2. Tipos de clasificaciones:
1. Sistema al que pertenecen.
2. Por su fuente.
3. Por su ámbito espacial de validez.
4. Por su ámbito temporal de validez.
5. Por su ámbito material de validez.
6. Por su ámbito personal de validez.
7. Por su jerarquía.
8. Por sus sanciones.
9. Por su cualidad.
10. Por sus relaciones de complementación.
11. Por sus relaciones con la voluntad de los
particulares.
3. Por el sistema al que pertenecen.
Nacionales
Derecho
uniforme ExtranjerasEj. Sociedades mercantiles.
Artículo 3o.- Se reputan en derecho comerciantes:
I.- Las personas que teniendo capacidad legal
para ejercer el comercio, hacen de él su
ocupación
ordinaria;
II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las
leyes mercantiles;
III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y
sucursales de éstas, que dentro del territorio
nacional
ejerzan actos de comercio.
5. Por su ámbito espacial de validez
Leyes generales
Leyes federales
Leyes locales
Leyes estatales
R. municipales
El Congreso de la Unión puede expedir leyes
siempre y cuando sea en uso de facultad explícita
o implícitamente concedida por la Constitución.
Artículo 73 Constitucional.
6. Por su ámbito temporal de validez
Indeterminada
• Código civil.
Determinada
• Ley de egresos 2016.
7. Por su ámbito material de validez
Derecho
Público
• Estado y los
particulares
Derecho Social
• Ordenar y corregir
desigualdades
sociales.
Derecho
Privado
• Entre
particulares
• Derecho civil
• Derecho mercantil
• D. A la Seguridad Social.
• D. Laboral.
• D. Agrario
8. Por su ámbito personal de validez
Genéricas
Individualizadas
“Al que le quede el saco”
ARTÍCULO 13 CPEUM.-
Nadie puede ser juzgado
por leyes privativas ni por
tribunales especiales.
Contratos.
Resoluciones
judiciales, resoluciones
administrativas.
9. Por su jerarquía
Derecho federal Derecho local
Constitución (y tratados
internacionales en materia
de derechos humanos).
Leyes constitucionales
Tratados internacionales.
Ordinarias federales Constitucionales del Estado
Leyes ordinarias
reglamentarias
Leyes municipales
Normas individualizadas
10. Por su sanción
• Subsiste el acto
pero castiga
• No hay sanción.
A lo mucho una
recomendación.
• Anulan el acto y
exigen
resarcimiento
• Anulan lo
obrado
Leyes
perfectas
Leyes más
que
perfectas
Leyes
menos que
perfectas
Leyes
imperfectas
12. Por sus relaciones de
complementación
Primarias
• Tienen por
sí mismas
sentido
pleno
secundarias
• Se entienden
con relación
a otras
normas.
Vigencia
declarativas
Permisivas
Interpretativas
Sancionadoras
13. Por sus relaciones con la voluntad
de los particulares
Renunciables Irrenunciables
• Debe
establecerse
de forma
expresa
• Nombre
• DDHH