REPRESENTACION PROVISIONAL DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA - LIEGO DE PETICIONES CON EMPLAZAMIENTO A HUELGA - Desconocimiento del sindicato - Derivado de la asamblea celebrada el día Sábado 5 de Julio
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
Emplazamiento a huelga
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REPRESENTACION PROVISIONAL DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA JOHNSON
CONTROLS SERVICIOS S. DE R.L. DE C.V.
VS
EMPRESA JOHNSON CONTROLS SERVICIOS S. DE R.L. DE C.V.
DOMICILIO UBICADO EN CARRTERA REYNOSA-MATAMOROS, LOTE 10 S/N.
SECCION 1, PARQUE INDUSTRIAL REYNOSA C.P. 88780 EN LA CIUDAD DE
REYNOSA.
C. PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL ESPECIAL EN TURNO DE LA LOCAL DE
CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS CEDE REYNOSA.
PLIEGO DE PETICIONES CON EMPLAZAMIENTO A HUELGA. C. LIC. JUAN JOSE
MARTINEZ RIVERA REPRESENTANTE PATRONAL DE LA JUNTA LOCAL DE
CONCILIACION Y ARBITRAJE CON CEDE EN REYNOSA.
PRESENTE.
En nuestro carácter representante provisional con fundamento en los Artículos 354,
355, 356 y 357 donde se estable que el trabajador tiene el derecho de acordar de manera
temporal una representación para asumir la defensa de sus derechos e intereses
comunes de los trabajadores personalidad que acreditamos con acta adjunta de asamblea
celebrada el día Sábado 5 de Julio en punto de la 10:00 en recinto que ocupa la
Universidad el Norte de Tamaulipas ubicado en Herón Ramírez y Blvd. Hidalgo, Col.
Rodríguez, y Señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones en Calle Veracruz
No. 400, Col Rodríguez, C.P. 88630 en esta Ciudad de Reynosa, o en el Tel. 9 22 68 37,
y autorizando para oírlas, y designando en este acto como apoderados en su carácter de
representantes provisionales de los trabajadores, y a quienes se les otorga el poder
amplio y completo, con todas las sumas de facultades que permite la Ley Federal del
Trabajo, aun aquellas que requieran de clausula especial, a los Señores: Marisol Segovia
Martínez, Juan Fernández Demetrio, Blanca Casas Barrios, Angélica María Román,
Roció Rangel Juárez, Cecilia Reyes Hoo, Julián Ramírez de Luna, Carlos Zúñiga
Ramírez, Sarahí Castillo Granados y Marina Trejo Guzmán, quienes podrán ejercer este
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mandato conjuntamente para que en este y único caso representen de manera provisional
para que representen a los trabajadores emplazantes, en el Procedimiento de Huelga y en
cualquier otra instancia jurisdiccional o de amparo que se requiera, ante usted
comparecemos y exponemos lo siguiente:
Que a nombre y en representación de los trabajadores que prestan sus servicios a la
Empresa JOHNSON CONTROLS SERVICIOS S. DE R.L. DE C.V., venimos a
presentarle el pliego de peticiones con objeto de desconocer temporalmente la
representación sindical y los acuerdos tomados con este que nos representa hasta antes
de la asamblea antes señalada(Se adjuntan pruebas), con el objeto de conocer con
claridad el nuevo contrato colectivo de trabajo ,o en su caso los contratos individuales que
pretenden que firmen nuestros representados (Se adjunta copia), en los términos del
proyecto adjunto, en virtud de que los trabajadores constituyen la mayoría de los que
laboran en dicho centro de trabajo, y de que la celebración del contrato colectivo de
trabajo viene a establecer el nuevo equilibrio entre los factores de la producción,
armonizando los derechos del trabajo con los del capital, ya que consideramos que los
acuerdos realizados a hurtadillas y sin informar a la clase trabajadora violenta los
acuerdos firmados en el Contrato Colectivo de Trabajo aun vigente mientras los
trabajadores no acuerden su aceptación del nuevo bajo la supervisión y aceptación de
esta representación temporal, ya que lo acordado por el sindicato Industrial de
Trabajadores en plantas maquiladoras de Reynosa, Tamaulipas implican un desequilibrio,
en perjuicio de los obreros. En caso de no ser satisfechas las peticiones, damos aviso
mediante este escrito EMPLAZAMOS A HUELGA A LA REVICION DE CONDICIONES
DE SUBSTITUCION PATRONAL Y CAMBIO DE CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
O CONTRATO INDIVUDUAL CON EL PATRON SUBSTITUTO CARPLASTIC, S.A. DE
C.V., para el año 2014-2015, para que en términos de lo dispuesto en los Artículos 440,
920, 921 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, se le haga llegar a la
emplazada dentro de 48 horas siguientes a las de su recibo.
Se funda el presente emplazamiento, en las siguientes consideraciones de hechos y de
derecho que pasamos a exponer:
HECHOS
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El sindicato que nos representaba antes de acordar la representación provisional no ha
cumplido con su responsabilidad de informar a la base trabajador en relación a los
acuerdos con las empresas JOHNSON CONTROLS SERVICIOS S. DE R.L. DE C.V. y
CARPLASTIC, S.A. DE C.V. en relación a la conclusión del Contrato Colectivo de Trabajo
2013-2014 así como la condiciones del nuevo contrato con el patrón substituto.
Se desconoce si el patrón sustituto respetara los derechos plasmados en el contrato
Colectivo de Trabajo firmado con JOHNSON CONTROLS SERVICIOS S. DE R.L. DE
C.V., ya que este tiene que respetar la antigüedad de todos y cada uno de los
trabajadores o en su caso pedimos se nos liquide como establece la Ley Federal del
Trabajo que se pretende derogar, ya que consideramos el propósito de dicho cambio es la
aplicación de la reforma laboral promulgada por el actual gobierno.
El objeto de la huelga a la que emplaza esta representación provisional de los
trabajadores de la empresa JOHNSON CONTROLS SERVICIOS S. DE R.L. DE C.V.,
tiene su fundamento en la Fracción II, III, IV del Articulo 450 de la Ley Federal de Trabajo,
esto en concordancia con lo establecido en el Capitulo I, Articulo 355, en el que se
establecen las coaliciones del ordenamiento antes citado, es decir la REVICION DE
CONDICIONES DE SUBSTITUCION PATRONAL Y CAMBIO DE CONTRATO
COLECTIVO DE TRABAJO O CONTRATO INDIVUDUAL CON EL PATRON
SUBSTITUTO CARPLASTIC, S.A. DE C.V., de conformidad con el resolutivo de
asamblea que se anexa al presente con las copias de Ley para que la H. Junta se sirva
hacerlo llegar a dicha Empresa en términos de lo dispuesto por los Artículos 920 y 921 de
la Ley Laboral
P E T I C I O N E S CONCRETAS
1. Los trabajadores solicitan su liquidación de la empresa JOHNSON CONTROLS
SERVICIOS S. DE R.L. DE CV. y si el nuevo patrón quiere que continuemos trabajando
con gusto firmamos un nuevo contrato.
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2.- Se solicita se nos informe a todos los trabajadores el contenido del nuevo contrato a
celebrar y sus condiciones laborales el cual tenemos entendido se encuentra en depósito
en la junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado.
3.- Pedimos que en el nuevo contrato se incluyan clausulas que hagan mención del
Contrato Colectivo aun vigente respetando los derechos laborales contenidos en el
mismo, como son antigüedad y condiciones laborables con apego a los derechos para
todos y cada uno de los trabajadores
4,- Para el caso en que estalle la Huelga, la empresa JOHNSON CONTROLS
SERVICIOS S. DE R.L. DE C.V. deberá pagar el cien por ciento de los salarios caídos y
demás prestaciones y accesorios contractuales y legales que dejaren de percibir los
trabajadores que se representan.
5.- Igualmente se solicita el pago de los gastos y costos que origine el presente conflicto.
