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Norma juridica estevez mario
1. Universidad Fermín Toro
Cátedra: Lógica y Argumentación Jurídica
SAIA – Núcleo Araure
Participante: Estévez Mijares Mario E.
C.I. V-10,707,555
Supuesto
de Hecho
Norma jurídica
Consecuencia
jurídica
Regla que regula el
comportamiento
de los individuos en
la sociedad
Sancionado por el
propio ordenamiento
unidad mínima que
integra el ordenamiento
jurídico
Cossio
Enlace lógico entre el
supuesto de hecho y la
consecuencia jurídica.
Tiene
estructura
disyuntiva
juicio disyuntivo
" dado a, debe
ser p, o dado
no-p, debe ser s"
dado un hecho con su
determinación temporal, debe ser
la prestación, por un sujeto obligado,
frente a un sujeto pretensor; o dada
la no prestación (es decir,
la transgresión), debe ser la sanción,
por un funcionario obligado, ante
la comunidad pretensora
Regla o precepto que
forma parte
del Derecho objetivo
la hipótesis de conducta que si se
produce provocará la consecuencia y
esta consecuencia jurídica que tiene por
causal la subsunción de una conducta
humana en el supuesto de hecho
normativo..el Deber Ser
Acto resultante irregular
jurídicas reconocidas por
las normas
juicio disyuntivo
2. NORMA JURIDICA
Regla que regula el comportamiento de los individuos en la sociedad y cuyo incumplimiento se encuentra sancionado por el propio ordenamiento.
La norma jurídica tiene la siguiente estructura: una hipótesis, o supuesto de hecho, y una consecuencia jurídica, de manera que la concurrencia de
ciertas circunstancias determina la aplicación del mandato establecido por la ley.
Es la unidad mínima que integra el ordenamiento jurídico; es decir, es la regla o precepto que forma parte del Derecho objetivo
Desde un punto de vista lógico, la norma jurídica es un juicio.
La estructura lógica de la norma jurídica corresponde a la de los juicios dado el supuesto jurídico, es decir, un hecho antecedente, señala
otro hecho, no como algo que ocurrirá necesariamente, sino como algo que debe ser.
Y eso, como es evidente, por la especial cópula con que se construyen (deber ser).
Por eso, se dice que toda norma jurídica expresa un deber ser que, sintetizando en una fórmula mínima, se suele enunciar así: "si es a, debe
ser b", o bien "dado a, debe ser b"..
La norma jurídica tiene estructura disyuntiva (Cossio). Este autor crítica a Kelsen, porque al desconocer valor ontológico a la norma
secundaria, resulta que el deber jurídico y la facultad correlativa no tienen un lugar intrasistematico en la norma jurídica, con lo que se
demuestra que el esquema kelseniano es incompleto.
Cossio sostiene que la estructura lógica de la norma jurídica es un juicio disyuntivo que pueden esquematizarse así: " dado a, debe ser p, o
dado no-p, debe ser s". Esto significa lo siguiente: dado un hecho con su determinación temporal, debe ser la prestación, por un
sujeto obligado, frente a un sujeto pretensor; o dada la no prestación (es decir, la transgresión), debe ser la sanción, por
un funcionario obligado, ante la comunidad pretensora.
3. Es uno de los dos elementos de que se compone la norma: la parte de ésta en la que se enuncia en qué caso o situación fáctica se aplicará la
misma. Toda vez que las normas jurídicas se caracterizan por su generalidad, en el sentido de que su aplicación ha de ser posible a un amplio
número de personas o casos, es preciso que el supuesto de hecho abarque un amplio espectro de situaciones regulables.
Se puede agregar a estas dos partes fundamentales el Deber Ser, que es el enlace lógico entre el supuesto de hecho y la
consecuencia jurídica.
Con lo antes expuesto, se puede formular la estructura lógica de una norma jurídica, que sería de la siguiente manera:
Si es A debe ser B
Si es no B debe ser C
El nacimiento de esta estructura o tesis depende en forma directa de la materialización o cumplimiento de la hipótesis, lo cual
conlleva a afirmar que este enunciado corresponde a la de un Juicio Hipotético.
La leyenda de esta formulación es la siguiente: A representa la situación dentro de la cual debe encontrarse el sujeto, B es la
conducta prevista por la norma que debe tener el sujeto y C es la sanción impuesta por el órgano competente del Estado.
Supuesto de Hecho
Consecuencia Jurídica
El segundo componente de la regla o norma es la denominada consecuencia jurídica, que enuncia el acto resultante de aquellas situaciones
jurídicas reconocidas por las normas, las cuales sobrevienen en virtud de la realización de los distintos supuestos contemplados en ella
(supuesto de hecho).Así, una consecuencia jurídica es el resultado de la norma; el hecho que la norma contemple