Este documento presenta información sobre la redacción de sentencias. Explica el formato básico de una sentencia, incluyendo la presentación de las partes, identificación de la controversia, exposición de los hechos probados, controversias legales, derecho aplicable, análisis y parte resolutiva. También discute conceptos como las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas vulnerables, la perspectiva de género y el uso de lenguaje inclusivo en las sentencias.
4. Elementos esenciales
Hechos
Específicos y relevantes a la
controversia
• Tracto procesal del caso
• Aspecto sustantivo del caso
Debe incluir los hechos
probados o acreditados
por la prueba
desahogada o desfilada
5. Discusión
de
la
tarea
¿Cuáles fueron los hechos que
estimaron probados en el caso
asignado?
¿Qué razones pueden dar para sus
determinaciones?
¿Cuáles elementos de prueba fueron
de mayor peso en sus
determinaciones?
6. Elementos esenciales
Controversias
Identificar la(s) controversia(s)
pertinente(s) a resolverse. Es
importante que al frasear las
controversias se utilice
lenguaje neutral, para que los
litigantes sepan que usted fue
justo al evaluar los aspectos
jurídicos del caso.
8. Exposición del
Derecho aplicable
• Deben identificarse todas las
fuentes primarias que
atienden las controversias
planteadas.
• Citar aquella parte de la ley
o la jurisprudencia que sea
necesaria –con su cita
bibliográfica-, evitando
sacar de contexto las citas.
10. Análisis
Deben aplicarse los hechos al derecho, con el uso
del silogismo.
Es la parte más importante de la sentencia, porque
expresa la razón para su decisión (ratio decidendi).
Tenemos que asegurarnos de que resolvemos el
asunto ante nuestra consideración.
11. Análisis
• Debe explicar si a base de los hechos
probados, se cumplieron los
presupuestos de hechos de la norma
jurídica a aplicar, a base del estándar
de prueba
En el caso penal, debe quedar claro
si:
…se establecieron los elementos
del delito
…más allá de duda razonable
…y la conexión de los hechos con la
persona acusada
12. Análisis
• Determinar si un precedente es
aplicable
• Comparar los hechos del
caso anterior
Evaluar si procede aplicar
la norma sentada, o si el
caso es distinguible
porque existen
diferencias importantes
entre los hechos de
ambos casos
13. Parte dispositiva o
resolutiva
• La parte dispositiva debe
ser precisa y clara, para
orientar debidamente a las
partes.
• Deben concederse los
remedios que
correspondan.
14. Reglas de Brasilia
• Aprobadas en la XIV Cumbre Judicial
Iberoamericana, en marzo de 2008
• Fue suscrita por los Presidentes de la Cortes
Supremas de Justicia y otras autoridades
judiciales de los países de Iberoamérica.
• Enmendadas en abril de 2018.
• https://eurosocial.eu/biblioteca/doc/reglas-
de-brasilia-sobre-acceso-a-la-justicia-de-las-
personas-en-condicion-de-vulnerabilidad/
15. Reglas de Brasilia, según
enmendadas
Celebración de actuaciones judiciales.
• Se velará para que en todas las
actuaciones judiciales, en las que
participe una persona en condición
de vulnerabilidad, se respete su
dignidad, otorgándole un trato
diferenciado adecuado a las
circunstancias propias de su situación
16. Reglas de Brasilia, según
enmendadas
Los actos judiciales:
• Se realizarán en espacios amigables, incluyéndose la posibilidad de que puedan ser
escuchados sin estar presentes en la sala mediante la utilización de tecnologías de
la comunicación.
• Se facilitará la comprensión utilizando un lenguaje sencillo.
• Se evitarán todos los formalismos innecesarios tales como la toga, la distancia física
con el tribunal y otros similares.
17. Reglas Básicas de
Acceso a la
Justicia de las
Personas
Vulnerables, XIV
Cumbre Judicial
Iberoamericana,
según
enmendadas
Sección 2ª.- Comprensión de
actuaciones judiciales
• Toda persona en condición de
vulnerabilidad, tiene el derecho a entender
y ser entendida.
• Se adoptarán las medidas necesarias para
reducir las dificultades de comunicación
que afecten a la comprensión de las
actuaciones judiciales, en las que participe
una persona en condición de
vulnerabilidad, garantizando que ésta
pueda comprender su alcance y significado.
18. Reglas Básicas de
Acceso a la Justicia
de las Personas
Vulnerables, XIV
Cumbre Judicial
Iberoamericana
1.- Notificaciones y requerimientos
En las notificaciones y requerimientos, se usarán
términos y estructuras gramaticales simples y
comprensibles, que respondan a las necesidades
particulares de las personas en condición de
vulnerabilidad incluidas en estas Reglas. Asimismo, se
evitarán expresiones o elementos intimidatorios, sin
perjuicio de las ocasiones en que resulte necesario el
uso de expresiones conminatorias.
Se procurará que el instrumento de notificación sea
acompañado de un documento en formato accesible,
según la condición de discapacidad conforme a los
avances tecnológicos que torne idónea y
comprensible la comunicación a la persona
destinataria.
19. ReglasBásicasde Accesoa laJusticiade las
PersonasVulnerables,XIVCumbreJudicial
Iberoamericana,segúnenmendadas
2.- Contenido de las resoluciones
judiciales
• En las resoluciones judiciales se emplearán
términos y construcciones sintácticas sencillas,
sin perjuicio de su rigor técnico. Deberá
respetarse el uso de lenguaje inclusivo.
20. Reglas de
Brasilia,
segun
enmendadas
• Una persona o grupo de personas se encuentran en
condición de vulnerabilidad, cuando su capacidad
para prevenir, resistir o sobreponerse a un impacto
que les sitúe en situación de riesgo, no está
desarrollada o se encuentra limitada por
circunstancias diversas, para ejercitar con plenitud
ante el sistema de justicia los derechos reconocidos
por el ordenamiento jurídico.
• En este contexto se consideran en condición de
vulnerabilidad aquellas personas quienes, por razón
de su edad, género, orientación sexual e identidad
de género, estado físico o mental, o por
circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o
culturales, o relacionadas con sus creencias y/o
prácticas religiosas, o la ausencia de estas
encuentran especiales dificultades para ejercitar con
plenitud ante el sistema de justicia los derechos
reconocidos por el ordenamiento jurídico.
