públicos nacionales en moneda nacional emitidos por el Banco
Central del Uruguay.
Valores públicos nacionales en moneda nacional emitidos por el
Gobierno Nacional.
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
determinados Bancos Multilaterales que tienen ponderador 0% en la
Normativa de capital.
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
gobiernos centrales o bancos centrales calificados en una categoría
Aspectos específicos para Uruguay
16. Los activos de Nivel 2A comprenden:
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
gobiernos centrales o bancos centrales calificados en categorías
comprendidas entre A+ y A- o equivalente.
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
entidades del sector público no nacional no financiero calificados en
una categoría igual o superior a AA- o equivalente.
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
bancos multilaterales de desarrollo calificados en una categoría igual o
superior a AA- o equivalente.
Valores representativos de deuda en moneda nacional emitidos por
entidades del sector público nacional no financiero.
Aspectos específicos para Uruguay
17. Los activos de Nivel 2B computados al 75% comprenden:
Valores públicos nacionales en moneda extranjera emitidos por el
Banco Central del Uruguay y por el Gobierno Nacional.
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
gobiernos centrales o bancos centrales calificados en categorías
comprendidas entre BBB+ y BBB- o equivalente.
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
entidades del sector público no nacional no financiero calificados en
categorías comprendidas entre A+ y A- o equivalente.
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
bancos multilaterales de desarrollo calificados en categorías
comprendidas entre A+ y A- o equivalente.
Aspectos específicos para Uruguay
18. Los activos de Nivel 2B computados al 50% comprenden:
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
entidades del sector público nacional no financiero.
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
entidades del sector público no nacional no financiero calificados en
categorías comprendidas entre BBB+ y BBB- o equivalente.
Valores representativos de deuda en moneda extranjera emitidos por
bancos multilaterales de desarrollo calificados en categorías
comprendidas entre BBB+ y BBB- o equivalente.
Aspectos específicos para Uruguay
19. Total de Activos Líquidos de alta calidad (ALAC), a los
efectos de limitar las restricciones de composición:
Donde:
N1 son los activos líquidos de alta calidad de nivel 1.
N2A son los activos líquidos de alta calidad de nivel 2A, una vez
aplicados los porcentajes de cómputo.
N2B son los activos líquidos de alta calidad de nivel 2B, una vez
aplicados los porcentajes de cómputo.
Aspectos específicos para Uruguay
%40%15221 AjusteAjusteBNANNALAC
0));1(60/152);21(85/152%15 NBNANNBNMáxAjuste
)0);1(3/2%)152(2%40 NAjusteBNANMáxAjuste
20. Algunas definiciones para esta norma:
El sector financiero comprenderá a las instituciones de
intermediación financiera, a los bancos multilaterales y a las restantes
instituciones, tanto locales como del exterior, que desarrollen
actividades financieras en forma habitual y profesional.
El sector no financiero comprenderá a las entidades públicas y
privadas, residentes o no , que realizan actividades no financieras.
Categorización de Empresas:
Microempresa: si sus ventas anuales -sin IVA- ascienden a un máximo de UI
2.000.000
pequeña empresa: si sus ventas anuales -sin IVA- oscilan entre UI 2.000.000 y UI
10.000.000
mediana empresa: si sus ventas anuales -sin IVA- varían entre UI 10.000.000 y UI
75.000.000
gran empresa: si sus ventas anuales -sin IVA- superan a UI 75.000.000
Aspectos específicos para Uruguay
21. Algunas definiciones para esta norma:
Captaciones minoristas: los depósitos y obligaciones que tengan por
contraparte a una persona física o a una persona jurídica residente del
sector privado no financiero categorizada como micro, pequeña o
mediana empresa. Estas captaciones pueden ser estables y menos
estables.
Financiación mayorista: los depósitos y obligaciones de:
personas jurídicas residentes del sector privado no financiero categorizadas como
gran empresa,
gobiernos y bancos centrales,
entidades públicas residentes del sector no financiero,
entidades públicas y privadas no residentes del sector no financiero,
bancos multilaterales de desarrollo,
instituciones de intermediación financiera u otras instituciones financieras, tanto
locales como del exterior.
