Los codeudores y fiadores solidarios 1924-3680-3655.2 C; 102-103 Cc La onerosidad es común en las operaciones mercantiles Las obligaciones que vencen el día domingo o día feriado, son pagadera el día siguiente. Art. 95 Cc Plazo de gracia. No es el caso del derecho Mercantil. Arts. 235, 489 Cc; 1900 C
La mora automática. Arts. 493-1150 CC, 1860 C Prescripción: Art. 1150 al 1152 CC Moneda de pago: Decreto Ley No. 1-92 de 06 de Enero de 1992  La Unidad Monetaria de la República de Nicaragua es el Córdoba. Art. 3 …Los contratos y obligaciones de cualquier clase o naturaleza que deban ser pagados, cobrados o ejecutados en la República de Nicaragua, se expresarán y liquidarán exclusivamente en Córdobas. Excepto los casos señalados en el art. 4
Cláusula penal. arts. 1995 al 2003 cc Pacto de exclusividad: suele encontrarse en los contratos innominados: agencia, suministro, transferencia de tecnología, distribución, comisión
A los contratos mercantiles se les aplica la fuente que corresponda dependiendo del orden de prelación  El régimen de los contratos mercantiles se complementa con los contratos civiles, esencialmente en la parte de la teoría general de los contratos que no está desarrollado en el Código de Comercio, pero sí en el Código Civil
La legislación básica es el Código de Comercio de 1917 Para ajustar las normas mercantiles a la realidad económica el Código a sufrido derogaciones y nuevas leyes:  Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras  Ley de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras  Ley de Garantía de Depósitos en Instituciones del Sistema Financiero  Ley Especial sobre Sociedades Financieras de Inversión y otras  Ley Especial de Instituciones de Seguros  Ley de competencia Ley de mercado de capitales Ley de Promoción y Fomento de la Micro, Mediana y Pequeña Empresa Ley Sobre Habilitaciones. Ley de Prenda Agraria e Industrial. Ley de Prenda Comercial.  Ley Monetaria  Reglamento General de Bolsa de Valores  Promoción al Mercado de Valores  Ley de Defensa de los Consumidores  Ley General de Títulos Valores  Ley de Promoción de Inversión Extranjera  Zonas Francas Industriales de Exportación  Ley de Protección para la Obtención de vegetales  Ley de Protección de Señales Portadoras de Programas  Ley de protección a los Esquemas de Trazados de Circuitos Integrados  Ley de Patente de Invención, Modelo de Utilidad y Diseños Industriales  Ley de Marcas y otros Signos Distintivos  Ley de Medicamentos y Farmacias  Ley de Producción y Comercio  de Semillas  Ley sobre Metrología  Ley de Normalización Técnica y Calidad  Ley de Transporte Acuáticoo
Formación del contrato mercantiles  Carácter de la oferta mediante la publicidad  Fase preliminar  Fase concluyente  Son los tratos previos, anuncios al público, no son verdaderas ofertas del contrato, sino simplemente invitación a sus clientes.  El art. 2-19 L-182 Se produce con la declaración de voluntad de las partes. oferta y aceptación
Como regla general los contratos se perfeccionan cuando coinciden oferta y aceptación.  Art. 2449 C
TIPOS DE OFERTA Oferta Determinada Oferta indeterminada Requiere que al tiempo de la demanda la mercancía no debe haber sufrido alteración de su precio y existe en el domicilio de un tercero.  Art. 92.2 CC Son ofertas públicas contenidas  En los catálogos, circulares o  Cualquier otro medio. No obligan al oferente.  Art. 92.1 CC
La LDC presente características especiales sobre la oferta: La Oferta realizada por el empresario será vinculante, por las condiciones y garantías que ofrece.  Art. 12 inciso f), 19,20 LDC; 95 RLDC
Otros supuestos especiales de perfección de los contratos En los contratos que intervenga corredor, se perfecciona desde que los contratantes hubieren aceptado su propuesta. Art. 93 Cc En las ventas al martillo. Art. 75 Cc
Contratación a distancia Denominada de mal manera como contratación entre ausentes En la contratación entre presentes, nuestro sistema expresa  “para que la propuesta verbal imponga al proponente una obligación, requiere que sea aceptada en el acto de ser conocida, y no mediando tal aceptación, el proponente queda libre de todo compromiso” . Art. 83 CC
Perfeccionamiento del contrato entre ausentes Teorías sobre el perfeccionamiento de estos contratos Teoría sobre la declaración de voluntad (aceptación) Arts. 2449,2450, 2454 C; 88,91 CC  Teoría de la expedición o emisión Teoría del Conocimiento o de la expedición  Teoría de la recepción. Art. 84
