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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO EDO LARA
ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO VENEZOLANO
Participante: Emily Vargas
C.I 21.726.290
Derecho Tributario
Saia D
Barquisimeto 14 de Noviembre del 2015
Definición.
Se define al Estado como la sociedad jurídicamente organizada. Siendo el
hombre un ser social por naturaleza, lo lógico es pensar que esa tendencia se
plasme en una organización jurídica de aplicación general a toda la comunidad,
dando lugar al nacimiento del Estado. El mismo nace como consecuencia de las
funciones que debe cumplir, que se conocen como “función pública”, que le
resultan indelegables ya que las mismas no pueden ser desarrolladas por cada
ciudadano de manera individual o autónoma.
La función pública es la acción que da origen a la existencia del Estado y se
refleja en servicios prestados a la comunidad, que pueden ser servicios públicos
esenciales (hacen a la propia naturaleza del Estado y solo pueden ser prestado
por él, como la defensa, la seguridad, y la justicia; y servicios públicos en general
(son prestados por el estado o delegados otros organismos o incluso a
particulares), que tienden a satisfacer el interés público.
Teoría sobre la actividad financiera
Es el conjunto de operaciones del estado, que tienen por objeto, tanto la
obtención de recursos, como la realización de gastos públicos necesarios para
movilizar funciones y servicios que satisfagan necesidades de la comunidad
a) Económica: Consideran la actividad financiera estatal como fenómeno
económico, pero difieren en la formulación de las explicaciones.
La escuela clásica inglesa (Smith, Ricardo) y sus continuadores; nos dicen que la
acción del Estado se traduce en un consumo improductivo, pues al intensificar la
presión tributaria sustrae a los particulares una porción de renta que podrían
utilizar en una nueva producción de bienes.
Otros autores como Senior y Bastita; ven a la acción del estado como una serie de
actos, entre los servicios públicos y las prestaciones de los particulares, el estado
vendía sus servicios y los particulares pagaban el precio de tales funciones.
Esta interpretación es objetada por ser imposible la formación del precio de los
servicios del estado, debido a que las personas están obligadas al pago de las
contribuciones sin tener libertad de elección de estas contribuciones.
Mayor trascendencia ha tenido la teoría de la utilidad relativa o marginal, creada
por Emil Sax, economista de la escuela austriaca.
El pretende que lo mismo que en la economía privada, se procura llegar a la
máxima utilidad posible, logrando el mayor beneficio con el menor sacrificio.
b) Sociológica: se considera creador de esta doctrina a Wilfredo Pareto, El
discute cual es la realidad de la existencia del estado y que esconde bajo sus
atributos de mando. Pareto criticó los estudios financieros, lo hizo por entender
que estos elaboraban principios teóricos que se apartaban de la verdad
experimental.
Afirma Pareto que el estado es una ficción, que en su nombre se impone a los
contribuyente todos los gravámenes posibles y luego se gastan para cubrir las
necesidades infinitas de la clase dominante. No es el estado el que gobierna y
elige en materia de gastos e ingresos públicos, sino la clase dominante que
impone al llamado "estado" sus intereses particulares y por ello es que el estado
no es un ente superior sino tan solo un instrumento de dominación de la clase
gobernante.
Las critica Es que el estado en razón de las necesidades colectivas y ante
la imposibilidad de homogeneizar todas las necesidades individuales, se subordina
al criterio y voluntad de los gobernantes, que establecen el orden de prelación de
las necesidades a satisfacer, según consideraciones de conveniencia política y de
utilidad social. Otra crítica es que desconoce al Estado, lo considera como un ente
metafísico, cuando se trata de una realidad imposible de desconocer.
El estado es un ser real; ya que éste es el único sujeto activo de las finanzas, y del
cual se tiene que partir para estudiar las relaciones entre el Estado y los
contribuyentes
c) Política. Entienden que el problema referente a la naturaleza de la actividad
financiera solo puede ser resuelto analizando la naturaleza de su sujeto "El
Estado".
Fines de la Actividad Financiera
NEUTRALISMO: según esta teoría económicas el gasto público no tenía
otro sentido y efecto que el de atender las necesidades del estado (defensa de
fronteras en ataques exteriores, seguridad interna, educación y justicia).
La única finalidad del recurso público es proporcionar a las arcas estatales los
fondos necesarios para que el estado cubra las necesidades primordiales,
reservando todas las demás actividades a la iniciativa privada.
En el campo económico, el estado debía abstenerse de intervenir y dejar actuar
libremente a la actividad privada.