21. Reglas de
Brasilia,
según
enmendadas
• Podrán constituir causas de
vulnerabilidad, entre otras, las
siguientes: la edad, la discapacidad, la
pertenencia a comunidades indígenas, a
otras diversidades étnicas – culturales,
entre ellas las personas
afrodescendientes, así como la
victimización, la migración, la condición
de refugio y el desplazamiento interno,
la pobreza, el género, la orientación
sexual e identidad de género y la
privación de libertad.
22. ¿Cómo lograr que las
sentencias sean de lectura
sencilla?
• Uso de lenguaje sencillo
• Utilizar un formato que
facilite la lectura
• Pensar en las personas que
han de leer el escrito,
particularmente en las partes
• Ser autorreflexivos y
despojarnos de las frases
estereotipadas
24. La
perspectiva
de género
La perspectiva de género atiende de manera
importante a las relaciones de poder y las
condiciones de desigualdad que atraviesan
cualquier esfera de la vida social.
En sus orígenes, la perspectiva de género
fue asumida por los movimientos que
buscaron la igualdad de oportunidades para
las mujeres, así como el cuestionamiento de
los sistemas que estaban generando
oportunidades distintas entre unas personas
y otras.
25. Perspectiva
de género
Se trata de una perspectiva que no es
nueva pero sí continúa generando
rechazo o resistencia en muchos
sectores
Al estar ligada estrechamente con el
análisis y la crítica de la desigualdad y la
discriminación, la perspectiva de género
suele tener componentes políticos
importantes.
26. Perspectiva
de género
La perspectiva de género favorece el ejercicio de una
lectura crítica y cuestionadora de la realidad para
analizar y transformar la situación de las personas.
27. • Si la aspiración de
justicia se manifiesta
como la búsqueda
de equidad,
comprender qué es
el género y cómo
opera permite
construir reglas de
convivencia más
equitativas donde la
diferencia sea
reconocida.
28. Perspectiva
de género
La mirada de género no está
supeditada a que la adopten las
mujeres ni está dirigida
exclusivamente a ellas.
Se trata de una cuestión de
concepción del mundo y de la vida.
29. Cuando se hacen los análisis de las políticas públicas desde una
perspectiva de género se analiza cómo estas medidas pueden,
por un lado, afectar en la generación o incremento de desigualdades
a causa de su aplicación, y por otro, cómo se puede promocionar la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
30. Este análisis requiere:
• Visibilizar los roles tradicionales de género que conllevan a la desigualdad.
• Ubicar a las mujeres y hombres dentro del espacio social a analizar.
• Preguntarnos ¿cómo afecta una política, programa y/o acciones a mujeres y
hombres?, ¿Se ubican brechas de género?, ¿Son necesarias acciones afirmativas
para acortar distancias entre mujeres y hombres?
• Promover la distribución equitativa de las actividades productivas y reproductivas
entre mujeres y hombres.
• Valorar el trabajo y actividades que realizan mujeres y hombres, tanto en el
espacio público como el privado.
• Transformar estructuras sociales, mecanismos, ideas, prácticas, valores,
normatividad, trato, reglamentación, instituciones, planes, programas y políticas
que reproducen la desigualdad de género.
• Distribuir el ejercicio del poder, la participación y toma de decisiones en el ámbito
público y privado de mujeres y hombres.
31. Es importante hacer este análisis por varios motivos.
Primero, porque no existe una igualdad real. La vida diaria
nos muestra muchas situaciones (laboral, trabajo doméstico,
el acceso a los recursos…) en las que la desigualdad, la
marginación y el discrimen siguen estando presentes.
Segundo, porque estos análisis nos hacen conscientes y nos
muestran las consecuencias de la aplicación de las
políticas, de las leyes, de las doctrinas. Las acciones que
en un primer momento pueden parecer neutras, tras su
implantación pueden producir desigualdades.
33. LENGUAJE
INCLUSIVO
El lenguaje inclusivo es un estilo que intenta
asegurar que todos los miembros de la
sociedad son tratados con el mismo respeto y
que ningún individuo o grupo es pasado por
alto, menoscabado u ofendido.
El lenguaje inclusivo evita los términos que
pueden ser considerados ofensivos o basados
en estereotipos y suposiciones por el sexo o
identidad de género, raza, diversidad
funcional, orientación sexual, origen nacional
o social, etnia, entre otros.
34. LENGUAJE INCLUSIVO
El propósito del lenguaje inclusivo o
incluyente es reconocer que todas las
personas son iguales.
Esto quiere decir que este tipo de
lenguaje es particularmente importante
en cualquier documento o declaración
oficial y en especial, de los tribunales.
35. LENGUAJE
INCLUSIVO Y
EL GÉNERO
• El lenguaje es una expresión de
nuestro pensamiento, un reflejo de
los usos y costumbres de una
sociedad y cultura.
• El lenguaje ha sido también fuente de
violencia simbólica, una herramienta
más a través de la cual se ha
naturalizado la discriminación y la
desigualdad que históricamente ha
existido entre mujeres y hombres, las
cuales tienen su origen en los roles y
estereotipos de género que limitan y
encasillan a las personas partiendo
de sus diferencias sexuales y
biológicas.
36. GÉNERO
• La consciencia de
género es una visión
de mundo, una
manera de construir la
realidad y una manera
de enunciar la
realidad.
37. LENGUAJE
INCLUSIVO
• Por el impacto que tiene el uso
de lenguaje en nuestro
desarrollo como sociedad—
surgió el lenguaje inclusivo, que
impone nuevas reglas y
fomentan una cultura del
respeto y la no violencia hacia
las mujeres y otros grupos
marginados y vulnerables.
38. SEGÚN LA
REAL
ACADEMIA
ESPAÑOLA…
Es incorrecto emplear el femenino
para aludir conjuntamente a
ambos sexos, con independencia
del número de individuos de cada
sexo que formen parte del
conjunto.
Así, los alumnos es la única
forma correcta de referirse a un
grupo mixto, aunque el número
de alumnas sea superior al de
alumnos varones.
