1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
Presunción de laboralidad proteccion del trabajador
1. PRESUNCIÓN DE LABORALIDAD: GARANTÍA DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS
TRABAJADORES
José María Pacori Cari
Profesor Titular de la Cátedra de Derecho Administrativo de la Universidad La Salle del Perú
Para reducir los costos laborales, los empresarios y entidades estatales estilan contratar
personasbajolocaciónde servicios, servicios no personales o procesos de selección. A todos
estostrabajadoresse lespagapor recibosporhonorarios.Sinembargo,la reducción de costos
laborales que tiene por objeto afectar derechos fundamentales, resulta ilícito y requiere de
soluciones que sólo el Derecho Laboral puede dar a través de principios como primacía de la
realidad, irrenunciabilidad de derechos, favorecimiento al trabajador, condición más
beneficiosa y el principio de presunción de laboralidad.
Para entenderel principio de presunción de laboralidad, es necesario explicar el contrato de
trabajo. Cuando hablamos del contrato de trabajo no debe entenderse que necesariamente
debe estarescrito,sinoque el mismose generaporlascondicionesenque se presta servicios.
Para que Ud. sepasi ensu caso existe uncontratode trabajo,debe de corroborar la existencia
de tres elementos:1.- PRESTACIÓN DESERVICIOS.Estosignifica que Ud. debe estar prestando
un servicioparaunaempresao una entidaddel Estado.Cuandohablamosde empresadebe de
entendertambiénaun empresario ounaempresade lacual es propietario otras personas. 2.-
RETRIBUCIÓN.Se requiere que por el servicio que Ud. presta se le pague de manera regular y
permanente un monto dinerario o en especie. Puede ser el pago mensual de trescientos
nuevos soles, por más de dos años, de manera mensual. 3.- SUBORDINACIÓN. Este es el
elementomásimportanteque diferencia un contrato civil (locación de servicios, servicios no
personales) de un contrato de trabajo. Implica que la persona que recibe sus servicios le da
órdenesy Ud. se ve en la obligación de cumplirlas. Ayuda a la acreditación de este elemento
probar laexistenciade unajornadade trabajo, estoes, un horario de entrada y otro de salida;
también servirá acreditar que la prestación del servicio se realizaba en el interior del
establecimiento que dirige el empleador.
Hecha la precisión, Ud. encontrará que la acreditación de la existencia de un contrato de
trabajo puede ser difícil, e incluso, tal vez, no fue diligente en guardar documentación que
acreditanlostreselementosque configuranlaexistenciade uncontratode trabajo. Para estos
casos, el Derecho Laboral ha establecido el “PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE LABORALIDAD”,
por este principio Ud. sólo debe de acreditar al Juez la prestación de un servicio, con recibos
por honorarios, informes realizados, etc. El Juez presume la existencia de retribución y
subordinación, existe una presunción de laboralidad. Por lo tanto, será el empleador quien
deberá de acreditar que NO existe retribución y, en especial, subordinación.
Es así que con fecha 02 de marzo de los corrientes, se ha publicado la CASACIÓN LABORAL
17083-2013 TACNA endonde laCorte Supremadel Perúratificaeste principioenlossiguientes
términos:“La Presunciónde Laboralidadimplicaunanuevadistribución de la carga probatoria
introducidaporlaNuevaLey procesal de Trabajo, pues establece que si la parte demandante
acreditala existenciade unaprestaciónpersonal de servicios,consecuentemente, el juzgados
debe presumir que los otros elementos que configuran una relación laboral también se
encuentranpresentes(subordinaciónyremuneración),debiendocalificarlarelaciónexistente
entre las partes como una de índole laboral y sujeta a plazo indeterminado, salvo prueba en
contrario, en el que la demandada acredite la autonomía de la prestación de servicios.” De
esta manera, esta sentencia, apoya, por ser jurisprudencia, lo que se indica en este artículo.
Espero que les sea de utilidad, para cualquier duda puede contactarnos en
corporacionhiramservicioslegales@hotmail.com. A continuación, un modelo de demanda
laboral de reposición al puesto de trabajo:
EXPEDIENTE:
2. ESPECIALISTA:
ESCRITO:
DEMANDA LABORAL DE REPOSICIÓN
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO DE TRABAJO
(NOMBRES Y APELLIDOS DEL TRABAJADOR), con DNI (…), con domicilio real
(…),con domicilioprocesalen(…),condomicilioelectrónicoen (…); a Ud. digo:
I.- DEMANDADO Y DIRECCIÓN
Empresa Grifo Flores, representado por su propietario (…), a quien se notificara en (…)
II.- PETITORIO
Solicito se declare la desnaturalización de mi prestación de servicios por el periodo de (…) al
(…) por la existencia de una relación laboral de trabajo, como consecuencia:
Declaradala existenciade unarelaciónlaboral a plazo indeterminado, solicito se disponga mi
reposición a mí puesto de trabajo con respeto de todos mis derechos.
III.- SITUACIÓN LABORAL
El último cargo ostentado es (…), inicie labores el (…), fui despedido el (…), mi última
remuneración fue de (…)
IV.- FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- Empecé a trabajar en la empresa demandada el (…)
V.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
El art. 26 de la Constitución sobre irrenunciabilidad de derechos.
VI.- MONTO DEL PETITORIO
No es cuantificable en dinero
VII.- VÍA PROCEDIMENTAL
Proceso Abreviado laboral
VIII.- MEDIOS PROBATORIOS
1.- (…)
IX.- ANEXOS
1-A Copia de mi DNI
1-B (…)
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido admitir mi demanda.
Arequipa, 02 de abril de 2015.
(Firma del demandante y del Abogado)