El Código de Comercio sigue la teoría de la recepción de la aceptación art. 84 Cc Los contratos celebrados en correspondencia puede ser analizado: por fax, telex, correo electrónico, chat, teléfono. Se aplica el art. 91 Cc A los contratos a distancia se les aplica el art. 2452 sobre el plazo
Otros supuestos especiales de perfección de los contratos En los contratos que intervenga corredor, se perfecciona desde que los contratantes hubieren aceptado su propuesta. Art. 93 Cc En las ventas al martillo. Art. 75 Cc
La forma en los contratos mercantiles Rige el principio de libertad de forma Todos los contratos son formales es decir, todos deben exteriorizarse para ser conocidos En los contratos debe expresarse lugar, día, mes, año En ocasiones la norma mercantil suele exigir determinada forma, especialmente la escrita, para ciertos negocios jurídicos particulares. Contrato de seguro, carta porte
De los principales actos de comercio con forma impuesta que los convierten en contratos meramente formales encontramos:  El contrato de comisión. Art. 399 CC El préstamo mercantil. Art. 486 CC El contrato de transporte. Art. 374 CC Sociedades Mercantiles. Art. 124, 123 CC Asociación en participación Emisión de obligaciones La prenda mercantil
El Fideicomiso El contrato de seguro La hipoteca industrial El contrato de arrendamiento financiero El factoraje Intermediación bursátil Fletamento Compraventa e hipoteca de buque La venta a domicilio Acuerdo de arbitraje
Además de la numeración citada, existen otras formas de contratación:  Contratos celebrados a través de máquinas( venta de cigarros, refrescos, timbres postales, cajas para operaciones bancarias mediante computadoras. Subastas públicas sobre objetos de gran valor: el contrato se celebra mediante señas, guiños de ojo o levantamiento de manos.  Otras operaciones se hacen con un simple apretón de manos.  La compraventa de valores bursátiles (celebradas en bolsa), son también consensuales.
En los contratos atípicos, se presenta el problema de la formalidad, al no estar reglamentado, entonces se aplica la regla de la libertad de forma
Clasificación de los contratos mercantiles Es aplicable la clasificación de los contratos civiles, sin embargo se han ideado, algunas particularmente aplicables a los mercantiles que atienden a su formación económica:  Unilaterales, bilaterales Onerosos y gratuitos Conmutativo y aleatorio Típicos y atípicos
Consensuales, formales, reales Preparatorios, traslativos de dominio, traslativo de uso y disfrute De custodia, de prestación de servicios o de gestión Asociativos, aleatorios o de suerte,  De garantía y de afirmación y esclarecimiento de derechos
En el campo mercantil, se distinguen:  Negocios jurídicos unilaterales y plurilaterales Los plurilaterales se clasifican en: contratos en donde el interés de las partes es distintos y opuestos Los acto complejos o negocios colectivos en que los intereses son iguales y comunes
Según su función, causa o finalidad económica, los contratos mercantiles suelen clasificarse en:  Contratos de cambio: comprevanta, permuta, cesión, contrato estimatorio, suministro, operación bursátil Contrato de colaboración: comisión, mediación, agencia, publicidad, edición, leasign, factoring
Contratos de prevención de riesgos: seguro Contratos de conservación o custodia: depósito Contrato de crédito: préstamo, contratos bancarios Contratos de garantía: fianza, hipoteca, prenda
Una característica de los modernos contratos de empresa es que buscan relaciones contractuales permanentes Los contratos de duración se producen relaciones obligatorias continuadas o duraderas, con oposición de los contratos de tracto único
Hay dos cuestiones de interés de los contratos de duración:  Terminación: el término se establece en beneficio de ambas partes. Algunos pueden prorrogar sus efectos. La denuncia unilateral, tiene su origen en la ley o en la voluntad de las partes:  Algunas excepciones sobre la denuncia unilateral: arrendamiento, comodato, depósito, mandato, comisión, apertura de crédido
PRUEBA DE LOS CONTRATOS MERCANTILES Art. 111 CC a) Por escrituras públicas:  (Arts. 537-124  C. C.;  B.J.  18662.) b) Por escrituras privadas: (Arts. 496, 898, 376, 537, 815 C. C.) Las escrituras privadas que guarden uniformidad con los libros hacen fe, en todo caso, de su fecha respecto a tercero c) Por las notas de los corredores suscritas  por las  partes  en  la forma prescrita por el Art. 58 CC  (1125.2 Pr.)