39. SEGÚN LA REAL
ACADEMIA ESPAÑOLA…
• La actual tendencia al
desdoblamiento indiscriminado del
sustantivo en su forma masculina y
femenina va contra el principio de
economía del lenguaje y se funda
en razones extralingüísticas.
• Por tanto, deben evitarse estas
repeticiones, que generan
dificultades sintácticas y de
concordancia, y complican
innecesariamente la redacción y
lectura de los textos.
40. NUESTRA
PROPUESTA
Reconocer la importancia del lenguaje inclusivo
en todos los textos, incluyendo la sentencia.
El tema del lenguaje inclusivo de género,
también llamado lenguaje no sexista, estimula
pasiones con más facilidad de lo que despierta
razonamientos, argumentos y soluciones.
Existe una necesidad social legítima de incluir a
la mujer en el discurso, de hacerla presente en
la enunciación y de hacerla visible en el
imaginario lector de cualquier texto.
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50. Créditos
Las gráficas que vieron antes están disponibles
en :
https://www.gob.mx/conavim/articulos/que-es-
el-lenguaje-incluyente-y-por-que-es-importante-
que-lo-uses?idiom=es
51. Sobre el
uso de la
e en el
lenguaje
inclusivo:
Primero fue la
@, después la x,
ahora la e.
52. Sobre el uso
de la “e”
•La “e” tiene varios méritos.
Puede mudarse del lenguaje
escrito al oral con facilidad y
eso también facilita la oralidad.
•Y lo más importante: rompe el
binarismo.
53. Uso de la e
Se utiliza de manera generalizada
en grupos en donde hay más de
una identidad de género y de
manera específica para referirse
a una persona cuyo pronombre
sea “elle” o cuyos pronombres se
desconozcan.
54. • La e no aplica a los nombres
propios. Tampoco a los objetos.
No decimos “les ventanes”.
• Se utiliza en sustantivos, adjetivos,
artículos y pronombres.
• Ej: Les profesores y les estudiantes
• Cuando no se conoce la identidad
de género de la persona de la que
se está hablando, o esta no se
identifica binariamente, usamos
singular neutro.
• Si se trata de un grupo diverso de
personas y no sabemos la
identidad de género autopercibida
de cada une usamos la “e” para
definir el plural. Ej: “Elles les
informaron”.
55. LENGUAJE INCLUSIVO
• En lo que atañe al lenguaje
inclusivo, es nuestro deber acudir
a un amplio repertorio de técnicas
expresivas y alternar su aplicación
para lograr un texto balanceado,
atractivo, transparente y fluido en
su lectura.
57. Raza y lenguaje
• Personas afrocaribeñas son personas
caribeñas de ascendencia africana. Muchas
veces se utiliza para referirse a personas
visiblemente negras en el Caribe, al igual
que a elementos históricos y culturales
provenientes de comunidades negras y
afrodescendientes del Caribe.
• Afrodescendientes son las personas,
prácticas, regiones u objetos de
procedencia africana y/o con marcadas
influencias de África.
58. Colorismo
•Trato diferenciado que
enfrentan las personas por su
tonalidad de piel, por lo
general dentro mismo un
grupo étnico o nacional.
•Tiene dos matices:
1) mientras más oscura es una
persona, más discriminación va
a enfrentar, y
2) mientras más claro el color
de piel de una persona, de más
privilegios gozará.
59. Interseccionalidad
•Concepto y herramienta elaborado por la
autora feminista Kimberly Crenshaw que
explica las maneras en las que las personas
pueden experimentar opresiones sistémicas y
simultáneas por su multiplicidad de
identidades (ej. raza, género, clase,
sexualidad, diversidad funcional, etc.).
60. Lenguaje
antirracista
Práctica de desmantelar
un sistema anti-negro y
de supremacía blanca a
través del lenguaje.
Se trata de la consciencia
y acción deliberada de
romper con el lenguaje
racista que empleamos
en nuestra cotidianidad
61. Importante:
• No es un insulto decir que una persona es
negra/negro/negre.
• Evite eufemismos o diminutivos como
"negrito" , "trigueño" o "moreno" a
menos que la persona mencione se
identifique con alguno de estos términos.
• De lo contrario, no debemos utilizarlas
porque todas parten del hecho de que
ser negro, negra o negre es malo o que es
un insulto.
• Muchas personas negras pueden ser
racistas por el racismo internalizado y se
discriminan tanto a sí mismas como a
otras personas negras.
• No todas las situaciones requieren de
una identificación racial. Es
recomendable identificar a las personas
por su raza y nacionalidad solo cuando
esa característica sea pertinente al
contexto.
62. En vez de: Utilice
Persona de raza negra Persona negra
Pelo malo Pelo rizo
Pelo crespo
Aguas negras Aguas sucias
Denigrar Degradar
63. GÉNERO Y
LENGUAJE
Si se va a emplear la forma duplicada de
mencionar “niños y niñas”, “mujeres y
hombres”, “profesoras y profesores”, no
podemos tomar atajos: todos los artículos
deberán ir siempre acompañados por un
sustantivo.
Así, no podemos decir “los y las estudiantes”;
deberíamos decir “los estudiantes y las
estudiantes”. No podemos decir “los y las
niñas”; deberíamos decir: “los niños y las niñas”
o “las niñas y los niños” .
64. LENGUAJE INCLUSIVO
• En lo que atañe al lenguaje
inclusivo, es nuestro deber acudir a
un amplio repertorio de técnicas
expresivas y alternar su aplicación
para lograr un texto balanceado,
atractivo, transparente y fluido en
su lectura.
66. • Las letras mayúsculas
se escriben con tilde
cuando las reglas de
acentuación lo indican.
Escribir la tilde en este
caso es obligatorio y
NO opcional.
67. • Se escribe con minúscula el título de la
persona que ocupa un cargo, títulos,
dignidades, empleos civiles o militares,
etc. Es decir, alcalde, papa, princesa,
infanta, rey, duque, embajador,
general, almirante, ministro,
subsecretario, presidente y jefe de
negociado se escriben con minúsculas,
tanto si van solos como si acompañan
al nombre de la persona que ocupa el
cargo.
• Es uno de los errores más frecuentes,
quizá porque el funcionario no se
atreve a escribir con minúscula inicial
en un texto palabras como
subsecretario, director general,
ministro o alcalde.