Aspectos específicos para Uruguay
22. Algunas definiciones para esta norma:
Captaciones minoristas estables: Son depósitos con plazo residual
menor de 30 días por la parte cubierta por el Fondo de Garantía de
Depósitos Bancarios y provenientes de “clientes”. Para ser cliente se
debe cumplir alguno de los siguientes criterios:
En el caso que la contraparte sea una persona física:
posea una cuenta corriente o caja de ahorros en la institución, abierta como mínimo
desde hace 1 (un) año y que registre 6 (seis) movimientos en el último año;
perciba en dicha institución beneficios con regularidad (a modo de ejemplo: pago
de nómina, honorarios profesionales);
realice pagos regulares mediante débitos automáticos en cuenta corriente o caja de
ahorros.
En el caso que la contraparte sea una persona jurídica:
posea una cuenta corriente o caja de ahorros en la institución, activa como mínimo
desde hace 1 (un) año y que registre 6 (seis) movimientos en el último año;
realice su gestión de tesorería en la institución, de acuerdo con la definición que se
establecerá en el art. 194.
Aspectos específicos para Uruguay
23. Algunas definiciones para esta norma:
También se considerarán captaciones estables los depósitos
correspondientes al pago de nómina, pasividades o toda otra
prestación emergente de la existencia de una relación laboral o de
seguridad social, por la parte amparada por la Ley N° 18.139 de 15 de
junio de 2007.
Aspectos específicos para Uruguay
24. Algunas definiciones para esta norma:
Las financiaciones mayoristas no garantizadas son aquéllas que,
en caso de quiebra, insolvencia, liquidación o disolución, no se
encuentren garantizadas por derechos legales sobre valores
específicamente designados propiedad de la institución.
Las financiaciones mayoristas que no cumplan con estas condiciones
serán consideradas garantizadas.
Las facilidades de crédito y liquidez comprometidas se definen
como acuerdos contractuales explícitos para conceder fondos a
contrapartes minoristas o mayoristas en cualquier momento durante la
vigencia del contrato.
Los créditos garantizados son los que están respaldados por
depósitos en efectivo o por activos líquidos de alta calidad.
Aspectos específicos para Uruguay
25. Algunas definiciones para esta norma:
Se consideran depósitos operativos aquellos depósitos de clientes
mayoristas que muestren una sustancial dependencia respecto a la
entidad financiera a raíz de necesidades operativas y que sean
necesarios para realizar actividades de compensación, custodia y
gestión de tesorería.
No son el resultado de la tasa de interés ofrecida.
Solo podrá admitirse como operativa la porción del depósitos que
satisfaga las necesidades operativas antes mencionadas. Las
instituciones deben desarrollar metodologías para determinar la
porción operativa del depósito.
Aspectos específicos para Uruguay
26. Salidas y Entradas de Efectivo relacionadas con
Derivados
CON EL 100%
Salidas y entradas relacionadas con derivados con vencimiento residual
menor o igual a 30 días.
Las operaciones que se liquidan contra entrega ( delivery); el importe
de la posición activa va como una entrada en la moneda que se recibirá
y la posición pasiva va como una salida en la moneda que se
entregará.
Las operaciones que se liquidan por diferencias se computarán como
una única posición ( activa o pasiva) por el importe estimado a cobrar o
pagar.
Adicionalmente se deberán considerar los mayores márgenes de
garantía requeridos para respaldar las posiciones en derivados, por
cambios en el valor de mercado de la posición o de la garantía.
Aspectos específicos para Uruguay
27. Salidas y Entradas de Efectivo relacionadas con
Créditos garantizados con Depósitos
CON EL 0%
No deben computarse como entradas los créditos vigentes, por la parte
cubierta con prenda de depósitos en efectivo.
No deben computarse como salidas los depósitos que cubran a esos
créditos.
Aspectos específicos para Uruguay
28. Salidas de Efectivo
Cancelación de captaciones minoristas
CON EL 3%
Depósitos correspondientes a pago de nómina, pasividades o toda otra
prestación emergente de la existencia de una relación laboral o de
seguridad social, por la parte amparada por la Ley N° 18.139 de 15 de
junio de 2007.
