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Una necropsia es un procedimiento técnico y cientifico de disección anatómica sistemática
de un animal o un humano para determinar la causa de su muerte.
Se diferencia con la autopsia por el hecho de que la Necropsia se utiliza para confirmar
las causas de muerte en un hospital mientras que la Autopsia permite determinar cual fue
la causa de la muerte cuando esta se da de manera súbita y sin enfermedad aparente.
La Necropsia es aquel estudio realizado a un cadáver con la finalidad de investigar y
determinar las causas de su muerte, por lo general, el término utilizado como sinónimo de
autopsia, ya que en ambos casos se procede el estudio de cadáveres sin embargo, se
pude acotar que la necropsia es usada en el ara criminalística mas que cualquier otra
rama de la investigación ya que la necropsia comprende todo lo relacionado al lugar del
hecho todo lo concerniente a los indicios y herramientas que se usaron para realizar
asesinato y su posterior levantamiento de lugar
La incineración (del latín incinerāre incinerar) es la combustión completa de la materia
orgánica hasta su conversión en cenizas, usada en el tratamiento de basuras: residuos
sólidos urbanos, industriales peligrosos y hospitalarios, entre otros. Tanto la incineración,
como otros procesos de tratamiento de basuras a alta temperaturas son descritos como
"tratamiento térmico".
La incineración se lleva a cabo hornos mediante oxidación química en exceso de oxígeno.
Algunos de los motivos por los que se usa este tratamiento pueden ser la destrucción de
información (incineradora de documentos) o la destrucción de productos o compuestos
químicos peligrosos (incineradora de residuos sólidos orgánicos). Los productos de la
combustión son cenizas, gases, partículas tóxicas y algunas con efectos
cancerígenos,1 2
así como calor, que puede ser usado para generar energía eléctrica.
Por sus efectos nocivos sobre la salud, su alto precio económico, y su insostenibilidad es
un método de eliminación de residuos fuertemente criticado.
El término también es usada como sinónimo de cremación.
Sepultura
Enterramiento de un difunto, como acto y como lugar en que yace. Ver Violación de
sepultura.
Una sepultura es el lugar donde se entierra a una persona o animal tras su muerte.
Generalmente se agrupan en uncementerio, y la ubicación de cada cuerpo o de un grupo
de cuerpos está señalada por una lápida.
Las sepulturas son comunes a casi todas las culturas humanas, con diferencias en cuanto
a rito y decoración, dependiendo de las creencias con respecto a la muerte y la existencia
después de ella. Algunas culturas, como laegipcia, sepultaban a sus muertos con todas
sus posesiones terrenales, pensando que las necesitarían en el más allá.
Autopsia
Es el examen médico de un cadáver para determinar las causas y circunstancias de
la muerte. En los sumarios cuyainstrucción tuviere lugar por causa de muerte violenta o
sospechosa de criminalidad, y aun cuando por la inspección exterior pueda presumirse la
causa de la muerte, se procederá a la autopsia del cadáver por los médicos forenses. Las
autopsias se harán en un local público que en cada pueblo o partido tendrá destinado
la Administración para tal fin y para depósito de cadáveres. El juez, si lo cree conveniente,
puede disponer que la autopsia se practique en otro lugar o en el domicilio del difunto, si
su familia lo pidiere, y esto no perjudicare al éxito del sumario.
Ley de Enjuiciamiento criminal, artículos 343 a 363.
Es el examen anatómico del cadáver.
Donación
[DCiv] Negocio jurídico en virtud del cual una persona (donante) dispone de una cosa de
su patrimonio a favor de otra (donatario) a título gratuito. Se requiere para su perfección
no sólo el animus donandi en el donante, es decir, laliberalidad, sino también
la aceptación del donatario.
CC, arts. 618 a 656.
(Derecho Civil) Contrato por el cual una persona (donante) trasfiere la propiedad de una
bien a otra (donatario), que la acepta, sin contrapartida y con intención liberal.
Es un negocio jurídico por el que una persona, llamada donante, proporciona, a costa de
su patrimonio, una cosa o bien a otra persona, llamada donatario, que la acepta. Además
de la intención de liberalidad del donante (animus donandi), es preciso que
el donatario consienta, pues nadie puede influir en el patrimonio de otro si éste no lo
permite. No son donación los actos que otorgan una ventaja sin compensación, pero que
no ocasionan una pérdida patrimonialapreciable, como sucede en
el préstamo sin interés o en el comodato.
Código civil, artículos 609, 618, 621 y 623.
Acto jurídico entre vivos por el cual una persona (donante) transfiere a otra (donatario)
gratuitamente el dominio sobre una cosa y el donatario acepta.
La donación es uno de esos conceptos tan fáciles de comprender en su esencia como
difíciles de delinear en sus contornos precisos. La dificultad reside en la circunstancia de
que no todo acto a título gratuito es donación.
No lo son los actos de última voluntad ni tampoco numerosas liberalidades realizadas
entre vivos que quedan excluidas del concepto jurídico de donación.
Se ha circunscripto el régimen legal de las donaciones a ciertos actos respecto de los
cuales se considera particularmente importante proteger al donante. Esto explica por que
no se aplica a todas las liberalidades entre vivos el mismo régimen.
Habrá donación cuando una persona por un acto entre vivos transfiera de su
libre voluntad gratuitamente a otra, lapropiedad de una cosa. De esta definición se
desprenden los siguientes elementos:
a) es un acto entre vivos. Los actos de última voluntad, llamados testamentos, tienen
un régimen legal distinto.
En nuestro derecho no hay donaciones para después de la muerte. B) obliga a transferir
la propiedad de una cosa. Se dice que la
donación transfiere la propiedad, lo que no es exacto porque el solo
titulo no basta para producir ese efecto, sino que también es necesaria la tradición.
Solo las cosas pueden ser objeto de donación en nuestro régimen legal; si se trata de
la transmisión gratuita de un derecho, habrá cesión y no donación.
C) la transferencia debe ser a título gratuito. Es decir, hay un desprendimiento de bienes,
sin compensación por la otra parte. Pero ésta no es una regla absoluta. Es posible que
el contrato de
donación obligue al donatario a hacer o pagar algo, sea en beneficio del donatario o de
un tercero. Esto no altera la esencia gratuita del acto. Sin embargo, a veces el cargo tiene
tal importancia que la gratitud del contrato queda desvirtuada casi totalmente; aquí se
roza el problema del negotium mixtum cum donatione.
Donaciones condicionales; limitaciones derivadas del principio de la irrevocabilidad:
la donación, como todo acto jurídico, puede sujetarse a condición. Tratándose de
condiciones suspensivas, ninguna limitación hay derivada de su carácter mixto o casual;
solamente las puramente potestativas anularían la donación, de acuerdo con el principio
general. En cambio, tratándose de condiciones resolutorias, deben ser casuales o bien
depender de la voluntad del donatario (por ejemplo, la donación de un automóvil a
un sobrino con la condición resolutoria de que se gradúe en el plazo de un año), pero
nunca puede la condición depende si así fuera,
estaría librada al arbitrio de éste la suerte de los bienes donados, lo que colocaría
el dominio en una incertidumbre inadmisible y sería
contrario al principio de la irrevocabilidad de las donaciones. Tales condiciones anularian
la donación.
Casos en que el donante puede revocar la donación: en principio,
la donación es irrevocable por voluntad deldonante; de lo contrario se cerniria una
permanente incertidumbre sobre el derecho del donatario y sus sucesores.
La ley sólo admite la revocación en estos supuestos: a) cuando el donatario ha incurrido
en incumplimiento de las cargas impuestas
en el acto de la donación; b) cuando ha incurrido en ingratitud hacia el donante; c) cuando
después de la donaciónhan nacido hijos al donante y esta causa de revocación se hubiera
previsto en el contrato; D) cuando el adoptante ha hecho una donación en favor de su hijo
adoptivo y luego la adopción es revocada a pedido de este.
Las donaciones onerosas (o con cargo) y las remuneratorias pueden ser revocadas pero
solo en la parte en que constituyan una liberalidad.
En general, regalo, don, obsequio, dádiva, liberalidad. | "ANTE NUPTIAS". La realizada
por razón del matrimonio, pero antes de la celebración de la boda. | CON
CARGO. Aquella en la cual el donante establece una obligación para eldonatario. |
ESPONSALICIA. El regalo presente que, antes de celebrarse el matrimonio y por razón
de la boda, hace el novio a la novia y, aun siendo menos frecuente, ésta o aquél. |
INOFICIOSA. La que su pera la cantidad o porción de bienes de que el donante puede
disponer a favor de extraños o de herederos legítimos. | ONEROSA. La que impone
al donatario alguna carga, gravamen o prestación inferior al valor o utilidad que de lo
donado obtiene; porque, en otro su puesto, de corresponderse lo recibido con lo dado,
estaríamos ante alguno de los contratos conmutativos o frente a un innominado de do ut
des o do ut facias. | "PROPTER NUPTIAS". En esta categoría se comprenden, en un
sentido amplio, todas las donaciones que por razón del matrimonio reciben los cónyuges
o uno solo de ellos. | PURA. La que entrega la cosa o bienes en el acto y
sin condición alguna. | SIMPLE. La fundada exclusivamente en la liberalidad del donante. |
UNIVERSAL. Teóricamente, la que comprende la totalidad del patrimonio del donante. |
MUTUAS. Las que dos o más personas se hacen recíprocamente en un mismo acto.
Receptor
Recibidor. | Encubridor. | Escribano con comisión o encargo de un tribunal para efectuar
cobranzas, recibir pruebas y otras diligencias judiciales. | Recaudador de multas
impuestas en causas civiles o criminales.
Dador :
Es el propietario del bien dado en leasing. Podrá serlo una entidad financiera, una
sociedad o un conjunto de ellas ( Leasing sindicado ). Siempre puede ceder los
créditos actuales o futuros, por canon o precio de ejercicio de la opción de compra.
Esta cesión no altera, de ningún modo, los derechos del tomador.
El adjetivo renovable hace referencia a aquello que tiene posibilidades de ser
renovado. El verbo renovar, por su parte, está vinculado a regresar algo a su
primer estado o a dejarlo como nuevo.
La idea de renovable (y la noción opuesta de no renovable) suele aprovecharse para
hacer mención a diversas clases de recursos o energías, de acuerdo a las chances de
restauración o renovación por medio de un procedimiento natural.
A raíz de esta definición se deduce que un recurso renovable es un elemento o
herramienta que el medioambiente puede reponer o regenerar a una velocidad parecida
o incluso más rápida a la que supone su consumo o uso por parte del hombre. Tomemos
el ejemplo de la soja. Este recurso es explotado por los seres humanos con diversos
fines (alimentación, creación de combustible, etc.), pero puede volver a obtenerse a través
de nuevas plantaciones. Se trata, por lo tanto, de un recurso renovable
Trasplante.
Definición: Procedimiento por el cual se implanta un órgano o tejido procedente de un
donante a un receptor. Existen dos grandes grupos: los trasplantes de órganos (riñón,
hígado, pulmones, páncreas, córnea, corazón, hueso, tubo digestivo, etc.) y los
de tejidos (médula ósea, células endocrinas). Mientras que los primeros precisan de
intervenciones quirúrgicas complejas, procediéndose a los empalmes vasculares y de
conductos excretores entre otras estructuras, en los de tejidos el procedimiento es simple,
inyectándose las células suspendidas (en el de médula ósea se inyectan en el torrente
sanguíneo) y dejando que éstas implanten en sus lugares de destino
El concepto de personificación describe el acto y la consecuencia de personificar. Este
verbo tiene múltiples usos: personificar puede ser entendido como adjudicarle vitalidad o
características propias del hombre a animales, vegetales u objetos; llevar a cabo la
representación de un individuo, un sistema o acontecimiento; o imitar a una persona
determinada en el marco de una obra artística o escrito.
Ausencia
[DCiv] Situación de una persona que se encuentra en paradero desconocido, de la que no
se han tenido noticias durante un tiempo prolongado y que obliga a adoptar medidas de
administración y conservación de su patrimonio. La declaración judicial de ausencia se
sustancia por el procedimiento de jurisdicción voluntaria, y debe ser iniciada a instancia de
parte.
CC, arts. 181 a 198; LEC1881 arts. 1.811 a 1.824 en relación con Disp. Derog. Única
LEC-2000.
Desaparición; Representante del ausente.
(Derecho Civil) Estado de una persona de la que se ignora si vive o no todavía. A
diferencia de la desaparición, ningún acontecimiento particular hace presumir su
defunción. La ley del 28 de diciembre de 1977 establece el régimen de la ausencia.
Asociación
(Derecho Administrativo) , (Derecho Civil) Io La asociación, o contrato de asociación, es
la convención por medio de la cual dos o más personas ponen en común
sus conocimientos o sus actividades con una finalidad que no es la de
compartir beneficios (ley Io julio 1901, art. 1°).
2o Persona moral resultante de esa convención. Según sus modalidades (declarada,
reconocida de utilidad pública, compuesta en su mayor parte de extranjeros, o con
su sede social en el extranjero), las asociaciones están sometidas a
un régimen de vigilancia administrativa más o menos rígido. V. Sociedad.
Personería
Calidad jurídica o atributo inherente a la condición de personero o representante de
alguien (Couture). Equivalente depersonalidad procesal, es decir, capacidad legal para
estar en juicio o mandato (o suficiente mandato) para actuar enrepresentación de
alguna persona individual o jurídica.
Tratase tanto de la aptitud para ser sujeto activo (actor) o pasivo
(demandado) en un juicio.
La falta de este presupuesto procesal (personería en el actor, o en su representante)
permite oponer la excepción de falta de personería.
Funciones o cargo de personero. | Americanismo por personalidad jurídica y
por capacidad para comparece en juicio.
El Artículo 4º de la Ley MYPE, establece el concepto de Micro y Pequeña Empresa, a la
letra dice:
 Es una unidad económica que opera una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma
de organización o gestión empresarial, que desarrolla actividades de extracción,
transformación, producción y comercialización de bienes o prestación de servicios, que se
encuentra regulada en el TUO (TEXTO UNICO ORDENADO), de la Ley de
Competitividad, Formalización y desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso
al Empleo Decente (Dec. Leg. N° 1086)
Mipyme es el acrónimo de pequeña y mediana empresa. Se trata de la empresa
mercantil, industrial o de otro tipo que tiene un número reducido de trabajadores y que
registra ingresos moderados: “Mi padre trabaja en una pyme”, “Osvaldo comenzó con una
pyme y hoy es el dueño de una cadena nacional”.
Pyme también suele escribirse como PYME y PyME. Un término relacionado es mipyme o
MIPyME, el acrónimo de micro, pequeña y mediana empresa, que toma en cuenta las
modalidades de empresa más reducidas, tales como las unipersonales.
La definición de pyme varía según el país. En Argentina, por ejemplo, las empresas se
clasifican de acuerdo a sus ventas anuales y a su rubro (una pyme industrial puede tener
un volumen de facturación que, en otro sector económico, la ubicaría entre las de mayor
volumen).
En otros países, el concepto de pyme se asocia a la cantidad de empleados. Entre 1 y 10
empleados, se habla de microempresa; entre 11 y 50, de pyme. Dichas cifras, de todas
maneras, pueden variar de acuerdo a la región.
Las pymes tienen necesidades específicas que deben ser atendidas por el Estado. Este
tipo de empresas genera, en conjunto, grandes riquezas para cada país además de ser
uno de los principales motores del empleo. Sin embargo, por sus particularidades,
necesitan protección e incentivos para competir frente a las grandes corporaciones.
Las líneas de crédito con condiciones especiales, los beneficios impositivos y la
consultoría sin cargo son algunos de los instrumentos que suelen ofrecerse desde el
Estado a las pymes para desarrollarse.
Ventajas de las PYME:
Pyme* presentan más flexibilidad que las empresas convencionales en el sistema de
producción;
* permiten entablar una relación mucho más cercana con los clientes;
* Gracias a la mayor sencillez de su infraestructura, es más sencillo cambiar de nicho de
mercado (el espacio donde se encuentran los potenciales usuarios o consumidores de un
servicio o producto);
* Los puestos de trabajo son más amplios, menos estrictos, y los trabajadores están más
abiertos al cambio;
* El mayor nivel de conocimiento específico y know how, que se da gracias a la cercanía
de los integrantes con el día a día de la empresa, puede convertirse en una importante
ventaja con respecto a la competencia;
* El tiempo que requiere la toma de decisiones estratégicas puede ser considerablemente
menor, dado que los procesos de gestión resultan menos complejos;
* presentan una visión menos estricta, más enfocada en las necesidades y demandas de
los clientes (siempre cambiantes) que en sus propias raíces, lo cual da lugar a
importantes modificaciones a nivel estructural, adoptando las tecnologías y el personal
necesario para encarar los desafíos que se presentan a cada paso.
Desventajas de las PYME:
* Dado que se mueven por procesos de tipo emergente, no cuentan con lineamientos
específicos relacionados con su creación, sino que experimentan constantes cambios y
evoluciones;
* No gozan de un importante respaldo financiero, lo cual les impide embarcarse en
negocios de gran envergadura;
* requieren de una constante revisión de su estructura, dado que su naturaleza adaptable
puede convertirse en la razón de su disolución a causa de la pérdida del control
organizativo;
* La mayor cercanía entre los trabajadores puede ser negativa si éstos trasladan sus
problemas personales a la oficina;
* suele ocurrir que no exista un control estricto de la entrada y la salida del dinero;
* El reducido volumen de producción se refleja en la cuantía de los pedidos realizados a
los proveedores, lo cual puede derivar en sobrecosto;
* Si no se realiza una campaña publicitaria efectiva y constante, la empresa puede pasar
desapercibida ante los consumidores.
DefiniciónDECOMITÉ
Elcomitéeslaorganizacióndepersonasnaturalesojurídicas,odeambas,dedicadaalarecaudación
públicadeaportesdestinados aunafinalidadaltruista.Elactoconstitutivo yelestatutodel comitépueden
constar,parasu inscripciónen
elregistro, en documento privado con legalización notarial de las firm
as de losfundadores.(CC:Art.111)Elcomitépuedetenercomomiembrostantoapersonasnaturales
comoapersonas jurídicas, con lo cual se afirma su carácter de persona jurídica asociativa,
al igual que laasociaciónya diferenciadelafundación.