68. • Los tratamientos se
escriben con minúscula. Es
el caso de señor, don,
excelencia, licenciado,
doctor, fray, sor, su señoría,
su majestad, su alteza, su
excelencia, su santidad,
monseñor, etc. Sólo cuando
se usa la abreviatura se
escribe con mayúscula.
Ejemplo: D. Mauricio, etc.
69. • Los elementos significativos
de un título legal se escriben
con mayúscula inicial en
todas las palabras que lo
componen. Ejemplos: Ley de
Propiedad Horizontal, Real
Decreto 14/2002, Código
Civil, Tratado de Versalles,
Convención de Ginebra, etc.
70. • Cuando el título de la norma
es excesivamente largo, sólo
va con mayúscula la inicial de
la primera palabra. Ejemplo:
Ley 1/2014, de 28 de febrero,
para la protección de los
trabajadores a tiempo parcial
y otras medidas urgentes en el
orden económico y social.
• Ejemplo: Ley 2/2009, de 31 de
marzo, por la que se regula la
contratación con los
consumidores de préstamos o
créditos hipotecarios y de
servicios de intermediación
para la celebración de
contratos de préstamo o
crédito.
71. • Cuando se usa un nombre que
identifica a la ley, pero que no es su
nombre oficial, se escribe con
minúsculas. Ejemplo: ley antitabaco.
• Cuando el nombre de la norma se
usa de forma genérica, va con
minúscula inicial. Ejemplos: el
presente real decreto entrará en
vigor; el preámbulo de esta ley es
muy extenso.
72. • Con frecuencia nos encontramos
con palabras “relevantes”
escritas con mayúscula inicial.
Son palabras del tipo humanidad,
historia, bandera, patria, estado,
nación, cristianismo, honor, etc.
• Quien así lo escribe está
intentando resaltar la relevancia
de su significado, pero el uso de
la mayúscula inicial para estos
casos es incorrecto.
“LaPatriapor
encima delos
partidos”,decía
Benjamín
Herrera.
73. • Igualmente, los sustantivos que
reflejan religiones y conjunto de
fieles también se escriben con
minúsculas. Ejemplos:
catolicismo, budismo,
protestantismo, islam, judaísmo,
etc. Igualmente, las palabras que
designan conceptos y entes
religiosos se escriben con
minúscula.
• Ejemplos: eucaristía,
comunión, sacramento, misa,
bautismo, cielo, purgatorio,
sacrificio, ritos, etc.
74. • Los meses y los días se escriben
siempre con minúscula inicial.
• Los días de las semanas y los
nombres de los meses son nombres
comunes y se escriben siempre con
minúscula. Son incorrectos los
numerosos escritos administrativos
donde el mes de la fecha aparece
con mayúscula.
• Igualmente, los nombres de las
estaciones del año son también
nombres comunes.
75. •Los nombres propios de personas se escriben con
letra inicial mayúscula. Ejemplos: Susana, Daniela,
García, Begoña, Tania, Adrián, Enríquez, Torres,
Lozada, Ramírez, Carlos, Catalina, Armando.
76. • Los artículos y preposiciones que
acompañan a los apellidos se
escriben con mayúscula cuando
inician la denominación. Ejemplos:
Hablé con De la Sierra – Hablé con
Alberto de la Sierra, Comí con Del
Moral – Comí con Carlos del Moral,
Amé a De la Mora – Amé a Mónica
de la Mora.
77. • Los nombres propios de lugares se
escriben con letra inicial mayúscula,
si un artículo acompaña al nombre
del lugar, también se escribirá con
mayúscula inicial.
• Ejemplos: Madrid, Guadalajara,
Buenos Aires, Bogotá, México,
España, Ecuador, Bolivia,
Argentina, Colombia, El Salvador,
Monterrey, Barcelona, Sevilla,
Europa, Norteamérica.
78. • Los nombres son los que se designa
a las divinidades y mesías se
escriben con letra inicial mayúscula.
• Ejemplos: Dios, Alá, Yahvé, Padre,
Creador, Inmaculada, Purísima,
Espíritu Santo. También, los
pronombres personales referidos
a alguna divinidad. Ejemplos: Él,
Ella, Vos, Contigo.
79. • Las palabras República, Corona, Imperio se escriben
con mayúscula inicial cuando se refieren a una
entidad de derecho público.
•Ejemplos: La constitución de la República, La
Corona lo decretó, El Imperio lo promovió.
80. • La primera palabra de los
nombres de obras artísticas
se escriben con mayúsculas.
• Ejemplos: La fiesta de la
insignificancia, El lirio del
valle, El padrino, La noche
estrellada, La persistencia
de la memoria.
81. • Los números romanos que
acompaña a los nombres de
reyes y papas de mismo
nombre, acontecimientos
deportivos, capítulos de
libros, etc., se escriben con
mayúsculas.
• Ejemplos: el siglo XIX, X
Juegos de verano, capítulo
XXV, Carlos V, Juan Pablo I, VII
Congreso de Ingenieros
Civiles, Juan XXIII.
Felipe VI
82. • Las abreviaturas
que corresponden
a tratamientos
personales se
escriben con
mayúscula.
• Ejemplos: Sr.
(señor), Ud.
(usted), Ilmo.
(ilustrísimo),
Excmo.
(excelentísimo).
84. EL
GERUNDIO
Concepto de gerundio: es una
forma no personal del verbo que
terminan en ando-iendo.
Ejemplos terminación ando:
cantando, jugando, comprando,
bailando, expresando,
Terminación iendo: corriendo,
sonriendo, comiendo,
durmiendo, saliendo.
85. EL GERUNDIO
• El gerundio, al ser una forma
verbal impersonal, no puede
funcionar nunca en una
oración como verbo principal
o autónomo.
• Es decir, depende de otro
verbo principal, con el que
mantiene una relación
temporal anterior o
simultánea.
86. USO
CORRECTO
DEL
GERUNDIO
Se usa correctamente cuando expresa una acción
simultánea o anterior al verbo. Ejemplos:
Desayunaba leyendo la novela.
Explicación: el gerundio leyendo expresa una acción
simultánea al verbo desayunaba y es en consecuencia
un uso correcto.
