Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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1. LEY DE
Y SU INCIDENCIA
EN LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA
2. CONTENIDO
Los delitos Contra
la administración
de justicia a los
que hace
referencia la Ley
Orgánica de
Drogas, están
estipulados en los
Art. 171 al 175
A
Las Disposiciones
Comunes hacen
referencia a los
artículos 176 al
189, de la citada
Ley
DESARROLLAR
Para analizar
estos aspectos
de tan importante
Ley, se hace
necesario
reflexionar uno
por uno, a fin de
logar
aproximarnos al
sentido estricto
de lo que el
legislador buscó
al promulgar esta
Ley.
LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
3. ART. 171. DE LA NEGACIÓN DE LA JUSTICIA
TIPIFICADO
Artículos 26 y 51 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, consagran principios
constitucionales relacionados con el Derecho de
Acceso a la Justicia y el Derecho de Petición, entre
otros.
Artículos 26 y 51 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
Artículo 199 del Código Penal (encabezamiento)
Artículo19 del Código de Procedimiento Civil
Artículo 6 del Código Orgánico Procesal Penal
DELITO DE NEGACIÓN DE JUSTICIA SE TIPIFICA:
4. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
El artículo 19 del Código de
Procedimiento Civil, establece:
“El Juez que se abstuviere de decidir so
pretexto de silencio, contradicción o
deficiencia de la Ley, de oscuridad o de
ambigüedad en sus términos, y
asimismo, el que retardare ilegalmente
dictar alguna providencia, será penado
como culpable de denegación de
justicia”.
5. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
El artículo 6 del Código Orgánico
Procesal Penal establece como principio
procesal penal la obligación que tienen
todos los jueces de decidir y que:
“…no podrán abstenerse de decidir so
pretexto de silencio, contradicción,
deficiencia, oscuridad o ambigüedad en
los términos de las leyes, ni retardar
indebidamente alguna decisión. Si lo
hicieren, incurrirán en denegación de
justicia”.
6. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
1) La negación de la justicia por
parte de los administradores de la
misma, constituye delito
3)Su deber es absolutamente
lo contrario DEBE ser
instrumento de justicia e
impartirla tal cual fue
diseñada por los legisladores
2) El artículo 171 de la LOD hace
referencia al juez o jueza que omita
o rehúse decidir, bajo pretexto de
ambigüedad, insuficiencia,
contradicción o silencio de esta
Ley
4) Será penado con prisión de
cuatro a seis años. Si obrare
por un interés privado, la pena
se aumentará al doble
5) El juez o jueza que viole
esta Ley o abuse del poder, en
beneficio o perjuicio de un
imputado o imputada, será
penado o penada con prisión
de seis a ocho años.
ANALISIS
7. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
OPINIONES
Samuel Huntington
señala:
"La corrupción es una
desviación de los
funcionarios públicos,
que se apartan de las
normas establecidas
para ponerse al servicio
de los intereses
privados"
La Conferencia
Episcopal
Latinoamericana amplía
en parte esta visión, al
ligar la corrupción
también a las fortunas
privadas:
la corrupción "consiste
en la obtención de
beneficios mediante la
utilización de la
influencia otorgada por
cargos públicos o por
la fortuna privada que
genera un
enriquecimiento ilícito"
Klitgaard señala las
siguientes definiciones:
"Existe corrupción
cuando una persona,
ilícitamente, pone sus
intereses personales por
sobre los de las
personas y los ideales
que está comprometido a
servir" Se puede
establecer una ecuación
básica de la corrupción:
"La conducta ilícita
florece cuando los
agentes tienen poder
monopólico sobre los
clientes, grandes
facultades
discrecionales, y débil
responsabilidad ante el
mandante.
8. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
El artículo 172 de la LOD:
Sobre el destino de bienes, Administrar bienes
incautados, confiscados, o decomisados y darles
un uso distinto al previsto en la ley, acarrea
sanción de prisión para el juez o jueza que
permita dichos actos.
Todo bien inmueble o mueble decomisado
dentro de los parámetros de la ley deben ser
administrados con la prudencia debida hasta que
concluya al acto con una sentencia firme, donde
se juzgue o se absuelva al imputado
ANALISIS
9. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
10. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
11. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
12. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
13. LEY DE DROGAS Y SU INCIDENCIA EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA