Este documento resume los principales aspectos de las personas jurídicas privadas según el derecho privado. Explica que las simples asociaciones son aquellas que no han obtenido autorización estatal para funcionar, mientras que las sociedades deben constituirse formalmente e inscribirse en el registro público. También indica que las sociedades unipersonales solo pueden constituirse como sociedades anónimas, y que las sociedades anónimas quedan sujetas a fiscalización estatal.