Habiendo hablado con su novia salió apurado.
Explicación: el gerundio compuesto habiendo hablado
expresa una acción anterior a la acción del verbo salió,
por lo tanto está correctamente empleado.
Mi madre me miró sonriendo.
Explicación: la acción del gerundio sonriendo es
simultánea a la del verbo miró.
87. USO
INCORRECTO
DEL
GERUNDIO
Se usa de forma incorrecta :
• Cuando expresa una acción posterior al verbo principal. Ejemplo:
Se durmió tranquilamente despertándose a la 8 de la mañana.
Explicación: el gerundio despertándose expresa una acción
posterior a la acción del verbo durmió.
• Cuando el gerundio tiene valor de adjetivo es incorrecto. Ejemplo:
Se perdió un bolso conteniendo materiales escolares.
Explicación: el gerundio conteniendo hace aquí la función de
adjetivo pues modifica al sustantivo bolso y es un uso incorrecto.
Corrección: Se perdió un bolso que contenía materiales
escolares.
• Usar dos gerundios juntos también es incorrecto. Ejemplo:
Estando corriendo me llamaron de emergencia.
Explicación: construir una oración colocando dos gerundios
juntos (estando-corriendo) es incorrecto.
Corrección: Me llamaron de emergencia mientras corría.
88. EN RESUMEN:
1.- El uso es correcto cuando la acción
del gerundio es simultánea o anterior a
la acción del verbo principal de la
oración.
2.- El uso es incorrecto cuando la acción
del gerundio es posterior a la acción del
verbo principal, cuando el gerundio es
usado en función adjetiva (modificando
al sustantivo) y cuando se escriben dos
gerundios juntos.
90. Puntuación
La puntuación es la manera como se organizan las
ideas dentro de un texto. La puntuación no es algo
ajeno a las ideas que se pretende exponer sino las
ideas mismas.
No existen reglas rígidas sobre la puntuación sino
prácticas que es preciso conocer. La puntuación
correcta es una cuestión de estilo y ritmo, y en esa
medida nada sustituye a la lectura atenta como
aprendizaje de la puntuación.
91. La coma • La coma: Señala una pausa
dentro del enunciado, y por
tanto no termina la idea.
• Los usos más comunes de la
coma tienen que ver con la
delimitación de incisos y otras
unidades que se presentan como
información secundaria, como
las secuencias explicativas que
son necesariamente
incidentales. Otras pueden serlo
solo en función de cómo el que
escribe prefiere presentar la
información .
• Usos: Sus usos más comunes son
aclarativos y de enunciación.
92. Uso enumerativo
de la coma
• En general es sencillo recordar
que en una enumeración
todos los elementos se
separan con una coma.
• Cuando la enumeración es
exhaustiva se utiliza una
conjunción (y, e, o, u, ni), antes
del último elemento y delante
de este no debe escribirse
coma. En el caso que la
enumeración no sea
exhaustiva (enumeración
incompleta) no se requiere
conjunción antes del último
elemento.
93. Uso
enumerativo
de la coma
Enumeración exhaustiva:
Es un chico muy reservado,
estudioso y de buena familia.
No le gustan las manzanas,
las peras ni los plátanos.
94. Uso
enumerativo
de la coma
Enumeración incompleta:
Acudió toda la familia: abuelos,
padres, hijos, cuñados, etc. Estamos
amueblando el salón; hemos
comprado el sofá, las alfombras, la
lámpara...
95. La coma
• En español “es incorrecto escribir coma
entre el sujeto y el verbo de una
oración”.
• Cuando el sujeto es largo, suele hacerse
oralmente una pausa antes del comienzo
del predicado, pero esta pausa no debe
marcarse gráficamente mediante coma:
Los alumnos que no hayan entregado el
trabajo antes de la fecha fijada por el
profesor || suspenderán la asignatura.
96. El punto
• Según el Diccionario Panhispánico de Dudas:
• “Signo de puntuación (.) cuyo uso principal es señalar
gráficamente la pausa que marca el final de un enunciado —que
no sea interrogativo o exclamativo—, de un párrafo o de un texto.
Se escribe sin separación de la palabra que lo precede y separado
por un espacio de la palabra o el signo que lo sigue. La palabra
que sigue al punto se escribe siempre con inicial mayúscula”.
97. El punto
Lo más importante es señalar que se trata
del signo de puntuación por excelencia
para cerrar una idea.
Un texto ordenado puede prescindir de
cualquier signo gramatical menos el punto
(sería un texto aburrido).
La recomendación es que sea su signo de
puntuación por defecto y sólo eviten
usarlo si sienten que el texto gana claridad
con otro signo de puntuación.
98. El punto y
coma
• Punto y coma: Según su
definición es un “Signo de
puntuación (;) que indica
una pausa mayor que la
marcada por la coma y
menor que la señalada por
el punto”. Sus usos son de
enumeración y de
separación de oraciones
independientes.
99. Punto y
coma
Enumeración: El punto y coma se
usa para separar elementos de una
enunciación cuando se trata de
expresiones complejas que incluyen
comas.
Si usted siente que la enumeración
no es clara, quizá un punto y coma
podría ayudar. Ejemplo: La chaqueta
es azul; los pantalones, negros; la
camisa, blanca
100. Punto y coma
• Se utiliza para separar oraciones sintácticamente
independientes entre las que existe una estrecha
relación semántica. En otras palabras, se trata
de ideas independientes que el escritor
pretende que el lector conecte más
estrechamente.
• En la mayor parte de estos casos, se podría
utilizar el punto y seguido. La elección de uno u
otro signo depende de la vinculación semántica
que quien escribe considera que existe entre los
enunciados. Si el vínculo se estima débil, se
prefiere usar el punto y seguido; si se juzga más
sólido, es conveniente optar por el punto y
coma.
102. Punto y coma
• Se debe usar con muchísima cautela
para no caer en el exceso y se
requiere práctica para no equivocarse
en su uso. El punto y coma es, de
todos los signos de puntuación, el
que presenta un mayor grado de
subjetividad en su empleo, pues, es
posible optar, en su lugar, por otro
signo de puntuación, como el punto y
seguido, los dos puntos o la coma.
