Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Comic
1. CATEDRA:
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES
ESCRITO: MARCHAN FRANKLIN
CREADORA: DAILYN COLMENARES
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y
POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CASTING
DR.PARKER: EL ABOGADO.
HOMERO: EL ACREEDOR.
BRUCE: EL DEUDOR
2. Buenos días
Dr Parker.
¿Para que
me cito aquí
en los
tribunales?
Para ejercer acciones
legales en su contra, para
favorecer los derechos de
mi patrocinado y que este
este en una mejor posición
frente a usted, y así poder
cobrar eficazmente el
crédito que usted le debe.
TRIBUNALES
¿Pero Homero
como pudiste
hacerme esto?
Bruce, porque la
ultima vez que
otorgue un crédito el
acreedor anterior no
cancelo la deuda y
perdí mi patrimonio
3. TRIBUNALES
¿Y como es ese
procedimiento?
En que me
perjudica
explíqueme
bien?
Comprenden una gama de
efectos judiciales y
extrajudiciales, que abarcan
cuestiones heterogéneas, como
embargo preventivo, prohibición
de innovar, otras medidas
precautorias, privilegio, derecho
de retención, acción de
simulación, pauliana,
separación de patrimonios.
¿Pero Homero
tu piensas que
no te voy a
pagar?
No Bruce, pero ya te
me atrasaste una
cuota, si tu
estuvieras solvente
no hubiera tomado
acciones legales.
4. TRIBUNALES
No lo hago
pensando mal
de ti, tome la
decisión para
proteger a mi
familia
¿Y esto es
legal?
Claro Sr. Wayne, Todo esto
amparado en el artículo número
1.278 Código Civil Venezolano
el cual expresa que: “Los
acreedores pueden ejercer,
para el cobro de lo que se les
deba, los derechos y las
acciones del deudor, excepto
los derechos que son
exclusivamente inherentes a la
persona del deudor”.
5. TRIBUNALES
Esto es con la finalidad de proteger
ese legitimo interés de mi
patrocinado, la ley confiere
determinados derechos y acciones
destinados a impedir usted
sustraiga, oculte, enajene o disipe
ese patrimonio y disminuya o haga
desaparecer así las garantías de su
crédito.
¿Y como
se come
eso?
Si Dr. Parker
cuales son los
pasos a seguir
6. TRIBUNALES
¿Me explica
cuales son esas
acciones por
favor?
Acciones ejecutorias o ejecutivas:
estas son a través de los órganos
jurisdiccionales del Estado, y una vez
obtenida la sentencia definitivamente
firme y ejecutoriada, se parte del
patrimonio del deudor, para cobrarse
con su valor el respectivo crédito.
7. TRIBUNALES
Acciones cautelares: Son las que
pertenecen en nuestro derecho las
denominadas medidas preventivas,
que no tienen como fin inmediato la
ejecución del patrimonio del deudor
sino la aprehensión de parte del
mismo para asegurar su existencia o
impedir que el deudor pueda
disponer de sus bienes, para poder
así en lo futuro preparar la respectiva
ejecución.
¿Que tan legal es
esto?
8. TRIBUNALES
Estas medidas están consagradas por el
Código de Procedimiento Civil sólo
pueden ser decretadas mediante un
juicio, y son: el embargo de bienes
muebles, la prohibición de grabar o
enajenar bienes inmuebles, el secuestro
de bienes determinados y las medidas
cautelares innominadas. (Artículo 588 )
9. TRIBUNALES
Y por ultimo: Acciones
Conservatorias: son aquellas las
cuales las ley faculta al acreedor
para impedir el perjuicio que
pueda causarle un deudor que
disipe o enajene
fraudulentamente su patrimonio,
o no ejerza las acciones legales
contra sus respectivos deudores.
No entiendo
ni pio, mejor
llamo a la
Dra. Dailyn
Colmenares
Homero me voy no me sigo
calando esta humillación de tu
parte y Dr. de ahora en adelante
se las arreglara con mi abogada
nos vemos en el juicio.
10. TRIBUNALES
Dr. No le ponga cuidado, esta
molesto pero quien lo manda
de mala paga, y que es esa
acción paulina que usted
tanto ha nombrado?????
Jajajajajajaja
De que se ríe Dr. a
caso dije un
chiste???
No, es que no se
llama Paulina es
Pauliana.
11. TRIBUNALES
Ahh ok, perdón
por la ignorancia.
La Acción Pauliana se le
concede al acreedor para
protegerlo contra el fraude de
su deudor, que disminuye su
patrimonio o que reemplaza
algunos bienes cómodamente
embargables con bienes que
puedan librarse con facilidad
de la persecución.
12. TRIBUNALES
Esto pasa por La falta de
honradez, el fraude del
deudor son mucho más
temibles que su inacción. El
deudor desaprensivo, cuando
trata de sustraer sus bienes a
la persecución de sus
acreedores, puede proceder
de dos maneras.
¿¿¿Cuales??
13. TRIBUNALES
Mediante un acto aparente,
cede a un tercero la
propiedad de sus bienes o
haciendo una donación o
una venta por precio vil.
¿¿¿ Y Cual es su base
legal, no me meteré
en problemas con la
ley??
14. TRIBUNALES
La base o fundamento legal
de esta acción conservatoria
esta representada en lo que
expresa el Código Civil en
sus artículos 1279 y 1280.
Siendo así se que
estoy en manos de
unos de los mejores
abogado de
Barquisimeto, gracias
por todo.
15. TRIBUNALES
De nada, gracias a usted por
elegirme como su abogado, hare
todos los tramite y consignare los
recaudo por la URDD Civil, le
estoy avisando para hacerlo
porque ese día tienen que estar
todas las partes interesadas.