Sus premisas: *Los gastos públicos debían ser reducidos al mínimo, como
consecuencia lógica de la limitación de las funciones del estado, *Debía existir
equilibrio presupuestario, esto se da cuando los ingresos y los egresos totalizan
sumas iguales
INTERVENCIONISMO: la realidad económica y social posterior a la primera
guerra mundial nos llevó al intervencionismo social, que se realizó de diferentes
formas:
*Utilizando medidas coactivas en el mercado mediante control de precios y
salarios; *Actuando el estado directamente en la actividad económica regulando
mecanismos económicos mediante medidas financieras tales como; política
monetaria de comercio exterior, de explotaciones públicas, políticas de control de
monopolios.
Metas fundamentales: *Se propone el objetivo de lograr la plena ocupación,
evitando el fenómeno del paro tanto de mano de obra como de los factores de
producción, *Mejor distribución de la riqueza, *Acelerar el crecimiento, *Ejercer
acción en el ciclo económico, para evitar crisis cíclicas y desarrollar políticas
compensadores.
Presupuesto Público.
Es una estimación financiera anticipada, generalmente anual, de los
egresos e ingresos del gobierno, necesarios para cumplir con los propósitos de un
programa determinado.
Asimismo, constituye el instrumento operativo básico para la ejecución de
las decisiones de política económica y de planeación. En otras palabras, el
presupuesto público es un instrumento fundamental de la política económica, que
resume las fuentes y usos del gasto público; es decir, de dónde se obtiene el
dinero y en qué se gasta.
De tal manera que, tanto la estructura tributaria como la composición del
gasto, se revelan en el presupuesto. Aunque este tiene un fuerte componente
inercial, las prioridades, planes y decisiones del Gobierno de cualquier país se
deben materializar en el presupuesto. En suma, el presupuesto traduce la
actividad del Estado a unidades monetarias
Principios Técnicos del Presupuesto:
a) Anualidad, Se procura la amortización de dos posiciones externas, adoptando
un período presupuestario que no sea tan amplio que imposibilite la previsión con
cierto grado de minuciosidad, ni tan breve que impida la realización de las
correspondientes tareas.
b) Anticipación, Se plantea a priori (normalmente un año)
c) Sinceridad, honestidad y precisión en la adopción de los objetivos y fijación de
los correspondientes medios; en el proceso de su concreción o utilización; y en la
evaluación de nivel del cumplimiento de los fines, del grado de racionalidad en la
aplicación de los medios y de las causas de posibles desviaciones.
En otras palabras, este principio implica que se debe tender a la fijación de
objetivos posibles de alcanzar, altamente complementarios entre sí y que tengan
la más alta prioridad.
d) Unidad, Los Presupuestos de todas las Instituciones del Sector público deben
ser elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política
presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente
e) Programación Presupuestaria, El Presupuesto debe tener el contenido y la
forma de la programación. El contenido establece que deben todos los elementos
que permitan la definición y la adopción de los objetivos prioritarios. La forma
debe señalar los objetivos adoptados, las acciones necesarias a efectuarse para
lograr esos objetivos
f) Publicidad, El Presupuesto debe ser un documento público.
g) Universalidad. Todo aquello que constituye materia del Presupuesto debe ser
incluido en él.
Efectos jurídicos de la Ley de Presupuesto.
La Ley de Presupuestos apenas tiene virtualidad jurídica respecto a los
ingresos públicos, para los que no supone ni autorización, ni limitación alguna en
cuanto al monto de su recaudación, sino puramente una previsión o cálculo de los
que se estima obtener. No obstante, podría pensarse que la estabilidad
presupuestaria incidirá en los derechos presupuestados, configurando el estado
de ingresos del Presupuesto como algo más que una previsión. Con relación a los
gastos públicos, los créditos presupuestarios tienen el valor de autorización de
máximos y, generalmente, son un límite cualitativo, cuantitativo y temporal que la
Administración no debe sobrepasar
Gasto Público.
EL gasto público es el total de gastos realizados por el sector público, tanto
en la adquisición de bienes y servicios como en la prestación de subsidios y
transferencias. En una economía de mercado, el destino primordial del gasto
público es la satisfacción de las necesidades colectivas, mientras que los gastos
públicos destinados a satisfacer el consumo público sólo se producen para
remediar las deficiencias del mercado. También tiene una importancia reseñable
los gastos públicos de transferencia tendientes a lograr una redistribución de la
renta y la riqueza
Efectos económicos del gasto público.
El gasto público puede influir en de diferentes formas en la economía
principalmente a nivel macro.
Empleo. El gasto público es una fuente importante de generación de
empleo, tanto así que son muchas las regiones del país donde la única fuente de
empleo es precisamente el estado. La economía se puede acelerar o desacelerar
según el estado decida gastar más o menos. La producción del país puede verse
fuertemente influida por el gasto público lo que de forma indirecta tiene efecto
sobre el nivel de empleo.