Comunidades puede referirse a:
 Distintos conceptos sociales:
 Comunidad
 Sociedades
 Pueblos
 Biocenosis, un término biológico
 La Guerra de las Comunidades de Castilla
 La Revolución comunera en la América española.
 Las Comunidades Europea
Comunidad es un grupo o conjunto de individuos, seres humanos, o de animales (o de
cualquier otro tipo de vida) que comparten elementos en común
Disolución
(Derecho Constitucional) Acto por el cual el jefe del Estado o el gobierno pone fin
anticipadamente al mandato del conjunto de los miembros de una asamblea
parlamentaria.
El derecho de disolución es un elemento esencial del régimen parlamentario, con el cual
contrabalancea el derechoque tiene el parlamento de poner en juego la responsabilidad
política del gobierno. La disolución puede ser pronunciada con miras a) hacer decidir por
el pueblo un conflicto entre el parlamento y el gobierno; b) someter al pueblo
una cuestión importante (equivalente al referéndum en un país que desconoce
esta institución: p. ej., Gran Bretaña); c) permitir al gobierno que elija el momento
favorable para consultar a los electores; d) evitar los períodos de transición política en que
los diputados, viendo llegar el fin de la legislatura, están preocupados por su reelección y
propenden a la demagogia.
La disolución puede ser discrecional (dejada a la libre iniciativa del jefe del
Estado o del gobierno; ejemplo: Const, de 1958, art. 12); condicional (por
ejemplo, dependiente de la frecuencia de las crisis: Const, de 1946, art. 51), o automática
(cuando la apertura de una crisis ministerial provoca la disolución ipso facto).
(Derecho Privado) Desaparición de una institución provocada por superveniencia de
determinado acontecimiento. Las causas de disolución varían según la índole de
la institución. Así, la muerte de uno de los cónyuges pone fin almatrimonio, al paso que la
de un asociado de una sociedad anónima deja subsistir la sociedad.
Acción o efecto de disolver. | Separación, desunión. | Destrucción de un vínculo.
| Término de una relacióncontractual, especialmente cuando no se debe
al cumplimiento del fin o del plazo. | Resolución, extinción, conclusión. | Relajación
o licencia en materia de costumbres. (V. DESPIDO. DIVORCIO. NULIDAD, RESCISIÓN.)
Extinción
Cese, cesación, término, conclusión, desaparición de una persona, cosa, situación
o relación y, a veces, de susefectos y consecuencias también. | DE ACCIONES. Toda
causa que las nu la o las toma ineficaces, por carecer el acto de derecho para
entablarlas.| DE DERECHOS. Hecho de que cesen o acaben, ya por haberlos satisfecho,
por haberlos abandonado o renunciado o por no ser ya legalmente exigibles.
Homólogo es un concepto que proviene del latín homologus, aunque su origen
etimológico más lejano se encuentra en la lengua griega. Se trata de un adjetivo que
refiere a aquello que cuenta con homología.
La homología, por su parte, es un tipo de relación que puede darse en diversos ámbitos y
que implica una paridad o semejanza. Dos personas que mantienen una relación
homóloga, por lo tanto, ejercen la misma función pero en contextos diferentes.
Por ejemplo: “El canciller francés se reunió con su homólogo alemán para discutir el
proyecto de ley”, “No puedo aceptar que un ejecutivo homólogo gane el doble que yo”,
“No podemos perder más tiempo: dile al sargento que se comunique con su homólogo
iraní y que negocie una salida antes de que sea demasiado tarde”.
En el ámbito de la biología, la homología es el vínculo de correspondencia que mantienen
entre sí aquellas partes que, en diferentes organismos, cuentan con idéntico origen pero
que desarrollan una función que resulta distinta.
Esto quiere decir que estas partes orgánicas son homólogas cuando comparten el origen
evolutivo pero están presentes de manera diferente en especies distintas. Las
extremidades de los vertebrados gnatostomados son homólogas, aún cuando se trate de
un perro, un tiburón o una gaviota.
En la bioquímica, las moléculas (o parte de ellas) que tienen un origen y una función
análogas pero que son distintas mantienen un nexo de correspondencia que también se
define como homólogo.
Para la geometría, la homología es la relación que establecen aquellos lados que están
situados en igual orden en todas las figuras que se califican como semejantes.
La homologación de estudios
Cuando se desea viajar al extranjero y continuar los estudios, sean primarios, secundarios
o universitarios, es preciso realizar un trámite que se conoce como homologación y
convalidación. Se trata de conseguir que las materias cursadas hasta el momento del
cambio de país, o bien los diplomas y títulos obtenidos, sean analizados para establecer
una equivalencia oficial entre los sistemas educativos de ambas naciones.
El trámite de homologación de estudios y títulos es relativamente sencillo, dependiendo
siempre del país de destino y de los convenios existentes a nivel internacional, pero en
algunos casos requiere de ciertos pasos adicionales, que en general incluyen la
traducción de todos los documentos a otro idioma. Esto supone un incremento en el
precio total, pero también en el tiempo necesario para completarlo. Si bien es posible que
lo realice una persona autorizada por el titular, o bien llevarlo a cabo en el extranjero
dirigiéndose al consulado correspondiente, lo aconsejable es hacer cuanto sea posible
antes de viajar.
Un problema muy común relacionado con la continuación de estudios en el extranjero es
la confusión de las fechas de inicio de clases, sobre todo cuando se cambia de
hemisferio. Además, no siempre se encontrará el consulado del país de origen en la
ciudad de destino; es muy común que sus oficinas se ubiquen en los puntos más
importantes del territorio nacional, y es imprescindible conocerlos antes de embarcarse. Si
se viaja con poco dinero, no es fácil afrontar el pago de los billetes de tren para dirigirse a
realizar un trámite que, inevitablemente, conllevará otros gastos. Aunque el aspecto
monetario no suponga un inconveniente, si uno se encuentra trabajando, tampoco es
sencillo ausentarse por uno o más días al poco tiempo de haber ingresado en el país.
