UNIDAD DPCC INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO
Internacional cuadro
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela de Derecho
Cuadro Explicativo Derecho Internacional Privado
Jhohanny Quijada
CI: 25854067
Saia E
2. Derecho Internacional Privado
Objeto Resolver conflictos de leyes que surgen cuando interviene un elemento
extranjero a través de unsupuesto de hecho que vincula a dos o mas
sistemas legales de vigencias simultanea
Tesis de la seguridad jurídica: busca la armonización de las soluciones , a
través en la cual se lograria el efecto trascendental de la seguridad e los
derechos en el medio internacional . se trata de establecer la certeza
sobre el régimen jurídico de la persona , las relaciones de familia , los
bienes y los acto . En cualquiera sea el país en que se encuentren o
realicen
Tesis de la justicia el respeto de manifiesta de manera positiva de modo
que en virtud de esto se utiliza el principio de imitación e decir cada
estado da al caso concreto la misma solucion que se le daria en otro
estado. En otras palabras, hace lo que el otro quiera que se haga
Posicion de equilibrio: se procura la seguridad juridica en el orden
internacional , por medio del establecimiento de garantias y derechos
fundamentales de las personas y el regimen de las diverss
manifestaciones del tráfico jurídico
Logro de la justicia en su funcion reguladora. En la posicion de equilibrio
se situa entre los valores de la seguridad juridica y la justicia en su funcion
reguladora , el norte valorativo que la doctrina contemporanea le asigna
ala justicia formal implica en sus narmas , se alcanza mediante la solucion
equitativa y efeicaz de cada caso conflictual
Naturaleza
jurídica La doctrina ha disputado acerca de si el Derecho Internacional Privado es
Derecho Público o Derecho Privado. La propia distinción entre Derecho
Público y Privado plantea problemas y es relativa y cambiante con el
tiempo. Así, determinadas doctrinas consideran que el Derecho
Internacional Privado es una rama del Derecho Público. El conflicto de
leyes es, para estas doctrinas, un conflicto de soberanías, el cual
solucionaría el Derecho Internacional Privado delimitando las
competencias de los distintos Estados. Para otros autores, en cambio, el
Derecho Internacional Privado es Derecho Privado. El conflicto de leyes
consistirá en un problema de determinación de la ley aplicable a una
relación internacional entre particulares, en un problema de localización
de la relación que sólo tiene trascendencia privada y por consiguiente es
una cuestión de Derecho Privado. Existe otra postura, la que afirma que
el Derecho Internacional Privado no puede englobarse ni en el Derecho
3. Público ni en el Derecho Privado, puesto que regulará tanto la
delimitación de competencias estatales como la localización de relaciones
privadas. Una segunda orientación dentro de esta postura estima que el
Derecho Internacional Privado no puede englobarse ni en el Derecho
Público ni en el Privado porque las normas de Derecho Internacional
Privado son formales y abstractas, son puras normas de designación de
las cuales no puede afirmarse su carácter público o privado, el cual sólo
puede predicarse del Derecho materia
Diferencia con
el derecho
Material
Derecho material: , la denominación hace referencia a las fuerzas sociales con
potestad para crear la norma jurídica en una sociedad determinada, sea cual fuere
su organización política
Derecho internacional privado: es aquella rama del derecho que tiene como objeto
los conflictos de competencia internacionales, los conflictos de leyes
internacionales, la cooperación procesal y determinar la condición jurídica de los
extranjero
Relación con el
derecho
internacional
publico
El Derecho Internacional Público es entendido como aquella rama del derecho que
regula relaciones entre los Estados y demás sujetos de Derecho Internacional y, en
general, la vida de la comunidad jurídica internacional. Por lo tanto, crea, modifica y
extingue derechos subjetivos. El Derecho Internacional Privado, en su concepción
predominante, tiene carácter indicador y regula situaciones iusprivatistas. Por lo
tanto la materia regulada por estas ramas jurídicas es diferente y la naturaleza de la
norma en cada una de las disciplinas es distinta. Las fuentes es otro sistema ya que
en el Derecho Internacional Público la regulación interna es casi inexistente En
cambio en el Derecho internacional Privado la regulación es la ley positiva interna
de los Estados
Relación con el
derecho
interterritorial
Los llamados conflictos interterritoriales se presentan con mayor frecuencia en los
estados federales. Un ejemplo por excelencia lo constituyen los Estados Unidos de
Norteamérica. En principio, cada estado federal tiene sus propias regulaciones, lo
que conduce a frecuentes conflictos. A falta de una regulación especial, que es aún
poco frecuente, se aplican normas de conflicto de carácter general, vigentes en el
respectivo ordenamiento jurídico. Lo cual conlleva a que se haga uso del Derecho
Internacional Privado, a través de determinar cual de los diferentes ordenamientos
jurídicos vigente resulta aplicable a un caso en que intervienen elementos de
diferentes regiones con diversas legislaciones
Relación don
el derecho
interpersonal
El derecho inter-personal delimita la aplicación de normas jurídicas a un
determinado grupo humano. El conflicto interpersonal supone que cada uno de los
derechos aplicables tiene como jurisdicción no un territorio o región, sino un grupo
social determinado. El criterio es tomado de la pertenencia de los ciudadanos de un
Estado a etnias o credos diferentes. Por lo cual estos conflictos serán resueltos por
una autoridad de ese propio Estado. Las diferencias basadas en derechos religiosos
han perdurado hasta nuestros días, especialmente en los países islámicos del
cercano oriente. El artículo 119 de la Constitución de 1999 consagra, como fuentes
del derecho, los usos y costumbres indígenas, lo cual podría crear interrogantes en
la prelación de las fuentes consagradas en el artículo 1 de la Ley de Derecho
Internacional Privado, ya que estas fuentes parecieran tener preponderancia para
los casos vinculados con indígenas.
4. Relación con
el derecho
comparado
Siendo la finalidad del Derecho Internacional Privado la solución de los conflictos de
leyes, es decir, la determinación de la ley aplicable en los casos en que hay varias
legislaciones concurrentes, sea dicha ley nacional o extranjera, ocurre a menudo
que los jueces de diferentes países se ven en la necesidad de aplicar leyes
extranjeras. Pues bien, para poder aplicar estas ultimas leyes, es naturalmente
necesaria conocerlas, por lo menos en sus instituciones fundamentales. El cual se
realiza a través del derecho comparado, lo cual conlleva a una relación muy
estrecha, y que para realizar un estudio completo y profundo de las cuestiones de
que trata el Derecho Internacional Privado sea necesario conocer