Ahorro. El gasto público puede afectar el nivel o capacidad de ahorro de la
población, en vista a que el gasto público está financiado por lo general por
ingresos provenientes de los impuestos. Al incrementar los impuestos, se deja a la
población con una menor parte de sus utilidades lo que disminuye su capacidad
de ahorro.
Inversión. Como la inversión en buena parte depende del nivel de ahorro de
la población, al disminuirse el nivel de ahorro por las causas ya expuestas, se
afecta la capacidad para invertir. Si no se ahorra, no habrá recursos para invertir.
Inflación. El gasto público puede presionar el alza de los precios al
aumentar la demanda de bienes y servicios. Bien sabemos que cuando la
demanda se incrementa a un ritmo superior que la oferta, se sufre de una
tendencia inflacionaria, y el gasto público tiene la capacidad de incrementar la
demanda de bienes y servicios.
Devaluación – Revaluación de la moneda. El gasto público puede influir en
el comportamiento de la moneda frente a otras divisas, en la medida en que el
gasto público sea financiado con crédito externo. El ingreso de divisas producto de
la adquisición de créditos puede conducir a que la moneda local se fortalezca,
puesto que al incrementarse la oferta de una determinada divisa, el efecto de la
ley de la oferta y demanda, conlleva a que el precio de la moneda local se revalúe.
Déficit fiscal. Naturalmente que el gasto público es responsable directo en el
incremento o disminución del déficit fiscal de un país, en la medida en que se
gasta más o menos de los ingresos obtenidos.
En términos generales, estos pueden ser algunos de los efectos que puede
tener el gasto público en la economía. Como se puede ver, algunos efectos son
negativos y otros positivos, por lo que se puede concluir que el gasto público es
una herramienta muy importante a la hora de implementar ciertas políticas
macroeconómicas.
Clasificación del gasto público:
a) criterio administrativo, Según este criterio, los gastos se agrupan según los
órganos que realizan las erogaciones y las funciones, basándose en la estructura
administrativa del Estado y en la regulación jurídica de su accionar.
La ventaja de este tipo de clasificación es que permite apreciar comparativamente
la evolución de los distintos sectores de la administración. Pero pierde importancia
en cuanto a la posibilidad de dar una idea de cómo influye cada uno de esos
gastos en la economía nacional tomada en su conjunto.
B) Criterio económico: Desde este punto de vista se establece la diferencia entre
gastos de funcionamiento (u operativos) y gastos de inversión (o de capital),
clasificación ésta, que ha sustituido a la separación entre gastos ordinarios y
extraordinarios.
Ingresos Públicos.
Los ingresos públicos son los recursos que capta el sector público para
realizar sus actividades. Desde un punto de vista cuantitativo, los impuestos
constituyen el principal componente de los ingresos públicos. Un segundo
componente de los mismos son los precios públicos establecidos por la utilización
de instalaciones públicas. Otras vías de recursos públicos son los procedentes de
la venta de determinados activos, por ejemplo a través de la privatización de
empresas y también el Estado puede captar recursos mediante el endeudamiento
Principios legales de los ingresos públicos.
PRINCIPIO DE GENERALIDAD: Este principio alude al carácter extensivo de la
tributación y significa que cuando una persona física o ideal se halla en las
condiciones que marcan, según la ley, la aparición del deber de contribuir, este
deber debe ser cumplido, cualquiera que sea el carácter del sujeto, categoría
social, sexo, nacionalidad, edad o cultura. La generalidad surge del artículo 133
del Constitución Nacional ya que ordena que sin excepción "toda persona tiene el
deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y
contribuciones que establezca la ley."
PRINCIPIO DE IGUALDAD: Señala que no debe excluirse a ningún sector de la
población para el pago del tributo. El principio de igualdad establece en artículo 21
de la Constitución Bolivariana de Venezuela que "todas las personas son iguales
antes la ley, en consecuencia:
1.- No se permitirá discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la
condición social o aquella que, en general, tenga por objeto o por resultado anular
el reconocimiento, goce o de ejercicio en condición de igualdad, de los derechos y
libertades de toda persona .
2.- La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la
igualdad ante la ley sea real y efectiva, adoptará medidas positivas a favor de
personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables.
3.- Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana, salvo las fórmulas
diplomáticas.
4.- No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias."
PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD: Este principio describe que a mayor capacidad
económica mayor será el pago producido ya que habrá un alto nivel de vida de la
población dando paso a la obtención de un sistema tributario eficiente para la
recaudación de los tributos.
PRINCIPIO DE NO CONFISCACIÓN: Establece que no debe cobrarse el tributo
de manera personal, es decir, ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o
servidumbre ya que el trato con las personas y en particular con las de niños,
mujeres y adolescentes en todas sus formas estarán sujetas a las normas
previstas en la ley.