d) Por facturas aceptadas.  (362, 109, 99, C. C.)  Un medio de prueba de trascendental importancia es la factura como documento privado. Art. 9,17, LDC; 15,45,77,48 RLDC e) Por la correspondencia. f) Por los telegramas:  (2400 C.) g) Por los libros de las partes contratantes: ( B. J. p. 9496)
h) Por testigos;  pero esta  prueba no será admitida  cuando  la  cantidad exceda de cien córdobas, a  no  concurrir  con  alguna otra prueba. i) Cualquier otro medio de prueba admitido por leyes civiles. La compra y venta de inmuebles queda sujeta a las disposiciones del Código Civil.  (Artos. 2357, 3295, 2423, C.; 341, 179 Nº6, 277 Nº 3)
Los telegramas hacen prueba, como documento privado, cuando el original está firmado por la persona que aparece enviándolo o cuando compruebe que el original fue entregado o hecho entregar en la oficina del telégrafo , aunque no lo haya firmado. Si la firma del original está autenticada por un notario con su sello, el telegrama tendrá valor de instrumento público
Para graduar la fuerza probatoria de los libros de los comerciantes, se observarán las reglas siguientes 1.  Los libros de los comerciantes probarán contra ellos, sin admitirles prueba en contrario; pero el que acepte los asientos que le sean favorables, no podrá desechar los que le perjudiquen, sino que, habiendo consentido en este medio de prueba, quedará sujeto al resultado que arrojen en su conjunto, tomando en igual consideración todos los asientos relativos a la cuestión litigiosa .
2.  Si en los asientos de los libros llevados por dos comerciantes no hubiere conformidad y los del uno se hubieren llevado con todas las formalidades expresadas en el Título II del Libro I de este Código, y los del otro adolecieren de cualquier defecto, o carecieren de los requisitos exigidos por la ley, los asientos de los libros en regla harán fe contra los defectuosos, a no demostrarse lo contrario por medio de otras pruebas admisibles en derecho;
3.  Si uno de los comerciantes no presentare sus libros o manifestare no tenerlos, harán fe contra él los de su adversario, llevados con  todas las formalidades legales, a no demostrarse que la carencia de dichos libros procede de fuerza mayor, y salvo siempre la prueba contra los asientos exhibidos, por otros medios "admitidos" en juicio;
4.  Si los libros de los comerciantes tuvieren todos los requisitos legales y fueren contradictorios, el Tribunal juzgará por las demás probanzas, calificadas según las reglas generales del Derecho;
5.  Si los libros de ambos comerciantes carecieren de los requisitos legales, el Tribunal tampoco los tomará en cuenta y juzgará como se dispone en el inciso anterior;
6.  Los libros informales de un comerciante en litigio con una persona que no lo sea, serán considerados como lo dispone el inciso anterior.

Especialidades Mercantiles1

  • 1.
  • 2.
    Los codeudores yfiadores solidarios 1924-3680-3655.2 C; 102-103 Cc La onerosidad es común en las operaciones mercantiles Las obligaciones que vencen el día domingo o día feriado, son pagadera el día siguiente. Art. 95 Cc Plazo de gracia. No es el caso del derecho Mercantil. Arts. 235, 489 Cc; 1900 C
  • 3.