Por último, muchas veces la información que se recibe antes de viajar, a través de
familiares o amigos, está muy lejos de la realidad, independientemente de la buena
voluntad de quienes la proporcionen. Entonces, el mejor consejo resulta siempre
contactar directamente con el centro educativo extranjero para conocer los requisitos
específicos.

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  • 1. Una necropsia es un procedimiento técnico y cientifico de disección anatómica sistemática de un animal o un humano para determinar la causa de su muerte. Se diferencia con la autopsia por el hecho de que la Necropsia se utiliza para confirmar las causas de muerte en un hospital mientras que la Autopsia permite determinar cual fue la causa de la muerte cuando esta se da de manera súbita y sin enfermedad aparente. La Necropsia es aquel estudio realizado a un cadáver con la finalidad de investigar y determinar las causas de su muerte, por lo general, el término utilizado como sinónimo de autopsia, ya que en ambos casos se procede el estudio de cadáveres sin embargo, se pude acotar que la necropsia es usada en el ara criminalística mas que cualquier otra rama de la investigación ya que la necropsia comprende todo lo relacionado al lugar del hecho todo lo concerniente a los indicios y herramientas que se usaron para realizar asesinato y su posterior levantamiento de lugar La incineración (del latín incinerāre incinerar) es la combustión completa de la materia orgánica hasta su conversión en cenizas, usada en el tratamiento de basuras: residuos sólidos urbanos, industriales peligrosos y hospitalarios, entre otros. Tanto la incineración, como otros procesos de tratamiento de basuras a alta temperaturas son descritos como "tratamiento térmico". La incineración se lleva a cabo hornos mediante oxidación química en exceso de oxígeno. Algunos de los motivos por los que se usa este tratamiento pueden ser la destrucción de información (incineradora de documentos) o la destrucción de productos o compuestos químicos peligrosos (incineradora de residuos sólidos orgánicos). Los productos de la combustión son cenizas, gases, partículas tóxicas y algunas con efectos cancerígenos,1 2 así como calor, que puede ser usado para generar energía eléctrica. Por sus efectos nocivos sobre la salud, su alto precio económico, y su insostenibilidad es un método de eliminación de residuos fuertemente criticado. El término también es usada como sinónimo de cremación. Sepultura Enterramiento de un difunto, como acto y como lugar en que yace. Ver Violación de sepultura. Una sepultura es el lugar donde se entierra a una persona o animal tras su muerte. Generalmente se agrupan en uncementerio, y la ubicación de cada cuerpo o de un grupo de cuerpos está señalada por una lápida. Las sepulturas son comunes a casi todas las culturas humanas, con diferencias en cuanto a rito y decoración, dependiendo de las creencias con respecto a la muerte y la existencia después de ella. Algunas culturas, como laegipcia, sepultaban a sus muertos con todas sus posesiones terrenales, pensando que las necesitarían en el más allá. Autopsia
  • 2. Es el examen médico de un cadáver para determinar las causas y circunstancias de la muerte. En los sumarios cuyainstrucción tuviere lugar por causa de muerte violenta o sospechosa de criminalidad, y aun cuando por la inspección exterior pueda presumirse la causa de la muerte, se procederá a la autopsia del cadáver por los médicos forenses. Las autopsias se harán en un local público que en cada pueblo o partido tendrá destinado la Administración para tal fin y para depósito de cadáveres. El juez, si lo cree conveniente, puede disponer que la autopsia se practique en otro lugar o en el domicilio del difunto, si su familia lo pidiere, y esto no perjudicare al éxito del sumario. Ley de Enjuiciamiento criminal, artículos 343 a 363. Es el examen anatómico del cadáver. Donación [DCiv] Negocio jurídico en virtud del cual una persona (donante) dispone de una cosa de su patrimonio a favor de otra (donatario) a título gratuito. Se requiere para su perfección no sólo el animus donandi en el donante, es decir, laliberalidad, sino también la aceptación del donatario. CC, arts. 618 a 656. (Derecho Civil) Contrato por el cual una persona (donante) trasfiere la propiedad de una bien a otra (donatario), que la acepta, sin contrapartida y con intención liberal. Es un negocio jurídico por el que una persona, llamada donante, proporciona, a costa de su patrimonio, una cosa o bien a otra persona, llamada donatario, que la acepta. Además de la intención de liberalidad del donante (animus donandi), es preciso que el donatario consienta, pues nadie puede influir en el patrimonio de otro si éste no lo permite. No son donación los actos que otorgan una ventaja sin compensación, pero que no ocasionan una pérdida patrimonialapreciable, como sucede en el préstamo sin interés o en el comodato. Código civil, artículos 609, 618, 621 y 623. Acto jurídico entre vivos por el cual una persona (donante) transfiere a otra (donatario) gratuitamente el dominio sobre una cosa y el donatario acepta. La donación es uno de esos conceptos tan fáciles de comprender en su esencia como difíciles de delinear en sus contornos precisos. La dificultad reside en la circunstancia de que no todo acto a título gratuito es donación. No lo son los actos de última voluntad ni tampoco numerosas liberalidades realizadas entre vivos que quedan excluidas del concepto jurídico de donación. Se ha circunscripto el régimen legal de las donaciones a ciertos actos respecto de los cuales se considera particularmente importante proteger al donante. Esto explica por que