PRINCIPIOS NO CONSTITUCIONALES
. PRINCIPIO DE CERTEZA: Señala que el tributo debe estar establecido con todo
lo relativo a éste lo más claro posible.
PRINCIPIO DE SIMPLICIDAD: Debe ser lo más simple posible para el acceso del
contribuyente.
PRINCIPIO DE SUFICIENCIA: Se relaciona con el principio de simplicidad, y éste
se traduce que en menor número de tributos mayor será la recaudación. Se hará
más eficiente porque si los tributos son pocos se necesita que sean altamente
rendidores.
Clasificación de los ingresos públicos:
a) clasificación económica, según esta clasificación los ingresos públicos se
clasifican en corrientes, recursos de capital y fuentes financieras. Los ingresos
corrientes son aquellos que proceden de ingresos tributarios, no tributarios y de
transferencias recibidas para financiar gastos corrientes. Los recursos de capital
son los que se originan por la venta de bienes de uso, muebles e inmuebles,
indemnización por pérdidas o daños a la propiedad, cobros de préstamos
otorgados, disminución de existencias, entre otros.
Las fuentes financieras se generan por la disminución de activos financieros
(uso de disponibilidades, venta de bonos y acciones, recuperación de préstamos,
etc.) y el incremento de pasivos (obtención de préstamos, incremento de cuentas
por pagar,)
Por Sectores de Origen
Esta clasificación se fundamenta en uno de los aspectos que caracterizan la
estructura económica de Venezuela, donde una elevada proporción de productos
se realizan en actividades petroleras y de hierro, lo cual implica que la mayoría de
los ingresos surgen de las operaciones ejecutadas en el exterior. Dicha
clasificación presenta lo siguiente:
Sector externo:
Petroleros
Ingresos del hierro
Utilidad cambiaria
Endeudamiento externo
Sector interno:
Impuestos
Tasas
Dominio territorial
Endeudamiento interno
Otros ingresos
Ingresos Ordinarios e Ingresos Extraordinarios, Tributarios y no tributarios,
Ingresos Ordinarios y de Derecho Privados e Ingresos Derivados o de Derecho
Público
b) clasificación jurídica. Son aquellos conceptos por los cuales el tesoro público
recibe ingresos diferentes a los recaudados por los tributos. Dentro de esta
categoría de ingresos se estudian los que provienen de las siguientes actividades:
empresas públicas, privatización, emisión monetaria, cambio de divisas, crédito
público, legados, donaciones, sanciones.
Recursos del Estado económico:
a) recursos ordinarios, Son aquellos que habitualmente (anualmente) recibe el
estado (impuestos, tasas, contribuciones)
b) recursos extraordinarios. Son aquellos a los que el estado recurre en
situaciones excepcionales, como crisis económicas, conflictos bélicos o
catástrofes naturales. Consisten en impuestos de emergencias o empréstitos
obligatorios.
Por su origen:
a) originarios, Son aquellos que provienen del patrimonio del estado, o de
actividades productivas realizadas por él.
b) derivados. Son aquellos que el estado obtiene de la economía de los
particulares mediante la potestad de imposición. Estos a su vez son de dos tipos:
* Tributarios: provienen del sistema tributario.
* Deuda Pública: es el conjunto de empréstitos emitidos por el Estado.
Recursos patrimoniales propiamente de dominio:
a) bienes dominio público, Son bienes y derechos de dominio público
(demándales) los que siendo de titularidad pública se encuentran afectados al uso
general o al servicio público, así como aquellos a los que una Ley les otorgue
expresamente el carácter de demándales
b) bienes de dominio privado. Son bienes o derechos de dominio privado de la
Administración o patrimoniales los que siendo titularidad de las Administraciones
Públicas no tengan el carácter de demándales y puedan ser adquiridos, gravados
y transmitidos por las mismas, como si de un particular se tratase.
Los bienes y derechos de dominio público o demándales, a diferencia de los
bienes patrimoniales, presentan como caracteres:
- son inalienables, inembargables e imprescriptibles (no se pueden transmitir, no
se pueden embargar, ni la prescripción puede afectarles).
- han de destinarse obligatoriamente al uso o servicio público, salvo razones de
interés público debidamente justificado.
- han de incorporarse a inventarios y registros adecuados.
Recursos por sanciones patrimoniales
Una de las misiones más trascendentales del Estado consiste en asegurar
el orden jurídico normativo, castigando mediante sanciones a quienes lo infringen,
por Ej. : Multas, que son prestaciones pecuniarias coactivamente exigidas a los
particulares para reprimir las acciones ilícitas, e intimidar a los potenciales
transgresores.