CON EL 5% - Depósitos considerados estables.
CON EL 10% - Depósitos de residentes considerados menos
estables.
CON EL 14% - Depósitos de no residentes considerados menos estables
Aspectos específicos para Uruguay
29. Salidas de Efectivo
Financiación Mayorista no Garantizada
CON EL 5% - Depósitos operativos, por la parte cubierta por el Fondo
de Garantía de Depósitos Bancarios.
CON EL 20% - Depósitos y obligaciones de grandes empresas,
gobiernos y bancos centrales, entidades públicas residentes del sector
no financiero, entidades no residentes del sector no financiero y bancos
multilaterales de desarrollo, siempre que el importe total esté
íntegramente cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios.
CON EL 25% - Depósitos operativos, por la parte no cubierta por el
Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios.
CON EL 40% - Depósitos y obligaciones de, siempre que el importe total
exceda la cobertura provista por el Fondo de Garantía de Depósitos
Bancarios.
CON EL 100% - Depósitos y obligaciones constituidos por instituciones
de intermediación financiera u otras instituciones financieras -locales o
del exterior-.
Aspectos específicos para Uruguay
30. Salidas de Efectivo
Financiación Mayorista Garantizada
En el caso que los valores afectados en garantía sean activos de alta
calidad, se deberá aplicar al importe de dichos valores la tasa de
descuento correspondiente. Si el saldo resultante fuera superior al
monto correspondiente a la obligación, no dará lugar a salida de
efectivo por este concepto. Si el saldo resultante fuera inferior al
monto correspondiente a la obligación, la salida de efectivo será
equivalente a dicha diferencia.
Cuando los valores afectados en garantía no sean activos de alta
calidad, se considerará una salida de efectivo por el importe de la
financiación cubierta por la garantía.
Aspectos específicos para Uruguay
31. Salidas de Efectivo
Facilidades de crédito y liquidez comprometidas
CON EL 5%
Facilidades de crédito y liquidez comprometidas con personas físicas y
jurídicas residentes del sector privado no financiero categorizadas como
micro, pequeña o mediana empresa.
CON EL 10% -
Facilidades de crédito comprometidas con personas jurídicas del sector
privado no financiero categorizadas como gran empresa, gobiernos
centrales….
CON EL 30% -
Facilidades de liquidez comprometidas con personas jurídicas del
sector privado no financiero categorizadas como gran empresa,
gobiernos centrales….
Aspectos específicos para Uruguay
32. Salidas de Efectivo
Facilidades de crédito y liquidez comprometidas
CON EL 40%
Facilidades de crédito y liquidez comprometidas con instituciones de
intermediación financiera locales o del exterior.
Facilidades de crédito comprometidas con otras instituciones financieras
locales o del exterior.
CON EL 100% -
Facilidades de liquidez comprometidas con otras instituciones
financieras locales o del exterior.
Aspectos específicos para Uruguay
33. Salidas de Efectivo Contingentes
CON EL 2%
El importe no utilizado de las facilidades de crédito y liquidez acordadas,
incondicionalmente revocables y cancelables incondicionalmente por la
institución
CON EL 5% -
Los saldos correspondientes a documentos descontados, aceptaciones
bancarias, garantías otorgadas y apertura y confirmación de créditos
documentarios.
CON EL 50% -
Las restantes salidas contingentes no contempladas antes.
Aspectos específicos para Uruguay
34. Salidas de Efectivo relacionadas con depósitos
judiciales, depósitos transitorios y cuentas que
manejen fondos de terceros.
CON EL 3%
Los depósitos judiciales a la vista.
CON EL 100% -
Los depósitos transitorios correspondientes a las sumas recibidas por
casas financieras en forma transitoria o accidental y de las que se
derivan derechos a favor de residentes o no residentes.
Las cuentas de depósito abiertas por personas físicas o jurídicas que no
pertenezcan al sector financiero y que en forma habitual manejen fondos
de terceros.