    La mora automática.Arts. 493-1150 CC, 1860 C Prescripción: Art. 1150 al 1152 CC Moneda de pago: Decreto Ley No. 1-92 de 06 de Enero de 1992 La Unidad Monetaria de la República de Nicaragua es el Córdoba. Art. 3 …Los contratos y obligaciones de cualquier clase o naturaleza que deban ser pagados, cobrados o ejecutados en la República de Nicaragua, se expresarán y liquidarán exclusivamente en Córdobas. Excepto los casos señalados en el art. 4
  • 4.
    Cláusula penal. arts.1995 al 2003 cc Pacto de exclusividad: suele encontrarse en los contratos innominados: agencia, suministro, transferencia de tecnología, distribución, comisión
  • 5.
    A los contratosmercantiles se les aplica la fuente que corresponda dependiendo del orden de prelación El régimen de los contratos mercantiles se complementa con los contratos civiles, esencialmente en la parte de la teoría general de los contratos que no está desarrollado en el Código de Comercio, pero sí en el Código Civil
  • 6.
    La legislación básicaes el Código de Comercio de 1917 Para ajustar las normas mercantiles a la realidad económica el Código a sufrido derogaciones y nuevas leyes: Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras Ley de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras Ley de Garantía de Depósitos en Instituciones del Sistema Financiero Ley Especial sobre Sociedades Financieras de Inversión y otras Ley Especial de Instituciones de Seguros Ley de competencia Ley de mercado de capitales Ley de Promoción y Fomento de la Micro, Mediana y Pequeña Empresa Ley Sobre Habilitaciones. Ley de Prenda Agraria e Industrial. Ley de Prenda Comercial. Ley Monetaria Reglamento General de Bolsa de Valores Promoción al Mercado de Valores Ley de Defensa de los Consumidores Ley General de Títulos Valores Ley de Promoción de Inversión Extranjera Zonas Francas Industriales de Exportación Ley de Protección para la Obtención de vegetales Ley de Protección de Señales Portadoras de Programas Ley de protección a los Esquemas de Trazados de Circuitos Integrados Ley de Patente de Invención, Modelo de Utilidad y Diseños Industriales Ley de Marcas y otros Signos Distintivos Ley de Medicamentos y Farmacias Ley de Producción y Comercio de Semillas Ley sobre Metrología Ley de Normalización Técnica y Calidad Ley de Transporte Acuáticoo
  • 7.
    Formación del contratomercantiles Carácter de la oferta mediante la publicidad Fase preliminar Fase concluyente Son los tratos previos, anuncios al público, no son verdaderas ofertas del contrato, sino simplemente invitación a sus clientes. El art. 2-19 L-182 Se produce con la declaración de voluntad de las partes. oferta y aceptación
  • 8.
    Como regla generallos contratos se perfeccionan cuando coinciden oferta y aceptación. Art. 2449 C
  • 9.
    TIPOS DE OFERTAOferta Determinada Oferta indeterminada Requiere que al tiempo de la demanda la mercancía no debe haber sufrido alteración de su precio y existe en el domicilio de un tercero. Art. 92.2 CC Son ofertas públicas contenidas En los catálogos, circulares o Cualquier otro medio. No obligan al oferente. Art. 92.1 CC
  • 10.
    La LDC presentecaracterísticas especiales sobre la oferta: La Oferta realizada por el empresario será vinculante, por las condiciones y garantías que ofrece. Art. 12 inciso f), 19,20 LDC; 95 RLDC
  • 11.
    Otros supuestos especialesde perfección de los contratos En los contratos que intervenga corredor, se perfecciona desde que los contratantes hubieren aceptado su propuesta. Art. 93 Cc En las ventas al martillo. Art. 75 Cc
  • 12.
