2. ¿Que es la
interpretación?
La interpretación es una traducción oral instantánea por
oposición a la traducción. Se puede definir como una operación
sobre el discurso mediante la cual el intérprete efectúa la
transmisión del sentido del discurso de la lengua original
formulándolo en la lengua terminal. Tanto la traducción como
la interpretación consisten en una operación de comprensión y
de reformulación
4. INTERPRETACIÓN CONSECUTIVA
Consiste en:
• La audición de un significante
lingüístico (el discurso del orador) en
lengua original.
• Captar los conceptos, las ideas, de
dicho discurso vehiculados por el
significante, olvidando dicho
significante inmediatamente después
de su audición.
• En la formulación de dichos
conceptos con los significantes de la
lengua terminal (L.T.). prescindiendo
para ello de los significantes de la
lengua original.
• el intérprete escucha el mensaje de
la lengua original, generalmente
tomando apuntes y lo reproduce en
lengua terminal, inmediatamente
después de la intervención del
orador con todo el significado y en el
mismo orden de conceptos. El
intérprete debe dar la impresión de
que es él quien está pronunciando el
discurso.
• La duración de una interpretación
consecutiva puede ser de unos
segundos (unas diez palabras) y de
hasta quince o veinte minutos.
• se utiliza más en reuniones
reducidas de carácter técnico o
confidencial y en actos públicos
como banquetes o visitas oficiales.
5. INTERPRETACIÓN SIMÚLTANEA
Consiste en:
• la reformulación instantánea del
discurso del orador.
• En el momento de la percepción de
las palabras del orador en tres o
cuatro segundos escasos se
producen asociaciones cognitivas en
la memoria inmediata del intérprete,
distintas de las que van asociadas
directamente a cada palabra y que
van a aflorar el significado de cada
frase.
• Impera en las reuniones y congresos
internacionales o en toda reunión
multilingüe que reúne un gran
número de participantes. Es la
modalidad de interpretación más
utilizada actualmente en el ámbito
profesional.
• Extrae todo el significado del
discurso vehiculado por
significantes, entonación, gestos y lo
expresa en la lengua terminal. Para
ello, realiza un esfuerzo de
comprensión y de análisis a fin de
captar el desarrollo del discurso y
transmitir de manera fidedigna,
idiomática y espontánea como si él
fuera el orador. el sentido del
discurso.
• El intérprete se encuentra en cabina,
desde donde puede ver al orador e
incluso, a veces, a sus
interlocutores, recibe el mensaje del
orador por los auriculares, lo
reformula al mismo tiempo y lo
transmite en lengua terminal por un
micrófono.
7. Teoría Cognitiva de la Interpretación
Sostiene que la interpretación es una actividad de tipo
cognoscitivo: interpretar es verificar a través de procesos
prácticos, sensibles a los fenómenos, el significado “objetivo” de
los textos normativos o la intención “subjetiva” de sus autores.
La teoría cognitiva tiene como objeto de estudio descubrir la
voluntad unívoca y reconocible de los individuos que se ejecutó
a través de los cuerpos colegiados de legisladores; es decir,
basta su objeto en descubrir el significado objetivo de las
Normas.
8. Teoría escéptica de la interpretación
Sostiene que la interpretación puede ser tanto una actividad del
conocimiento, donde se defiende la vaguedad e indeterminación
de casi cualquier texto normativo, es decir, que casi cualquier
texto jurídico cuenta con un núcleo esencial y una zona de
penumbra, criterios bajo los cuales el intérprete puede
comenzar un buen trabajo de interpretación normativa. Bajo tal
perspectiva, los teóricos de esta familia de interpretación,
pretenden dictaminar que la complejidad radica en el mundo
material, en donde ocurren los casos de difícil interpretación y
subsunción a la norma y los casos fáciles que permiten una
decisión relativamente obvia frente al sistema jurídico.
9. Hermenéutica analógica y ética
La hermenéutica es la disciplina que trata sobre el estudio del
significado de los textos lingüísticos. La postura univocista-
objetivista señala que el texto es susceptible de una y sólo una
interpretación correcta que es "marcada" por el autor del mismo
al momento de escribir. Todo lector debe coincidir con la
interpretación sugerida por el escritor. La corriente equivocista-
relativista, por el contrario, propone que la interpretación es libre
y que cada lector puede tener una interpretación diferente.
10. SOCIAL
La interpretación conforme es una figura jurídica hermenéutica
que permite la materialización efectiva y expansiva de los
derechos fundamentales, además de la armonización entre las
normas de derechos humanos con el bloque de
constitucionalidad y de convencionalidad, atendiendo siempre el
principio por persona. A partir de su entrada en vigor en el
artículo 1° constitucional, en las Reformas de 2011, su uso se
vuelve una obligación constitucional-convencional de oficio para
todos los intérpretes jurisdiccionales del Estado mexicano.
(Camarena**, 2014)
11. La interpretación de las normas jurídicas implica otorgarles un
sentido. En el caso de la Constitución, su interpretación adquiere
especial importancia pues a través de ella se busca dar un sentido a
las normas fundamentales que organizan la convivencia política de
un país. Además, dada su peculiar característica de norma suprema
del ordenamiento jurídico, de su interpretación depende la vigencia
de las demás normas, las cuales pueden quedar expulsadas de
aquel ordenamiento debido a su inconstitucionalidad.
(VELÁSQUEZ, s.f.)