Aspectos específicos para Uruguay
35. Entradas de Efectivo
Corresponden exclusivamente a entradas contractuales, por los
valores brutos – incluidas las rentas y productos financieros
devengados – derivadas de posiciones vigentes que no presenten
atraso alguno en sus pagos y respecto de los cuales no existan
razones para esperar una situación de incumplimiento.
No se incluyen las entradas contingentes.
Aspectos específicos para Uruguay
36. Entradas de Efectivo
Créditos garantizados
Con depósitos en efectivo constituidos en la propia institución. Estos
créditos no darán lugar a ninguna entrada.
Con activos líquidos de alta calidad. Se deberá aplicar al importe de
dichos activos la tasa de descuento correspondiente. Si el saldo
resultante fuera superior al monto correspondiente al ingreso, no
dará lugar a entrada de efectivo por este concepto. Si el saldo
resultante fuera inferior al monto correspondiente al ingreso, la
entrada de efectivo será equivalente a dicha diferencia.
El valor de mercado de los referidos activos podrá determinarse al
momento en que corresponda la registración contable.
Aspectos específicos para Uruguay
37. Entradas de Efectivo
Créditos no garantizados
Con el 0% - Colocaciones mantenidas con fines operativos.
CON EL 50% - Créditos vigentes por intermediación financiera con
personas residentes del sector privado no financiero categorizadas
como micro, pequeñas o medianas empresas.
Créditos vigentes por intermediación financiera con personas
jurídicas residentes del sector privado no financiero categorizadas
como gran empresa, gobiernos centrales, bancos centrales,
entidades públicas residentes del sector no financiero, entidades
públicas y privadas no residentes del sector no financiero y bancos
multilaterales de desarrollo.
CON EL 100%
Créditos vigentes por intermediación financiera con instituciones
financieras locales o del exterior.
Colocaciones en el BCU no computados como ALAC
No se considerarán los ingresos operativos.
Aspectos específicos para Uruguay
38. Entradas de Efectivo
Valores para Inversión y metales preciosos
CON EL 100%
Metales preciosos ( que no sean oro y plata)
Valores a vencimiento que vencen en un horizonte de 30 días.
Valores para negociación o disponibles para la venta que no
cumplen las condiciones para ser calificados como activos líquidos
de alta calidad.
Valores para negociación o disponibles para la venta que fueron
computados como activos líquidos de alta calidad, por la parte del
descuento realizado.
Valores para negociación o disponibles para la venta de nivel 2A y
2B por la parte que no se pudo computar en los activos líquidos de
alta calidad por las restricciones en la composición de los mismos.
Aspectos específicos para Uruguay
39. RCL en base consolidada con sucursales en el exterior
El ratio se determinará exclusivamente en dólares USA y se
observará sobre base consolidada diaria.
Cuando existan diferencias en las disposiciones para el cálculo del
RCL en el país donde las sucursales operan y las establecidas
anteriormente, se deberán utilizar estas últimas, salvo en el caso de
las captaciones minoristas, para las cuales deberá adoptarse lo
dispuesto en el país correspondiente.
El excedente de liquidez de cada sucursal solo deberá computarse
en el ratio de cobertura consolidado, en la medida que no existan
dudas sobre su disponibilidad (eventuales restricciones a la
transferencia de liquidez en los países donde operan las sucursales)
Aspectos específicos para Uruguay
41. Se realizó un análisis de impacto para los bancos
públicos y privados con información a plazos residuales.
En general, todos los bancos cumplen con los mínimos
establecidos por la normativa para el LCR.
Los activos de alta calidad predominantes en moneda
nacional son los títulos emitidos por el Banco Central en
moneda nacional.
Los activos de alta calidad predominantes en moneda
extranjera son los encajes liberados.
Los activos de alta calidad
42. La dolarización del sistema bancario – los activos de alta
calidad en moneda extranjera.
Las colocaciones en el sector financiero internacional en
colocaciones a menos de 30 días.
En que forma entran los encajes en la normativa del
LCR. La relación entre el LCR y la Política Monetaria.
La cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos
Bancarios esta definido por persona y por banco. Esto
introduce complejidades en el cálculo.
Los depósitos operacionales y la exigencia de que estén
constituidos en una cuenta específica.
Otros aspectos caracterísiticos