    Contratación a distanciaDenominada de mal manera como contratación entre ausentes En la contratación entre presentes, nuestro sistema expresa “para que la propuesta verbal imponga al proponente una obligación, requiere que sea aceptada en el acto de ser conocida, y no mediando tal aceptación, el proponente queda libre de todo compromiso” . Art. 83 CC
  • 13.
    Perfeccionamiento del contratoentre ausentes Teorías sobre el perfeccionamiento de estos contratos Teoría sobre la declaración de voluntad (aceptación) Arts. 2449,2450, 2454 C; 88,91 CC Teoría de la expedición o emisión Teoría del Conocimiento o de la expedición Teoría de la recepción. Art. 84
  • 14.
    El Código deComercio sigue la teoría de la recepción de la aceptación art. 84 Cc Los contratos celebrados en correspondencia puede ser analizado: por fax, telex, correo electrónico, chat, teléfono. Se aplica el art. 91 Cc A los contratos a distancia se les aplica el art. 2452 sobre el plazo
  • 15.
    Otros supuestos especialesde perfección de los contratos En los contratos que intervenga corredor, se perfecciona desde que los contratantes hubieren aceptado su propuesta. Art. 93 Cc En las ventas al martillo. Art. 75 Cc
  • 16.
    La forma enlos contratos mercantiles Rige el principio de libertad de forma Todos los contratos son formales es decir, todos deben exteriorizarse para ser conocidos En los contratos debe expresarse lugar, día, mes, año En ocasiones la norma mercantil suele exigir determinada forma, especialmente la escrita, para ciertos negocios jurídicos particulares. Contrato de seguro, carta porte
  • 17.
    De los principalesactos de comercio con forma impuesta que los convierten en contratos meramente formales encontramos: El contrato de comisión. Art. 399 CC El préstamo mercantil. Art. 486 CC El contrato de transporte. Art. 374 CC Sociedades Mercantiles. Art. 124, 123 CC Asociación en participación Emisión de obligaciones La prenda mercantil
  • 18.
    El Fideicomiso Elcontrato de seguro La hipoteca industrial El contrato de arrendamiento financiero El factoraje Intermediación bursátil Fletamento Compraventa e hipoteca de buque La venta a domicilio Acuerdo de arbitraje
  • 19.
    Además de lanumeración citada, existen otras formas de contratación: Contratos celebrados a través de máquinas( venta de cigarros, refrescos, timbres postales, cajas para operaciones bancarias mediante computadoras. Subastas públicas sobre objetos de gran valor: el contrato se celebra mediante señas, guiños de ojo o levantamiento de manos. Otras operaciones se hacen con un simple apretón de manos. La compraventa de valores bursátiles (celebradas en bolsa), son también consensuales.
  • 20.
    En los contratosatípicos, se presenta el problema de la formalidad, al no estar reglamentado, entonces se aplica la regla de la libertad de forma
  • 21.
    Clasificación de loscontratos mercantiles Es aplicable la clasificación de los contratos civiles, sin embargo se han ideado, algunas particularmente aplicables a los mercantiles que atienden a su formación económica: Unilaterales, bilaterales Onerosos y gratuitos Conmutativo y aleatorio Típicos y atípicos
  • 22.
    Consensuales, formales, realesPreparatorios, traslativos de dominio, traslativo de uso y disfrute De custodia, de prestación de servicios o de gestión Asociativos, aleatorios o de suerte, De garantía y de afirmación y esclarecimiento de derechos
  • 23.
    En el campomercantil, se distinguen: Negocios jurídicos unilaterales y plurilaterales Los plurilaterales se clasifican en: contratos en donde el interés de las partes es distintos y opuestos Los acto complejos o negocios colectivos en que los intereses son iguales y comunes
  • 24.
    Según su función,causa o finalidad económica, los contratos mercantiles suelen clasificarse en: Contratos de cambio: comprevanta, permuta, cesión, contrato estimatorio, suministro, operación bursátil Contrato de colaboración: comisión, mediación, agencia, publicidad, edición, leasign, factoring
  • 25.
    Contratos de prevenciónde riesgos: seguro Contratos de conservación o custodia: depósito Contrato de crédito: préstamo, contratos bancarios Contratos de garantía: fianza, hipoteca, prenda
  • 26.