• Si el punto seguido o la coma bastan
es preferible usar estos que el punto
y coma.
103. • Lea en voz alta sus
oraciones
• Notará las pausas
naturales y dónde
debe terminar
• Utilice pausas
finales, en vez de
recurrir
continuamente al
punto y coma.
104. Dequeísmo y
queísmo
• La Real Academia Española define
el dequeísmo como el uso indebido
de la preposición de delante de la
conjunción que.
• Ejemplo: Le pidió de que se
marchara.
• El fenómeno opuesto es el
queísmo, en que se suprime de
cuando le correspondería ir.
• Ejemplo: Me di cuenta que me
había dicho la verdad.
105. Otros
ejemplos de
dequeísmo
Uso incorrecto: Creo de
que no deberías hablarle así.
Uso correcto: Creo que no
deberías hablarle así.
Uso incorrecto: Me alegra de
que te encuentres bien
Uso correcto: Me
alegra que te encuentres bien.
106. Otros
ejemplos
de queísmo
Incorrecto: Me alegro que hayas
aprobado.
Correcto: Me alegro de que hayas
aprobado.
Incorrecto: Interrógalo
antes que cometa el mismo error.
Correcto: Oriéntalo
antes de que cometa el mismo error
107. ¿Cómo evitar o
identificar el
dequeísmo y el
queísmo?
A. Convierta la oración que le genera dudas en una
pregunta.
B. Identifique si la pregunta requiere, para tener
sentido, la palabra “de”.
C. Si la requiere, entonces, la oración también la
necesita.
D. Si la interrogación no la requiere, el enunciado
tampoco.
Ej: Yo pienso de que hoy no debo salir a jugar. ¿Cuál es
la pregunta? ¿De qué pienso? o ¿Qué pienso?
108. El mismismo es una variante en el uso de la palabra mismo en
español, que consiste en emplear el adjetivo mismo como
pronombre.
En la redacción común es frecuente observar el vicio llamado
"mismismo", que consiste en el uso incorrecto y abusivo del
pronombre mismo.
Ejemplos:
Debe rellenar estos impresos y depositar los mismos en esta ventanilla.
Ahora podrán ver nuestro plan de pensiones y las ventajas del mismo.
Nos referimos al contenido de la carta y a las consecuencias de la misma.
Criticó al término de la asamblea las irregularidades que se habían
producido durante el desarrollo de la misma.
109. La buena redacción jurídica es la
que, sin perjuicio de la
precisión, expone lo complejo
del modo más claro posible.
Para que el texto sea claro es
necesario pensar
detenidamente lo que se quiere
decir y exponerlo con orden.
110. Claridad y concisión
• En los documentos jurídicos conviene
siempre evitar la retórica y la palabrería
inútil: los adornos, el énfasis, la
ponderación innecesaria, las
reiteraciones, la redundancia.
• El uso de adjetivos se debe reducir a lo
imprescindible.
*Véase J. Miras, Notas para un breve curso de redacción de
documentos judiciales,
https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/53287/1/Redacci%c3%b3n
-Apuntes.pdf
111. Debe comprobarse que el texto
contiene
* los elementos exigidos por las
normas jurídicas aplicables;
* lo esencial al contenido de ese
documento*.
*Véase J. Miras, Notas para un breve curso de redacción de
documentos judiciales,
https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/53287/1/Redacci%c3
%b3n-Apuntes.pdf
112. Sencillez y elengancia
No debe confundirse la sencillez
con la vulgaridad.
Por el contrario, toda sentencia
debe proyectar elegancia y
sobriedad*.
*Véase J. Miras, Notas para un breve curso de redacción de documentos judiciales,
https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/53287/1/Redacci%c3%b3n-Apuntes.pdf
113. Algunos elementos a
considerar
• Cuidado esmerado de la ortografía,
la puntuación y la acentuación;
• Rigor de las concordancias (género
y número);
• Evitar las rimas entre palabras
cercanas;
• Fluidez del estilo, evitar lo
recargado o altisonante y el abuso
de expresiones como: es decir, esto
es, por lo tanto, por consiguiente,
como hemos dicho*.
*Véase J. Miras, Notas para un breve curso de redacción
de documentos judiciales,
https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/53287/1/Reda
cci%c3%b3n-Apuntes.pdf
114. Evitar el uso pronominal de el
mismo/los mismos, la
misma/las mismas. Casi
siempre se puede sustituir por
su/sus, o por -lo/-los, -la/-las
Evitar tanto el elogio como la
descortesía y la falta de
respeto.*
*Véase J. Miras, Notas para un breve curso de
redacción de documentos judiciales,
https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/53287/1/
Redacci%c3%b3n-Apuntes.pdf
115. Sobre el formato
• Evitar las “ferias de tipografía”: escoger una familia de
tipos básica que se lea bien;
• Sobriedad en los resaltes tipográficos (negrita,
cursiva, subrayado, sombreado, etc.);
• Recordar que lo que más ayuda al lector es la
limpieza: interlineado suficiente, márgenes
generosos, para no dar la sensación de espacio
abarrotado;
• La longitud de las líneas debería permitir su lectura
completa sin mover excesivamente la cabeza de un
lado a otro.*
*Véase J. Miras, Notas para un breve curso de redacción de
documentos judiciales,
https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/53287/1/Redacci%c3%b3n-
Apuntes.pdf
117. Aplicación del
derecho
• El proceso de aplicación del derecho realizada por los
jueces y juezas, supone:
a) la existencia previa de una norma que regula el caso;
b) la interpretación que también en forma previa a la
aplicación realizan los jueces;
c) la subsunción de un caso en los preceptos de una o
varias normas jurídicas;
d) un proceso de argumentación o justificación que
haga uso de criterios de razonabilidad;
e) la decisión como derivación lógica y coherente del
proceso de racionalización o argumentación.
118. Subsunción: la
importancia de los hechos
• La subsunción consiste en determinar si un caso
individual se encuentra comprendido o excluido de
las previsiones contenidas en una norma jurídica
general.
• A tal fin, en primer lugar deben ser conocidos los
hechos del caso y en segundo término debe
establecerse si tales hechos caen bajo la previsión
de una u otra norma jurídica.