DIA Y HORA DEL ESTALLAMIENTO DE LA HUELGA Con fundamento en lo dispuesto
por la Fracción I del Articulo 920 de la Ley Federal del Trabajo, reiteramos que en caso de
que la empresa no satisfaga nuestras justas peticiones, el estalla miento de la huelga se
efectuara a las puertas de la empresa JOHNSON CONTROLS SERVICIOS S. DE R.L.
DE C.V., a partir de las 15:45 P.M., hora del Nuevo Horario de Verano vigente, del día 15
de Julio del año Dos Mil Catorce.
6.- confiero poder de representación al licenciado JUAN MANUEL DE LA CRUZ CEDULA
4877844. Y/O EMMNUEL GOMEZ ESTEBAN Y/O CONSTANTINO SOTO PATINO.
Según el articulo 692 fracción II de la ley federal del trabajo.
DERECHO DE HUELGA
Se funda el presente Emplazamiento de Huelga que anunciamos tiene por objeto el
señalado en la fracción II del artículo 450 de la Ley Federal del Trabajo, consistente en
obtener del patrón la celebración y firma de un nuevo contrato colectivo de trabajo, que
rija, normalice nuestras relaciones y garantice por escrito nuestras antigüedades de todos
y cada uno de los trabajadores, o en su caso se nos liquide con apego a derecho y se nos
contrate con la nueva empresa, y demás relativo de la Ley Federal del Trabajo.
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Por lo expuesto y fundado, A ESTA JUNTA, solicitamos se sirva:
PRIMERO.-Tenernos por presentado en los términos de este escrito anexos que
acompañamos, solicitamos se habrá Expediente y se dicte auto por el cual se inicie el
tramite del Procedimiento de Huelga como lo marca la Ley federal de Trabajo, ordenado
se notifique a la Empresa JOHNSON CONTROLS SERVICIOS S. DE R.L. DE C.V.
emplazamiento en términos de Ley.
SEGUNDO.- Señalar día y hora para que tenga lugar la AUDIENCIA DE CONCILIACION
en el presente conflicto.
TERCERO.- Tener por reconocida la personalidad con que nos ostentamos en términos
de la copia del acta de asamblea realizada en el lugar y la hora señalada, original que se
pone a su disposición para su cotejo y certificación, ya que esta se acento en un libro de
actas, para los efectos legales del organismo provisional representativo referido.
CUARTO.- En los términos del ordenamiento en el Articulo Art. 355 con fundamento en el
donde se estable que el trabajador tiene el derecho de acordar de manera temporal una
representación.
PROTESTAMOS LO NECESARIO
Por la representación provisional de los trabajadores mientras dure el conflicto.
PRIMER TURNO
Nombre Firma Teléfono
Marisol Segovia Martínez -------------------------------------------------------899 28 93 728
Juan Fernández Demetrio -------------------------------------------------------899 11 61 910
Blanca Casas Barrios -------------------------------------------------------899 9 61 13 81
Angélica María Román ------------------------------------------------------899 18 23 661
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SEGUNDO TURNO
Roció Rangel Juárez ----------------------------------------------------------899 17 81 099
Cecilia Reyes Hoo -----------------------------------------------------------899 25 39 184
Julián Ramírez de Luna -----------------------------------------------------------899 29 93 867
José Luis Santiago Soto -----------------------------------------------------------899 87 60 578
TERCER TURNO
Carlos Zúñiga Ramírez --------------------------------------------------------899 20 98 220
Sarahí Castillo Granados ---------------------------------------------------------899 15 21 203
Marina Trejo Guzmán -------------------------------------------------------899 18 43 082
José Luis Santiago Soto Marisol Segovia Martínez
Juan Fernández Demetrio Blanca Casas Barrios
Angélica María Román Roció Rangel Juárez
Cecilia Reyes hoo Julián Ramírez de luna
Carlos Zúñiga Ramírez Sarahi Castillo Granados
Marina Trejo Guzmán
Reynosa Tamaulipas a 8 de Julio de 2014.
Se adjunta en sobre cerrado lo indicado.
C.C.P...- Los trabajadores.
C.C.P. Arch.