A pesar de que estas penalidades generan algún ingreso al Estado, no es la
finalidad de este y de ahí su diferencia con el tributo, cuyo objetivo sí, es obtener
rentas para el ente público, mientras que las penalidades patrimoniales procuran
disuadir de la comisión de actos ilícitos.
Por ello mientras los ingresos tributarios son entradas dinerales que el
Estado obtiene en la medida de sus objetivos y necesidades, los ingresos por
sanciones patrimoniales son ingresos anormales que no están destinados con ese
fin.

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Actividad financiera emily

  • 1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO EDO LARA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO VENEZOLANO Participante: Emily Vargas C.I 21.726.290 Derecho Tributario Saia D Barquisimeto 14 de Noviembre del 2015
  • 2. Definición. Se define al Estado como la sociedad jurídicamente organizada. Siendo el hombre un ser social por naturaleza, lo lógico es pensar que esa tendencia se plasme en una organización jurídica de aplicación general a toda la comunidad, dando lugar al nacimiento del Estado. El mismo nace como consecuencia de las funciones que debe cumplir, que se conocen como “función pública”, que le resultan indelegables ya que las mismas no pueden ser desarrolladas por cada ciudadano de manera individual o autónoma. La función pública es la acción que da origen a la existencia del Estado y se refleja en servicios prestados a la comunidad, que pueden ser servicios públicos esenciales (hacen a la propia naturaleza del Estado y solo pueden ser prestado por él, como la defensa, la seguridad, y la justicia; y servicios públicos en general (son prestados por el estado o delegados otros organismos o incluso a particulares), que tienden a satisfacer el interés público. Teoría sobre la actividad financiera Es el conjunto de operaciones del estado, que tienen por objeto, tanto la obtención de recursos, como la realización de gastos públicos necesarios para movilizar funciones y servicios que satisfagan necesidades de la comunidad a) Económica: Consideran la actividad financiera estatal como fenómeno económico, pero difieren en la formulación de las explicaciones. La escuela clásica inglesa (Smith, Ricardo) y sus continuadores; nos dicen que la acción del Estado se traduce en un consumo improductivo, pues al intensificar la presión tributaria sustrae a los particulares una porción de renta que podrían utilizar en una nueva producción de bienes.
  • 3. Otros autores como Senior y Bastita; ven a la acción del estado como una serie de actos, entre los servicios públicos y las prestaciones de los particulares, el estado vendía sus servicios y los particulares pagaban el precio de tales funciones. Esta interpretación es objetada por ser imposible la formación del precio de los servicios del estado, debido a que las personas están obligadas al pago de las contribuciones sin tener libertad de elección de estas contribuciones. Mayor trascendencia ha tenido la teoría de la utilidad relativa o marginal, creada por Emil Sax, economista de la escuela austriaca. El pretende que lo mismo que en la economía privada, se procura llegar a la máxima utilidad posible, logrando el mayor beneficio con el menor sacrificio. b) Sociológica: se considera creador de esta doctrina a Wilfredo Pareto, El discute cual es la realidad de la existencia del estado y que esconde bajo sus atributos de mando. Pareto criticó los estudios financieros, lo hizo por entender que estos elaboraban principios teóricos que se apartaban de la verdad experimental. Afirma Pareto que el estado es una ficción, que en su nombre se impone a los contribuyente todos los gravámenes posibles y luego se gastan para cubrir las necesidades infinitas de la clase dominante. No es el estado el que gobierna y elige en materia de gastos e ingresos públicos, sino la clase dominante que impone al llamado "estado" sus intereses particulares y por ello es que el estado no es un ente superior sino tan solo un instrumento de dominación de la clase gobernante. Las critica Es que el estado en razón de las necesidades colectivas y ante la imposibilidad de homogeneizar todas las necesidades individuales, se subordina al criterio y voluntad de los gobernantes, que establecen el orden de prelación de las necesidades a satisfacer, según consideraciones de conveniencia política y de
  • 4. utilidad social. Otra crítica es que desconoce al Estado, lo considera como un ente metafísico, cuando se trata de una realidad imposible de desconocer. El estado es un ser real; ya que éste es el único sujeto activo de las finanzas, y del cual se tiene que partir para estudiar las relaciones entre el Estado y los contribuyentes c) Política. Entienden que el problema referente a la naturaleza de la actividad financiera solo puede ser resuelto analizando la naturaleza de su sujeto "El Estado". Fines de la Actividad Financiera NEUTRALISMO: según esta teoría económicas el gasto público no tenía otro sentido y efecto que el de atender las necesidades del estado (defensa de fronteras en ataques exteriores, seguridad interna, educación y justicia). La única finalidad del recurso público es proporcionar a las arcas estatales los fondos necesarios para que el estado cubra las necesidades primordiales, reservando todas las demás actividades a la iniciativa privada. En el campo económico, el estado debía abstenerse de intervenir y dejar actuar libremente a la actividad privada. Sus premisas: *Los gastos públicos debían ser reducidos al mínimo, como consecuencia lógica de la limitación de las funciones del estado, *Debía existir equilibrio presupuestario, esto se da cuando los ingresos y los egresos totalizan sumas iguales INTERVENCIONISMO: la realidad económica y social posterior a la primera guerra mundial nos llevó al intervencionismo social, que se realizó de diferentes formas:
  • 5. *Utilizando medidas coactivas en el mercado mediante control de precios y salarios; *Actuando el estado directamente en la actividad económica regulando mecanismos económicos mediante medidas financieras tales como; política monetaria de comercio exterior, de explotaciones públicas, políticas de control de monopolios. Metas fundamentales: *Se propone el objetivo de lograr la plena ocupación, evitando el fenómeno del paro tanto de mano de obra como de los factores de producción, *Mejor distribución de la riqueza, *Acelerar el crecimiento, *Ejercer acción en el ciclo económico, para evitar crisis cíclicas y desarrollar políticas compensadores. Presupuesto Público. Es una estimación financiera anticipada, generalmente anual, de los egresos e ingresos del gobierno, necesarios para cumplir con los propósitos de un programa determinado. Asimismo, constituye el instrumento operativo básico para la ejecución de las decisiones de política económica y de planeación. En otras palabras, el presupuesto público es un instrumento fundamental de la política económica, que resume las fuentes y usos del gasto público; es decir, de dónde se obtiene el dinero y en qué se gasta. De tal manera que, tanto la estructura tributaria como la composición del gasto, se revelan en el presupuesto. Aunque este tiene un fuerte componente inercial, las prioridades, planes y decisiones del Gobierno de cualquier país se deben materializar en el presupuesto. En suma, el presupuesto traduce la actividad del Estado a unidades monetarias Principios Técnicos del Presupuesto:
  • 6. a) Anualidad, Se procura la amortización de dos posiciones externas, adoptando un período presupuestario que no sea tan amplio que imposibilite la previsión con cierto grado de minuciosidad, ni tan breve que impida la realización de las correspondientes tareas. b) Anticipación, Se plantea a priori (normalmente un año) c) Sinceridad, honestidad y precisión en la adopción de los objetivos y fijación de los correspondientes medios; en el proceso de su concreción o utilización; y en la evaluación de nivel del cumplimiento de los fines, del grado de racionalidad en la aplicación de los medios y de las causas de posibles desviaciones. En otras palabras, este principio implica que se debe tender a la fijación de objetivos posibles de alcanzar, altamente complementarios entre sí y que tengan la más alta prioridad. d) Unidad, Los Presupuestos de todas las Instituciones del Sector público deben ser elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente e) Programación Presupuestaria, El Presupuesto debe tener el contenido y la forma de la programación. El contenido establece que deben todos los elementos que permitan la definición y la adopción de los objetivos prioritarios. La forma debe señalar los objetivos adoptados, las acciones necesarias a efectuarse para lograr esos objetivos f) Publicidad, El Presupuesto debe ser un documento público. g) Universalidad. Todo aquello que constituye materia del Presupuesto debe ser incluido en él. Efectos jurídicos de la Ley de Presupuesto.
  • 7. La Ley de Presupuestos apenas tiene virtualidad jurídica respecto a los ingresos públicos, para los que no supone ni autorización, ni limitación alguna en cuanto al monto de su recaudación, sino puramente una previsión o cálculo de los que se estima obtener. No obstante, podría pensarse que la estabilidad presupuestaria incidirá en los derechos presupuestados, configurando el estado de ingresos del Presupuesto como algo más que una previsión. Con relación a los gastos públicos, los créditos presupuestarios tienen el valor de autorización de máximos y, generalmente, son un límite cualitativo, cuantitativo y temporal que la Administración no debe sobrepasar Gasto Público. EL gasto público es el total de gastos realizados por el sector público, tanto en la adquisición de bienes y servicios como en la prestación de subsidios y transferencias. En una economía de mercado, el destino primordial del gasto público es la satisfacción de las necesidades colectivas, mientras que los gastos públicos destinados a satisfacer el consumo público sólo se producen para remediar las deficiencias del mercado. También tiene una importancia reseñable los gastos públicos de transferencia tendientes a lograr una redistribución de la renta y la riqueza Efectos económicos del gasto público. El gasto público puede influir en de diferentes formas en la economía principalmente a nivel macro. Empleo. El gasto público es una fuente importante de generación de empleo, tanto así que son muchas las regiones del país donde la única fuente de empleo es precisamente el estado. La economía se puede acelerar o desacelerar según el estado decida gastar más o menos. La producción del país puede verse