119. Proceso
adversativo
• Impone reglas de contradicción
que generalmente hace que las
partes estén polarizadas.
• Cada parte tiene una versión
sobre los hechos, una
interpretación sobre éstos, una
forma de aplicar la ley
120. • Un juez o jueza aspira –aunque no lo
diga- a que su decisión logre lo
siguiente:
• Sentirse bien consigo mismo
• Sentirse que su decisión sea la
correcta
• Sentirse que está del lado de la
parte que tenía la razón
• Que su decisión sea recibida con
aceptación generalizada
• Que su decisión no le causa daño a
nadie.
• Sentirse libre de remordimiento de
alguna clase.
121. •Dada la naturaleza del
modelo adversativo, en
algunos casos ello no será
posible.
123. La argumentación
La argumentación es razonamiento, inferencia
y esencialmente el propósito es convencer,
hacer cambiar de ideas, actitudes, acciones,
decisiones de un interlocutor.
Aristóteles es reconocido como el
padre de la Teoría antigua de la
argumentación.
125. Con miras a una
decisión cualesquiera,
desde el término de un
caso a la confección de
una regla, los abogados
y las abogadas arguyen
a favor de la decisión
que estiman correcta.
Por su parte, los jueces
y las juezas deben
esgrimir razones a
favor de aquello que
han decidido.
126. Estructura de la
argumentación
• Estructura: la argumentación
se compone de una tesis u
opinión y uno o más
argumentos. En el texto
académico la tesis suele
recibir el nombre de
hipótesis.
• Los argumentos, por su parte,
son todos los datos y las
afirmaciones objetivas y
demostrables que el autor
presenta.
127.
128. Ahora bien,
un argumento
por regla
general trata
de establecer
la verdad de
la conclusión
y puede fallar
en este
propósito de
dos formas:
Que contenga premisas falsas, al menos una, pues la verdad
de la conclusión se sigue de la verdad de las premisas. Es decir,
si las premisas o una de las premisas no son verdaderas,
entonces no es posible establecer la verdad de la conclusión.
La otra forma es que las premisas no impliquen la conclusión.
129. Ejemplo: La homeopatía es una terapia médica eficaz. Lo
demuestra que es usada desde hace mucho tiempo por
nuestros ancestros y mucho antes de que existiera la medicina
química occidental.
Problema:
Una práctica no se evalúa por la cantidad de tiempo que se ha
efectuado (tradición), sino por los resultados obtenidos.
130. • Manuel Atienza, dedicado al estudio de la
argumentación jurídica en las últimas dos décadas,
propone un proyecto de una teoría de la
argumentación jurídica y señala las siguientes etapas:
• Identificar el problema y la norma aplicable al
caso.
• Establecer si se debe el problema a insuficiencia
de información o problemas de prueba, que se
plantean cuando existen dudas sobre si un
determinado hecho ha tenido lugar.
• Construir una hipótesis que dé solución al
problema.
• Justificar la hipótesis por medio de argumentos
por analogía, a fortiori, reducción al absurdo, etc
131. Atienza además distingue
entre casos:
• Fáciles,
• Difíciles, y
• Trágicos, a los que define como
aquellos en los que no cabe
encontrar solución sin que se
sacrifique algún elemento
esencial de un valor
fundamental (dilema)
132. • El juez y la jueza recurre a
diferentes técnicas de
argumentación, aduce razones
construyendo justificaciones a su
decisión, tales como: la
interpretación especificadora,
restrictiva o por extensión, o
argumentos por analogía y
argumentos a contrario, la
supuesta intención del legislador
o simplemente presumiendo que
éste tiene que haber querido lo
que es deseable por el juez en el
momento de justificar la decisión,
etc.
134. Analogía
•La analogía es el más típico y
el más importante de los
procedimientos interpretativos
de un determinado sistema
normativo.
135. Analogía
• Los requisitos para la analogía
son cuatro:
1. Una norma de
referencia compuesta por: un
supuesto de hecho y una
consecuencia jurídica
normalmente aplicados.
2. Un segundo supuesto de
hecho sin norma jurídica. o sea
una laguna.
3. Una semejanza entre
ambos supuestos.
4. Una identidad de razón
entre ambos supuestos. Por el
objeto e identidad perseguida.
136. Analogía
La analogía legal consiste de la aplicación de
la ley a un caso no contenido en ella. Esta se
obtiene acudiendo a otro precepto de la ley
que regula el caso afín, aplicándolo al caso en
cuestión mediante analogía.
La analogía jurídica consiste en la aplicación
de los principios generales del Derecho. Esta
surge cuando la regla para el caso omitido se
deduce del ordenamiento jurídico tomado en
su totalidad.
137. Ejemplo de analogía
• …[R]ecientemente, en Pueblo v. Colón Rafucci, supra, resolvimos que
cuando un agente de la Policía atiende una llamada hecha a un
teléfono perteneciente al Estado, el Estado es la parte en la llamada y
el agente actúa sólo como su representante. Por analogía, a igual
conclusión debemos llegar en el caso de autos respecto a la A.E.E. y
sus empleados. Resolvemos, pues, que en la situación de autos, la
parte receptora en las llamadas telefónicas en cuestión, la que
jurídicamente recibía tales llamadas, era la A.E.E. y no los empleados
por conducto de los cuales dicha entidad actuaba.
U.T.I.E.R. v. A.E.E., 149 DPR 498 (1999)
138. Argumento ‘a
fortiori’
• Hay quien sostiene que el argumento a
fortiori forma parte del analógico, ya que
el resultado al que conducen ambos es el
mismo: extender al caso estudiado una
solución formal de la ley entendiendo que
para este resultado vale tanto una razón
igual (analógico) como superior (a fortiori).
• Sin embargo, con el argumento a fortiori
no es necesario que el significado de la
norma sea semejante o análogo al que el
enunciado se refería sino que basta que
merezca "con mayor razón" aplicar la
norma reservada para el otro supuesto.
139. Ejemplo de
argumento
‘a fortiori’
[S]i se considera constitutiva del delito de fuga la
evasión de una persona sometida a tratamiento en
los Hogares CREA mediante un programa de desvío
bajo la Regla 247.1 de Procedimiento Criminal o el
art. 404(b) de la Ley de Sustancias Controladas,
donde no ha mediado sentencia, a fortiori ha de
llegarse al mismo resultado, en cuanto a una
persona, ya condenada a pena de cárcel, que ha
sido referida a dicho Programa mediante una
determinación administrativa de la Administración
de Corrección, bajo el Programa de Supervisión
Electrónica.