  • 3. no se aplica a todas las liberalidades entre vivos el mismo régimen. Habrá donación cuando una persona por un acto entre vivos transfiera de su libre voluntad gratuitamente a otra, lapropiedad de una cosa. De esta definición se desprenden los siguientes elementos: a) es un acto entre vivos. Los actos de última voluntad, llamados testamentos, tienen un régimen legal distinto. En nuestro derecho no hay donaciones para después de la muerte. B) obliga a transferir la propiedad de una cosa. Se dice que la donación transfiere la propiedad, lo que no es exacto porque el solo titulo no basta para producir ese efecto, sino que también es necesaria la tradición. Solo las cosas pueden ser objeto de donación en nuestro régimen legal; si se trata de la transmisión gratuita de un derecho, habrá cesión y no donación. C) la transferencia debe ser a título gratuito. Es decir, hay un desprendimiento de bienes, sin compensación por la otra parte. Pero ésta no es una regla absoluta. Es posible que el contrato de donación obligue al donatario a hacer o pagar algo, sea en beneficio del donatario o de un tercero. Esto no altera la esencia gratuita del acto. Sin embargo, a veces el cargo tiene tal importancia que la gratitud del contrato queda desvirtuada casi totalmente; aquí se roza el problema del negotium mixtum cum donatione. Donaciones condicionales; limitaciones derivadas del principio de la irrevocabilidad: la donación, como todo acto jurídico, puede sujetarse a condición. Tratándose de condiciones suspensivas, ninguna limitación hay derivada de su carácter mixto o casual; solamente las puramente potestativas anularían la donación, de acuerdo con el principio general. En cambio, tratándose de condiciones resolutorias, deben ser casuales o bien depender de la voluntad del donatario (por ejemplo, la donación de un automóvil a un sobrino con la condición resolutoria de que se gradúe en el plazo de un año), pero nunca puede la condición depende si así fuera, estaría librada al arbitrio de éste la suerte de los bienes donados, lo que colocaría el dominio en una incertidumbre inadmisible y sería contrario al principio de la irrevocabilidad de las donaciones. Tales condiciones anularian la donación. Casos en que el donante puede revocar la donación: en principio, la donación es irrevocable por voluntad deldonante; de lo contrario se cerniria una permanente incertidumbre sobre el derecho del donatario y sus sucesores. La ley sólo admite la revocación en estos supuestos: a) cuando el donatario ha incurrido en incumplimiento de las cargas impuestas en el acto de la donación; b) cuando ha incurrido en ingratitud hacia el donante; c) cuando después de la donaciónhan nacido hijos al donante y esta causa de revocación se hubiera previsto en el contrato; D) cuando el adoptante ha hecho una donación en favor de su hijo adoptivo y luego la adopción es revocada a pedido de este. Las donaciones onerosas (o con cargo) y las remuneratorias pueden ser revocadas pero solo en la parte en que constituyan una liberalidad.
  • 4. En general, regalo, don, obsequio, dádiva, liberalidad. | "ANTE NUPTIAS". La realizada por razón del matrimonio, pero antes de la celebración de la boda. | CON CARGO. Aquella en la cual el donante establece una obligación para eldonatario. | ESPONSALICIA. El regalo presente que, antes de celebrarse el matrimonio y por razón de la boda, hace el novio a la novia y, aun siendo menos frecuente, ésta o aquél. | INOFICIOSA. La que su pera la cantidad o porción de bienes de que el donante puede disponer a favor de extraños o de herederos legítimos. | ONEROSA. La que impone al donatario alguna carga, gravamen o prestación inferior al valor o utilidad que de lo donado obtiene; porque, en otro su puesto, de corresponderse lo recibido con lo dado, estaríamos ante alguno de los contratos conmutativos o frente a un innominado de do ut des o do ut facias. | "PROPTER NUPTIAS". En esta categoría se comprenden, en un sentido amplio, todas las donaciones que por razón del matrimonio reciben los cónyuges o uno solo de ellos. | PURA. La que entrega la cosa o bienes en el acto y sin condición alguna. | SIMPLE. La fundada exclusivamente en la liberalidad del donante. | UNIVERSAL. Teóricamente, la que comprende la totalidad del patrimonio del donante. | MUTUAS. Las que dos o más personas se hacen recíprocamente en un mismo acto. Receptor Recibidor. | Encubridor. | Escribano con comisión o encargo de un tribunal para efectuar cobranzas, recibir pruebas y otras diligencias judiciales. | Recaudador de multas impuestas en causas civiles o criminales. Dador : Es el propietario del bien dado en leasing. Podrá serlo una entidad financiera, una sociedad o un conjunto de ellas ( Leasing sindicado ). Siempre puede ceder los créditos actuales o futuros, por canon o precio de ejercicio de la opción de compra. Esta cesión no altera, de ningún modo, los derechos del tomador. El adjetivo renovable hace referencia a aquello que tiene posibilidades de ser renovado. El verbo renovar, por su parte, está vinculado a regresar algo a su primer estado o a dejarlo como nuevo. La idea de renovable (y la noción opuesta de no renovable) suele aprovecharse para hacer mención a diversas clases de recursos o energías, de acuerdo a las chances de restauración o renovación por medio de un procedimiento natural. A raíz de esta definición se deduce que un recurso renovable es un elemento o herramienta que el medioambiente puede reponer o regenerar a una velocidad parecida o incluso más rápida a la que supone su consumo o uso por parte del hombre. Tomemos el ejemplo de la soja. Este recurso es explotado por los seres humanos con diversos fines (alimentación, creación de combustible, etc.), pero puede volver a obtenerse a través de nuevas plantaciones. Se trata, por lo tanto, de un recurso renovable Trasplante.