  • 8. fuertemente influida por el gasto público lo que de forma indirecta tiene efecto sobre el nivel de empleo. Ahorro. El gasto público puede afectar el nivel o capacidad de ahorro de la población, en vista a que el gasto público está financiado por lo general por ingresos provenientes de los impuestos. Al incrementar los impuestos, se deja a la población con una menor parte de sus utilidades lo que disminuye su capacidad de ahorro. Inversión. Como la inversión en buena parte depende del nivel de ahorro de la población, al disminuirse el nivel de ahorro por las causas ya expuestas, se afecta la capacidad para invertir. Si no se ahorra, no habrá recursos para invertir. Inflación. El gasto público puede presionar el alza de los precios al aumentar la demanda de bienes y servicios. Bien sabemos que cuando la demanda se incrementa a un ritmo superior que la oferta, se sufre de una tendencia inflacionaria, y el gasto público tiene la capacidad de incrementar la demanda de bienes y servicios. Devaluación – Revaluación de la moneda. El gasto público puede influir en el comportamiento de la moneda frente a otras divisas, en la medida en que el gasto público sea financiado con crédito externo. El ingreso de divisas producto de la adquisición de créditos puede conducir a que la moneda local se fortalezca, puesto que al incrementarse la oferta de una determinada divisa, el efecto de la ley de la oferta y demanda, conlleva a que el precio de la moneda local se revalúe. Déficit fiscal. Naturalmente que el gasto público es responsable directo en el incremento o disminución del déficit fiscal de un país, en la medida en que se gasta más o menos de los ingresos obtenidos. En términos generales, estos pueden ser algunos de los efectos que puede tener el gasto público en la economía. Como se puede ver, algunos efectos son
  • 9. negativos y otros positivos, por lo que se puede concluir que el gasto público es una herramienta muy importante a la hora de implementar ciertas políticas macroeconómicas. Clasificación del gasto público: a) criterio administrativo, Según este criterio, los gastos se agrupan según los órganos que realizan las erogaciones y las funciones, basándose en la estructura administrativa del Estado y en la regulación jurídica de su accionar. La ventaja de este tipo de clasificación es que permite apreciar comparativamente la evolución de los distintos sectores de la administración. Pero pierde importancia en cuanto a la posibilidad de dar una idea de cómo influye cada uno de esos gastos en la economía nacional tomada en su conjunto. B) Criterio económico: Desde este punto de vista se establece la diferencia entre gastos de funcionamiento (u operativos) y gastos de inversión (o de capital), clasificación ésta, que ha sustituido a la separación entre gastos ordinarios y extraordinarios. Ingresos Públicos. Los ingresos públicos son los recursos que capta el sector público para realizar sus actividades. Desde un punto de vista cuantitativo, los impuestos constituyen el principal componente de los ingresos públicos. Un segundo componente de los mismos son los precios públicos establecidos por la utilización de instalaciones públicas. Otras vías de recursos públicos son los procedentes de la venta de determinados activos, por ejemplo a través de la privatización de empresas y también el Estado puede captar recursos mediante el endeudamiento Principios legales de los ingresos públicos.
  • 10. PRINCIPIO DE GENERALIDAD: Este principio alude al carácter extensivo de la tributación y significa que cuando una persona física o ideal se halla en las condiciones que marcan, según la ley, la aparición del deber de contribuir, este deber debe ser cumplido, cualquiera que sea el carácter del sujeto, categoría social, sexo, nacionalidad, edad o cultura. La generalidad surge del artículo 133 del Constitución Nacional ya que ordena que sin excepción "toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley." PRINCIPIO DE IGUALDAD: Señala que no debe excluirse a ningún sector de la población para el pago del tributo. El principio de igualdad establece en artículo 21 de la Constitución Bolivariana de Venezuela que "todas las personas son iguales antes la ley, en consecuencia: 1.- No se permitirá discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquella que, en general, tenga por objeto o por resultado anular el reconocimiento, goce o de ejercicio en condición de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona . 2.- La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva, adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables. 3.- Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana, salvo las fórmulas diplomáticas. 4.- No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias." PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD: Este principio describe que a mayor capacidad económica mayor será el pago producido ya que habrá un alto nivel de vida de la población dando paso a la obtención de un sistema tributario eficiente para la recaudación de los tributos.