Pueblo v. González Vega, 147 DPR 692 (1999)
140. Argumento por
reducción al
absurdo
• El argumento por reducción al
absurdo se define como aquel
argumento que permite
rechazar una interpretación
de un documento normativo,
de entre las teóricamente
posibles, por las
consecuencias absurdas a las
que conduce.
141. • También se consideran
absurdas todas las
interpretaciones de un texto
normativo contrarias a la
interpretación de otra
norma jurídica en general
por violar el principio de
coherencia del
ordenamiento.
Argumento
por
reducción al
absurdo
142. Ejemplo de
argumento
por
reducción al
absurdo
¿Debe una persona víctima de agresión
por parte de su pareja esperar a ser
agredida una segunda, tercera, o cuarta
ocasión, para poder cumplir con el
requisito de patrón de conducta constante
alegadamente necesario para que se
incurra en el delito de maltrato según
tipificado en la Ley 54?
Definitivamente, una contestación en la
afirmativa a estas preguntas nos llevaría a
una interpretación absurda de la Ley 54.
Pueblo v. Figueroa Santana, 154 DPR 717
(2001)
143. Argumento
‘a contrario
sensu’
• Se basa en la presunción de que si el
legislador ha regulado expresamente
una conducta, esta regula solo esa
conducta. A partir de ahí, se aprecian
diferencias a la hora de entender el
argumento de los distintos autores.
Así, encontramos dos vertientes:
• Algunos autores sostienen que
cuando la ley prevé una conducta
y la regula, se debe entender que
ha pretendido regular de forma
diferente la hipótesis contraria;
• Otros consideran que lo que se
rechaza es otros presupuestos de
hechos distintos a los
contemplados por el legislador, no
solo la hipótesis contraria.
144. Argumento ‘a
contrario
sensu’
• El argumento a contrario sensu es considerado un
instrumento de la interpretación lingüística o
literal, en cuanto que la actividad interpretativa
llevada a cabo no se sale fuera del texto a
interpretar; también supone un respeto o
"veneración" de la letra, única guía para la
interpretación.
• Sirve para proponer la denominada
"interpretación restrictiva”, que limita los posibles
significados de éste.
• Requiere distinguir dos hipótesis: la regulada por
el legislador y otra no regulada por este, aunque
debe considerarse incluida dentro de la previsión
legal. Por medio del argumento a contrario sensu
se entiende que el legislador no ha querido
extender esa regulación a la hipótesis no
expresamente recogida en el texto.
145. Ejemplo del
argumento a
contrario
sensu
• Pongamos que la norma dice: «En caso de
fallecimiento de uno de los cónyuges, sólo la viuda
tendrá derecho a pensión de viudedad?.
Supongamos que un viudo reclama tal pensión.
• El argumento a contrario sensu concluiría entonces
que «viuda» sólo puede hacer referencia, con
arreglo a las reglas y convenciones de nuestro
lenguaje, a la cónyuge supérstite mujer. Si la norma
dice «viuda» no podemos entender que quiere
decir «viudo» o «viuda» indistintamente, pues en
ese caso habría dicho «viudo o viuda» o «viudo»
como denominación genérica del cónyuge
supérstite, o cualquier otra fórmula abarcadora.
146. Argumento ‘a
contrario sensu’
El argumento a contrario sensu se basa
en la presunta voluntad del legislador.
A partir de lo redactado por el legislador
para un caso concreto se deduce que su
voluntad ha sido excluir de esa norma
otra series de supuestos de hechos que
pudieron haberse incluido.
147. Ejemplo de
argumento a
contrario
sensu
• La condena de un acusado por
manejar en estado de embriaguez
no requiere una determinación de
que se manejaba descuidada,
atolondrada y negligentemente.
• A contrario sensu, el conducir en
ésta última forma, no
necesariamente implica o requiere
una determinación de que se
conducía el vehículo en estado de
embriaguez.
148. Argumento
pragmático
• Principio del efecto útil: Cuando
una disposición puede tener dos
sentidos es preferible entenderla
en el sentido que le permita
producir algún efecto. Se admite
una interpretación u otra por las
consecuencias que de ella se
deriven.
150. Ejemplo de
argumento in
arguendo
• En tercer lugar, y
asumiendo in arguendo, que
hubiese justa causa para la
corrección de la sentencia, lo
cual no se ha alegado y
menos aun probado, ha
transcurrido en exceso el
término de 90 días
contemplado por la Regla
185(a) para solicitar la
rectificación.
151. Interpretación
constitucional
• Principio de la interpretación más favorable
para la efectividad de los derechos
fundamentales. Este principio encuentra su
fundamento en el aforismo in dubio pro
libertate (en duda, a favor de la libertad).
• Es decir, en caso de duda habrá que
interpretar los preceptos de modo que sean
más favorables a la efectividad de los
derechos fundamentales.
• Crea una auténtica pauta interpretativa que
obliga constantemente a desarrollar la
actividad interpretativa teniendo en cuenta
los derechos fundamentales.
152. La argumentación
nunca sacrifica la
claridad
• Un texto es claro si
expresa exactamente lo
que quiere decir su
autor y se comprende
fácilmente en una
primera lectura, sin
necesidad de
interpretación.
155. Tarea
• Para esta tarea, deben utilizar el mismo vídeo del juicio que se
usó para la redacción de la tarea anterior.
• Deberán identificar la norma jurídica aplicable, partiendo de
las determinaciones de hechos que prepararon la pasada
semana.
• Redacte su análisis, con lenguaje correcto y sencillo.
Determine si se configuraron los elementos de la norma penal
aplicable en la República Dominicana o si no se configuraron.
Notas del editor
Al atender las llamadas cursadas a la A.E.E., no estaba en riesgo alguno su propia intimidad como personas. Como no se trataba de llamadas personales de los empleados, no puede decirse que éstos tenían un derecho de intimidad del Art. II, Sección 10 de nuestra Constitución que les fuera violado.