  • 5. Definición: Procedimiento por el cual se implanta un órgano o tejido procedente de un donante a un receptor. Existen dos grandes grupos: los trasplantes de órganos (riñón, hígado, pulmones, páncreas, córnea, corazón, hueso, tubo digestivo, etc.) y los de tejidos (médula ósea, células endocrinas). Mientras que los primeros precisan de intervenciones quirúrgicas complejas, procediéndose a los empalmes vasculares y de conductos excretores entre otras estructuras, en los de tejidos el procedimiento es simple, inyectándose las células suspendidas (en el de médula ósea se inyectan en el torrente sanguíneo) y dejando que éstas implanten en sus lugares de destino El concepto de personificación describe el acto y la consecuencia de personificar. Este verbo tiene múltiples usos: personificar puede ser entendido como adjudicarle vitalidad o características propias del hombre a animales, vegetales u objetos; llevar a cabo la representación de un individuo, un sistema o acontecimiento; o imitar a una persona determinada en el marco de una obra artística o escrito. Ausencia [DCiv] Situación de una persona que se encuentra en paradero desconocido, de la que no se han tenido noticias durante un tiempo prolongado y que obliga a adoptar medidas de administración y conservación de su patrimonio. La declaración judicial de ausencia se sustancia por el procedimiento de jurisdicción voluntaria, y debe ser iniciada a instancia de parte. CC, arts. 181 a 198; LEC1881 arts. 1.811 a 1.824 en relación con Disp. Derog. Única LEC-2000. Desaparición; Representante del ausente. (Derecho Civil) Estado de una persona de la que se ignora si vive o no todavía. A diferencia de la desaparición, ningún acontecimiento particular hace presumir su defunción. La ley del 28 de diciembre de 1977 establece el régimen de la ausencia. Asociación (Derecho Administrativo) , (Derecho Civil) Io La asociación, o contrato de asociación, es la convención por medio de la cual dos o más personas ponen en común sus conocimientos o sus actividades con una finalidad que no es la de compartir beneficios (ley Io julio 1901, art. 1°). 2o Persona moral resultante de esa convención. Según sus modalidades (declarada, reconocida de utilidad pública, compuesta en su mayor parte de extranjeros, o con su sede social en el extranjero), las asociaciones están sometidas a un régimen de vigilancia administrativa más o menos rígido. V. Sociedad. Personería Calidad jurídica o atributo inherente a la condición de personero o representante de alguien (Couture). Equivalente depersonalidad procesal, es decir, capacidad legal para
  • 6. estar en juicio o mandato (o suficiente mandato) para actuar enrepresentación de alguna persona individual o jurídica. Tratase tanto de la aptitud para ser sujeto activo (actor) o pasivo (demandado) en un juicio. La falta de este presupuesto procesal (personería en el actor, o en su representante) permite oponer la excepción de falta de personería. Funciones o cargo de personero. | Americanismo por personalidad jurídica y por capacidad para comparece en juicio. El Artículo 4º de la Ley MYPE, establece el concepto de Micro y Pequeña Empresa, a la letra dice:  Es una unidad económica que opera una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial, que desarrolla actividades de extracción, transformación, producción y comercialización de bienes o prestación de servicios, que se encuentra regulada en el TUO (TEXTO UNICO ORDENADO), de la Ley de Competitividad, Formalización y desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente (Dec. Leg. N° 1086) Mipyme es el acrónimo de pequeña y mediana empresa. Se trata de la empresa mercantil, industrial o de otro tipo que tiene un número reducido de trabajadores y que registra ingresos moderados: “Mi padre trabaja en una pyme”, “Osvaldo comenzó con una pyme y hoy es el dueño de una cadena nacional”. Pyme también suele escribirse como PYME y PyME. Un término relacionado es mipyme o MIPyME, el acrónimo de micro, pequeña y mediana empresa, que toma en cuenta las modalidades de empresa más reducidas, tales como las unipersonales. La definición de pyme varía según el país. En Argentina, por ejemplo, las empresas se clasifican de acuerdo a sus ventas anuales y a su rubro (una pyme industrial puede tener un volumen de facturación que, en otro sector económico, la ubicaría entre las de mayor volumen). En otros países, el concepto de pyme se asocia a la cantidad de empleados. Entre 1 y 10 empleados, se habla de microempresa; entre 11 y 50, de pyme. Dichas cifras, de todas maneras, pueden variar de acuerdo a la región. Las pymes tienen necesidades específicas que deben ser atendidas por el Estado. Este tipo de empresas genera, en conjunto, grandes riquezas para cada país además de ser uno de los principales motores del empleo. Sin embargo, por sus particularidades, necesitan protección e incentivos para competir frente a las grandes corporaciones.
  • 7. Las líneas de crédito con condiciones especiales, los beneficios impositivos y la consultoría sin cargo son algunos de los instrumentos que suelen ofrecerse desde el Estado a las pymes para desarrollarse. Ventajas de las PYME: Pyme* presentan más flexibilidad que las empresas convencionales en el sistema de producción; * permiten entablar una relación mucho más cercana con los clientes; * Gracias a la mayor sencillez de su infraestructura, es más sencillo cambiar de nicho de mercado (el espacio donde se encuentran los potenciales usuarios o consumidores de un servicio o producto); * Los puestos de trabajo son más amplios, menos estrictos, y los trabajadores están más abiertos al cambio; * El mayor nivel de conocimiento específico y know how, que se da gracias a la cercanía de los integrantes con el día a día de la empresa, puede convertirse en una importante ventaja con respecto a la competencia; * El tiempo que requiere la toma de decisiones estratégicas puede ser considerablemente menor, dado que los procesos de gestión resultan menos complejos; * presentan una visión menos estricta, más enfocada en las necesidades y demandas de los clientes (siempre cambiantes) que en sus propias raíces, lo cual da lugar a importantes modificaciones a nivel estructural, adoptando las tecnologías y el personal necesario para encarar los desafíos que se presentan a cada paso. Desventajas de las PYME: * Dado que se mueven por procesos de tipo emergente, no cuentan con lineamientos específicos relacionados con su creación, sino que experimentan constantes cambios y evoluciones; * No gozan de un importante respaldo financiero, lo cual les impide embarcarse en negocios de gran envergadura; * requieren de una constante revisión de su estructura, dado que su naturaleza adaptable puede convertirse en la razón de su disolución a causa de la pérdida del control organizativo; * La mayor cercanía entre los trabajadores puede ser negativa si éstos trasladan sus problemas personales a la oficina; * suele ocurrir que no exista un control estricto de la entrada y la salida del dinero;