    Una característica delos modernos contratos de empresa es que buscan relaciones contractuales permanentes Los contratos de duración se producen relaciones obligatorias continuadas o duraderas, con oposición de los contratos de tracto único
  • 27.
    Hay dos cuestionesde interés de los contratos de duración: Terminación: el término se establece en beneficio de ambas partes. Algunos pueden prorrogar sus efectos. La denuncia unilateral, tiene su origen en la ley o en la voluntad de las partes: Algunas excepciones sobre la denuncia unilateral: arrendamiento, comodato, depósito, mandato, comisión, apertura de crédido
  • 28.
    PRUEBA DE LOSCONTRATOS MERCANTILES Art. 111 CC a) Por escrituras públicas: (Arts. 537-124 C. C.; B.J. 18662.) b) Por escrituras privadas: (Arts. 496, 898, 376, 537, 815 C. C.) Las escrituras privadas que guarden uniformidad con los libros hacen fe, en todo caso, de su fecha respecto a tercero c) Por las notas de los corredores suscritas por las partes en la forma prescrita por el Art. 58 CC (1125.2 Pr.)
  • 29.
    d) Por facturasaceptadas. (362, 109, 99, C. C.) Un medio de prueba de trascendental importancia es la factura como documento privado. Art. 9,17, LDC; 15,45,77,48 RLDC e) Por la correspondencia. f) Por los telegramas: (2400 C.) g) Por los libros de las partes contratantes: ( B. J. p. 9496)
  • 30.
    h) Por testigos; pero esta prueba no será admitida cuando la cantidad exceda de cien córdobas, a no concurrir con alguna otra prueba. i) Cualquier otro medio de prueba admitido por leyes civiles. La compra y venta de inmuebles queda sujeta a las disposiciones del Código Civil. (Artos. 2357, 3295, 2423, C.; 341, 179 Nº6, 277 Nº 3)
  • 31.
    Los telegramas hacenprueba, como documento privado, cuando el original está firmado por la persona que aparece enviándolo o cuando compruebe que el original fue entregado o hecho entregar en la oficina del telégrafo , aunque no lo haya firmado. Si la firma del original está autenticada por un notario con su sello, el telegrama tendrá valor de instrumento público
  • 32.
    Para graduar lafuerza probatoria de los libros de los comerciantes, se observarán las reglas siguientes 1. Los libros de los comerciantes probarán contra ellos, sin admitirles prueba en contrario; pero el que acepte los asientos que le sean favorables, no podrá desechar los que le perjudiquen, sino que, habiendo consentido en este medio de prueba, quedará sujeto al resultado que arrojen en su conjunto, tomando en igual consideración todos los asientos relativos a la cuestión litigiosa .
  • 33.
    2. Sien los asientos de los libros llevados por dos comerciantes no hubiere conformidad y los del uno se hubieren llevado con todas las formalidades expresadas en el Título II del Libro I de este Código, y los del otro adolecieren de cualquier defecto, o carecieren de los requisitos exigidos por la ley, los asientos de los libros en regla harán fe contra los defectuosos, a no demostrarse lo contrario por medio de otras pruebas admisibles en derecho;
  • 34.
    3. Siuno de los comerciantes no presentare sus libros o manifestare no tenerlos, harán fe contra él los de su adversario, llevados con todas las formalidades legales, a no demostrarse que la carencia de dichos libros procede de fuerza mayor, y salvo siempre la prueba contra los asientos exhibidos, por otros medios "admitidos" en juicio;
  • 35.
    4. Silos libros de los comerciantes tuvieren todos los requisitos legales y fueren contradictorios, el Tribunal juzgará por las demás probanzas, calificadas según las reglas generales del Derecho;
  • 36.
    5. Silos libros de ambos comerciantes carecieren de los requisitos legales, el Tribunal tampoco los tomará en cuenta y juzgará como se dispone en el inciso anterior;
  • 37.
    6. Loslibros informales de un comerciante en litigio con una persona que no lo sea, serán considerados como lo dispone el inciso anterior.