  • 11. PRINCIPIO DE NO CONFISCACIÓN: Establece que no debe cobrarse el tributo de manera personal, es decir, ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre ya que el trato con las personas y en particular con las de niños, mujeres y adolescentes en todas sus formas estarán sujetas a las normas previstas en la ley. PRINCIPIOS NO CONSTITUCIONALES . PRINCIPIO DE CERTEZA: Señala que el tributo debe estar establecido con todo lo relativo a éste lo más claro posible. PRINCIPIO DE SIMPLICIDAD: Debe ser lo más simple posible para el acceso del contribuyente. PRINCIPIO DE SUFICIENCIA: Se relaciona con el principio de simplicidad, y éste se traduce que en menor número de tributos mayor será la recaudación. Se hará más eficiente porque si los tributos son pocos se necesita que sean altamente rendidores. Clasificación de los ingresos públicos: a) clasificación económica, según esta clasificación los ingresos públicos se clasifican en corrientes, recursos de capital y fuentes financieras. Los ingresos corrientes son aquellos que proceden de ingresos tributarios, no tributarios y de transferencias recibidas para financiar gastos corrientes. Los recursos de capital son los que se originan por la venta de bienes de uso, muebles e inmuebles, indemnización por pérdidas o daños a la propiedad, cobros de préstamos otorgados, disminución de existencias, entre otros. Las fuentes financieras se generan por la disminución de activos financieros (uso de disponibilidades, venta de bonos y acciones, recuperación de préstamos,
  • 12. etc.) y el incremento de pasivos (obtención de préstamos, incremento de cuentas por pagar,) Por Sectores de Origen Esta clasificación se fundamenta en uno de los aspectos que caracterizan la estructura económica de Venezuela, donde una elevada proporción de productos se realizan en actividades petroleras y de hierro, lo cual implica que la mayoría de los ingresos surgen de las operaciones ejecutadas en el exterior. Dicha clasificación presenta lo siguiente: Sector externo: Petroleros Ingresos del hierro Utilidad cambiaria Endeudamiento externo Sector interno: Impuestos Tasas Dominio territorial Endeudamiento interno Otros ingresos Ingresos Ordinarios e Ingresos Extraordinarios, Tributarios y no tributarios, Ingresos Ordinarios y de Derecho Privados e Ingresos Derivados o de Derecho Público
  • 13. b) clasificación jurídica. Son aquellos conceptos por los cuales el tesoro público recibe ingresos diferentes a los recaudados por los tributos. Dentro de esta categoría de ingresos se estudian los que provienen de las siguientes actividades: empresas públicas, privatización, emisión monetaria, cambio de divisas, crédito público, legados, donaciones, sanciones. Recursos del Estado económico: a) recursos ordinarios, Son aquellos que habitualmente (anualmente) recibe el estado (impuestos, tasas, contribuciones) b) recursos extraordinarios. Son aquellos a los que el estado recurre en situaciones excepcionales, como crisis económicas, conflictos bélicos o catástrofes naturales. Consisten en impuestos de emergencias o empréstitos obligatorios. Por su origen: a) originarios, Son aquellos que provienen del patrimonio del estado, o de actividades productivas realizadas por él. b) derivados. Son aquellos que el estado obtiene de la economía de los particulares mediante la potestad de imposición. Estos a su vez son de dos tipos: * Tributarios: provienen del sistema tributario. * Deuda Pública: es el conjunto de empréstitos emitidos por el Estado. Recursos patrimoniales propiamente de dominio: a) bienes dominio público, Son bienes y derechos de dominio público (demándales) los que siendo de titularidad pública se encuentran afectados al uso general o al servicio público, así como aquellos a los que una Ley les otorgue expresamente el carácter de demándales
  • 14. b) bienes de dominio privado. Son bienes o derechos de dominio privado de la Administración o patrimoniales los que siendo titularidad de las Administraciones Públicas no tengan el carácter de demándales y puedan ser adquiridos, gravados y transmitidos por las mismas, como si de un particular se tratase. Los bienes y derechos de dominio público o demándales, a diferencia de los bienes patrimoniales, presentan como caracteres: - son inalienables, inembargables e imprescriptibles (no se pueden transmitir, no se pueden embargar, ni la prescripción puede afectarles). - han de destinarse obligatoriamente al uso o servicio público, salvo razones de interés público debidamente justificado. - han de incorporarse a inventarios y registros adecuados. Recursos por sanciones patrimoniales Una de las misiones más trascendentales del Estado consiste en asegurar el orden jurídico normativo, castigando mediante sanciones a quienes lo infringen, por Ej. : Multas, que son prestaciones pecuniarias coactivamente exigidas a los particulares para reprimir las acciones ilícitas, e intimidar a los potenciales transgresores. A pesar de que estas penalidades generan algún ingreso al Estado, no es la finalidad de este y de ahí su diferencia con el tributo, cuyo objetivo sí, es obtener rentas para el ente público, mientras que las penalidades patrimoniales procuran disuadir de la comisión de actos ilícitos. Por ello mientras los ingresos tributarios son entradas dinerales que el Estado obtiene en la medida de sus objetivos y necesidades, los ingresos por sanciones patrimoniales son ingresos anormales que no están destinados con ese fin.