  • 8. * El reducido volumen de producción se refleja en la cuantía de los pedidos realizados a los proveedores, lo cual puede derivar en sobrecosto; * Si no se realiza una campaña publicitaria efectiva y constante, la empresa puede pasar desapercibida ante los consumidores. DefiniciónDECOMITÉ Elcomitéeslaorganizacióndepersonasnaturalesojurídicas,odeambas,dedicadaalarecaudación públicadeaportesdestinados aunafinalidadaltruista.Elactoconstitutivo yelestatutodel comitépueden constar,parasu inscripciónen elregistro, en documento privado con legalización notarial de las firm as de losfundadores.(CC:Art.111)Elcomitépuedetenercomomiembrostantoapersonasnaturales comoapersonas jurídicas, con lo cual se afirma su carácter de persona jurídica asociativa, al igual que laasociaciónya diferenciadelafundación. Comunidades puede referirse a:  Distintos conceptos sociales:  Comunidad  Sociedades  Pueblos  Biocenosis, un término biológico  La Guerra de las Comunidades de Castilla  La Revolución comunera en la América española.  Las Comunidades Europea Comunidad es un grupo o conjunto de individuos, seres humanos, o de animales (o de cualquier otro tipo de vida) que comparten elementos en común Disolución (Derecho Constitucional) Acto por el cual el jefe del Estado o el gobierno pone fin anticipadamente al mandato del conjunto de los miembros de una asamblea parlamentaria. El derecho de disolución es un elemento esencial del régimen parlamentario, con el cual contrabalancea el derechoque tiene el parlamento de poner en juego la responsabilidad política del gobierno. La disolución puede ser pronunciada con miras a) hacer decidir por el pueblo un conflicto entre el parlamento y el gobierno; b) someter al pueblo una cuestión importante (equivalente al referéndum en un país que desconoce esta institución: p. ej., Gran Bretaña); c) permitir al gobierno que elija el momento favorable para consultar a los electores; d) evitar los períodos de transición política en que los diputados, viendo llegar el fin de la legislatura, están preocupados por su reelección y
  • 9. propenden a la demagogia. La disolución puede ser discrecional (dejada a la libre iniciativa del jefe del Estado o del gobierno; ejemplo: Const, de 1958, art. 12); condicional (por ejemplo, dependiente de la frecuencia de las crisis: Const, de 1946, art. 51), o automática (cuando la apertura de una crisis ministerial provoca la disolución ipso facto). (Derecho Privado) Desaparición de una institución provocada por superveniencia de determinado acontecimiento. Las causas de disolución varían según la índole de la institución. Así, la muerte de uno de los cónyuges pone fin almatrimonio, al paso que la de un asociado de una sociedad anónima deja subsistir la sociedad. Acción o efecto de disolver. | Separación, desunión. | Destrucción de un vínculo. | Término de una relacióncontractual, especialmente cuando no se debe al cumplimiento del fin o del plazo. | Resolución, extinción, conclusión. | Relajación o licencia en materia de costumbres. (V. DESPIDO. DIVORCIO. NULIDAD, RESCISIÓN.) Extinción Cese, cesación, término, conclusión, desaparición de una persona, cosa, situación o relación y, a veces, de susefectos y consecuencias también. | DE ACCIONES. Toda causa que las nu la o las toma ineficaces, por carecer el acto de derecho para entablarlas.| DE DERECHOS. Hecho de que cesen o acaben, ya por haberlos satisfecho, por haberlos abandonado o renunciado o por no ser ya legalmente exigibles. Homólogo es un concepto que proviene del latín homologus, aunque su origen etimológico más lejano se encuentra en la lengua griega. Se trata de un adjetivo que refiere a aquello que cuenta con homología. La homología, por su parte, es un tipo de relación que puede darse en diversos ámbitos y que implica una paridad o semejanza. Dos personas que mantienen una relación homóloga, por lo tanto, ejercen la misma función pero en contextos diferentes. Por ejemplo: “El canciller francés se reunió con su homólogo alemán para discutir el proyecto de ley”, “No puedo aceptar que un ejecutivo homólogo gane el doble que yo”, “No podemos perder más tiempo: dile al sargento que se comunique con su homólogo iraní y que negocie una salida antes de que sea demasiado tarde”. En el ámbito de la biología, la homología es el vínculo de correspondencia que mantienen entre sí aquellas partes que, en diferentes organismos, cuentan con idéntico origen pero que desarrollan una función que resulta distinta. Esto quiere decir que estas partes orgánicas son homólogas cuando comparten el origen evolutivo pero están presentes de manera diferente en especies distintas. Las
  • 10. extremidades de los vertebrados gnatostomados son homólogas, aún cuando se trate de un perro, un tiburón o una gaviota. En la bioquímica, las moléculas (o parte de ellas) que tienen un origen y una función análogas pero que son distintas mantienen un nexo de correspondencia que también se define como homólogo. Para la geometría, la homología es la relación que establecen aquellos lados que están situados en igual orden en todas las figuras que se califican como semejantes. La homologación de estudios Cuando se desea viajar al extranjero y continuar los estudios, sean primarios, secundarios o universitarios, es preciso realizar un trámite que se conoce como homologación y convalidación. Se trata de conseguir que las materias cursadas hasta el momento del cambio de país, o bien los diplomas y títulos obtenidos, sean analizados para establecer una equivalencia oficial entre los sistemas educativos de ambas naciones. El trámite de homologación de estudios y títulos es relativamente sencillo, dependiendo siempre del país de destino y de los convenios existentes a nivel internacional, pero en algunos casos requiere de ciertos pasos adicionales, que en general incluyen la traducción de todos los documentos a otro idioma. Esto supone un incremento en el precio total, pero también en el tiempo necesario para completarlo. Si bien es posible que lo realice una persona autorizada por el titular, o bien llevarlo a cabo en el extranjero dirigiéndose al consulado correspondiente, lo aconsejable es hacer cuanto sea posible antes de viajar. Un problema muy común relacionado con la continuación de estudios en el extranjero es la confusión de las fechas de inicio de clases, sobre todo cuando se cambia de hemisferio. Además, no siempre se encontrará el consulado del país de origen en la ciudad de destino; es muy común que sus oficinas se ubiquen en los puntos más importantes del territorio nacional, y es imprescindible conocerlos antes de embarcarse. Si se viaja con poco dinero, no es fácil afrontar el pago de los billetes de tren para dirigirse a realizar un trámite que, inevitablemente, conllevará otros gastos. Aunque el aspecto monetario no suponga un inconveniente, si uno se encuentra trabajando, tampoco es sencillo ausentarse por uno o más días al poco tiempo de haber ingresado en el país. Por último, muchas veces la información que se recibe antes de viajar, a través de familiares o amigos, está muy lejos de la realidad, independientemente de la buena voluntad de quienes la proporcionen. Entonces, el mejor consejo resulta siempre contactar directamente con el centro educativo extranjero para conocer los requisitos específicos.